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GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. 	Asamblea                                                                                                    2da.   Sesión
	Legislativa		                                                    Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 15
INFORME POSITIVO
9 de septiembre de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 15, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 15, (en adelante, "P. del S. 15"), según radicado, tiene como propósito, enmendar las Secciones 1020.02; 2021.03; 2022.04; 2023.02; y 2024.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como el "Código de Incentivos de Puerto Rico", a los fines de modificar criterios específicos para la otorgación de los incentivos, con el objetivo de asegurar la permanencia de médicos altamente capacitados en Puerto Rico y atraer nuevos médicos; disponer como nuevos requisitos para la otorgación de estos decretos que los médicos presten servicios a participantes del Plan Vital; y que certifiquen llevar a cabo al menos cinco (5) admisiones o consultas de pacientes presenciales semanales en instituciones hospitalarias, o que se trate de un médico enfocado exclusivamente en entornos hospitalarios, o sea parte de una franquicia o práctica contratada con los hospitales, o sea un médico con una posición de liderazgo o mejoramiento de la calidad en el hospital, entre otros; establecer un periodo de exención de quince (15) años para los médicos cualificados que posean un decreto bajo el Código, durante el cual estarán sujetos a una tasa fija preferencial de contribución sobre ingresos del doce por ciento (12%); y para otros fines relacionados. 

ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA

	La medida bajo evaluación propone enmendar las Secciones 1020.02; 2021.03; 2022.04; 2023.02; y 2024.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como "Código de Incentivos de Puerto Rico", a los fines de modificar criterios específicos para la otorgación de incentivos a los médicos con el propósito de fomentar la retención y el regreso a Puerto Rico de médicos altamente capacitados. Esta medida reafirma el compromiso de esta Asamblea Legislativa con la salud y el reconocimiento a la dedicación y el incansable servicio de nuestros profesionales de la salud.
El P. del S. 15, constituye una propuesta integral para reactivar y reformular el mecanismo de incentivos contributivos a los médicos cualificados bajo el "Código de Incentivos de Puerto Rico" (Ley 60-2019), con el propósito declarado de combatir la grave crisis de escasez médica que enfrenta Puerto Rico. El proyecto propone un nuevo balance entre la necesidad de retener y atraer médicos y la sostenibilidad fiscal, fijando una tasa contributiva preferencial del doce por ciento (12%) durante un periodo inicial de quince años, extensible por quince años adicionales. Esta tasa, superior a la de cuatro por ciento (4%) otorgada en iniciativas previas, es acompañada de requisitos operativos más rigurosos, entre ellos: servicios obligatorios a pacientes del Plan Vital; la prestación de al menos cinco (5) admisiones o consultas presenciales semanales en hospitales; y la posibilidad de cualificación para médicos con funciones de liderazgo o dedicados exclusivamente a servicios hospitalarios. Se refuerza el rol del secretario de Salud en la identificación de especialidades y regiones prioritarias, lo cual introduce flexibilidad y la posibilidad de un enfoque más dirigido a atender necesidades concretas.
	La Exposición de Motivos del P. del S. 15 subraya que la retención y atracción de médicos en Puerto Rico constituye un asunto de alta prioridad para el bienestar social y sanitario del país. Se destaca que la presencia de médicos altamente capacitados es esencial para garantizar a la población un acceso continuo y oportuno a servicios médicos de calidad, así como para fortalecer la capacidad del sistema de salud frente a las amenazas a la salud pública. Sin embargo, el fenómeno de la emigración de médicos ha generado una situación compleja en la prestación de servicios de salud, dejando vacíos importantes tanto en atención general como especializada, lo que se traduce en largas esperas, dificultad para obtener citas médicas y sobrecarga en las salas de emergencia. Esta problemática ha impactado de forma directa la calidad y disponibilidad de los servicios médicos en Puerto Rico. 
En respuesta, la pieza legislativa, enmarcado en el compromiso previo plasmado en la Ley 14-2017 y la Ley 60-2019, busca reforzar los incentivos contributivos como herramienta para retener médicos y fomentar el regreso de aquellos que han emigrado. A través de una política fiscal dirigida, se pretende aliviar la carga contributiva de los médicos cualificados, de modo que puedan establecer o mantener sus prácticas en la isla. La medida, además de beneficiar directamente a los médicos elegibles, aspira a mejorar el acceso de la ciudadanía a servicios médicos de calidad, fortaleciendo así el sistema de salud en beneficio de todos. Asimismo, reafirma a Puerto Rico como un destino atractivo para ejercer la medicina y enriquece la diversidad y competencia del sistema de salud local. En suma, la propuesta busca consolidar una estrategia de política pública que contribuya a la estabilidad y sostenibilidad del sistema de salud, garantizando una atención médica adecuada y accesible para la población.

VISTA PÚBLICA
La Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo (en adelante "Comisión"), como parte del estudio y evaluación del P. del S. 15, llevó a cabo una Vista Pública el 11 de marzo de 2025, con el propósito de evaluar los comentarios de varias entidades gubernamentales y organizaciones pertinentes. Así las cosas, la Comisión recibió y evaluó los comentarios del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, del Departamento de Hacienda, del Departamento de Salud, de la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico, de la Asociación de Hospitales de Puerto Rico, del Centro Cardiovascular de Puerto Rico y del Caribe, del Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico, del Colegio de Cirujanos Dentistas de Puerto Rico, de la Asociación de Salud Primaria de Puerto Rico, del Metro Pavía Health System, Inc., Integra Group, LLC, de la Sociedad de Dentistas Pediátricos de Puerto Rico, la Sociedad Puertorriqueña de Ortopedia y Traumatología, Inc., y de la Oficina de Servicios Legislativos.

