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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 74

INFORME POSITIVO

4 de abril de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión del Trabajo y Relaciones Laborales, previo estudio y consideración del P. del S. 74, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación sin enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 74, tiene como objetivo añadir un nuevo sub-inciso (r) al inciso 4 del Artículo 1-B, y enmendar el inciso (b) del Artículo 3 de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”; a los fines de aumentar los beneficios de compensación por incapacidad transitoria (dietas) y autorizar al administrador para realizar ajustes por costo de vida para todos los pagos por incapacidad que permite la ley; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

El Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo en Puerto Rico es un componente esencial de la seguridad social, establecido bajo la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, con el objetivo de proteger a los trabajadores ante los riesgos para su salud derivados de su actividad laboral. Este sistema ha jugado un papel crucial en la economía del país, promoviendo el bienestar de los trabajadores y contribuyendo a su desarrollo económico. No obstante, a pesar de los esfuerzos históricos por mejorar los beneficios de los trabajadores, desde 2004 no se han realizado ajustes significativos en las compensaciones. Ante este escenario, el Proyecto del Senado 74 promueve una reforma crucial que busca actualizar los beneficios por incapacidad transitoria, ajustándolos a las realidades económicas actuales y mejorando la calidad de vida de los trabajadores lesionados.

El Proyecto del Senado 74 se presenta como una respuesta a las necesidades de actualización y mejora del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo en Puerto Rico. Este sistema, que tiene como objetivo proteger a los trabajadores que sufren accidentes laborales o enfermedades ocupacionales, ofrece compensaciones económicas para garantizar su sustento durante el tiempo de incapacidad. Sin embargo, los beneficios establecidos por la Ley Núm. 45 han permanecido sin cambios desde 2004, a pesar de los diversos factores que han impactado el costo de vida, como la crisis económica mundial, la inflación, los desastres naturales y la pandemia del COVID-19.

El Proyecto del Senado 74 promueve un ajuste en los beneficios por incapacidad transitoria (dietas), proponiendo un aumento en las compensaciones y autorizando al administrador del sistema a realizar ajustes conforme al costo de vida actual. El objetivo principal es que los beneficios sean proporcionales a la situación económica del país, para que los trabajadores lesionados puedan acceder a una compensación económica más acorde con sus necesidades. Esta iniciativa busca garantizar que los trabajadores reciban un apoyo más justo y adecuado, protegiendo así su derecho constitucional a estar asegurados contra riesgos laborales, y mejorando su calidad de vida

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión Trabajo y Relaciones Laborales del Senado de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad en el estudio y evaluación del proyecto, solicitó memoriales explicativos a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) y a las Uniones de Contadores Internos y Externos, Abogados, Empleados y Médicos. Habiéndose recibido en la Comisión los comentarios de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, expresamos su posición sobre los propósitos de esta medida. Los mismos se exponen a continuación.

Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE)

La Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) ha reconocido que los beneficios para los trabajadores lesionados no se han ajustado desde 2004. Para cumplir con los objetivos de la Asamblea Legislativa, la CFSE encargó un estudio actuarial que evaluó el impacto económico de los aumentos en las mensualidades de las incapacidades transitorias. El estudio indicó que, si se duplicaran los pagos, el costo sería de aproximadamente $11,022,347.48. En cuanto a la extensión de las semanas de beneficio de 312 a 364 semanas, esta medida no afectaría significativamente, ya que el promedio de semanas pagadas es de menos de 5 semanas.

La CFSE recomienda a la Asamblea Legislativa que, en lugar de ajustar los beneficios únicamente con base en el costo de vida, se otorguen las herramientas necesarias para revisar la estructura de los beneficios. A pesar de estos desafíos, los últimos siete estados financieros de la CFSE muestran una posición neta promedio de $75,944,970.86, lo que indica que, si esta tendencia continúa, la entidad estaría en una posición favorable para afrontar los aumentos sin necesidad de incrementar los costos de las tarifas.

Por lo antes expuesto, la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), endosó la aprobación de esta pieza legislativa, con las recomendaciones sugeridas.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional certifica que el P. del S. 215 no impone una obligación económica adicional en los presupuestos de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

La Comisión del Trabajo y Relaciones Laborales, reconociendo la importancia del Proyecto del Senado 74, entiende que esta medida es no solo justa, sino también necesaria para abordar las realidades económicas actuales que enfrentan los trabajadores lesionados en Puerto Rico.

El Proyecto del Senado 74 se presenta como una medida crucial para actualizar los beneficios por incapacidad transitoria, ajustándolos a las condiciones económicas actuales y mejorando la calidad de vida de los trabajadores lesionados. La Comisión considera que esta reforma es justa, pues busca garantizar que los beneficios sean proporcionales al costo de vida, permitiendo a los trabajadores lesionados acceder a una compensación económica adecuada que les permita sostenerse durante su incapacidad.

Además, la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), reconoció a través del memorial explicativo sometido, que tiene los recursos necesarios para afrontar el aumento de los beneficios sin la necesidad de incrementar los costos de las tarifas. Por ello, la Comisión del Trabajo y Relaciones Laborales apoya firmemente la aprobación de este proyecto, entendiendo que es una medida que responde a las necesidades de los trabajadores y fortalece el sistema de compensaciones, garantizando la protección y bienestar de los empleados en Puerto Rico.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión del Trabajo y Relaciones Laborales del Senado de Puerto Rico previo estudio y consideración, tienen a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el P. del S. 74, recomendando su aprobación sin enmiendas.

Respetuosamente sometido,

Luis Daniel Colón La Santa

Presidente

Comisión del Trabajo y Relaciones Laborales

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