GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 117
INFORME NEGATIVO CONJUNTO
16 de junio de 2025
Las Comisiones de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado; de Gobierno; y de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, somete a este Alto Cuerpo el presente informe donde no recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 117.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 117, propone establecer la “Ley de Transparencia y Salud Fiscal en el Uso de Fondos Federales”; establecer el Comité Ejecutivo de Monitoreo y Fiscalización del uso de fondos federales asignados al Estado Libre Asociado; establecer las facultades y las responsabilidades de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa; establecer las responsabilidades de las entidades gubernamentales recipientes de fondos federales; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
Conforme a la Exposición de Motivos, el Gobierno de Puerto Rico, debido a su relación con los Estados Unidos, ha sido durante varias décadas recipiente de fondos públicos provenientes del Gobierno Federal. El estatus político de Puerto Rico permite que reciba fondos federales para beneficio de los sistemas de: salud; educación, seguridad; vivienda; carreteras; infraestructura; reparaciones por desastres naturales; turismo; entre otros servicios.
Menciona además que, desde el año 2017, a raíz del huracán María y extendido a eventos como terremotos y la Pandemia del Covid-19, la cantidad de fondos federales recibidos ha incrementado. En cualquier circunstancia, independientemente de la cantidad recibida, el Gobierno tiene la responsabilidad de hacer uso y manejo de fondos públicos con responsabilidad, transparencia y agilidad.
De igual modo, se menciona que, aunque los fondos públicos federales están sujetos a auditorías y procesos legales por parte del Gobierno Federal, es interés de la Asamblea Legislativa velar por el buen uso en el manejo y la distribución de cada asignación presupuestaria, siendo así una rama constitucional a favor del Pueblo.
Continúa el texto expositivo destacando que millones de personas en Puerto Rico pueden contar con una mejor calidad de vida si las asignaciones billonarias de fondos federales son utilizadas con agilidad, responsabilidad y honestidad por parte de los entes correspondientes. Para velar por la seguridad y la salud fiscal de los constituyentes, es necesario monitorear el proceso desde su asignación por parte del Gobierno Federal. Esta medida promulga la cooperación y la buena comunicación entre la Asamblea Legislativa y la Rama Ejecutiva, en beneficio de Puerto Rico.
Por otro lado, se distingue que mediante la Ley 1-2023, conocida como “Ley de Investigación, Análisis y Fiscalización Presupuestaria de Puerto Rico”, se creó la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), la cual habilita la otorgación de apoyo técnico y asesoramiento a la Asamblea Legislativa mediante la preparación de análisis financieros, programáticos, gerenciales y operacionales de todos los organismos públicos, incluyendo los que funcionan con recursos del Fondos General, con fondos propios o del Gobierno Federal.
Finalmente, se expone que la intención de la Asamblea Legislativa es aprovechar la creación y el funcionamiento de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) para establecer el proceso de monitoreo de fondos federales en comunicación con los entes de la Rama Ejecutiva que sean recipientes de dichos fondos. Asimismo, reconociendo la oportunidad que representa la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) para monitorear la asignación, el manejo y el uso de los Fondos Federales recibidos por el Gobierno de Puerto Rico, se establece la “Ley de Transparencia y Salud Fiscal en el Uso de Fondos Federales”.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Las Comisiones de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado; de Gobierno; y de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, como parte de la evaluación del P. del S. 117, solicitaron Memoriales Explicativos y/o Ponencias al Departamento de la Vivienda, a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), al Departamento de la Familia, a la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico (DDEC), al Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico (DSP), a la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3), al Departamento de Educación de Puerto Rico, a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico (AAA), a la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (AMSSCA), a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), al Departamento de Corrección y Rehabilitación, al Departamento de Salud, al Departamento de Agricultura, al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), a la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico y a la Federación de Alcaldes de Puerto Rico. Al momento de la redacción de este informe, no se habían recibido memoriales explicativos ni ponencias por parte de la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico, el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), ni la Comisión para la Seguridad en el Tránsito.
RESUMEN DE COMENTARIOS RECIBIDOS
El Departamento de la Vivienda, ofreció sus comentarios sobre el P. del S. 117 mediante Memorial Explicativo, suscrito por la Secretaria, Sra. Ciary Y. Pérez Peña. Conforme a este, nos explican que, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés) es la agencia federal de supervisión para los fondos federales de recuperación, administrados a través de la Subvención en Bloque para el Desarrollo Comunitario – Recuperación ante Desastres (CDBG-DR, por sus siglas en ingles) y la Subvención en Bloque para la Mitigación (CDBG-MIT, por sus siglas en ingles).
Por otra parte, añaden que, el Departamento de la Vivienda fue designado como la agencia responsable de administrar los fondos CDBG-DR y CDBG-MIT asignados a la Isla de manera responsable, eficiente y transparente. A tales efectos, Vivienda posee los sistemas de gestión financiera, las políticas, las prácticas y los procedimientos necesarios para mantener la responsabilidad fiscal según demostrado a HUD.
Cónsono con los anterior, el Departamento rinde unos informes de rendimiento trimestrales (QPR, por sus siglas en inglés), que incluyen información sobre cómo se utilizan los fondos CDBG-DR y CDBG-MIT. Específicamente, contienen nombres de proyectos, descripciones de actividades, fondos presupuestados y gastados, fechas de inicio y finalización de las actividades, entre otros. Los QPR se presentan ante HUD a través del Sistema de Reporte de Subvenciones para la Recuperación de Desastres (DRGR, por sus siglas en inglés). Una vez un QPR es revisado y aprobado por HUD, se publica en la página web del Departamento de la Vivienda.
A tenor con el objetivo de la Ley 141-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”, el Departamento creó el Portal de Transparencia. Dicho Portal está publicado en la página web del Departamento y su propósito es facilitar el acceso a la información pública, así como divulgar rutinariamente información sobre el funcionamiento, ejecución y gestión de Vivienda como administrador de los fondos CDBG-DR y CDBG-MIT.
No obstante, destacan que, dado a las particularidades de cada programa de la Oficina de Recuperación de Desastres, la información provista en el Portal de Transparencia puede variar grandemente, dependiendo del enfoque particular del programa y la asistencia brindada a sus participantes y/o solicitantes. Además, en el mencionado Portal se incluye información como el presupuesto aprobado por cada programa, los fondos obligados, los tipos de proyectos, el estatus de los proyectos, la cantidad de solicitudes recibidas y activas, ciudadanos asistidos, entre otros.
En vista de todo lo antes expuesto, el Departamento de la Vivienda entiende que los propósitos y fines del Proyecto del Senado 117 resultan onerosos e innecesarios. Al establecer el requerimiento, al Departamento de la Vivienda, de proveer la información dispuesta en el Artículo 3 según se propone, resulta ser redundante. Particularmente, consideran que la información a la que se refiere la pieza legislativa ante la consideración y análisis de esta Comisión, ya se encuentra publicada en la página web de Vivienda y se actualiza de modo regular.
