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GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea	    1ra.   Sesión 
       Legislativa									      Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 76
INFORME POSITIVO

 25 de marzo de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Gobierno, previo estudio y consideración del P. del S. 76, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación con enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 76 tiene como objetivo enmendar el Artículo 9.11 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como "Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico", a los fines de disponer que toda obra de reparación o reconstrucción de infraestructura realizada por un municipio por motivos de los daños causados por un evento atmosférico, se considerará "Obra Exenta", para fines del requisito de permiso de construcción, según las disposiciones de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como "Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico", y el "Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos relacionados al Desarrollo, Usos de Terrenos y Operación de Negocios", adoptado por virtud de dicha Ley; para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

Puerto Rico, debido a su posición geográfica, es altamente vulnerable a eventos atmosféricos como huracanes, los cuales han causado estragos significativos en la infraestructura de la Isla. Ejemplo de ello fue el paso del huracán María en 2017, cuyos daños devastadores evidenciaron la necesidad de agilizar los procesos de reconstrucción y reparación de infraestructura para restablecer los servicios esenciales a la ciudadanía.

El Proyecto del Senado 76 busca facilitar la recuperación tras estos eventos al establecer que las obras de reparación o reconstrucción de infraestructura realizadas por los municipios, como respuesta a los daños causados por eventos atmosféricos, sean consideradas "Obras Exentas", eximiéndolas del requisito de obtener un permiso de construcción. Esto permitirá a los municipios actuar con mayor rapidez y eficiencia en situaciones de emergencia, garantizando que los ciudadanos no se vean privados de servicios esenciales por períodos de tiempo prolongados.

AnÁlisis de la Medida

La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación del Proyecto del Senado 76, solicitó los comentarios y recomendaciones a la Junta de Planificación de Puerto Rico (JP). Además, se consideraron los memoriales explicativos presentados durante el análisis del P. del S. 69 de la Decimonovena Asamblea Legislativa, dado que ambas medidas guardan similares propósitos, aunque el P. del S. 76 ante nuestra consideración tiene un alcance más limitado en su implementación. 

Se revisaron los memoriales emitidos en esa ocasión para evaluar su pertinencia en el análisis de la medida considerando únicamente aquellas recomendaciones que son directamente aplicables al P. del S. 76 y descartando las que no guardan relación con la medida en cuestión.

En virtud de ello, la Comisión de Gobierno solicitó un memorial explicativo a la Junta de Planificación (JP), mientras que los memoriales correspondientes al P. del S. 69, solicitados originalmente por la Comisión de Desarrollo Económico, Servicios Esenciales y Asuntos del Consumidor, fueron los emitidos por el Departamento de la Vivienda (DV), el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) - Oficina de Gerencia y Permisos (OGPe), el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico (AAPR) y la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia de Puerto Rico (COR3).

DEPARTAMENTO DE LA VIVIENDA 

	El Departamento de la Vivienda (DV), en su Memorial Explicativo presentado durante el análisis del P. del S. 69, expresó su apoyo general a la medida, reconociendo la importancia de agilizar los procesos de permisos para obras de reconstrucción tras eventos naturales. El DV destacó que los fondos federales asignados a Puerto Rico, como los del programa Subvención en Bloque para Desarrollo Comunitario - Recuperación ante Desastres (CDBG-DR), están destinados a atender necesidades de recuperación a largo plazo, particularmente tras los huracanes Irma y María, así como los terremotos que afectaron la región sur de la Isla. En este contexto, el DV señaló que la agilización de los procesos de permisos es crucial para garantizar que los fondos se utilicen de manera eficiente y que las comunidades afectadas puedan recuperarse con mayor rapidez. De igual forma, el DV sugirió que se sustituya el término "eventos atmosféricos" por "eventos naturales", para incluir no solo huracanes, sino también terremotos y otros desastres, lo cual es particularmente relevante para el P. del S. 76, ya que ampliaría el alcance de las obras exentas. Además, el DV enfatizó la importancia de garantizar que las obras exentas cumplan con los requisitos de las agencias federales, como la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), especialmente cuando se utilizan fondos federales para la reconstrucción. Esta recomendación subraya la necesidad de equilibrar la agilidad en los trámites con el cumplimiento de las normas federales. En resumen, el DV respaldó los objetivos de la medida, reconociendo que la agilización de los procesos de permisos es un paso importante para facilitar la recuperación tras desastres naturales.

DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS

El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en su Memorial Explicativo presentado durante el análisis del P. del S. 69, expresó su apoyo a la agilización de los procesos de permisos para obras de reconstrucción, destacando que esto permitiría una recuperación más rápida y eficiente de la infraestructura afectada por eventos atmosféricos. El DTOP señaló que las modificaciones propuestas en el P. del S. 69 para mejorar la resiliencia de la infraestructura (es decir, hacerla más resistente a futuros desastres) o para cumplir con requisitos federales (como los de FEMA) no deberían impedir que una obra sea considerada exenta. En otras palabras, el DTOP está a favor de que, cuando se realicen mejoras para fortalecer la infraestructura o se cumplan normas federales, estas acciones no añadan trámites burocráticos que retrasen la reconstrucción. 