 A continuación, exponemos lo presentado por los comparecientes.

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMERCIO

El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (en adelante "DDEC") presentó una ponencia en apoyo al P. del S. 15. En su ponencia, el DDEC contextualiza su apoyo en el reconocimiento de una crisis prolongada en el sistema de salud, marcada por la emigración de médicos especialistas, el incremento de los tiempos de espera para recibir atención médica y una disminución en la competitividad de Puerto Rico como destino para la práctica de la medicina. La agencia, resalta que esta situación repercute negativamente tanto en la calidad del sistema como en la percepción externa de la Isla. Desde una perspectiva de política pública, el DDEC entiende el P. del S. 15 atiende una necesidad crítica y se alinea con los principios fundamentales de desarrollo económico sostenible, al proveer condiciones más competitivas para ejercer la medicina y al posicionar el sector salud como un pilar estratégico en la retención de capital humano.
En ese sentido, la agencia sostiene que los incentivos contributivos no solo pueden detener el éxodo médico, sino también facilitar el regreso de médicos puertorriqueños que residen y ejercen en el exterior, los cuales han identificado la falta de incentivos como un obstáculo para retornar. El DDEC enfatiza que, para maximizar el impacto de esta medida, es esencial que el Departamento de Salud y otras agencias pertinentes determinen objetivamente las especialidades médicas que requieren intervención prioritaria a través de estos incentivos. Además, reconoce que el análisis fiscal del impacto del proyecto debe ser delegado al Departamento de Hacienda.
En conclusión, respaldó la aprobación del P. del S. 15 por entender que representa una herramienta estratégica para abordar una de las problemáticas más apremiantes del sistema de salud en Puerto Rico.
Por otra parte, el 9 de abril de 2025, el DDEC presentó su contestación al Requerimiento de Información que le hiciera esta Comisión en la vista pública antes mencionada. En su comunicación, el DDEC expresó que es la agencia gubernamental responsable de otorgar los incentivos de médico cualificado, según las disposiciones de la Ley 14-2017, "Ley de Incentivos para la Retención y Retorno de Profesionales Médicos" y los decretos de incentivos otorgados bajo las disposiciones de la Ley 60-2019, "Código de Incentivos de Puerto Rico", a través de la Oficina de Incentivos para Negocios en Puerto Rico (OIN), adscrita al DDEC. El DDEC también estableció que bajo la Ley 14, supra, solo se podían solicitar decretos bajo la referida ley durante dos (2) años a partir de su vigencia. No obstante, con la aprobación del Código de Incentivos se reconoció de igual forma el incentivo de médico cualificado bajo la Sección 6070.21, disponible a aquellos individuos admitidos a la práctica de la medicina general o de cualquier especialidad, de la podiatría; de la audiología; de la quiropráctica; de la optometría; sea un(a) cirujano(a) dentista o practique alguna especialidad de la odontología y que ejerce a tiempo completo su profesión. Esta definición incluye a los médicos que se encuentran cursando sus estudios de residencia como parte de un programa acreditado. 
Cabe mencionar que la definición actual de "médico cualificado" que incluye el Código de Incentivos fue incorporada a través de la Ley 47-2020, la cual enmendó dicho Código a los fines de extender el beneficio a los generalistas, audiólogos, quiroprácticos y optómetras.
Sin embargo, señaló la agencia que la paralización de la Junta de Supervisión y Administración Financiera de Puerto Rico a la implementación de la Ley 47, supra, provocó la paralización de 2,273 solicitudes de decreto, habiéndose otorgado dichos incentivos hasta el 30 de junio de 2022 para cirujanos cardiovasculares que rindieran servicios como cirujanos a tiempo completo en el Centro Cardiovascular, conforme a los incisos (a) y (e) de la Sección 2022.04 del Código de Incentivos.
En atención al requerimiento de información de esta Comisión, el DDEC incluyó además un listado de los decretos otorgados del 2017 al 2023 bajo la Ley 14, totalizando 4,426. Además, con respecto a los decretos aprobados del 2019 al 2024 bajo el Código de Incentivos, señaló que los mismos totalizan 515. Por su parte, señalaron que con la aprobación de la Ley 47, recibieron 87 solicitudes de decretos de especialidades de optómetra, quiropráctico y audiólogo, las cuales no pudieron ser aprobadas debido a la paralización del incentivo por parte de la Junta de Supervisión y Administración Financiera de Puerto Rico.

