GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 1ra. Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 21 3 DE ENERO DE 2025 Presentada por la representante del Valle Correa Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a las Comisiones para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Noreste; y de Asuntos Laborales de la Región Metro; y de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la tasa de desempleo y sus causas; las posibles fuentes de empleo y oportunidades de desarrollo para la identificación de sectores productivos, oportunidades de empleo y estrategias de desarrollo económico local en los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto, que componen el Distrito Representativo Número 38; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Reza la Exposición de Motivos de la Ley 74 de 21 de junio de 1956, según enmendada, conocida como "Ley de Seguridad de Empleo en Puerto Rico", que: "La inseguridad económica producida por el desempleo es una seria amenaza a la salud, seguridad y bienestar del pueblo de Puerto Rico. El desempleo es, por lo tanto, materia de interés e incumbencia general que requiere la adopción por la Asamblea Legislativa de medidas adecuadas tendientes a evitar su desarrollo y a aliviar la carga que el mismo produce y que recae sobre el trabajador desempleado y su familia." Conforme a las estadísticas reflejadas en el Censo 2020, la tasa de desempleo de Puerto Rico rondaba en un 8.3%. Sin embargo, para los municipios de Canóvanas y Carolina, las tasas porcentuales de desempleo se encontraban en 8.7% y 8.6%, respectivamente. En contraposición, para el municipio de Trujillo Alto era un 6.1%. Esta situación tiene que ser estudiada para poder determinar los factores que están influyendo en estos porcientos de desempleo por municipio, y que alternativas existen para impulsar el mercado laboral y así logar un desarrollo económico sostenible para el Distrito Representativo Número 38. Recordemos que el desempleo produce inseguridad económica y ello atenta contra la calidad de vida de nuestros ciudadanos. Esta Cámara de Representantes entiende necesario realizar una investigación exhaustiva sobre la tasa de desempleo y sus causas; las posibles fuentes de empleo y oportunidades de desarrollo para los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto; así como para poder determinar los factores que impulsarán el mercado laboral en los municipios del Distrito Representativo Número 38, y la necesidad de legislación que lo facilite. RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Sección 1.- Se ordena a las Comisiones para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Noreste; y de Asuntos Laborales de la Región Metro; y de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la tasa de desempleo y sus causas; las posibles fuentes de empleo y oportunidades de desarrollo para la identificación de sectores productivos, oportunidades de empleo y estrategias de desarrollo económico local en los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto, que componen el Distrito Representativo Número 38. Sección 2.- Las comisiones, a los efectos de cumplir con lo dispuesto en esta Resolución, podrán realizar requerimientos, solicitudes de información o de producción de documentos, citaciones, reuniones, vistas oculares, así como podrán realizar cualquier otra gestión que entiendan pertinente y se encuentre bajo el alcance de la investigación de esta Resolución. Sección 3.- Las comisiones recomendarán los mecanismos, la legislación o enmienda a legislación existente, que se deben establecer para trabajar con la situación del desempleo en los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto, que componen el Distrito Representativo Número 38. Sección 4.- Las Comisiones rendirán un Informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, no más tarde de ciento ochenta (180) días siguientes a la aprobación de esta Resolución. Sección 5.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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