Por otra parte, la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), sometió Memorial Explicativo, suscrito por el Lcdo. Luis R. Rivera Cruz, Director de Asuntos Intergubernamentales y Asesor Ejecutivo Senior. Conforme al escrito, nos informan que, en la actualidad existen oficinas y herramientas con propósitos similares a los propuestos por el Proyecto del Senado 117, tales como el Portal de Transparencia de COR3 que está dirigido a los fondos de recuperación de desastres manejados por dicha entidad; el Portal de Datos de la OPAL dirigido a los datos fiscales relacionados a los ingresos y gastos del Fondo General; y esfuerzos relacionados con el desarrollo de la Oficina de Fondos Federales (“GMO”, en inglés) conforme el Plan Fiscal certificado cuyo “objetivo es fortalecer la capacidad del Gobierno, sus agencias y constituyentes, para acceder y manejar fondos federales, de manera que se pueda alcanzar la meta del gobierno local y federal de promover el desarrollo económico y social de Puerto Rico”.
Según exponen en su memorial explicativo, la rendición de cuentas debe ser una prioridad en todas las agencias gubernamentales. Asimismo, conforme al Plan Fiscal certificado, se realizan esfuerzos para mejorar el manejo de fondos federales y de consolidar sus procedimientos de manejo de subvenciones al establecer un marco central de administración financiera para dichos fondos.
En relación con esto último, nos recuerdan que, Puerto Rico, no puede “adoptar, implementar o hacer cumplir cualquier estatuto, resolución, política o regla que pueda menoscabar o anular los propósitos de la “Ley para la Supervisión, Administración y Estabilidad Económica de Puerto Rico” (“PROMESA”, por sus siglas en inglés). Luego de las negociaciones suscitadas por virtud de la referida ley, el Gobierno de Puerto Rico y sus acreedores llegaron a un acuerdo de repago que fue validado por el Tribunal Federal de Distrito para el Distrito de Puerto Rico. Este acuerdo, también conocido como el “Plan de Ajuste de Deuda”, reiteró la citada disposición de la Ley PROMESA y aclaró ciertas particularidades sobre la validez de las leyes estatales relacionadas a asuntos fiscales.
Además, la Ley PROMESA, en la Sección 204, establece un proceso relativo a toda legislación que pueda tener un impacto fiscal y económico en los gastos e ingresos del Gobierno de Puerto Rico:
“(a) SUBMISSION OF LEGISLATIVE ACTS TO OVERSIGHT BOARD.—
De acuerdo a la Sección 204(a) de la Ley PROMESA, el Gobierno de Puerto Rico tiene un término de tan solo siete (7) días laborables desde que una ley es adoptada para presentar ante la JSAF lo siguiente: La ley promulgada; un “estimado formal” del impacto que la ley tendrá sobre los gastos e ingresos del Gobierno, preparada por una entidad apropiada, con pericia en presupuesto y administración financiera; y una certificación en torno a si la ley aprobada es o no significativamente inconsistente con el Plan Fiscal certificado aplicable; y en caso de ser inconsistente se especificarán las razones para ello.
Entienden que, un término tan corto amerita que este tipo de análisis se inicie desde que se propone la medida legislativa, y no luego de esta ser aprobada. Cuando el historial legislativo de una medida no contiene el impacto fiscal y económico de la misma sobre los ingresos y gastos del Gobierno, la entidad apropiada del Ejecutivo carece de elementos suficientes para hacer una determinación debidamente fundamentada de consistencia (o significativa inconsistencia) con el Plan Fiscal Certificado o de cumplimiento con el “Principio de Neutralidad Fiscal”.
Por todo lo anterior, nos explican que, medidas legislativas como el P. del S. 117 deben estar acompañadas de un análisis de impacto fiscal, presupuestario y económico, previo su aprobación y envío para la consideración de la Gobernadora. Dicho análisis debe establecer la fuente de financiamiento para satisfacer el nuevo gasto o la reprogramación de fondos para que su efecto sea neutro en términos de gastos e ingresos, y/o que no tenga un impacto significativamente inconsistente con en el Plan Fiscal y presupuesto certificado.
No obstante, en ánimo de colaborar con esta Comisión en el análisis del P. del S. 117, recomiendan evaluar la posibilidad de desarrollar programas existentes, con el propósito de evitar duplicidad de esfuerzos y gastos de recursos. Por lo anterior, recomiendan además que se le soliciten comentarios a la OGP, por su pericia en el tema de fondos federales y los esfuerzos programáticos y presupuestarios que coordina con la Junta de Supervisión Fiscal en esta área de fondos federales, y al Departamento de Hacienda, junto con cualquier otra agencia o entidad pertinente. La AAFAF brinda deferencia a los comentarios que dichas entidades pudieran presentar, siempre y cuando permitan estar en mejor posición de evaluar la presente medida en términos fiscales, presupuestarios y programáticos y las mismas sean consistentes con el Plan Fiscal y el presupuesto certificado y el Programa de Gobierno de la presente Administración.
Por su parte, el Departamento de la Familia, ofreció sus comentarios sobre el P. del S. 117 mediante Memorial Explicativo, suscrito por su Secretaria, Sra. Suzanne Roig Fuertes, MSW. En el mencionado documento, se nos explica que, estos son la agencia del Estado responsable de llevar a cabo los programas del Gobierno de Puerto Rico dirigidos hacia la solución o mitigación de los problemas sociales de Puerto Rico. Conforme al Artículo 3 del Plan de Reorganización Núm. 1 del 28 de julio de 1995, según enmendado, se estableció que se dará prioridad al desarrollo de actividades de información y educación social dirigidas a la prevención primaria de problemas que afecten las familias y a la comunidad; la coordinación de servicios que promuevan una buena convivencia familiar y comunitaria en las que participen las familias y la comunidad; el fomento y coordinación de servicios para el desarrollo y cuido de la niñez; y la participación de organizaciones de la comunidad, mediante acuerdos conjuntos entre gobierno y comunidad, para solucionar problemas comunes como la criminalidad, violencia doméstica, maltrato de menores, uso y abuso de drogas, deserción escolar, y cualesquiera otros problemas que se presenten de tiempo en tiempo.
Por consiguiente, opinan que toda legislación que afecte directa o indirectamente al Departamento debe ser examinada y analizada para asegurar que la misma sea cónsona con la política pública de su ley habilitadora y aquellos estatutos que inciden en sus funciones en beneficio de los mejores intereses de todas las familias de Puerto Rico.
Acorde con lo anterior, el Departamento expresó que, mediante Orden Administrativa se creó la Oficina de Fondos Federales (Grants Management Office, GMO por sus siglas en ingles) de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP). Esta Oficina tiene el deber de asegurar que las agencias cuenten con los recursos y la capacidad para aprovechar los fondos federales disponibles, así como el cumplimiento con los requisitos programáticos, financieros y de auditoría correspondientes. Maximizando el uso de los fondos provoca que se puedan solicitar aquellas subvenciones federales que, por distintas razones, en la actualidad no se reciben. Esta Oficina brinda asistencia técnica a las entidades gubernamentales y a los municipios con respecto al uso y manejo de sus fondos federales. También publica periódicamente las subvenciones federales disponibles para Puerto Rico, así como su estatus, de modo que exista mayor rendición y transparencia.