AUTORIDAD DE ASESORÍA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL Y EL DEPARTAMENTO DE HACIENDA

La Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (en adelante "AAFAF") y el Departamento de Hacienda presentaron un memorial conjunto en el cual reconocen la importancia del P. del S. 15 como una herramienta para fomentar la retención y el retorno de médicos cualificados a Puerto Rico, pero advierten sobre la necesidad de evaluar rigurosamente su impacto fiscal conforme al marco legal vigente. Ambas agencias explican que, aunque la medida persigue un fin loable -mejorar la disponibilidad de servicios médicos especializados-, cualquier incentivo contributivo nuevo debe cumplir con los requisitos establecidos en PROMESA, el Plan de Ajuste de Deuda (PAD) y el Plan Fiscal certificado por la Junta de Supervisión y Administración Financiera de Puerto Rico. 
El P. del S. 15 propone enmendar varias secciones del Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para restablecer un incentivo contributivo a médicos cualificados, fijando una tasa preferencial de doce por ciento (12%) sobre ingresos por un periodo de quince (15) años, eliminando requisitos como las horas de servicio comunitario y añadiendo otros, como la prestación de servicios a pacientes del Plan Vital y la realización de al menos cinco (5) consultas o admisiones hospitalarias semanales. Además, excluye de la definición de médico cualificado a audiólogos, quiroprácticos y optómetras. 
Si bien AAFAF y el Departamento de Hacienda consideran que estas modificaciones pueden ayudar a atender la escasez de médicos, alertan que la medida tendría un impacto fiscal indeterminado sobre los recaudos del fisco y que actualmente (a la fecha de su memorial explicativo), no consta en el tracto legislativo un análisis formal de impacto económico, como exige la Sección 204 de PROMESA y el Plan Fiscal. Ambas entidades recalcan que aprobar legislación con impacto fiscal sin un análisis previo adecuado contraviene los principios de neutralidad fiscal y pone en riesgo la estabilidad presupuestaria del Gobierno de Puerto Rico. Insisten en que toda medida de esta naturaleza debe ir acompañada de un informe de impacto fiscal preparado por la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), que identifique fuentes de financiamiento y asegure que el incentivo es fiscalmente sostenible. En conclusión, sostienen que la medida no debe aprobarse sin que se complete este análisis y sin considerar los comentarios de otras agencias con peritaje en los aspectos fiscales, presupuestarios y de política pública relevantes. Desde la Comisión acotamos, que dicho análisis se incluye más adelante, en este informe. 

ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS DE PUERTO RICO

La Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (en adelante, "ASEM") expresó su apoyo al P. del S. 15, reconociendo su importancia como herramienta para asegurar la permanencia y atracción de médicos cualificados en el país. No obstante, la ASEM planteó una preocupación particular en cuanto a la redacción actual del proyecto, que establece como requisito para la elegibilidad a los decretos contributivos la realización de al menos (5) cinco admisiones o consultas hospitalarias presenciales semanales, requisito que los médicos contratados por ASEM no cumplen debido a la naturaleza de sus funciones. 
La ASEM, creada por la Ley Núm. 66 de 22 de junio de 1978, según enmendada, administra servicios centralizados en el Centro Médico de Puerto Rico y opera la Sala de Emergencia Central, donde sus médicos actúan como evaluadores iniciales ("screeners") de pacientes críticos. En este modelo, los médicos de ASEM no realizan admisiones ni consultas a pacientes hospitalizados, funciones que son asumidas posteriormente por facultativos del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico. 
Ante esta realidad operativa, la ASEM solicita que se enmiende el P. del S. 15 para incluir expresamente a los médicos que laboran en las facilidades médico-hospitalarias de las entidades participantes del Centro Médico, a fin de que también puedan acogerse a los beneficios contributivos propuestos. Enfatiza la ASEM, que la inclusión de estos profesionales es esencial para fomentar su retención y atraer nuevos talentos a la principal institución de salud del país, asegurando así la continuidad de servicios médicos de alta calidad para la ciudadanía.

ASOCIACIÓN DE HOSPITALES DE PUERTO RICO

La Asociación de Hospitales de Puerto Rico (en adelante, "Asociación") expresó su firme apoyo al P. del S. 15, reconociéndolo como una medida crítica y urgente para enfrentar la escasez de médicos en la isla. La Asociación subrayó que la emigración de médicos ha tenido un impacto profundo en la capacidad de los hospitales para ofrecer servicios de salud de calidad, prolongando los tiempos de espera y limitando el acceso a atención especializada, especialmente en regiones menos favorecidas. 
El P. del S. 15, al proponer incentivos contributivos atractivos -incluyendo una tasa preferencial de 12% durante 15 años-, representa un paso estratégico para retener a los médicos en Puerto Rico y atraer nuevos profesionales, incluyendo aquellos en proceso de formación o en la diáspora. La Asociación valora especialmente que el proyecto incentive la participación de los médicos en el sistema de salud local mediante requisitos como la prestación de servicios a pacientes del Plan Vital y la realización de al menos cinco admisiones o consultas hospitalarias presenciales semanales, lo que contribuirá directamente a atender las necesidades de la población más vulnerable. Además, el proyecto fortalece el componente de educación médica y fomenta la integración de los médicos en programas de enseñanza, lo cual es crucial para el desarrollo de futuros profesionales de la salud. La Asociación enfatizó que la retención y atracción de médicos también tiene un impacto positivo en el desarrollo económico del país, ya que los médicos generan empleo, invierten en infraestructura médica y dinamizan la economía local. 
En conclusión, la Asociación instó a la Asamblea Legislativa a aprobar el P. del S. 15, por entender que su implementación es fundamental para garantizar la sostenibilidad, calidad y resiliencia del sistema de salud de Puerto Rico, en beneficio de toda la ciudadanía

