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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 4ta Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. del S. 54

INFORME NEGATIVO

29 de septiembre de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

La Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 54 (P. del S. 54), no recomienda su aprobación.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El 2 de enero de 2025 se presentó el Proyecto del Senado 54 (P. del S. 54). Este propone enmendar el Artículo 1327 de la Ley Núm. 55-2020, según enmendada,[1] a los fines de establecer que en el contrato de préstamo no se devengan intereses a menos que se pacten de forma expresa, y para otros fines relacionados.

Simultáneamente, se presentó el Proyecto de la Cámara 11 (P. de la C. 11), el cual versaba sobre el mismo asunto que el P. del S. 54. El 27 de febrero de 2025, esta Cámara de Representantes aprobó la medida en votación final. Luego de pasar al Senado para la continuación de su trámite, el 15 de julio de 2026, el P. de la C. 11 se convirtió en la Ley Núm. 131-2026.

Convertido en ley el P. de la C. 11, el fin perseguido por el P. del S. 54 quedó atendido en nuestro ordenamiento jurídico. Por ello, resulta innecesario continuar su trámite por haberse tornado académico.

CONCLUSIÓN

Por lo antes expuesto, esta Honorable Comisión no recomienda a este Augusto Cuerpo la aprobación del P. del S. 54.

Respetuosamente sometido,

Hon. José J. Pérez Cordero

Presidente

Comisión de lo Jurídico

  1. Conocida como Código Civil de Puerto Rico de 2020. ↑

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