Por otro lado, según el análisis realizado por el Departamento, la Unidad de Monitoreo y Fiscalización del Uso de Fondos Federales propone el P. del S. 117 tiene funciones similares a las otorgadas en la Ley Orgánica de la OGP. Por ello, recomiendan a esta Comisión solicitar los comentarios y recomendaciones de la OGP, brindando absoluta deferencia por esta la entidad gubernamental con el expertise sobre la materia. Esto para evitar la aprobación de legislación que culmine en duplicidad de esfuerzos y gastos adicionales con un mismo fin. De igual modo, recomiendan la obtención de los comentarios y recomendaciones de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), ya que por virtud de su ley habilitadora es la corporación pública e instrumentalidad líder y responsable de coordinar el uso sostenible de recursos y de presentar una visión coordinada y global de las necesidades de capital de las instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico.
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), presentó sus comentarios mediante documento intitulado “Informe sobre el Efecto Fiscal del Proyecto del Senado 117”, suscrito por el Lcdo. Hecrian D. Martínez Martínez, Director Ejecutivo. Nos señalan que, para el año fiscal 2019, el Gobierno de Puerto Rico presupuestó $9,210 millones en fondos federales, impulsados por las ayudas económicas tras los huracanes Irma y María.
Además, para el año fiscal 2022, coincidiendo con la pandemia del COVID-19, el presupuesto en fondos federales se redujo a $7,784 millones. No obstante, aumentó a $11, 236 millones para el año fiscal 2023, un incremento del 44.3%. Para el año fiscal 2025, los fondos federales alcanzan los $15,353 millones, un incremento de 97.2% con respecto a la cantidad presupuestada de fondos federales para el año fiscal 2022.
Por otro lado, según la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3), el Gobierno de Puerto Rico tiene $91,300 millones en fondos asignados, de los cuales $84,300 millones han sido obligados. De estos fondos obligados, $38,700 millones han sido desembolsados, lo que representa el 45.9% de los fondos obligados y el 42.4% del total asignado.
Del total de $84,300 millones en fondos obligados:
Además, explican que, de los $84,300 millones obligados, se han desembolsado $38,700 millones por el Gobierno de Puerto Rico. Es decir, 45.9% de los fondos obligados.
Con respecto a la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), esta fue creada en virtud de la Ley 1-2023, con la misión de asesorar y asistir a los miembros del Senado y la Cámara de Representantes en asuntos presupuestarios, financieros, contributivos y económicos. Así, la OPAL desempeña un rol consultivo para ambos cuerpos, sin participar en los procesos deliberativos, ni en la toma de decisiones de estos. Su función principal es el estimar el efecto fiscal de las medidas legislativas bajo consideración de la Asamblea Legislativa.
Para el año fiscal 2024, la OPAL publicó:
De igual forma, cuenta con el portal de Datos x OPAL donde se presentan dos secciones:
Por ello, entienden que, de ser aprobado el Proyecto del Senado 117, no tendría un impacto fiscal directo sobre el Fondo General, ya que su objetivo es formalizar el proceso de transferencia de información sobre fondos federales entre las entidades gubernamentales de Puerto Rico. Este intercambio de datos se realizaría a través de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), la Administración de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) por parte del Poder Ejecutivo, y la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa por parte del Poder Legislativo. Asimismo, la OPAL estaría obligada a presentar un informe trimestral a ambos cuerpos legislativos sobre el manejo de estos fondos.
La Federación de Alcaldes de Puerto Rico, sometió Memorial Explicativo suscrito por su Director Ejecutivo, Sr. Ángel M. Morales Vázquez. Mediante el mismo se dispone que, en lo que respecta a los municipios, es su deber y compromiso velar por el bienestar, la seguridad y el proveer servicios a los residentes. Los municipios adoptan las guías necesarias para la administración de las fuentes de fondos provenientes de programas federales, a tenor con la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, y con los parámetros federales. Con la asignación de los fondos federales los municipios trabajan arduamente para la ejecución de los trabajos bajo los Programas designados. Además, los municipios cuentan con la Oficina de Programas Federales, la cual es la encargada de recibir y velar por el buen uso de los fondos federales y se trabaja de la mano con las dependencias pertinentes de acuerdo con la necesidad que requiera cada una de estas. Por lo tanto, no tienen objeción con lo propuesto, ya que es en favor de los mejores intereses de los municipios. Entienden que al monitorear los referidos fondos y el proceso de distribución se facilita y agiliza que estos lleguen a los municipios y a su vez se fiscaliza que sean utilizados de forma responsable para el fin que fueron asignados.
La Ley 107-2020, supra, declaró proveer a los municipios aquellos poderes y facultades necesarias para que puedan asumir su función fundamental a favor del desarrollo social y económico de sus jurisdicciones. Además, reconoce la autonomía municipal en el ejercicio de sus poderes jurídicos, económicos y administrativos sobre asuntos relativos al bienestar general de sus habitantes. De la misma manera, tiene como política pública proveer los mecanismos administrativo y fiscales para la transferencia adecuada de otros poderes y competencias del Gobierno estatal en asuntos que les permita cumplir con el interés público en proveer a la ciudadanía de un Gobierno efectivo y responsivo a sus necesidades y aspiraciones.
Por ello, la Federación de Alcaldes de Puerto Rico, endosa el P. del S. 117, por entender que, según lo propuesto en la medida legislativa, se proveerá a los gobiernos municipales continuar asumiendo una función fundamental para ofrecer los servicios esenciales a los ciudadanos y contar con loa recursos económicos para cubrir los gastos que requieren dichos servicios sufragados con fondos federales.
El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico (DDEC) compareció mediante Memorial Explicativo suscrito por su Directora de Asuntos Legislativos, Lcda. Vianca Rivera Román.
Destacó que el DDEC cuenta con una Secretaría Auxiliar de Fondos Federales que a su vez tiene los siguientes programas: el Programa de Desarrollo Laboral (“PDL”), el Programa de Política Pública Energética (“PPPE”), el Federal Contracting Center (FeCC), y el Consejo Estatal sobre Deficiencias en el Desarrollo (“CEDD”). Además, el DDEC cuenta con PromoExport del Programa de Comercio y Exportación. Su responsabilidad es velar por el cumplimiento del uso adecuado de los fondos y brindar asistencia técnica.
Los programas operan bajo las regulaciones federales aplicables, específicamente bajo el Uniform Guidance 2 CFR 200, y están sujetos a auditorías anuales, reportes trimestrales, revisiones y monitorias periódicas de desempeño. Además de los programas anteriormente mencionados del DDEC que operan con fondos federales, el DDEC tiene proyectos con fondos de FEMA para la reparación de propiedades de la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico y que se desglosan en la tabla que se incluyó como Anejo 1 de la ponencia.
La funcionaria describió detalladamente en su ponencia los propósitos de cada programa federal que administra. Sin embargo, y aunque se puso a disposición de la Comisión, no indicó si el DDEC avala la aprobación del P. del S. 117.
El Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico compareció mediante Memorial Explicativo suscrito por su Secretario, Sr. Arthur J. Garffer. Plasmó en su ponencia que la agencia a la cual representa no avala la aprobación del Proyecto de Senado 117.
