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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 2 da. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

R.C. de la C. 18

INFORME POSITIVO

23 octubre de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración de la R.C. de la C. 18, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

La R.C. de la C. 18 propone ordenar a la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, “realizar en conjunto un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general, sobre los riesgos de subir fotos de los menores en las redes sociales; y para otros fines relacionados.”

INTRODUCCIÓN

Surge de la Exposición de Motivos de la medida que “[e]n el reportaje titulado “No se debe subir fotos de menores en las redes”[1], la División de Crímenes Cibernéticos de la Policía de Puerto Rico, explica los peligros que conlleva el uso desmedido de las redes sociales para subir fotos de menores en su entorno familiar y escolar. Indican que estas imágenes, suplen muchos datos que pueden ser utilizados para extorsión, como lo son su nombre, donde estudia, sus rasgos físicos, su vestimenta diaria, entre otros datos importantes que los identifican específicamente.

El reportaje provee datos referentes al año 2023. Hasta el momento de la creación del reportaje, se habían reportado 93 casos de intrusión y 68 de fraude[2]. Dicho reportaje, provee datos de los años anteriores que se colocan en términos comparativos en la siguiente tabla:

Año

Casos intrusión

Casos de fraude

2023[3]

93

68

2022

186

65

2021

397

252

2020

552

136

Nota: Fuente: (La Cordillera, 2023).

Aunque se puede ver una merma de las instancias, no es menos cierto que no debe haber ni un solo caso en el cual se utilicen las fotos de menores para cometer delitos.

Es importante establecer un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los menores, donde se les instruya sobre los riesgos de subir fotos de sus hijos e hijas en las redes sociales. Este debe ser un esfuerzo coordinado entre la Policía de Puerto Rico, así como del Departamento de Educación y la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública. La experiencia de la Policía de Puerto Rico, unida al expertise en los medios de comunicación de la Corporación, así como la pericia del Departamento de Educación para llevar mensajes educativos a los encargados de los alumnos, sería de beneficio para la comunidad, en especial en ánimos de reforzar la seguridad de los menores.

Esta Asamblea Legislativa entiende que es necesario y prioritario, ordenar a la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, realizar en conjunto un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general, sobre los riesgos de subir fotos de los menores en las redes sociales.”

ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA

La Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano, atendiendo su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación de medidas legislativas, solicitó comentarios al Departamento de Seguridad Pública (DSP), la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL). Además, solicitamos los comentarios que pudiera tener la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes. Los comentarios recibidos fueron los emitidos por la Autoridad Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), Departamento de Educación (DE), Departamento de la Familia (DF) y de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR). Sin embargo, al momento de la redacción de este Informe, no se habían recibido los comentarios de OGP.

A continuación, presentaremos de forma sintetizada las expresiones de las agencias que emitieron sus comentarios, señalando particularmente las recomendaciones de estas.

Departamento de Seguridad Pública (DSP)

El Secretario del DSP destacó que, en relación con la R.C. de la C. 18, la Policía de Puerto Rico (PPR) desempeña un papel central a través de la División de Crímenes Cibernéticos (DCC). Esta división ofrece apoyo especializado en investigaciones de crímenes cibernéticos a las trece (13) Áreas Policiacas, los Cuerpos de Investigaciones Criminales y demás divisiones de la PPR, y mantiene coordinación y comunicación con agencias federales como el FBI, ICE y el Servicio Secreto.

La DCC tiene la responsabilidad de implementar programas educativos y preventivos dirigidos a la ciudadanía, y de colaborar con agencias estatales y federales en la diseminación de información sobre prevención de crímenes cibernéticos. En cumplimiento de esta encomienda, han desarrollado charlas y actividades orientadas a niños, jóvenes en edad escolar y universitaria, así como a distintos sectores de la comunidad. Asimismo, emiten boletines informativos dirigidos a padres, tutores, educadores y jóvenes, con el objetivo de concienciar sobre los riesgos del crimen cibernético y las estrategias de prevención disponibles.

El DSP subrayó que los padres o tutores legales cuentan con herramientas para garantizar la seguridad de los menores, como la Ley de Protección de la Privacidad Infantil en Internet (COPPA, 15 U.S.C. 6501-6506), que regula la recopilación de información personal de menores de trece años y exige el consentimiento de los padres. La Comisión Federal de Comercio (FTC) supervisa el cumplimiento de esta ley, recibe querellas y puede imponer multas por violaciones a sus disposiciones. Además, la FCC contribuye a la prevención de crímenes cibernéticos mediante la difusión de información educativa a la ciudadanía.

El DSP concluyó que la presente resolución se alinea con las funciones actuales de la DCC y reafirmó su compromiso de continuar colaborando con el Departamento de Educación, la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR) y otras entidades pertinentes para garantizar el cumplimiento de la medida.

Autoridad Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF)

La AAFAF reconoció el mérito de la R.C. de la C. 18, pero enfatizó la necesidad de acompañar toda medida legislativa que pueda generar impacto fiscal con un análisis de viabilidad económica, presupuestaria y financiera, conforme a la Ley PROMESA (Sección 204). Este análisis debe identificar la fuente de financiamiento para cubrir cualquier gasto adicional o reprogramación de fondos, asegurando que la medida no afecte significativamente el Plan Fiscal ni el presupuesto certificado.

