GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. C. de la C. 4
INFORME POSITIVO
de mayo de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Gobierno, previo estudio y consideración del R. C. de la C. 4, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación sin enmiendas.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Resolución Conjunta de la Cámara 4, propone designar a la Unidad de Quemados del Hospital Industrial de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado de Puerto Rico con el nombre del Dr. Héctor Benítez Rivera, en reconocimiento a su gran aportación y legado con los quemados en Puerto Rico.
INTRODUCCIÓN
En su Exposición de Motivos, el R. C. de la C. 4 contempla hacerle un tributo al Dr. Héctor Benítez Rivera, quien se ha distinguido como un baluarte puertorriqueño en el área de la medicina y de la milicia militar.
El Dr. Benítez Rivera nació el 11 de diciembre de 1948 en el pueblo de Aibonito, Puerto Rico, fruto de la relación entre el Sr. Antonio Benítez Colón y la Sra. Antonia Rivera Santos. Al presente, se encuentra casado con la Sra. Iris M. Solivan Rolón, con quien procreó cinco (5) hijos, y además tienen tres (3) nietos.
En el año 1974, se graduó de Medicina del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico. En el año 1979, culminó su residencia de Cirugía General en el Hospital Universitario e ingresó al Ejército de los Estados Unidos de América, destacado al Instituto de Investigaciones Quirúrgicas en San Antonio, Texas, ostentando el rango de Capitán y posteriormente ascendió a Mayor.
En el año 1981 el Dr. Héctor Benítez culminó su subespecialidad en Cirugía de Quemados en la Unidad Brook Army Medical Center, en Fort Sam Houston, en San Antonio, Texas, en los Estados Unidos de América. Acto seguido, luego de apenas de haber transcurrido seis (6) meses de haberse desempeñando como director del Programa de Residencia de Cirugía del Hospital Regional del Municipio de Caguas, Puerto Rico, éste fue empleado por la Corporación del Fondo de Seguro del Estado del Puerto Rico para la creación de la Unidad Quemados.
En el año 1992, el Dr. Héctor Benítez presidió la Junta Permanente de Uniones de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado. Para entonces, en el año 1995, éste fue galardonado con el primer Premio Manuel A. Pérez, entregado a un servidor público.
En el año 1996, se constituyó la Unión de Médicos de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, en la cual todavía funge como su presidente. Además, se encuentra afiliado a la Unión de Médicos de la Central Puertorriqueña de Trabajadores, para la cual salió electo Representante de Asuntos Sindicales Nacionales e Internaciones.
Acto seguido, en el año 2008, el Dr. Héctor Benítez culminó su capítulo en la milicia con un licenciamiento honorable y con el rango de teniente coronel.
Actualmente, han transcurrido cuarenta y tres (43) años desde la creación de la Unidad de Quemados del Hospital Industrial de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado de Puerto Rico, y el Dr. Héctor Benítez siempre ha dicho presente para con sus pacientes, ofreciendo sus servicios con los mayores estándares médicos. Desde que se fundó la Unidad de Quemados, el Dr. Héctor Benítez Rivera ha atendido a más de trece mil (3,000) admisiones y dado seguimiento a más de quince mil (15,000) pacientes.
En fin, mediante esta medida, se pretende reconocer la trayectoria y aportación del Dr. Héctor Benítez Rivera por los pasados años en la Unidad de Quemados del Hospital Industrial de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado de Puerto Rico; es por ello que resulta meritorio inmortalizar el legado de este médico mediante la designación de la Unidad de Quemados del Hospital Industrial con su nombre.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Gobierno del Senado, en cumplimiento de su responsabilidad ministerial, consideró el memorial explicativo emitido por la Oficina de Servicios Legislativos sobre la R. C. de la C.4 en el análisis de la medida. Veamos.
OFICINA DE SERVICIOS LEGISLATIVOS (OSL)
La OSL realizó un Informe sobre el R. C. de la C. 4, donde concluye que la medida tiene como objetivo de designar a la Unidad de Quemados del Hospital Industrial de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado con el nombre del Dr. Héctor Benítez.
Por lo que, se suscriben en señalar que la Ley 55-2021, conocida como "Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico" derogó la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada; menciona además que en su Artículo 2, la Ley 55-0221, expone que:
"[t]odas las vías públicas y estructuras que han sido denominados por la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas conservarán los nombres que ya ostentan. Solo se podrán denominar estructuras y vías públicas en el futuro mediante Resolución Conjunta de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico. Quedan excluidas de esta disposición las estructuras propiedad de la Universidad de Puerto Rico, que serán denominadas por el proceso que disponga la Universidad y en adelante no podrán ser denominadas por Resolución Conjunta de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico".
Podemos entender de la cita mencionada que a partir de la vigencia de la Ley 55-2021, las estructuras y vías públicas que fueron antes denominadas por la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas mantendrán sus nombres y, prospectivamente, a través de Resolución Conjunta aprobada por nuestra Asamblea Legislativa, se podrán denominar vías y estructuras públicas.
Por lo que, conforme a la Ley 55-2021, la aprobación de la R. C. de la C. 4 constituye el mecanismo adecuado para designar que la estructura en la que se edifica la Unidad de Quemados del Hospital Industrial de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado se le asigne el nombre del Dr. Héctor Benítez Rivera. Sin perder de perspectiva que lo antes expuesto es posible que la estructura pública en cuestión no haya sido denominada antes por la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas y que no pertenezcan a la Universidad de Puerto Rico.
La OSL concluye que no hay impedimento legal para la aprobación de R. C. de la C. 4.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Gobierno certifica que la R. C. de la C. 4 no impone una obligación económica en los presupuestos de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Gobierno del Senado, reconociendo la importancia del R. C. de la C. 4 y el loable propósito que persigue la aprobación de la medida y reconociendo los méritos académicos y la trayectoria laboral del Dr. Héctor Benítez Rivera como un ser humano que ha dedicado su vida al beneficio de sus pacientes en la Unidad de Quemados del Hospital Industrial de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, nos lleva a concluir que es meritorio designar que la Unidad antes mencionada se reconozca con su nombre.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisiónprevio estudio y consideración, tienen a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el R. C. de la C. 4, recomendando su aprobación sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,
Sen. Ángel A. Toledo López
Presidente
Comisión de Gobierno del
Senado de Puerto RicoDocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.