Expone que la Ley 1-2023, conocida como “Ley de Investigación, Análisis y Fiscalización Presupuestaria de Puerto Rico” creó la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), que habilita la otorgación de apoyo técnico y asesoramiento a la Asamblea Legislativa. Por ello la medida promueve que dicha oficina se encargue de monitorear la asignación, el manejo y el uso de Fondos Federales.
Explica el Secretario que en el DSP se creó la Oficina de Fondos Federales, que tiene la responsabilidad de administrar la asignación, ejecución y rendición de cuentas de los fondos federales, asegurando el cumplimiento riguroso de los requisitos y regulaciones establecidos por las respectivas agencias federales. Su labor es fundamental para asegurar la transparencia, eficiencia y conformidad legal en la gestión de los fondos federales, así como para maximizar el impacto de los programas financiados mediante estas fuentes externas.
A tono con el tema medular de la medida, entendió preciso destacar la creación de la Oficina de Asuntos de Seguridad Pública (OASP), el 4 de enero de 2022, mediante el Boletín Administrativo Núm. OE-2022-001 para adscribir la Oficina para Asuntos de Seguridad Pública al Departamento de Seguridad Pública. Es la oficina encargada de identificar y recibir cualesquiera otros fondos federales disponibles que sean aplicables a sus funciones. Además, la OASP tiene la encomienda de coordinar, preparar y remitir al Gobierno Federal el Threat and Hazards Identification and Risk Assessment (THIRA) y el Stakeholder Preparedness Review (SPR), documentos que forman parte de la base para la determinación y aprobación de fondos para Puerto Rico. También, es quien recopila y evalúa información sobre los riesgos y vulnerabilidades relacionadas a amenazas o desastres naturales, peligros tecnológicos, incidentes causados por el hombre y otros asuntos relacionados a la seguridad pública. De igual forma, asiste en la determinación efectiva de prioridades sobre la preparación ante una amenaza o desastre natural. Actualmente, la OASP maneja, administra y fiscaliza diversos programas federales de carácter complejo y técnico.
Añade el Secretario que en el Secretariado se desarrolló e implementó una plataforma digital para el manejo y administración de los fondos federales, para lo cual adiestraron a todos los usuarios. Esto, ha resultado en una mayor visibilidad del proceso de solicitud de adelanto/reembolso de fondos por parte del sub-recipiente y, por ende, ha permitido un mejor seguimiento en el proceso del uso de los fondos.
Como parte del Plan de Gobierno de la presente administración, se creará la “Oficina de Capacitación y Apoyo en Fondos Federales”, que será la encargada de identificar oportunidades de financiamiento, de capacitar a las agencias y municipios, y asegurar el cumplimiento de los programas federales. A su vez, fortalecerá la supervisión de los fondos federales a través del Chief Financial Officer del Gobierno.
Plasmó que debe evaluarse con detenimiento la presente medida puesto que la fiscalización adicional que trae consigo puede constituir una duplicidad de funciones para las agencias locales recipientes de fondos federales, por cuanto añade otra responsabilidad a las ya impuestas por las entidades federales que otorgan dichos fondos. Por ello, no recomienda que se continúe el trámite legislativo de la medida por entenderla redundante, que resultaría en duplicidad de esfuerzos, para los limitados recursos gubernamentales.
La Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3) compareció mediante Memorial suscrito por su Director Ejecutivo, Lcdo. Eduardo Soria Rivera, CPA. Explicó que, aunque COR3 tiene como fin principal ayudar a los municipios, agencias estatales y entidades sin fines de lucro a realizar trabajos de recuperación, también tiene la responsabilidad de ser el representante del gobierno ante la agencia federal para el manejo de emergencia. Es la agencia responsable de administrar los fondos federales provenientes de los programas subvencionados por FEMA relacionados con emergencias y desastres. Entre los programas administrados por la agencia, se encuentran el Programa de Asistencia Pública (AP) y el Programa de Mitigación de Riesgos (HMGP).
En cuanto al proyecto, es su interpretación que busca establecer una nueva política pública de mayor fiscalización legislativa, mediante la cual se implemente un proceso efectivo de supervisión de fondos federales en colaboración con las agencias del poder ejecutivo. Para ello, se busca monitorear las asignaciones de fondos públicos, por parte del gobierno federal al gobierno local, con el fin de que las cantidades asignadas sean adecuadamente distribuidas. En vista de ello, se propone que cada ente del gobierno local recipiente de fondos federales, le notifique a la OPAL la cantidad neta de fondos federales recibidos a partir del 1 de julio de 2017, y provea información detallada sobre su uso y distribución en un periodo no mayor de noventa (90) días. Luego de ello, la OPAL tendría que rendir un informe trimestral a la Asamblea Legislativa sobre la información obtenida por parte de las agencias gubernamentales receptoras de los fondos federales.
Explica el director en su ponencia, que la Asamblea Legislativa está facultada para solicitar a las agencias del Poder Ejecutivo, cualquier información pertinente a los fondos federales que administra. Aunque reconoce la responsabilidad de todos los componentes del Gobierno de Puerto Rico de procurar una sana administración de los fondos públicos y de qué se haga uso de estos con transparencia y eficacia, resulta importante subrayar que estas gestiones actualmente son ejercidas por otras entidades de la Rama Ejecutiva. Como ejemplo, explica las funciones de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), de la Oficina de Gerencia y Presupuesto de Puerto Rico (OGP) y de la Oficina del Inspector General de Puerto Rico (OIG).
Concluye, indicando que conferir a la OPAL la facultad de establecer una unidad de monitoreo y fiscalización de fondos federales podría generar duplicidad de funciones. Lo propuesto en la medida coincide con responsabilidades que actualmente se encuentran encomendadas a agencias del Ejecutivo que ya cuentan con estructuras establecidas a tales fines.
El Departamento de Educación compareció mediante Memorial suscrito por su Secretario, Lcdo. Eliezer Ramos Parés. Explica el secretario que luego de revisar el contenido y alcance de la medida, respalda la misma, en tanto promueve principios fundamentales como la transparencia, la rendición de cuentas y la responsabilidad fiscal en el manejo de los fondos federales. Resalta la importancia de una supervisión efectiva, sobre los recursos federales, que reciben las agencias gubernamentales, particularmente en áreas sensitivas como la educación.
El Departamento de Educación ha recibido más de 5,000 millones de dólares en fondos federales de emergencia relacionados con la pandemia del COVID-19 y los huracanes Irma y María. Por ello, coincide que resulta indispensable implementar mecanismos robustos de monitoreo y fiscalización que aseguren el uso efectivo y transparente de esos recursos. Reconoce que la estabilidad fiscal del sistema educativo depende en gran medida de la continuidad de esas asignaciones. Ante la posibilidad de recortes futuros en los fondos federales, el Departamento de Educación requerirá de la asistencia de la Asamblea Legislativa para atender los retos presupuestarios que pudieran surgir y garantizar la prestación adecuada de los servicios educativos.
Concluye que la colaboración entre las ramas del gobierno será clave para identificar estrategias de mitigación y asegurar que ningún estudiante vea comprometido su derecho a una educación de calidad. Por ello, entiende que esta medida legislativa contribuye a fortalecer los mecanismos de coordinación entre las ramas de gobierno, así como los procesos de fiscalización, ya existentes.