Asimismo, la AAFAF recomendó que se verifique si existen programas o recursos disponibles que permitan desarrollar y ejecutar lo propuesto por la R.C. de la C. 18. Para aclarar las interrogantes sobre viabilidad, sugirió solicitar comentarios adicionales al Departamento de Educación, WIPR, Policía de Puerto Rico y Oficina de Gerencia y Presupuesto, así como un informe de efecto fiscal por la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL).

Departamento de Educación (DE)

El DE manifestó su respaldo total a la R.C. de la C. 18, reconociendo que constituye un paso meritorio y encomiable en la protección de la identidad y seguridad de los menores. No se expresaron objeciones y se destacó que la medida es coherente con la política pública vigente en el Departamento, promoviendo la seguridad y bienestar de los estudiantes.

Departamento de la Familia (DF)

El Departamento de la Familia destacó que la educación y la prevención juegan un papel central en la protección de niños y adolescentes, enfatizando la importancia de contar con protocolos claros y estrategias de concienciación para minimizar los riesgos actuales. Indicaron que la R.C. de la C. 18 está alineada con las prioridades del Gobierno de Puerto Rico, ya que fortalece la seguridad digital y ayuda a prevenir la explotación infantil en entornos virtuales. Además, resaltaron que la medida contribuye a reducir el riesgo cibernético y refuerza los esfuerzos para proteger a la población más vulnerable, particularmente a los menores expuestos a delitos como extorsión y fraude en línea.

Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR)

WIPR expresó su apoyo a la medida, indicando que sus plataformas de radio, televisión y redes sociales son canales idóneos para difundir mensajes educativos sobre la protección de menores. No obstante, señalaron que la producción de estas campañas conlleva costos en preproducción, producción y postproducción, y que actualmente no reciben presupuesto del Fondo General debido a disposiciones de la Junta de Supervisión Fiscal. Propusieron que la R.C. de la C. 18 incluya un presupuesto específico para sufragar estos costos y manifestaron su disposición a colaborar en la planificación y estimación de recursos necesarios para la ejecución de las campañas.

Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL)

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) evaluó la Resolución Conjunta de la Cámara 18 que propone ordenar a la Policía de Puerto Rico (PPR), el Departamento de Educación (DE) y a la Corporación de Puerto Rico para a Difusión Pública (WIPR), realizar orientaciones a padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general, sobre los riesgos de subir fotos de menores en las redes sociales.

Tras su análisis correspondiente, la OPAL concluye que la R. C. de la C. 18 pudiera representar costos asociados a la producción de los anuncios, sin embargo, el costo no es precisable, al momento.

Indicaron que, conforme expresó la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública en el memorial explicativo, la producción de estas campañas conlleva costos económicos durante el proceso de producción. Si bien no se puede precisar el impacto de la producción de la campaña, pues depende de muchos inciertos, como metas establecidas, canales de comunicación a utilizar, así como la creatividad artística, entre otros aspectos, la OPAL identificó el Contrato Núm. 2023-000027, mediante el cual el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) llevó a cabo una campaña de concienciación sobre seguridad cibernética. Dicho contrato fue otorgado por un monto de $500,000 y dicha campaña tuvo como propósito orientar a la ciudadanía sobre los riesgos asociados a esquemas de fraude y sobre prácticas de protección en el ámbito digital.

En consecuencia, la OPAL concluye que la aprobación de esta pieza legislativa pudiera representar un costo fiscal sobre el presupuesto de las agencias concernidas. No obstante, dicho costo no es cuantificable al momento. Se desconocen los costos de producción de una campaña educativa, el cual varía significativamente por su complejidad, alcance, y nivel de producción al cual se pretenda llevar a cabo. Ante lo anterior expuesto, se entiende que el costo fiscal de la medida no es precisable con la información disponible.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, certifica que la R.C. de la C. 18 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

La R.C. de la C. 18 constituye una medida legislativa positiva y meritoria, orientada a la protección de la identidad y seguridad digital de los menores de edad, mediante la educación y concienciación de padres, tutores y la comunidad en general. Todas las agencias consultadas coinciden en que la medida fortalece la prevención de delitos cibernéticos, la explotación infantil y otros riesgos asociados al uso de medios digitales por menores.

Si bien la implementación de la medida implicará costos relacionados con la producción y difusión de campañas educativas, la relevancia social y preventiva de la R.C. de la C. 18 justifica plenamente su aprobación. Se recomienda que las agencias involucradas coordinen esfuerzos y planifiquen los recursos necesarios para garantizar una ejecución efectiva, asegurando que la medida cumpla su propósito sin comprometer la estabilidad fiscal.

En conclusión, la R.C. de la C. 18 representa un paso significativo en materia de seguridad pública, educación preventiva y protección de la infancia, alineándose con los objetivos de política pública del Gobierno de Puerto Rico y reforzando la colaboración interagencial en beneficio de la ciudadanía.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre la R.C. de la C. 18, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Gregorio B. Matías Rosario

Presidente

Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano

  1. García, A. (2023, Agosto 16). No se deben subir fotos de menores en las redes. Periódico La Cordillera: La Voz del Corazón de Puerto Rico, págs. 2-3.

  2. Ídem, pág. 3.

  3. Datos hasta el 16 de agosto de 2023.

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