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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 17

INFORME POSITIVO CONJUNTO

3 de abril de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

Las Comisiones de Gobierno; y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, previo estudio, análisis y consideración del Proyecto del Senado 17, recomiendan a este Honorable Cuerpo Legislativo su aprobación, con las enmiendas, según incluidas en el Entirillado Electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 17 tiene el propósito de enmendar los Artículos 3.4 y 5.3 e insertar los nuevos Artículos 5.4, 5.5, 5.6, 5.7, 5.8 y 5.9 a la Ley Núm. 10-2017, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico”, a los fines de conceder al Director Ejecutivo de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (ODSEC), la facultad de emitir certificaciones para la inscripción en el Registro de la Propiedad y de transferir derechos o la titularidad de bienes inmuebles; crear un Fondo de Reinversión Social de Puerto Rico y definir sus funciones; además de establecer un proceso expedito de entrega de títulos de propiedad a familias de comunidades rezagadas de todo Puerto Rico, enfocar los esfuerzos para combatir la pobreza en todas sus dimensiones, fortalecer y alinear la estructura gubernamental en beneficio de las poblaciones vulnerables; transferir todos los activos del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales a la Oficina de Desarrollo Socio Económico y Comunitario de Puerto Rico; derogar la Ley Núm. 271-2002, según enmendada, conocida como, “Ley del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales”; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

Mediante la aprobación de la Ley 10-2017, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico” se creó la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (en adelante, ODSEC) con el fin de mejorar la calidad de vida en comunidades desventajadas. Ello incluye la obtención de una vivienda digna, el acceso igualitario a servicios básicos y a otros servicios que contribuyan al cabal desarrollo de los residentes de nuestras comunidades especiales en Puerto Rico.

Entre otras cosas, la ODSEC tiene como misión transformar estas comunidades, mejorar su infraestructura y garantizar el acceso a servicios básicos como vivienda digna, educación y salud. No obstante, la implementación de programas destinados a cumplir estos objetivos ha enfrentado serios problemas administrativos, legales y financieros, lo que ha limitado su efectividad.

Uno de los principales desafíos que enfrenta la ODSEC es la entrega de títulos de propiedad a miles de familias que llevan años esperando su documentación legal. La falta de coordinación entre las Ramas de Gobierno, junto a las barreras legales y problemas de documentación, han retrasado este proceso sustancialmente.

Es por ello que, en aras de solucionar esta situación, la Asamblea Legislativa propone eliminar los obstáculos legales que dificultan de manera innecesaria y que dilatan el cumplimiento del compromiso del Gobierno de Puerto Rico y agilizar la titularización de propiedades, para garantizar con ello la estabilidad y seguridad jurídica a los residentes de estas comunidades especiales.

Según la Exposición de Motivos de la medida, a la ODSEC se le otorgó la responsabilidad de corregir las deficiencias surgidas a lo largo de los años bajo el programa de Comunidades Especiales, específicamente bajo el Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales, creado en virtud de la Ley 271-2002, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales”. Este fideicomiso se estableció con la intención de financiar el desarrollo de infraestructura, la construcción y rehabilitación de viviendas, y la implementación de proyectos comunitarios.

Sin embargo, con el cierre del Banco Gubernamental de Fomento en 2017, los fondos del fideicomiso se vieron gravemente afectados con una pérdida superior a los cien millones de dólares. Esto ha provocado que la estructura actual del fideicomiso no sea sostenible, provocando, por tanto, la necesidad de rediseñarlo a los fines de revestirlo de funcionalidad y que sus recursos sean maximizados.

Ante estos desafíos, esta pieza legislativa busca reorganizar y consolidar los programas sociales bajo la estructura de la ODSEC, con el objetivo de mejorar la efectividad en la lucha contra la pobreza. Se identifican cuatro objetivos fundamentales: En síntesis, la siguiente Ley persigue varias metas fundamentales, estas son:

  1. hacerle justicia a miles de familias que aún esperan por su título de propiedad;
  2. consolidar programas para combatir la pobreza de forma tal que puedan tener mayor efectividad en la encomienda;
  3. promover el envolvimiento efectivo del sector sin fines de lucro en acciones concertadas; y
  4. establecer una nueva fórmula para combatir la pobreza fomentada en la participación de todos los sectores de interés.

Por último, el proyecto enfatiza la importancia de una política pública renovada que no solo atienda las necesidades de las comunidades desventajadas, sino que también lo haga de manera ágil y eficaz. Ello, eliminando los obstáculos que han afectado la gestión de la ODSEC, garantizando una administración más eficiente y orientada a resultados concretos. En conclusión, esta legislación representa un compromiso con la equidad y el desarrollo social, brindando a miles de puertorriqueños la oportunidad de acceder a mejores condiciones de vida.

ALCANCE DEL INFORME

En aras de analizar y evaluar la medida, el 13 de febrero de 2015 las Comisiones de Gobierno; y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico solicitaron memoriales explicativos a la Administración de Servicios Generales; el Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario y al Departamento de la Vivienda.