La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico compareció mediante Memorial suscrito por su Presidenta Ejecutiva Interina, Karis Del Valle Gregory. Plasmó que la Autoridad avala la aprobación del Proyecto de Senado 117.
Explicó que la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados como recipiente de fondos obligados por FEMA, tiene que completar y someter, trimestralmente un informe conocido como Quarterly Progress Report, a la Oficina Central para la Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3). En dicho informe se indica el progreso de los proyectos obligados por cada uno de los diferentes desastres, además, se detallan las etapas de ejecución de los proyectos, como planificación, diseño, construcción y finalización. También se provee información sobre los fondos asignados y desembolsados por cada programa.
De igual forma, y con una frecuencia trimestral, la Autoridad también somete un informe a la Junta de Planificación de Puerto Rico. El mencionado informe se somete mediante el formulario conocido como Relación de Aportaciones Federales Aprobadas, Recibidas y Gastadas. Como vemos, la Autoridad somete periódicamente información sobre las asignaciones y reembolsos de fondos federales recibidos y el uso de estos. Por ello, indica no tener reparo en compartir dicha información con la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), en coordinación con OGP y AAFAF.
Por su parte el Departamento de Hacienda, expuso mediante Memorial Explicativo que, el Departamento nace en virtud de la Sección 6 del Artículo IV de la Constitución de Puerto Rico. Conforme a ello, se delegó al Departamento la responsabilidad de administrar las leyes tributarias y la política fiscal de la isla, de una manera eficiente para así maximizar los recursos del erario. Por tanto, el Departamento funge como el principal recaudador y custodio de fondos públicos.
Además, el Departamento tiene dentro de su haber la administración de las leyes y política pública contributiva a través de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” (en adelante, el “Código”), la Ley Núm. 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico” (en adelante, la “Ley Núm. 230”) y cualquier ley de materia contributiva incumbente al Departamento.
Reconocen la importancia de monitorear y maximizar los fondos federales, con el fin de asegurar la utilización adecuada para los programas de gobierno a los que son dirigidos. Estos fondos representan una pieza clave en la ejecución de programas que atienden las necesidades de nuestros ciudadanos. A manera de ejemplo, la Gobernadora de Puerto Rico, Hon. Jennifer González Colón, emitió la Orden Ejecutiva Núm. OE-2025-003, la cual busca disponer de procesos para agilizar permisos de proyectos financiados con fondos federales, proyectos designados como críticos o estratégicos y proyectos de emergencia.
En ese sentido, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), ha establecido una oficina cuyo objetivo es fortalecer la capacidad del Gobierno de Puerto Rico, sus agencias y constituyentes, para acceder y manejar fondos federales. Entre sus funciones se encuentran las siguientes:
En vista de lo anterior, recomiendan se ausculten los comentarios y el insumo que a su bien pueda tener la OGP en cuanto al progreso de dicha oficina y evitar cualquier duplicidad de esfuerzos.
La Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, sometió sus comentarios mediante Memorial Explicativo en el cual señala que entienden que esta iniciativa presentada busca fomentar la colaboración entre las ramas gubernamentales y asegurar que dichas asignaciones se traduzcan en una mejor calidad de vida para la ciudadanía, mediante el uso eficiente y honesto de los recursos disponibles.
Sin embargo, tras un cuidadoso examen del Proyecto del Senado 117, presentan las siguientes preocupaciones:
Por lo antes establecido, reiteran su postura de apoyar medidas para la fiscalización de los recursos públicos y reconocen la importancia de una supervisión efectiva del uso de fondos federales. Sin embargo, en este momento no pueden apoyar la aprobación del Proyecto del Senado 117, tal y como está redactado y sin que se atiendan las preocupaciones antes embozadas.
Conforme al Memorial Explicativo presentado por la Compañía de Turismo, nos expresan que, acogen con beneplácito la propuesta del Proyecto del Senado 117, que pretende establecer la ley de transparencia y salud fiscal en el uso de los fondos federales. Entienden que esta legislación reconoce la importancia de garantizar el buen uso de los recursos públicos y promueve un marco de cooperación entre las ramas y la Asamblea Legislativa con miras a proteger el bienestar fiscal del pueblo de Puerto Rico. Es su posición, que la transparencia en el manejo de fondos públicos es un compromiso esencial de esta administración. La Compañía de Turismo de Puerto Rico se solidariza con los principios rectores del proyecto y se compromete plenamente a cumplir con los mecanismos de rendición de cuentas y divulgación de información que establece esta legislación.
A pesar de lo anterior, la Compañía de Turismo de Puerto Rico reconoce que estatutariamente el manejo del aparato fiscal ha sido delegado a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal y el Departamento de Hacienda. A su juicio, éstas cuentan con el conocimiento especializado, la infraestructura técnica y los recursos necesarios para implementar eficazmente los procesos de monitoreo, fiscalización y divulgación según requeridos por el proyecto. Por lo tanto, recomiendan que previo a la aprobación final del proyecto, se le solicite formalmente a la opinión a dichas entidades, a quienes la Compañía de Turismo de Puerto Rico brinda su total diferencia y respaldo institucional, confiando en que su análisis será fundamental para garantizar la viabilidad y efectividad de la medida.
La Autoridad de Carreteras y Transportación, mediante Memorial Explicativo, nos explica que son recipiente de fondos federales a través de diversos programas federales. Principalmente a través del Federal Transit Administration y Federal Highway Administration. Estos fondos son utilizados para la construcción y reconstrucción de la red vial, la administración y mantenimiento de las autopistas y los sistemas de transporte.
En cumplimiento con su compromiso de mantener sus finanzas claras y bien encaminadas, la Autoridad de Carreteras y Transportación ha sido proactiva con su responsabilidad de usarlos y manejarlos de forma responsable, transparente, honesta y ágil, logrando obligar el 100% de los fondos federales asignados y la asignación de fondos federales adicionales. Además, su plan fiscal establece métricas con las que debe cumplir y ha sido aprobado y certificado por la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico.
Destacan, además, que los fondos federales quedan bajo la jurisdicción del Gobierno Federal. Esto implica que el ente fiscalizador que ostenta el poder de determinar cuándo, cómo, para que, y donde se desembolse los fondos federales, lo es el Gobierno Federal. Por lo tanto, cónsono, con lo expresado en la Exposición de Motivos, los fondos federales están sujetos a auditorías y procesos legales por parte del Gobierno Federal.
A su vez, a pesar de los fondos públicos federales caer bajo la jurisdicción del Gobierno Federal, la Autoridad de Carreteras y Transportación no queda eximida de cumplir con los requisitos legales y auditorías estatales para el uso y manejo de fondos públicos. Lo que implica que la asignación y el manejo y uso de los fondos públicos federales asignados a la Autoridad de Carreteras y Transportación ya cuenta con monitoreos y regulaciones estrictas por parte del Gobierno de Puerto Rico.
En consecuencia, para la Autoridad de Carreteras y Transportación, usar fondos federales conlleva el tener que cumplir con los procesos legales y auditorías de ambos Gobiernos, el Federal y el Estatal. Estos procesos incluyen rigurosos procesos de subastas, contratación y perisología, entre otros.
