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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 81

INFORME POSITIVO

7 de abril de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo, previo estudio y consideración del P. del S. 81, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación con enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 81 tiene como objetivo enmendar el Artículo 8.4 de la Ley Núm. 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, a los fines de establecer que, si una entidad gubernamental o agencia no emite sus recomendaciones dentro de los términos establecidos a la Oficina de Gerencia de Permisos, se entenderá que no tiene recomendaciones ni objeciones al proyecto propuesto. A su vez, el proyecto busca establecer que dichas recomendaciones no serán vinculantes, y que la determinación de conceder o denegar un permiso se basará en la totalidad del expediente administrativo. También, enmienda el Artículo 19.12 de la Ley Núm. 161-2009, supra, para disponer la supremacía de dicha ley.

Por otro lado, el P. del S. 81 propone enmendar el inciso (h) del Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales”, a los fines de cumplir con la política pública de agilizar los procesos de permisos, y disponer la obligación del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de asesorar, orientar, guiar y apoyar mediante comentarios a la Oficina de Gerencia de Permisos, a la dependencia gubernamental que la sustituya, y a los municipios concernientes en la toma de decisiones sobre la evaluación de permisos que incidan en la política pública ambiental; así como para disponer que el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y la Oficina de Gerencia de Permisos adopten todas las providencias reglamentarias pertinentes para el cumplimiento de dicha ley.

INTRODUCCIÓN

La Ley Núm. 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, se promulgó para establecer el marco legal y administrativo para regir los procesos de solicitud, evaluación, concesión y denegación de permisos de uso, de construcción y desarrollo de terrenos en el Gobierno de Puerto Rico. El propósito de la promulgación de dicha ley fue reformar y transformar el sistema de permisos de Puerto Rico en uno moderno, confiable, ágil y eficiente para fomentar el desarrollo integral, económico social y físico sostenible de Puerto Rico. En virtud de dicha ley, la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), es la entidad gubernamental facultada para dirigir el esfuerzo de emitir determinaciones finales, permisos, licencias, inspecciones, certificaciones y otras autorizaciones para el desarrollo y uso de terrenos. Con la aprobación de la Ley Núm. 161-2009, supra, las Entidades Gubernamentales Concernidas pasaron a realizar la función para la que originalmente fueron creadas, la de fiscalizar y proteger los importantes intereses que sus leyes orgánicas les delegan, fiscalizando el cumplimiento de los solicitantes con los permisos otorgados por OGPe.

Por otra parte, de conformidad con la Ley Núm. 171-2018, conocida como “Plan de Reorganización de Recursos Naturales y Ambientales de 2018”, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) constituye el organismo del Gobierno de Puerto Rico responsable de implementar la política y los programas relacionados con el manejo, desarrollo sostenible, utilización, aprovechamiento y protección de los recursos naturales y ambientales de Puerto Rico. La misión del DRNA es proteger, conservar y administrar los recursos naturales y ambientales de la isla, de forma balanceada para propiciar una mejor calidad de vida y garantizar su disfrute a las próximas generaciones.

El Proyecto del Senado 81 se propone enmendar la Ley Núm. 161, supra, y la Ley Núm. 23, supra, para cumplir con la política pública establecida de unificar y centralizar en la Oficina de Gerencia de Permisos el proceso de concesión o denegación de los permisos que otorga el Gobierno de Puerto Rico.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

De un análisis del Proyecto del Senado 81 se desprende que la medida atiende aspectos medulares de nuestro sistema de permisos, el cual es fundamental para lograr el desarrollo económico de Puerto Rico. La intención primaria de la Ley Núm. 161, supra, es unificar y centralizar la evaluación de permisos en una sola entidad, que recoja y analice las diferentes recomendaciones de las entidades relacionadas en el proceso de aprobar o denegar una solicitud de permisos. Por ende, la medida aclara, que las recomendaciones de las entidades gubernamentales concernidas no son vinculantes, sino que serán tomadas en cuenta por la Oficina de Gerencia de Permisos o el municipio en cuestión. En ese sentido, la medida dispone que el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales no emite permisos, sino que asesora a la Oficina de Gerencia de Permisos en la fiscalización y cumplimiento con la política pública ambiental vigente.

Se solicitaron memoriales explicativos a la Oficina de Gerencia de Permisos, al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, a la Oficina Estatal de Conservación Histórica, a la Asociación de Constructores de Puerto Rico, al Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico, al Colegio de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico, y a la Cámara de Comercio de Puerto Rico. A la fecha de la redacción del presente informe, todas las entidades entregaron un memorial explicativo con excepción de la Cámara de Comercio de Puerto Rico.

Adicional a esto, el día 4 de abril de 2025, se celebró una Vista Pública, en la que comparecieron los anteriormente mencionados.

OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS

El Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), el Lcdo. Sebastián Negrón Reichard junto al Secretario Auxiliar de la Oficina de Gerencia de Permisos, el Sr. Norberto Almodóvar Vélez, presentaron un memorial explicativo en donde avalan la medida y expresan que, el DDEC apoya toda legislación dirigida hacia la desregulación, simplificación y modernización de procesos y estructuras administrativas que se han tornado excesiva e innecesariamente complejas u obsoletas. De igual forma, el DDEC entiende que las enmiendas propuestas son cónsonas con su postura y la política pública de la Honorable Gobernadora, Jennifer González Colón. En su memorial, hacen un recuento de diversos esfuerzos desde la Rama Ejecutiva en el tema de permisos. Indican, además, que estas reformas al sistema de permisos no son simplemente cambios administrativos; representan una transformación real en la vida de los puertorriqueños que buscan construir su hogar, expandir su negocio o crear nuevas oportunidades de empleo. No obstante lo anterior, el DDEC entiende que sería provechoso contemplar otorgarle a la Oficina de Gerencia de Permisos la discreción de conceder un término adicional de tiempo para proveer recomendaciones a aquellos municipios, agencias o entidades gubernamentales que así lo soliciten afirmativamente.

DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES

El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales por conducto de su Secretario, Waldemar Quiles Pérez, avaló la medida indicando que la misma agilizará la expedición de permisos en Puerto Rico. En su memorial, discute el trasfondo de las leyes orgánicas del DRNA y de la OGPe, a su vez discute la política pública sobre la centralización de la expedición de permisos. Expresa que es responsabilidad de los municipios, agencias y entidades gubernamentales emitir oportunamente sus recomendaciones para cada proyecto que así lo requiera, acorde a las disposiciones del Reglamento Conjunto. En el caso del DRNA, la mayoría de los proyectos cuya recomendación sería requerida, ubican en áreas ecológicamente sensitivas, lo que requiere de una exhaustiva evaluación, análisis e inspección, previo a la emisión de recomendaciones. En la vista pública, la directora de la Oficina de Asuntos Legales, licenciada Brendaliz González Méndez, aseguró que el P. del S. 81 tiene un propósito loable y el “DRNA recomienda favorablemente la aprobación de esta pieza legislativa, la cual viabilizaría la centralización de los permisos en la OGPe”. Aunque sentenció que, el Departamento se encuentra aún en el proceso de llenar las vacantes de biólogos y agrimensores que permitirían un avance y menor tiempo de espera en la concesión de permisos.

Asociación de Constructores de Puerto Rico

La Asociación de Constructores, por conducto de su Presidente, el Sr. Agustín Rojo, presentó un memorial en donde avala la medida. Indican que tener diversos organismos que emiten o deniegan permisos resulta en un proceso fragmentado que no abona a la eficiencia y la centralización de un sistema de permisos con enormes retos. Expresan que el P. del S. 81 es uno de los muchos pasos que se deben tomar para lograr la meta de obtener un sistema de permisos que promueva que los ciudadanos y empresas al proceso formal y planificado. Recomiendan que se debe disponer que la agencia o corporación pública no puede negarse en una etapa posterior al proyecto aprobado bajo estas condiciones a revisar planos o conectar el proyecto.

Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico

El ingeniero Manuel Bermúdez Pagán, compareció en representación del Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico (CIAPR). El CIAPR no asumió una postura oficial sobre la medida, pero ofreció varias recomendaciones. Entre ellas, eliminar la extensión de 15 días para someter recomendaciones en proyectos ubicados en áreas ecológicamente sensitivas, pues a su juicio, las agencias deben contar con la información necesaria desde el inicio.

Colegio de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico

Mediante memorial explicativo, el Arquitecto Bienvenido Pichardo, expresó tener preocupación sobre que los comentarios de las entidades con participación en el proceso no sean vinculantes al momento de otorgar un permiso.

Oficina Estatal de Conservación Histórica

La Oficina Estatal de Conservación Histórica, representada por Carlos A. Rubio-Cancela no compareció a la vista pública, pero envió un memorial explicativo en el que expresó su apoyo a la medida, siempre y cuando se cumpla con las leyes ambientales y federales aplicables.

IMPACTO FISCAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico no solicitó comentarios al Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) ni a la Oficina de Gerencial Municipal, toda vez que el Proyecto del Senado 81 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

Además, esta medida no representa un impacto fiscal negativo, ya que no implica una nueva asignación de fondos ni reduce los ingresos del Fondo General.

CONCLUSIÓN

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico previo estudio y consideración, tienen a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 81, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.


Respetuosamente sometido,

Sen. Héctor G. González López

Presidente

Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo

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