CENTRO CARDIOVASCULAR DE PUERTO RICO Y DEL CARIBE

El Centro Cardiovascular de Puerto Rico y del Caribe expresó su respaldo al P. del S. 15, pero recomendó que se incluya una disposición específica para extender el beneficio contributivo a los especialistas que prestan servicios a tiempo completo en dicha institución. El memorial destaca que el Centro Cardiovascular es la única entidad hospitalaria especializada en Puerto Rico que atiende las condiciones cardiovasculares más complejas y riesgosas de la población, independientemente de su condición económica. La institución enfrenta grandes desafíos para atraer y retener profesionales altamente especializados en un entorno competitivo, tanto en Puerto Rico como a nivel nacional. 
En ese contexto, resaltan que la Ley 70-2023 - aprobada a iniciativa del Presidente del Senado y la senadora Morán Trinidad- había permitido establecer una tasa especial del cuatro por ciento (4%) para cirujanos cardiovasculares que brindan servicios a tiempo completo en el Centro, lo cual facilitó la contratación de un cirujano especializado en cirugía torácica robótica. Sin embargo, esta disposición expiró en diciembre de 2024. Por ello, el Centro Cardiovascular solicita que el P. del S. 15 incluya una enmienda que extienda la vigencia de la disposición especial de la Ley 70, supra, para que continúe aplicándose una tasa diferenciada a cirujanos cardiovasculares, vasculares y torácicos que prestan servicios en la institución. Argumentan que esta diferenciación es necesaria y legítima, ya que estos servicios son únicos en el país y cruciales para la población médico-indigente y de alto riesgo que atiende el Centro. Además, enfatizan que contar con este incentivo les permitirá competir de manera más efectiva contra entidades privadas que disponen de mayores recursos para reclutar talento especializado. 
En conclusión, el Centro Cardiovascular de Puerto Rico y del Caribe solicita a la Comisión que se acoja esta enmienda, de modo que se facilite la retención y atracción del mejor talento médico para continuar ofreciendo servicios de excelencia a sus pacientes.

COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE PUERTO RICO

El Colegio de Cirujanos Dentistas de Puerto Rico (en adelante, "CCDPR") expresó su apoyo al P. del S. 15, destacando que la medida representa una acción necesaria para atender la creciente escasez de dentistas en la isla. La ponencia subraya que actualmente existen solo 851 dentistas activos para todo Puerto Rico, cifra insuficiente para atender las necesidades de salud oral de la población. Además, enfatizan que muchos egresados de las escuelas de medicina dental optan por ejercer fuera de Puerto Rico debido a las condiciones desfavorables del mercado local. 
Entre los problemas señalados se incluyen compensaciones inadecuadas, prácticas arbitrarias de las aseguradoras (como la cancelación de contratos y denegatorias de pagos), elevados costos operacionales, e incertidumbre regulatoria, todo lo cual desalienta la práctica profesional en la isla. El CCDPR también informa sobre la desigual distribución de dentistas, citando datos que reflejan la ausencia de dentistas en municipios como Culebra, Florida y Maricao, así como serias carencias en las regiones Noroeste y Suroeste. Un estudio conjunto de 2018 reveló que casi la mitad de los municipios (48%) enfrentaban problemas de escasez de dentistas según los criterios de la Administración Federal de Recursos y Servicios de Salud. 
Ante este escenario, el Colegio valora que el P. del S. 15, al ofrecer una tasa contributiva preferencial de doce por ciento (12%) por un término inicial de quince (15) años, pueda convertirse en un incentivo efectivo para que más dentistas generalistas y especialistas opten por quedarse en Puerto Rico y atender las crecientes necesidades de salud oral de la población, en lugar de emigrar. El CCDPR sostiene que la aprobación de esta medida contribuirá a frenar el éxodo de dentistas, mejorar el acceso a servicios de salud oral y fortalecer la competitividad del sistema de salud de la isla. 
Finalmente, el CCDPR se reserva el derecho de complementar su ponencia en futuras etapas del proceso legislativo y reitera su disposición a colaborar con la Asamblea Legislativa y el Ejecutivo en esfuerzos para mejorar el sistema de salud en beneficio de los pacientes.