Si bien no tienen objeción a la aprobación de medidas cuyo propósito sea velar por la seguridad y la salud fiscal de los contribuyentes, reconocen que añadir monitorias adicionales a un proceso que ya cuenta con altos niveles de regulaciones y estándares, puede tener el efecto opuesto a la agilidad que se requiere promover y la economía de los procedimientos gubernamentales. Además, debido a la cantidad de regulaciones por parte del Gobierno Federal, entienden que existe la posibilidad de que ocurran incertidumbres en los procesos si, de forma inadvertida se añade la legislación que entre en conflicto con las leyes y procesos federales.
El Departamento de Corrección y Rehabilitación, expresó, conforme al Memorial Explicativo sometido ante esta Comisión que, la implementación de estas medidas y la creación de un marco legislativo sólido para regular la fiscalización de los fondos federales podría beneficiar al Departamento de Corrección y Rehabilitación y otras agencias gubernamentales significativamente. No solo se aumentaría la confianza pública en la administración de los recursos, sino que también se mejoraría la calidad de los servicios ofrecidos a las personas bajo custodia y en programas de rehabilitación.
Sin embargo, mencionan que es crucial que se eviten legislaciones que reduzcan la flexibilidad del Departamento de Corrección y Rehabilitación para adaptarse a las necesidades cambiantes del sistema de Justicia. Las reglas demasiado estrictas o burocráticas pueden obstaculizar la ejecución y la implementación de iniciativas que son necesarias para la rehabilitación efectiva.
El monitoreo y la fiscalización del uso de fondos federales en el Departamento de Corrección y Rehabilitación son fundamentales para garantizar la transparencia en la efectividad y la responsabilidad en la utilización de estos recursos. La implementación de sistemas robustos de control no solo beneficia al Departamento de Corrección y Rehabilitación, sino que tiene un impacto positivo en toda la sociedad, promoviendo un sistema de Justicia más justo y eficiente.
Por las razones antes mencionadas, el Departamento de Corrección y Rehabilitación no tiene objeción en la aprobación del P. del S. 117. Sin embargo, recomiendan auscultar los comentarios de las agencias calificadoras en el tema de fondos federales.
El Departamento de Salud, presentó Memorial Explicativo donde nos explica que, conocen de la intención del proyecto de promover la transparencia y la rendición de cuentas en el manejo de fondos federales. Sin embargo, consideran innecesaria y redundante la creación de un nuevo Comité Ejecutivo de monitoreo y la obligación de notificar a la Oficina de Gerencia de la Asamblea Legislativa, tal como se propone en la medida. Señalan además que, actualmente esta información ya está disponible y accesible a través de diversas plataformas oficiales tanto del Gobierno federal como estatal.
Entre las agencias que ya reciben informes detallados sobre el uso de los fondos federales se encuentran:
El Departamento opina que el requerimiento adicional de duplicar reportes y canales de divulgación no solo duplica esfuerzos, sino también que podría crear confusión administrativa y retrasos innecesarios en los procesos de cumplimiento y distribución de recursos.
Por todo lo antes expuesto, reiteran su oposición al Proyecto del Senado 117 y exhortan a que se consideren alternativas que fortalezcan la transparencia, sin imponer cargas administrativas adicionales que no aportan valor ni eficiencia.
El Departamento de Agricultura, sometió sus comentarios y recomendaciones mediante Memorial Explicativo en el cual expresa concordar en que millones de personas en Puerto Rico podrían beneficiarse y contar con una mejor calidad de vida si las asignaciones millonarias de fondos federales fueron desembolsados y utilizadas con mayor agilidad. Por lo cual ven con buenos ojos las medidas que busca plantear el Proyecto del Senado 117 para reforzar los trabajos de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa, la cual habilita la otorgación de apoyo técnico y asesoramiento a la Asamblea Legislativa mediante la preparación de análisis financieros, programáticos, gerenciales y operacionales de todos los organismos públicos, incluyendo los que funcionan con recursos del Fondo General, con fondos propios o del Gobierno Federal. El fortalecimiento de esta oficina y los trabajos requeridos a las demás agencias para que suplan toda la información necesaria redundaría en beneficios para todas las partes. A esos efectos, el Departamento de Agricultura y sus agencias adscritas están en la mayor disposición de cumplir con el mandato de ley y asistir a la oficina con la información que se produce de sus trabajos.
El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, expuso mediante Memorial Explicativo que, reconoce que como parte de la Rama Ejecutiva es recipiente de múltiples asignaciones provenientes del Gobierno Federal, principalmente dirigidos a iniciativas ambientales, restauración ecológica, resiliencia climática y manejo de emergencias. La administración transparente y efectiva de estos fondos resulta esencial para el cumplimiento de sus funciones y el fortalecimiento de la política pública ambiental de Puerto Rico.
Actualmente, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales recibió fondos federales de agencias como la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica, el Servicio de Pesca y Vida Silvestre del Departamento del Interior y el Servicio Forestal de los Estados Unidos, la Guardia Costera de los Estados Unidos, la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias y la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos.
A su entender, el Proyecto del Senado 117 plantea un marco normativo que promueve la rendición de cuentas mediante mecanismos que requieren colaboración internacional y coordinación entre la Asamblea Legislativa y las agencias ejecutoras. Se destaca la intención de formalizar y sistematizar el flujo de información fiscal, no obstante, correspondería a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, así como a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico emitir los correspondientes comentarios a los cuales el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales otorga deferencia.
Finalmente, la Oficina de Gerencia y Presupuesto, presentó Memorial Explicativo suscrito por su Director Ejecutivo, Sr. Orlando C. Rivera Berrios en el cual nos explica que, la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980 (Ley 147), según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto” se aprobó con el fin de crear la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), adscrita a la Oficina del Gobernador. Conforme a dicha Ley, la Asamblea Legislativa estableció como política del Gobierno de Puerto Rico: "implantar medidas rigurosas de control y eficiencia fiscal por medio del control adecuado de partidas presupuestarias relacionadas con nombramientos, transacciones de personal, contrataciones y del control general del gasto gubernamental". Artículo 1-A de la Ley 147, 23 LPRA sec. 101a.
A su vez, la OGP funge como organismo asesor a la Asamblea Legislativa en los asuntos de índole presupuestarios, programáticos y de gerencia administrativa. Véase, Artículo 3(a) de la Ley 147, 23 LPRA sec. 103. Por ello, la OGP tiene la facultad de llevar a cabo auditorías operacionales o gerenciales de las agencias gubernamentales con el fin de maximizar los recursos asignados a éstas; coordinar y ampliar los esfuerzos gubernamentales para promover la integridad y eficiencia en el manejo de fondos públicos, estatales y federales; y requerir a las entidades gubernamentales toda la documentación de índole programático, fiscal, gerencias y operacional, sobre cualquier tipo de evaluación que se esté llevando a cabo. (Véase Artículo 3(b)(4)(A, B y G) de la Ley 147, 23 LPRA 103).
Entienden que la medida legislativa tiene un fin puntual, ya que persigue la recopilación de información expedita que permite a la OGP ejercer su función ministerial. Sobre este particular, informan que, en cumplimiento con el interés público y en armonía con las recomendaciones de la Junta de Supervisión y Administración Financiera (Junta), la OGP ha iniciado un proceso de planificación estructural con el propósito de establecer una centralización para el monitoreo, recopilación, análisis y visibilización de los fondos federales asignados al Gobierno de Puerto Rico.