OFICINA DE GERENCIA Y PERMISOS 

La Oficina de Gerencia y Permisos (OGPe), en su Memorial Explicativo en torno al P. del S. 69, mencionó la importancia de garantizar que las obras exentas cumplan con los códigos de construcción y los requisitos federales, especialmente cuando se utilizan fondos federales para la reconstrucción. La OGPe destacó que, aunque es necesario agilizar los procesos, no se debe comprometer la seguridad ni el cumplimiento de las normas ambientales y de construcción. Destacando la necesidad de equilibrar la agilidad en los trámites con la garantía de que las obras cumplan con los estándares necesarios para proteger la vida y propiedad de los ciudadanos. Además, la OGPe recomendó que se evalúe el lenguaje del proyecto en contraste con la Ley Núm. 107-2020, "Código Municipal de Puerto Rico", con relación al pago de arbitrios, lo cual podría tener implicaciones para los municipios en la implementación de la medida.

ASOCIACIÓN DE ALCALDES DE PUERTO RICO 

La Asociación de Alcaldes de Puerto Rico (AAPR), mediante Memorial Explicativo, endosó la aprobación de la medida, destacando que en efecto la misma permitiría agilidad en la concesión de permisos a los municipios, ante eventos atmosféricos. Sin embargo, la AAPR sugirió reducir el término para aprobar las enmiendas al Reglamento de 120 a 60 días, argumentando que la temporada de huracanes comienza en junio y que, de aprobarse la medida en esa fecha, las enmiendas no serían efectivas hasta octubre, casi al final de la temporada. La AAPR también destacó que la medida ayudaría a los municipios a responder con mayor rapidez a las emergencias, lo cual es fundamental para garantizar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos.

OFICINA CENTRAL DE RECUPERACIÓN, RECONSTRUCCIÓN Y RESILIENCIA 

La Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia de Puerto Rico (COR3), en su memorial explicativo expresó que la medida persigue un fin loable y merece una detallada consideración por parte de las agencias gubernamentales concernidas. La COR3 destacó que, aunque no es una entidad con pericia en materia de permisos, reconoce la importancia de agilizar los procesos de recuperación tras desastres naturales. La COR3 también señaló que, en términos de los programas de recuperación que administra, como los fondos de Asistencia Pública (PA) y el Programa de Subvención para la Mitigación de Riesgos (HMGP), la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) exige el cumplimiento estricto de las disposiciones federales y estatales aplicables al proceso de reconstrucción y enfatiza la necesidad de que las obras exentas cumplan con los requisitos federales, especialmente cuando se utilizan fondos federales para la reconstrucción.

JUNTA DE PLANIFICACIÓN

La Junta de Planificación (JP), en su memorial explicativo sobre el P. del S. 76, destacó que el proyecto busca facilitar la tramitación de proyectos relacionados con desastres naturales. La JP señaló que, según el Reglamento Conjunto del 16 de junio de 2023, en la Sección 2.5.1.4, ya se establecen disposiciones para obras exentas en situaciones de emergencia. Sin embargo, reconoció que el proyecto legislativo busca plasmar en ley la intención de eximir estas obras de cualquier requerimiento de permisos, lo cual podría agilizar los procesos de reconstrucción. La JP también recomendó que se enmiende el primer párrafo del Artículo 9.11 para reflejar los cambios en las jerarquías municipales, ya que las jerarquías IV y V fueron eliminadas tras las enmiendas a la Ley 107-2020, conocida como el "Código Municipal de Puerto Rico". 

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Gobierno certifica que el P. del S. 76 no impone una obligación económica en los presupuestos de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Gobierno, reconociendo la importancia del P. del S. 76 y tomando en cuenta las recomendaciones presentadas en el memorial explicativo de la Junta de Planificación (JP), llevó a cabo un análisis detallado de la pieza legislativa. Así, además, se consideraron los memoriales presentados durante el análisis del P. del S. 69 del 2021, los cuales, aunque guardan relación con la temática, fueron evaluados en función de su relevancia para el P. del S. 76. Como resultado, se presenta este Informe con el Entirillado correspondiente.

El análisis de los memoriales refleja un consenso general sobre la importancia de agilizar los trámites de permisos en situaciones de emergencia. Sin embargo, también se destacan preocupaciones legítimas respecto a la necesidad de garantizar que las obras exentas cumplan con los estándares de seguridad, las normas ambientales y los requisitos federales, especialmente cuando se utilizan fondos federales para la reconstrucción. Además, se identificaron recomendaciones específicas, como la ampliación del término "eventos atmosféricos" a "eventos naturales" para incluir otros desastres como terremotos, la reducción del plazo para aprobar enmiendas reglamentarias y la armonización del lenguaje del proyecto con la Ley Núm. 107-2020, "Código Municipal de Puerto Rico". Estas sugerencias buscan fortalecer la medida y asegurar su implementación efectiva.

En conclusión, el P. del S. 76 es una propuesta valiosa que aborda una necesidad urgente en Puerto Rico: la reconstrucción ágil y eficiente tras desastres naturales. No obstante, es fundamental equilibrar la agilidad en los procesos con el cumplimiento de normas de seguridad y requisitos federales, garantizando así que las obras exentas no comprometan la integridad de la infraestructura ni la seguridad de los ciudadanos. Con las enmiendas y ajustes recomendados, esta medida tiene el potencial de convertirse en una herramienta clave para fortalecer la resiliencia de la Isla y mejorar su capacidad de respuesta ante futuros eventos catastróficos.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 76, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.


Respetuosamente sometido,



Sen. Ángel A. Toledo López
Presidente
Comisión de Gobierno

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