COLEGIO DE MÉDICOS CIRUJANOS DE PUERTO RICO

El Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico (en adelante, "Colegio") expresó su respaldo al P. del S. 15, que propone reabrir la concesión de decretos contributivos a los médicos con una tasa preferencial de doce por ciento (12%), distinta a los decretos del cuatro por ciento (4%) establecidos por leyes anteriores. 
En primer lugar, el Colegio destacó que en Puerto Rico sufrimos una emergencia pública por falta de recursos médicos. Por su parte, reconoció que el P. del S. 15 busca atender la alarmante escasez de médicos en Puerto Rico, agravada por la migración profesional hacia los Estados Unidos, especialmente de especialistas. El Colegio destacó que esta emergencia de salud pública ha sido reiteradamente denunciada por la institución desde su fundación y recientemente, validada por un estudio comisionado por la Junta de Supervisión y Administración Financiera de Puerto Rico (JSF), el cual documentó un déficit de más de 1,200 médicos especialistas en medio de una población cada vez más enferma. 
Por otra parte, el Colegio destacó que la impugnación a la Ley 47-2020 por la JSF dejó sin beneficio a miles de médicos que habían invertido tiempo y dinero en sus solicitudes. Por tanto, solicitan que la nueva legislación reconozca créditos a quienes ya realizaron esos trámites, ya sea permitiéndoles aplicar sin volver a pagar los derechos gubernamentales o mediante un crédito contributivo compensatorio por los gastos incurridos, estimados en promedio en $6,000 por médico. 
Además, el Colegio defendió la efectividad de los decretos contributivos otorgados desde 2017, argumentando que han permitido a los médicos mejorar su calidad de vida, invertir en sus prácticas y reducir el agotamiento profesional o "burnout", lo cual se ha traducido en mayor retención del talento médico en la isla. Cuestionaron las conclusiones del estudio de la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico, que sugiere que los beneficiarios redujeron sus horas de trabajo, señalando que ello refleja una mejor calidad de vida, no una menor productividad, y destacaron que muchos han utilizado los beneficios para fortalecer su formación, adquirir equipo médico y contratar más personal. 
En cuanto a la propuesta legislativa, el Colegio apoya la tasa de doce por ciento (12%) y acepta que se incluyan condiciones como la prestación de servicios hospitalarios o a pacientes del Plan Vital, y que se le requiera al Secretario de Salud identificar las especialidades a las que se le requerirá cumplir con el requisito de certificación de estos servicios, así como las admisiones y consultas sobre pacientes hospitalizados. A su vez, plantean que los decretos podrían estructurarse con tasas escalonadas según especialidad, necesidad regional y modalidad de práctica, de forma que se incentive el ejercicio médico en zonas desatendidas y especialidades críticas. A los fines, el Colegio expresó al ofrecer menores tasas en zonas o regiones con mayor necesidad, se incentivaría a los médicos a establecerse en áreas desatendidas, equilibrando la disponibilidad de servicios médicos en nuestra jurisdicción.
El Colegio solicita participación en la elaboración del reglamento para la concesión de decretos, como ocurrió bajo la Ley 14-2017, y expresa preocupación por la inclusión de una fecha límite (31 de diciembre de 2027) para solicitar los decretos, señalando que esto excluye injustamente a médicos jóvenes que están aún en formación, y que representan la próxima generación de especialistas necesarios para el sistema de salud del país. Abogan por que el beneficio se mantenga disponible de manera permanente para quienes finalicen residencias o "fellowships".

ASOCIACIÓN DE SALUD PRIMARIA DE PUERTO RICO

La Asociación de Salud Primaria de Puerto Rico (en adelante, "ASPPR") expresó su apoyo condicionado al P. del S. 15, resaltando que la medida representa un paso positivo para fortalecer el sistema de salud, pero entienden que su diseño actual excluye a un sector esencial: los médicos que prestan servicios en los Centros de Salud Primaria (CSP), también conocidos como Centros 330. La ASPPR subraya que la presencia de médicos altamente capacitados es clave para atender la creciente demanda de servicios de salud en Puerto Rico, donde la emigración de profesionales ha generado serios problemas de acceso, largas esperas y deterioro en la calidad del cuidado. Citan el Puerto Rico Healthcare Workforce Study, que documenta un desajuste significativo entre la oferta y demanda de profesionales de la salud, agravado por factores demográficos y geográficos, así como por el aumento de enfermedades crónicas. 
Ante este panorama, sostienen que reforzar la atención primaria es esencial para aliviar la presión sobre el sistema hospitalario y mejorar la salud de la población. Los CSP juegan un rol crucial en este esfuerzo: actualmente sirven a más de 467,000 pacientes en 89 clínicas distribuidas en el ochenta y ocho por ciento (88%) de los municipios, atendiendo principalmente a poblaciones vulnerables y desventajadas. Establecen que, estos centros ofrecen resultados positivos en el manejo de condiciones como diabetes e hipertensión, lo que contribuye a prevenir complicaciones que de otro modo generarían hospitalizaciones costosas. La ASPPR argumenta que excluir a los médicos de los CSP del incentivo propuesto perpetuaría una inequidad en el sistema y desincentivaría la práctica de la medicina primaria en entornos comunitarios, justo cuando más se necesita fortalecer esta capa del sistema. Por ello, recomiendan enmendar el P. del S. 15 para incluir expresamente a los médicos que prestan servicios en los CSP, entendiendo que invertir en la atención primaria genera ahorros significativos y mejora el bienestar de la población. 
La ASPPR condiciona su aval a que esta recomendación sea acogida, reiterando su disposición a colaborar con la Asamblea Legislativa para lograr un sistema de salud más equitativo y sostenible.
METRO PAVÍA HEALTH SYSTEM, INC.