La Junta ha reiterado en sus comunicaciones la necesidad de mejorar la fiscalización y transparencia en el uso de fondos federales. A tales efectos, se ha validado la necesidad de que la OGP lidere la creación de una estructura organizacional que centralice dicha función, proveyendo visibilidad sobre los fondos federales que son solicitados y administrados por las agencias del Ejecutivo. Esta estructura permitirá, además, integrar los componentes de planificación presupuestaria con fondos estatales y federales, conforme a los principios de eficiencia, rendición de cuentas y sostenibilidad fiscal contenidos en la Ley PROMESA y el Plan Fiscal Certificado.
Explican que, a tales fines, la OGP ya cuenta con una estructura organizacional aprobada y, además, ha comenzado a recopilar y analizar datos relevantes, desarrollando un plan de trabajo para centralizar la información de fondos federales para el beneficio de la planificación presupuestaria. Entre varios asuntos, se persigue identificar la procedencia de los fondos con sus fechas de vencimiento y objetivos, así como posibles revisiones/ajustes y estrategias para garantizar la eficiencia en el uso de los recursos. Paralelamente, se ha trabajado en el diseño de una estructura administrativa que permita formalizar esta iniciativa mediante una nueva estructura dirigida al monitoreo y al fortalecimiento de propuestas federales dentro de la OGP. Aunque el proyecto no se ha concretado formalmente, en el presupuesto del AF 2025, la OGP tiene una partida asignada de $1,967,000 para iniciar los trabajos y el establecimiento operacional de dicha oficina. En las próximas semanas, la OGP estará sometiendo a la Junta la distribución de esta asignación presupuestaria.
La creación de esta centralización en la OGP representa un paso afirmativo hacia una gestión pública más transparente, eficiente y coordinada en el manejo de fondos federales. Esta iniciativa está en línea con los principios de sana administración pública y responde directamente a las recomendaciones de la Junta para fortalecer la visibilidad y rendición de cuentas sobre los recursos federales que recibe el Gobierno de Puerto Rico. La OGP actualmente tiene la infraestructura tecnológica para poder centralizar toda información de fondos federales y mejorar su planificación presupuestaria.
En virtud de lo anterior, opinan que la medida se alinea o engrana con los esfuerzos que se están llevando en la OGP. Ahora bien, la facultad que se propone conferir a la OPAL podría resultar en esfuerzos fragmentados, inconsistencias en la información provista y mayor carga administrativa para las agencias, quienes actualmente canalizan su información a través de la OGP y otras entidades fiscalizadoras. Por otro lado, entienden que la medida puede duplicar asignaciones presupuestarias para un mismo fin.
La OGP recomienda que cualquier medida legislativa relacionada con la supervisión de fondos federales sea canalizada mediante un modelo colaborativo que refuerce, y no duplique, las funciones ya nos fueron asignadas por ley. Sugieren fomentar un marco de colaboración entre la OGP y la Asamblea Legislativa, mediante el cual se canalice la información requerida a través de los mecanismos centralizados desde la OGP, en consonancia con las recomendaciones de la Junta.
VISTA PÚBLICA
El 28 de mayo de 2025, entre las 10:50 a.m. y la 1:22 p.m., la Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus, bajo la presidencia del Hon. Carmelo Ríos Santiago, llevó a cabo una vista pública en el Salón Leopoldo Figueroa Carreras para discutir el Proyecto del Senado 117. Estuvieron presentes durante la Vista Pública los siguientes miembros de la Comisión: Hon. Carmelo Ríos Santiago, presidente de la Comisión; Hon. Migdalia Padilla Alvelo, quien a su vez es Presidenta de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Promesa; Hon. María de Lourdes Santiago Negrón; y, Hon. José Luis Dalmau Santiago, como autor de la medida.
Comparecieron a la Vista Pública, tras recibir la citación correspondiente, los siguientes deponentes, quienes fueron organizados en tres paneles de discusión para facilitar y agilizar el desarrollo de los trabajos.
Como parte del primer panel de discusión, Josué E. Rivera Castro, Secretario de Agricultura resaltó la importancia de supervisar y asegurar el uso correcto de los recursos federales, señalando que estos ya están sujetos a auditorías, inspecciones y procedimientos legales tanto a nivel federal como estatal. A su vez, aseguró que el Departamento ha mantenido su cumplimiento ante inspecciones y auditorías de agencias federales, el Banco de Comercio Federal, organismos estatales, auditorías internas y la Oficina del Contralor e Inspector General. El Departamento coincide en que una mayor celeridad en el desembolso y uso de fondos federales sería de gran beneficio para la ciudadanía de Puerto Rico. Por tal razón, valora positivamente las propuestas del P. del S. 117 para robustecer la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa, la cual desempeñaría un papel fundamental en el análisis y supervisión de los fondos públicos, incluidos los federales.
Por otro lado, la Lcda. Omara Arias, representando al Departamento de Seguridad Pública (DSP), señaló que la Oficina de Asuntos Federales gestiona la asignación, ejecución y rendición de cuentas de los fondos federales, asegurando transparencia y cumplimiento. El DSP resalta su compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas, cumpliendo con informes periódicos a agencias federales, y anuncia la próxima creación de una oficina de capacitación en fondos federales. No obstante, considera que la medida propuesta podría duplicar funciones, ya que existen mecanismos vigentes para la fiscalización, y recomienda consultar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AFFAF) antes de decidir.
El Lcdo. Enrique Guzmán Matos, en representación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), indicó que la OGP ya tiene autoridad legal y capacidades tecnológicas para auditar, monitorear y centralizar la información sobre fondos federales. Advirtió que otorgar nuevas facultades a la OPAL podría fragmentar esfuerzos, generar inconsistencias y aumentar la carga administrativa, ya que la información ya se canaliza por la OGP. Recomendó evitar la duplicidad de funciones y presupuestos, y que cualquier medida legislativa refuerce colaborativamente el trabajo de la OGP.
La señora Yessenia Peña Díaz, Secretaria Auxiliar de Administración del Departamento de la Familia, expresó que, dada la responsabilidad del Departamento en programas sociales para familias, niños y adultos mayores, cualquier legislación que afecte su operación debe alinearse con su ley orgánica y políticas vigentes. Señaló que la unidad de monitoreo propuesta podría duplicar funciones existentes y recomendó que la Comisión legislativa consulte a la OGP y AAFAF para evitar redundancias.
Durante la ronda de preguntas al primer panel, se destacó la ausencia de un sistema centralizado local para consultar fondos federales, aunque existen plataformas federales como usaspending.gov y la página de la OGP que sirven a esos propósitos. Se discutió la posibilidad de un reglamento uniforme para el manejo de fondos federales, pero se aclaró que cada subvención federal tiene reglas específicas, lo que dificulta la estandarización de estos procesos. Por su parte, el Lcdo. Enrique Guzmán Matos, Director de la Oficina de Gerencia Fiscal de la AFFAF expresó preocupación por la duplicidad de esfuerzos que se generaría al aprobarse la medida y, en su lugar, recomendó fortalecer la OGP.