Al momento de la redacción del presente Informe, las Comisiones de Gobierno; y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional contaron con los memoriales explicativos del Departamento de Transportación y Obras Públicas y del Departamento de la Vivienda. Así pues, en el presente Informe Conjunto se hace constar los comentarios escritos y la postura de las dos agencias comparecientes. Veamos.

DEPARTAMENTO DE LA VIVIENDA

El Departamento de la Vivienda presentó su memorial explicativo por conducto de su Secretaria, Ciary Y. Pérez Peña, manifestando su respaldo a la aprobación del P. del S. 17 y guardando deferencia con ODSEC.

Ello fundamentado en los objetivos principales de la medida, los cuales, entre otras cosas, se dirigen a: i. reestructurar y fortalecer a la ODSEC con la finalidad de mejorar la efectividad de los programas destinados a las comunidades desventajadas en Perto Rico; ii. atender la problemática que surge para entregar a las familias los títulos de propiedad debido a las barreras legales y administrativas que retrasan y obstaculizan los procesos a favor de las familias beneficiadas; iii. atender, mediante una reestructuración, la crisis financiera del Fideicomiso Perpetuo que sufrió un menoscabo tras el cierre del Banco Gubernamental de Fomento, lo que ha impedido su correcto funcionamiento; iv. subsanar la falta de cohesión y coordinación en los programas destinados a combatir la pobreza mediante la consolidación de todos estos programas bajo la estructura de la ODSEC; y v. promover la participación del sector sin fines de lucro, propiciándolo a través de un enfoque integral que no solo brinde asistencia inmediata, sino que fomente un modelo de desarrollo sostenible.

El Departamento de la Vivienda sostiene que la propuesta presentada en la medida legislativa atiende la necesidad de generar un enfoque integral que permita una acción más coordinada, eficiente y efectiva en la mejora de las condiciones de vida de las comunidades más desfavorecidas de Puerto Rico. Por lo cual respalda la aprobación del P. del S. 17 por su enfoque estructural y organizativo para mejorar la ODSEC, garantizar la entrega de títulos, fortalecer el Fideicomiso Perpetuo y coordinar los esfuerzos contra la pobreza en Puerto Rico.

DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS

El Departamento de Transportación y Obras Públicas, por conducto de su Secretario, el Dr. Edwin E. González Montalvo, sostuvo que esta medida propone enmendar la estructura y funciones de la ODSEC con el propósito de mejorar la calidad de vida en las comunidades desventajadas. Sostuvo que, según la exposición de motivos, la ODSEC asumió la responsabilidad de corregir las deficiencias del programa de Comunidades Especiales, en particular, del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales, que fue concebido para fomentar el desarrollo de infraestructura, viviendas y proyectos comunitarios. No obstante, su implementación enfrentó obstáculos legales y financieros, como la falta de entrega de títulos de propiedad y la quiebra del Banco Gubernamental de Fomento, lo que evidencia la necesidad de reformular y reestructurar a la ODSEC.

El DTOP sostiene que la medida está alineada con iniciativas para incentivar el desarrollo económico y facilitar el trámite y el acceso a la vivienda en comunidades vulnerables. No obstante, destaca que ciertas facultades incluidas en la medida, como lo puede ser, por ejemplo, la negociación de contratos, emisión de deuda y establecimiento de acuerdos financieros, deberían consultarse con otras entidades gubernamentales.

Si bien el DTOP no objeta la firma de la medida, enfatiza la necesidad de que la inscripción de títulos en el Registro de la Propiedad se realice mediante Certificación, solicitando que se le notifique previamente una lista de las propiedades a transferir antes de ejecutar cualquier transacción.

IMPACTO FISCAL

En cumplimiento con lo establecido en el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", las Comisiones de Gobierno; y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional, certifican que la aprobación del P. del S. 17, no conlleva un impacto fiscal que genere obligaciones adicionales en exceso a los ingresos disponibles de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

El P. del S. 17 responde al compromiso del Gobierno de Puerto Rico con la equidad social y el desarrollo sostenible, mediante una gestión gubernamental ágil, coordinada y efectiva, que garantice justicia social y oportunidades reales para las comunidades más vulnerables en Puerto Rico.

Además, las enmiendas propuestas son un paso esencial para fortalecer la ODSEC y garantizar una gestión eficiente y efectiva en el desarrollo de las comunidades desventajadas de Puerto Rico. La reestructuración del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales corrige deficiencias en la administración de recursos, asegurando su uso óptimo en infraestructura, vivienda y desarrollo comunitario. La medida elimina barreras en la obtención de los títulos de propiedad y optimiza los programas que luchas contra la pobreza en la ODSEC

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, las Comisiones de Gobierno; y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico previo estudio y consideración, tienen a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo Conjunto sobre el Proyecto del Senado 17, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el Entirillado Electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Sen. Ángel A. Toledo López Sen. Wanda “Wandy” Soto Tolentino

Presidente Presidenta

Comisión de Gobierno Comisión de Familia, Mujer,

Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional

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