Metro Pavía Health System, Inc. y sus trece (13) hospitales afiliados expresaron su apoyo al P. del S. 15, reconociendo que la medida aborda de forma concreta la necesidad urgente de retener y atraer médicos cualificados en Puerto Rico, en un contexto de escasez persistente de profesionales de la salud. Destacaron que, aunque iniciativas previas como la Ley 14-2017 y el Código de Incentivos (Ley 60-2019) han ofrecido beneficios contributivos a los médicos, la experiencia demostró que muchos médicos beneficiarios de decretos anteriores optaron por limitar su práctica a sus consultorios privados, reduciendo así la disponibilidad de especialistas en hospitales. Por ello, valoran positivamente que el P. del S. 15 introduzca requisitos específicos que incentiven la participación de los médicos en la prestación de servicios hospitalarios. 
Metro Pavía resaltó como elementos esenciales del proyecto la exigencia de que los médicos tengan privilegios activos en un hospital y que realicen al menos cinco admisiones o consultas presenciales semanales, así como la inclusión de médicos con funciones de liderazgo en la estructura hospitalaria. Consideran que estos requisitos fortalecerán el sistema de salud al promover la presencia de médicos altamente capacitados en los hospitales y fomentar su participación en funciones críticas de calidad y educación clínica. No obstante, Metro Pavía formuló varias recomendaciones puntuales para el proyecto: (1) que la certificación anual requerida sea rendida bajo juramento; (2) que se especifique el cumplimiento estricto de los privilegios hospitalarios conforme a los bylaws y normas de calidad; (3) que las consultas o admisiones requeridas se documenten claramente en el expediente médico electrónico mediante pases de visita presenciales; y (4) que se incluya como elegibles para el decreto a los médicos contratados para cubrir el itinerario de guardias de pacientes "unattached", es decir, sin proveedor primario asignado. 
Finalmente, Metro Pavía subrayó que la reactivación de los decretos contributivos mediante el P. del S. 15 constituye una herramienta poderosa para revertir la fuga de médicos, garantizar servicios médicos adecuados a la población y fortalecer la viabilidad del sistema hospitalario del país, por lo que reiteraron su respaldo firme a la aprobación de la medida.

INTEGRA GROUP, LLC

Integra Group, LLC, representado por su presidente Francisco G. Bonet Rivera, expresó su apoyo al P. del S. 15. En su ponencia subraya que, aunque la Ley 60-2019 sigue vigente, la implementación de decretos bajo sus disposiciones fue detenida por la Junta de Supervisión y Administración Financiera de Puerto Rico en el año 2020, lo que dejó sin efecto medidas anteriores como la Ley 47-2020, que había ampliado el alcance de dichos incentivos a médicos generalistas, optómetras, quiroprácticos y audiólogos. Como consecuencia, numerosos profesionales de la salud radicaron solicitudes y pagaron aranceles sin recibir los beneficios prometidos, situación que aún permanece sin resolución judicial. 
Por su parte, según Integra Group, la crisis de escasez médica que atraviesa Puerto Rico es alarmante y multifactorial, impulsada por la emigración masiva de médicos hacia Estados Unidos en busca de mejores condiciones laborales y económicas, bajos salarios, infraestructura hospitalaria deficiente, falta de apoyo institucional y la limitada disponibilidad de plazas para formación en especialidades y subespecialidades médicas en el país. Este fenómeno ha reducido el acceso a servicios médicos especializados, generado largos tiempos de espera, sobrecargado a los médicos generalistas y deteriorado la calidad general del sistema de salud, especialmente en zonas rurales y de bajos recursos. El estudio "Puerto Rico Healthcare Workforce Study", comisionado por la Junta de Supervisión Fiscal y Administración Financiera para Puerto Rico, publicado en febrero de 2025, respalda estas conclusiones y presenta una radiografía del problema. 
Ante este escenario, Integra Group considera que el P. del S. 15 es una medida necesaria y congruente con los esfuerzos para atajar la crisis. Recomiendan su aprobación y enumeran posibles soluciones complementarias: establecer incentivos salariales y contributivos, mejorar la infraestructura hospitalaria, aumentar las plazas para formación médica especializada, promover el uso de la telemedicina en áreas desatendidas y desarrollar políticas públicas de retención profesional a largo plazo.
Concluye enfatizando que retener y atraer médicos especialistas debe ser una prioridad estratégica del gobierno, y que el P. del S. 15 representa una herramienta eficaz para avanzar ese objetivo.

OFICINA DE SERVICIOS LEGISLATIVOS

La Oficina de Servicios Legislativos (en adelante, "OSL") expresó su análisis y recomendaciones en torno al P. del S. 15, que propone enmendar varias secciones del Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) para reabrir la concesión de decretos contributivos a médicos cualificados. El propósito de la medida es incentivar la permanencia y el regreso de médicos especialistas mediante una tasa contributiva preferencial de doce por ciento (12%) sobre ingresos, aplicable por un período de quince años. El análisis destaca la gravedad de la escasez de médicos en Puerto Rico, atribuida a múltiples factores como la emigración por falta de estabilidad laboral, pagos tardíos de aseguradoras, y baja compensación. Según estadísticas oficiales, desde 2009 más de 8,000 médicos han dejado la isla, con una pérdida particularmente severa en el campo de las especialidades. La OSL contextualiza la medida dentro del poder constitucional de la Asamblea Legislativa para garantizar la salud pública y cita legislación precedente, como la Ley 14-2017, que ofreció un beneficio similar con una tasa de cuatro por ciento (4%). Se reconoce que, aunque la nueva tasa propuesta de doce por ciento (12%) no es tan baja, representa un incentivo significativo frente a la tasa contributiva general del treinta y tres por ciento (33%). 
También se evalúan positivamente los requisitos adicionales propuestos, como la prestación de servicios hospitalarios, atención a pacientes del Plan Vital, y la presentación de certificaciones por parte de hospitales que confirmen la participación del médico. No obstante, objeta la eliminación del requisito de 180 horas de servicio comunitario sin remuneración, por entender que, aunque se eleve la tasa al doce por ciento (12%), los médicos deben aportar directamente a la comunidad como parte del beneficio otorgado. Se sugiere restablecer este requisito, o al menos reducirlo en vez de eliminarlo totalmente. 
Asimismo, la OSL recomienda consultar a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), al Departamento de Hacienda y a gremios médicos antes de aprobar la medida, para considerar su impacto fiscal y práctico. En conclusión, la OSL no tiene objeción legal a la aprobación del P. del S. 15, siempre que se tomen en cuenta sus observaciones, al entender que representa una herramienta válida de política pública para combatir la escasez médica, mejorar el acceso a la salud y fortalecer la infraestructura del sistema sanitario del país.