El Hon. José Luis Dalmau Santiago, autor del proyecto, reconoció las preocupaciones que han expuesto los representantes de las agencias en cuanto al aumento en la carga administrativa y la duplicidad de esfuerzos, pero destacó que la intención tras el proyecto del senado es asegurar el buen manejo de los fondos ante las agencias federales y señaló que la OPAL cuenta con recursos para implementar la medida.
Durante la discusión del segundo panel, la Lcda. Saraí Ruiz Maisonet, Directora de la Oficina de Política Pública del Departamento de Educación apoyó la medida por su enfoque en la transparencia y la rendición de cuentas, especialmente tras recibir fondos federales de emergencia. Por su parte, Cecile Tirado, Directora de Finanzas del Departamento de Recursos Naturales (DRNA) indicó que el Departamento recibe fondos federales de agencias como NOAA, Servicio de Pesca y Vida Silvestre, Servicio Forestal, Guardia Costera, FEMA y EPA para proyectos ambientales, restauración, resiliencia climática y manejo de emergencias. Destacó que la gestión transparente y eficiente de estos fondos es clave para cumplir su misión, especialmente tras el aumento de asistencia federal desde el huracán María en 2017. Expresó su disposición a colaborar con la Legislatura, pero no recomienda aprobar el P. del S. 117, ya que considera que el tema corresponde principalmente a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF).
Janice Torres Soto, en representación de la AAA, señaló que la agencia debe notificar a la OPAL, en coordinación con la OGP y la AAFAF, los fondos federales recibidos desde julio de 2017 y su uso, dentro de noventa (90) días. Aseguró que la AAA cumple con informes trimestrales a COR3 y la Junta de Planificación, y se somete a auditorías externas para garantizar el uso adecuado de los fondos. Expresó no tener inconveniente en compartir información con la OPAL y otras agencias, ya que actualmente debe hacerlo periódicamente. Por ello, apoya la aprobación del P. del S. 117 y se ofrece a colaborar con la Asamblea Legislativa en su implementación.
El representante del Departamento de la Vivienda explicó que el Departamento ha creado un Portal de Transparencia que divulga información actualizada sobre el uso, distribución y estatus de los fondos federales, accesible al público. Considera que la obligación de notificar a la OPAL sobre los fondos recibidos y su uso, según el Artículo 3 del PS 117, es redundante y onerosa, ya que esa información ya se publica en el Portal de Transparencia y en los QPR, además de haberse compartido en vistas públicas y ante solicitudes legislativas previas.
Como parte de la discusión desarrollada en el tercer panel, la Lcda. Vianca Rivera Román explicó que el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) administra diversos programas y fondos federales, como el Programa de Desarrollo Laboral, Política Pública Energética, Federal Contracting Center, Consejo Estatal sobre Deficiencias en el Desarrollo y PromoExport, a través de su Secretaría Auxiliar de Fondos Federales. Todos estos programas están sujetos a regulaciones federales, auditorías externas, informes trimestrales y revisiones de desempeño, además de requerir criterios de elegibilidad y documentación que aseguran la transparencia y rendición de cuentas. Por lo que considera que ya existen mecanismos efectivos de fiscalización y que la información sobre el uso de fondos federales se reporta periódicamente a las agencias federales y estatales.
Por su parte, el Sr. Luis Pedraza González, en representación de ASSMCA, inició su ponencia señalando que la agencia es la principal responsable en Puerto Rico de prevenir, tratar y rehabilitar a personas con problemas de salud mental y adicción, promoviendo la salud biopsicosocial con autonomía fiscal y administrativa. ASSMCA recibe fondos federales principalmente de SAMHSA, destinados a programas para trastornos severos de salud mental y tratamiento de sustancias, cubriendo servicios no provistos por el sector privado. Destacó que la agencia está sujeta a auditorías externas y a la presentación de informes periódicos sobre el uso de fondos federales, y subraya su compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas, cumpliendo con regulaciones estatales y federales. De igual modo señaló que ya existen mecanismos de fiscalización y transparencia para los fondos federales que administra, y expresa su disposición a colaborar con la Asamblea Legislativa para fortalecer la fiscalización, siempre que no se dupliquen procesos ni se generen cargas administrativas innecesarias.
Finalmente, Héctor Stewart Torres, en representación del Departamento de Salud, explicó que reconoce la relevancia de la transparencia y la rendición de cuentas, pero considera innecesaria y redundante la creación de un nuevo comité de monitoreo y la obligación de notificar a la OPAL, pues la información sobre fondos federales ya se comparte mediante plataformas oficiales federales y estatales. Agencias como HHS, CDC, Departamento de Hacienda, OGP y la Junta de Planificación ya reciben informes detallados de parte del Departamento. Además, advirtió que exigir reportes adicionales duplicaría esfuerzos, podría causar confusión y retrasar los procesos de cumplimiento y distribución de recursos. Por ello, el Departamento de Salud se opone al P. del S. 117.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
Por tratarse de un Informe Negativo, no es necesaria la evaluación del impacto fiscal municipal de la medida, establecido en el Artículo 1.0007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”.
HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES
Las Comisiones de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado; de Gobierno; y de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, en consideración a los argumentos presentados durante la vista pública y el análisis detallado de los memoriales explicativos sometidos por el Departamento de la Vivienda, a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico, el Departamento de la Familia, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico, el Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico, la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia, el Departamento de Educación de Puerto Rico, la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, la Compañía de Turismo, la Autoridad de Carreteras y Transportación, el Departamento de Corrección y Rehabilitación, el Departamento de Salud, el Departamento de Agricultura, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, la Oficina de Gerencia y Presupuesto y por la Federación de Alcaldes de Puerto Rico, y según el “Informe sobre el Efecto Fiscal del Proyecto del Senado 117” presentado por la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa, no recomiendan la aprobación del Proyecto del Senado 117.
Sin duda, la pieza legislativa ante nuestra consideración tiene el fin loable de aportar transparencia y fiscalización en el uso de fondos federales. No obstante, la aplicación de las medidas propuestas generaría una duplicidad de funciones y un aumento significativo en la carga administrativa para las agencias receptoras de fondos federales. Actualmente, existen mecanismos robustos de monitoreo, auditoría y rendición de cuentas tanto a nivel federal como estatal, además de plataformas centralizadas de información y fiscalización lideradas por la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), que aseguran la integridad y el uso eficiente de los fondos públicos. En su lugar, se sugiere fortalecer la colaboración y los canales de comunicación entre la Asamblea Legislativa y la Rama Ejecutiva, aprovechando las estructuras y herramientas ya existentes, con el fin de evitar redundancias, optimizar recursos y mantener la transparencia y la salud fiscal en el manejo de los fondos federales en Puerto Rico.
CONCLUSIÓN
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, las Comisiones de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado; de Gobierno; y de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tienen a bien someterle a este Alto Cuerpo un Informe Negativo Conjunto del Proyecto del Senado 117, por lo que no se recomienda su aprobación.
Respetuosamente sometido,
Presidente Presidente
Comisión de Relaciones Federales y Comisión de Gobierno
Viabilización del Mandato del Pueblo
para la Solución del Estatus
Hon. Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión de Hacienda, Presupuesto
Y PROMESA
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.