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(ENTIRILLADO ELECTRÓNICO)
GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea	1ra.	Sesión
	Legislativa		Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 146
2 de enero de 2025
Presentado por la señora Soto Tolentino
Referido a la Comisión de Educación, Arte y Cultura
LEY 

Para añadir un nuevo sub-inciso 69 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de imponer la obligación al Secretario de Educación de incluir en el currículo del Programa de Salud Escolar actividades escolares, proyectos y módulos que les orienten con respecto a las condiciones de salud o trastornos del desarrollo que podrían afectar su aprendizaje, como lo son las enfermedades crónicas, entre otras.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
	Las enfermedades crónicas, caracterizadas por su larga duración y progresión lenta, representan un reto significativo para la salud pública y el bienestar de las comunidades. Entre las más conocidas se encuentran el cáncer, la diabetes, las enfermedades cardíacas y respiratorias, así como condiciones menos comunes como la esclerosis múltiple, entre otras. Aunque históricamente estas enfermedades han sido asociadas predominantemente con la población adulta mayor, cada vez es más evidente que también pueden afectar a niños y jóvenes, alterando su calidad de vida, su capacidad de aprendizaje y su integración en la comunidad escolar.

A pesar de los avances en la medicina y la disponibilidad de información, aún persiste un preocupante nivel de desconocimiento en nuestra sociedad sobre las causas, síntomas, diagnósticos y posibles tratamientos de estas condiciones. Esta falta de comprensión puede generar estigmatización, exclusión y barreras en el entorno escolar, afectando tanto a los estudiantes que las padecen como a sus compañeros, quienes no cuentan con las herramientas para entenderlas y abordarlas de manera adecuada. La situación se agrava cuando consideramos que el conocimiento temprano y la sensibilización sobre estas condiciones no solo fomentan una mayor empatía, sino que también preparan a nuestros jóvenes para enfrentar y manejar los desafíos asociados con las mismas, tanto a nivel personal como en sus entornos familiares y comunitarios.
Reconociendo la escuela como un espacio fundamental para la formación integral de los individuos, es imprescindible que el Departamento de Educación asuma un rol activo en la promoción de la educación en salud. Esto incluye integrar de manera formal en el currículo escolar módulos educativos que no solo brinden información sobre las enfermedades crónicas, sino que también desarrollen habilidades y actitudes orientadas al apoyo, la aceptación y la inclusión de las personas que las padecen. Estas iniciativas no solo beneficiarán a los estudiantes, sino que también tendrán un impacto positivo en la comunidad escolar en su totalidad, creando un entorno más inclusivo y comprensivo.
Esta Asamblea Legislativa entiende que la incorporación de este tipo de educación en el Programa de Salud Escolar contribuirá significativamente al desarrollo de ciudadanos más conscientes, responsables y empáticos. Además, permitirá que el sistema educativo cumpla con su misión de preparar a los estudiantes para enfrentar los retos del mundo real, entre ellos, convivir y apoyar a personas con condiciones de salud que requieren atenciones particulares.
Por lo tanto, se hace necesario que el Secretario de Educación implemente actividades escolares, proyectos y módulos educativos enfocados en orientar a los estudiantes sobre las enfermedades crónicas y sus implicaciones. Asimismo, se recomienda establecer alianzas con el Departamento de Salud y otras organizaciones especializadas para asegurar que el contenido y la metodología sean efectivos, actualizados y culturalmente pertinentes.
En virtud de lo anterior, esta ley busca garantizar que las futuras generaciones crezcan con una comprensión clara y profunda de las enfermedades crónicas, fomentando un sentido de responsabilidad social y empatía hacia aquellos que enfrentan estos desafíos. Este esfuerzo no solo mejorará la convivencia escolar, sino que también contribuirá al bienestar general y a la cohesión social de Puerto Rico.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 2. -

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