GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 1ra. Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 25 3 DE ENERO DE 2025 Presentada por la representante del Valle Correa Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los factores que propician el maltrato contra la población de adultos mayores; las situaciones de agresiones y violencia contra esta población; así como los mecanismos de protección y servicios adecuados que requieren nuestros adultos mayores; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley 121-2019, según enmendada, conocida como "Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores", en su Artículo 2, inciso 5, reconoce como responsabilidad del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, promover "el valor, integración y el respeto del adulto mayor en nuestra sociedad mediante la protección de su salud física o mental y la propiedad contra amenazas, hostigamiento, coacción o perturbación por parte de cualquier persona natural o jurídica". Se le reconoce el derecho a recibir protección y seguridad, tanto física como social, contra abusos, ya sean físicos como emocionales, y contra presiones psicológicas por parte de cualquier persona. A pesar del deber ministerial de proteger a la población de personas adultas mayores, la realidad es que los casos de abusos y agresiones contra dicha población han ido en aumento. En el reportaje de Telemundo por la periodista Zugey Lamela, titulado: "En aumento las agresiones contra adultos mayores; sobre 7 mil querellas en un año", del 21 de julio de 2022, se destacan tres casos en los municipios de Aguadilla, San Lorenzo y Caguas, donde varios adultos mayores fueron víctimas de agresiones. Conforme a las estadísticas de la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA), desde julio de 2021 a junio de 2022, se radicaron 7,887 querellas de maltrato contra personas de 60 años o más. En el reportaje también se expresa que uno de los factores que puede estar impulsando las agresiones contra los adultos mayores, son los estereotipos negativos hacia esta población; otro de los factores que se puede considerar es la pérdida de valores. Informan que en la actualidad los adultos mayores sobrepasan el 26% de la totalidad de la población, lo que se traduce que 1 de cada 4 personas tienen sobre 60 años de edad. Conforme al informe de la OPPEA, "Envejecimiento de la Población: El Mundo y Puerto Rico", se estima un crecimiento considerable de la población de 60 años o más. Desarrollan una tabla representativa de lo que significarán los porcientos de esta población hasta el año 2050, la cual reproducimos a continuación: Nota. Fuente: (OPPEA, 2015) Las cifras anteriores, son indicativas del alto porciento de maltrato hacia los adultos mayores, y el vertiginoso crecimiento de esta población, que requieren mecanismos adecuados de protección y servicios, así como el fomentar hacia estos una cultura de paz y respeto. Por lo que se hace necesario realizar una investigación para determinar los factores que inciden en esta conducta y las medidas tanto correctivas como preventivas, que están tomando las entidades gubernamentales para atajar este patrón de violencia. Esto incluye, pero sin limitarse, el análisis de toda legislación y reglamentación vigente, procesos, trámites y cualquier otro asunto relacionado que incida directa o indirectamente con la protección a los adultos mayores. Es necesario, además, que de dicho estudio surjan recomendaciones para trabajar con esta situación de una forma efectiva y eficiente. Esta Cámara de Representantes entiende meritorio realizar una investigación exhaustiva para determinar las razones para las constantes agresiones contra las personas adultas mayores, los mecanismos de prevención y servicios que se encuentran disponibles, y cómo estos se pueden alinear efectivamente en servicio de esta población. Es una prioridad para este Cuerpo la protección a nuestros ciudadanos, en especial los adultos mayores. RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los factores que propician el maltrato contra la población de adultos mayores en Puerto Rico; las situaciones de agresiones y violencia en contra esta población; así como los mecanismos de protección y servicios adecuados que requieren nuestros adultos mayores. Sección 2.- La Comisión investigará, pero sin limitarse a, las leyes, reglamentación, protocolos y procedimientos en el Departamento de la Familia, la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, el Negociado de la Policía, el Departamento de Salud, el Departamento de Justicia, y las organizaciones sin fines de lucro que reciben fondos federales y estatales para este fin. Sección 3.- La Comisión deberá auscultar, entre otros, las gestiones realizadas por las dependencias gubernamentales y sus funcionarios, para cumplir con las disposiciones de la de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores", que exige la protección de las personas de edad avanzada y establece específicamente las responsabilidades del Departamento de la Familia, la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, el Departamento de Salud, el Departamento de la Vivienda, el Departamento de Seguridad Pública, el Departamento de Corrección y Rehabilitación, la Oficina de Administración de los Tribunales, y el Departamento de Justicia, en función de la protección y servicios en situaciones de maltrato que por ley están obligados a proveer a nuestros adultos mayores. Sección 4.- La Comisión, como parte de su investigación, estudiará, analizará e identificará cualquier situación que afecte el servicio y la protección a las personas adultas mayores, así como también recomendará los mecanismos que se deben establecer para erradicar la violencia contra esta población. Sección 5.- La Comisión, a los efectos de cumplir con lo dispuesto en esta Resolución, podrá realizar requerimientos, solicitudes de información o de producción de documentos, citaciones, reuniones, vistas oculares, así como podrá realizar cualquier otra gestión que entienda pertinente y se encuentre bajo el alcance de la investigación de esta Resolución. Sección 6.- La Comisión recomendará los mecanismos, la legislación o enmienda a legislación existente, que se deben establecer para poder trabajar efectiva y eficientemente con la situación de violencia en contra de los adultos mayores. Sección 7.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, no más tarde de ciento ochenta (180) días siguientes a la aprobación de esta Resolución. Sección 8.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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