SOCIEDAD DE DENTISTAS PEDIÁTRICOS DE PUERTO RICO

	La Sociedad de Dentistas Pediátricos de Puerto Rico (en adelante, "SDPPR") comenzó su memorial explicativo expresando que aproximadamente 851 dentistas se encuentran activos y brindando servicios en Puerto Rico por lo que el P. del S. 15 aborda un desafío crítico: retener y atraer dentistas a ejercer su práctica profesional en la Isla. 
Por su parte, la SDPPR cuenta con 70 miembros dentistas pediátricos de los cuales 59 se encuentran activamente ejerciendo en la Isla, por lo que hay necesidad dentro de la especialidad que cuida la salud oral de los pacientes pediátricos y que cumple con las medidas para las certificaciones orales requeridas por el Departamento de Educación y Salud. Esta escasez de profesionales en la especialidad es el resultado de elevados préstamos estudiantiles y las altas tasas de interés federal. A esto se añade las dificultades de establecer oficinas propias comenzando como dentistas pediátricos y los costos operacionales insostenibles para un dentista pediátrico recién graduado.
En cuanto a la tasa contributiva de doce por ciento (12%) que propone el P. del S. 15, señala la SDPPR que la misma podría ser competitiva para los médicos y dentistas establecidos, pero no así para los recién graduados. En apoyo a lo anterior, expresan que por lo general los dentistas jóvenes o recién graduados no tiene la capacidad para establecer su propia práctica y se ven obligados a trabajar para otros dentistas o compañías. Además, señalan que por lo general deben pagar un dieciséis por ciento (16%) de sus ingresos al IRS adicional a la responsabilidad contributiva estatal, lo cual en muchas ocasiones representa una contribución sobre ingresos del 30% de su ingreso tributable. Esto resulta oneroso en comparación con la contribución en otros estados como California (13.3%), Nueva York (10.9%), Texas (0%) o Florida (0%), hace que la práctica de la odontología en Puerto Rico sea menos competitiva, especialmente para los recién graduados.
Conforme a lo anterior, concluye la SDPPR que la tasa contributiva del doce por ciento (12%) propuesto por el P. del S. 15 resulta atractivo para los dentistas establecidos, pero no así los nuevos profesionales, quienes enfrentan mayores cargas fiscales. De igual manera, señalan que la meta del legislador debe ser retener a los nuevos dentistas, ayudarles a establecerse en la Isla aumentando la probabilidad de quedarse a largo plazo y disminuir el éxodo profesional. Por tanto, recomiendan que el P. del S. 15 establezca una tasa contributiva especial de cuatro por ciento (4%) para especialidades y profesionales de la salud conservando los requisitos que establece la medida y proveer una alternativa para aquellos profesionales de la salud que cuentan con el incentivo contributivo del cuatro por ciento (4%) para extender el mismo a 30 años, sujeto a que continúen ejerciendo en Puerto Rico a tiempo completo. A la luz de lo anterior, la SDPPR expresó su apoyo al P. del S. 15.

SOCIEDAD PUERTORRIQUEÑA DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA

La Sociedad Puertorriqueña de Ortopedia y Traumatología (en adelante, "SPOT"), representada por su presidente, el Dr. Javier Delgado Candelario, expresó su respaldo al P. del S. 15, destacando la urgencia y pertinencia de reactivar el mecanismo de decretos contributivos para retener y atraer profesionales médicos, particularmente en especialidades críticas como la ortopedia. SPOT subrayó que, en un entorno de alta competencia con otras jurisdicciones que ofrecen condiciones más atractivas, el incentivo contributivo resulta un factor determinante para que los médicos opten por establecer o mantener su práctica en Puerto Rico. Aunque reconocen que existen otros factores que afectan la retención de especialistas -como problemas en los pagos de las aseguradoras, altos costos operacionales, restricciones regulatorias y acceso limitado a redes de proveedores- consideran que el incentivo contributivo es una de las herramientas más viables a corto plazo para contrarrestar el éxodo de ortopedas. 
Actualmente, la SPOT cuenta con 112 ortopedas activos, a los que se suman aproximadamente 25 ortopedas no afiliados, cifra insuficiente para atender la demanda de la población, sobre todo en un contexto de envejecimiento poblacional que aumenta la necesidad de servicios ortopédicos como cirugía reconstructiva, manejo de osteoporosis, fracturas y procedimientos de reemplazo articular. La escasez ha generado tiempos de espera prolongados y acceso desigual, especialmente en las regiones de Arecibo, Ponce y Mayagüez, señaladas en el Puerto Rico Healthcare Workforce Study como las más afectadas. 
SPOT argumenta que el incentivo propuesto en el P. del S. 15 contribuirá a mitigar la fuga de ortopedas, a incentivar el regreso de profesionales que hayan emigrado y a fortalecer la red de especialistas, generando también un impacto positivo en la economía local mediante la creación de empleos y el fortalecimiento del sector salud. La organización advierte que, si por razones fiscales se limitara la elegibilidad del incentivo, resulta esencial que la especialidad de ortopedia se mantenga entre las profesiones prioritarias a incentivar, dada su actual escasez y su importancia en el sistema de salud de Puerto Rico. Finalmente, SPOT reiteró su disposición a colaborar con la Comisión para garantizar el éxito de la medida.

OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (en adelante, "OPAL") emitió el Informe 2025-205 sobre el efecto fiscal del P. del S. 15. Según OPAL, el efecto fiscal estimado del P. del S. 15 sería significativo. Para el año fiscal 2026, el impacto neto en los recaudos del Fondo General se proyecta en una reducción de -$95.8 millones, aumentando progresivamente hasta -$106 millones en el año fiscal 2030. El efecto fiscal incluye tanto la reducción en contribuciones sobre ingresos como el incremento marginal esperado en recaudos por IVU, dado el aumento en ingreso disponible de los médicos beneficiados. 
En el análisis base, OPAL estima que el costo total de aplicar la tasa del 12% a 3,368 potenciales decretos sería de -$122.9 millones, compensado parcialmente por un aumento estimado de $36.3 millones en recaudos por IVU, resultando en un impacto neto de -$86.7 millones para el año base. El universo de beneficiarios considerados incluye: 2,273 solicitudes pendientes bajo la paralizada Ley 47-2020; y 1,095 médicos y dentistas graduados en Puerto Rico entre 2021 y 2023.
OPAL aclara que este estimado es conservador, ya que no incluye médicos graduados fuera de Puerto Rico que puedan retornar a la isla. Además, se asume que todos los médicos graduados comienzan a ejercer en Puerto Rico y solicitan el decreto, y que su comportamiento contributivo sería similar al de los decretos vigentes (4,044 médicos con decretos activos al 2021).
El Informe también incluye un escenario ilustrativo comparativo: si en lugar de 12%, se aplicara la antigua tasa de 4% a estos nuevos decretos, el costo fiscal sería -$216.3 millones, lo que implica que la tasa del 12% representa una mitigación parcial del impacto fiscal respecto a modelos anteriores.
Finalmente, OPAL enfatiza que su análisis es de carácter estático, no modela posibles cambios en comportamiento de los contribuyentes ni efectos dinámicos a largo plazo en la economía, y que sus estimaciones dependen de supuestos que podrían variar con el tiempo.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, certifica que, el P. del S. 15, no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN 

El P. del S. 15 propone una enmienda integral a varias secciones del Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019), con el objetivo de reabrir y rediseñar el mecanismo de concesión de decretos contributivos a médicos cualificados, como estrategia para combatir la crisis de escasez médica en la isla. La medida reafirma la política pública iniciada con la Ley 14-2017 y busca consolidar a Puerto Rico como un destino atractivo para la práctica médica, tanto reteniendo talento local como atrayendo médicos del exterior. 
Esta medida legislativa amplía el alcance de los decretos a un periodo inicial de quince (15) años con una tasa contributiva preferencial de doce por ciento (12%), eliminando el beneficio anterior de cuatro por ciento (4%) y estableciendo requisitos más alineados con la necesidad de fortalecer la capacidad hospitalaria y la atención a la población más vulnerable. Entre los nuevos requisitos se destacan la prestación de servicios a pacientes del Plan Vital, la realización mínima de cinco (5) admisiones o consultas presenciales semanales en hospitales, y la participación en posiciones de liderazgo hospitalario o en prácticas enfocadas exclusivamente en el entorno hospitalario. 
La pieza legislativa también moderniza el concepto de médico cualificado, excluyendo profesiones como audiología, quiropráctica y optometría, e incluyendo dentistas. Se eliminan las 180 horas de servicio comunitario como requisito obligatorio y se establece, además, que el Secretario de Salud tendrá un rol activo en determinar las especialidades que ameriten el incentivo.
Así las cosas, las enmiendas acogidas hacen un balance entre la intención del autor y el impacto fiscal. Los memoriales evaluados por esta Comisión apoyan, en términos generales, la política pública que persigue la medida, reconociendo que el éxodo médico ha tenido un impacto tangible en el acceso y calidad de los servicios de salud. En conjunto, el P. del S. 15 reafirma el compromiso de la Asamblea Legislativa con el fortalecimiento del sistema de salud.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 15 con enmiendas, según incluidas en el Entirillado Electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,


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Nitza Morán Trinidad
Presidenta
Comisión de Desarrollo Económico, 
Pequeños Negocios, Banca, Comercio, 
Seguros y Cooperativismo

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