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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea	                                                                                               1ra Sesión
          Legislativa		                                                                                          Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. C. de la C. 10

2 DE ENERO DE 2025

Presentada por el representante Méndez Núñez 

Referida a la Comisión de Gobierno

RESOLUCIón CONJUNTA

Para ordenar a la Administración de Terrenos de Puerto Rico traspasar a título gratuito al Municipio Autónomo de San Juan dos (2) propiedades localizadas en la Avenida Ponce de León 1002 y Calle González 1005 del Desarrollo Santa Rita en el sector de Río Piedras con número de catastro 087-002-467-06 y 087-002-467-24 (las "Propiedades") para que el Municipio Autónomo de San Juan, a su vez, arriende dichas Propiedades por el canon de un dólar  a la Fundación Sila M. Calderón, Inc. (d/b/a Centro para Puerto Rico) para construir un centro que ofrezca servicios educativos y de capacitación junto a programas de acción social, empresarismo y empoderamiento comunitario.
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 
La Fundación Sila M. Calderón (d/b/a Centro para Puerto Rico (la "Fundación") fue incorporada en el año 2004 como una entidad sin fines de lucro para servir a la educación y el desarrollo económico, social y comunitario para las personas y/o comunidades de escasos recursos en Puerto Rico. Los trabajos de la Fundación comenzaron, para todos los efectos, en el 2010. Dichos trabajos han estado dirigidos a reducir la pobreza e inequidad, adelantar el rol de la mujer en la sociedad, promover el balance y la revitalización urbana, y fortalecer los valores éticos y la responsabilidad social.

Con este enfoque, por quince años la Fundación ha laborado afanosamente para crear oportunidades que propicien el desarrollo económico entre los grupos más vulnerables, mejorar las condiciones de vida de las personas que son víctimas de violencia de género y maximizar el potencial individual y comunitario a través de los programas educativos y el empoderamiento comunitario. Los resultados de los trabajos de la Fundación son patentes: sobre tres mil quinientos (3,500) participantes y creando y fortaleciendo sobre mil seiscientos (1,600) pequeños negocios que han generado más de dos mil (2,000) empleos a través de los setenta y ocho (78) municipios de la Isla. De igual forma, se han atendido trescientos setenta (370) sobrevivientes de violencia de género a través de su Centro de Transformación y Ayuda a Sobrevivientes de Violencia de Género (Ce-Transforma). Asimismo, en las instalaciones actuales de la Fundación ubican los archivos históricos y la biblioteca comunitaria. El archivo histórico cuenta con un acervo de cuatro millones de folios (4,000,000), sobre cincuenta mil (50,000) fotografías, diez mil (10,000) vídeos, diecisiete mil (17,000) grabaciones sonoras. Al presente, mil ciento setenta (1,170) solicitudes ciudadanas han sido generadas. La biblioteca comunitaria, por su parte, ha tenido sobre setenta mil (70,000) visitas presenciales y más de doscientas veinte mil (220,000) visitas en línea. Entre otros proyectos, en septiembre se comienzan clases de Ética para los servidores públicos del gobierno, conjuntamente con la Universidad de Puerto Rico. 

La Fundación y la Administración de Terrenos de Puerto Rico (la "Administración de Terrenos") entraron en un Contrato de Arrendamiento con Opción a Compra (Contrato Núm. 2017-000006) con fecha de 30 de junio de 2016, bajo el cual la Fundación ha arrendado de la Administración, una de las Propiedades y, hasta el presente, ha pagado en el agregado $400,715.00 en alquiler bajo dicho contrato. Dicho contrato dispone que de ejercer la Fundación la opción de compra de dicha Propiedad, se acreditará contra el pago del precio de compra la totalidad de los pagos de renta realizados por la Fundación bajo el contrato hasta la fecha de la compra.  La Fundación ha solicitado se considere fomentar una alianza con el Gobierno de Puerto Rico para el beneficio de los sectores más necesitados de Puerto Rico. 

En abril de 2024, se realizó una tasación por el tasador Javier Porrata, P.S.C., la cual valoró la totalidad de la propiedad en quinientos mil dólares ($500,000).

A esos efectos, existiendo el precedente de la Resolución Conjunta 1041 (R.C. del S. 1041) de 4 de junio de 2012, en la cual se traspasó a título gratuito, a través de la Administración de Terrenos, una finca a favor de la Fundación Carlos Romero Barceló, Inc., con una cabida de dos mil quinientos sesenta y cuatro con cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho diezmilésimas de metros cuadrados (2,564.4448 m.c.), la Asamblea Legislativa entiende necesario que, para que la Fundación continue realizando obras de trascendencia económica y social, se le traspase al Municipio Autónomo de San Juan sin costo adicional al monto total de los pagos de renta ya realizados por la Fundación hasta la fecha de traspaso, las dos (2) propiedades localizadas en la Avenida Ponce de León 1002 y Calle González 1005 del Desarrollo Santa Rita en Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con números de catastro 087-002-467-06 y 087-002-467-24, totalizando las Propiedades una cabida de mil trescientos metros cuadrados con siete mil cuatrocientas veintiocho diez milésimas de metro cuadrado (1,300.7428 m.c.).

ResuélvEse POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Administración de Terrenos de Puerto Rico (la "Administración de Terrenos") traspasar a título gratuito al Municipio de San Juan (el "Municipio") el título de las dos (2) propiedades localizadas en la Avenida Ponce de León 1002 y Calle González 1005 Calle del Desarrollo Santa Rita en Río Piedras, San Juan, Puerto Rico con número de catastro 087-002-467-06 y 087-002-467-24 (las "Propiedades"), totalizando ambas una cabida de mil trescientos metros cuadrados con siete mil cuatrocientos veintiocho diez milésimas de metro cuadrado (1,300.7428 m.c.). Se ordena, a su vez, a que el Municipio arriende las Propiedades por el canon de un dólar ($1.00) a la Fundación Sila M. Calderón, Inc. (d/b/a Centro para Puerto Rico) (la "Fundación") para los propósitos delineados en esta Resolución Conjunta.
Sección 2.- La Fundación utilizará el terreno arrendado bajo esta Resolución Conjunta, para desarrollar un centro que ofrezca a la ciudadanía servicios educativos y de capacitación junto a programas de acción social, empresarismo y empoderamiento comunitario para beneficio de las comunidades más vulnerables.
Sección 3.- Las Propiedades serán traspasadas al Municipio mediante la presente Resolución Conjunta, sin que exista obligación alguna de la Administración de Terrenos de realizar ningún tipo de modificación o mejora con anterioridad al traspaso a dicha institución. 
Sección 4.- El Municipio y la Fundación sólo podrán disponer de la propiedad transferida para desarrollar programas educativos y/o sociales que atiendan a las comunidades más desventajadas económicamente.
Sección 5.- La correspondiente escritura de traspaso tendrá como condición restrictiva a la misma, que la facilidad traspasada en la Sección 1 no podrá ser utilizada para otros usos diferentes a los indicados en esta Resolución Conjunta. El incumplimiento de esta condición revertirá esta cesión a favor de la Administración de Terrenos y el Municipio será responsable de los costos que resulten en dicho caso.
Sección 6.- La Administración de Terrenos, el Municipio y la Fundación deberán realizar todas aquellas acciones necesarias y convenientes para cumplir con la Sección 1 de esta Resolución Conjunta.
Sección 7.- Esta Resolución Conjunta entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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