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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea	 	2da.  Sesión
         Legislativa		     Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 147
INFORME NEGATIVO

8 de octubre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio, análisis y consideración del Proyecto del Senado 147, recomienda a este Honorable Cuerpo Legislativo, la no aprobación de la medida.
ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 147, (en adelante "P. del S. 147"), según radicado, tiene como propósito, añadir un subinciso (11) al inciso (a) de la Sección 1033.15 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico", a los fines de añadir como deducción a la planilla de contribución sobre ingresos los intereses sobre préstamos de automóviles en que incurren los estudiantes universitarios en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.  

ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 147 según radicado, tiene como propósito, añadir un subinciso (11) al inciso (a) de la Sección 1033.15 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico", a los fines de añadir como deducción a la planilla de contribución sobre ingresos los intereses sobre préstamos de automóviles en que incurren los estudiantes universitarios en Puerto Rico.

Esta medida busca establecer la deducción de intereses sobre préstamos de automóviles para estudiantes universitarios en Puerto Rico.  


La medida responde a una preocupación legítima sobre la carga económica que enfrentan muchos estudiantes universitarios, quienes, ante la insuficiencia del sistema de transporte público, se ven obligados a adquirir vehículos para poder asistir a sus centros de estudio y cumplir con sus responsabilidades laborales.   El Proyecto persigue aliviar dicha carga mediante un incentivo contributivo que, según sus proponentes, también podría tener efectos positivos en la movilidad, la retención estudiantil y el desarrollo económico.

Para evaluar esta medida de manera más exhaustiva la comisión celebró vista pública el 15 de julio de 2025, donde tuvimos al Departamento de Hacienda como deponente. 

Con el fin de evaluar responsablemente la medida, la Comisión pidió memoriales explicativos al Departamento de Hacienda, a la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), y a la Asociación de Colegios y Universidades Privadas de Puerto Rico.

DEPARTAMENTO DE HACIENDA

En la vista del 15 de julio de 2025, en representación del Departamento de Hacienda (DH) comparecieron el Sr. Alberto Rosario, subsecretario auxiliar del área de rentas internas y la Sra. Johanna Rohena, asesora en asuntos contributivos, informando que como está redactada la medida podría tener un impacto fiscal estimado: $4.5 millones anuales, según informe de Hacienda. 

Además, en su memorial explicativo el Departamento de Hacienda, reconoce su responsabilidad de asesorar a la Rama Legislativa sobre aquellas medidas que tengan un impacto sobre el Fondo General, específicamente aquellas que pudieran afectar de algún modo los recaudos e ingresos.

En cuanto a la medida que propone enmendar la Sección 1033.15 (a) añadiendo un subinciso (11) donde concede una deducción de intereses sobre préstamos de automóviles que no excedan los $15,000, a estudiantes matriculados a tiempo completo en un programa de bachillerato o postgrado, siempre que el vehículo sea utilizado más 




del 50% del tiempo para propósitos relacionados con estudios o trabajo a tiempo parcial vinculado a su área de estudio.

Señalaron que, al momento de emitir su memorial, la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) había publicado un informe relacionado con el Proyecto del Senado 147, donde indica el impacto en millones de dólares. 

Año	2026	2027	2028	2029	2030	
Costo	$5.3	$5.5	$5.5	$4.7	$3.7	
Fuente: elaborado por la OPAL
Cifras redondeadas

Hacienda indicó que el informe de la OPAL guarda relación a lo que ellos mencionan en su análisis, sobre la implementación de la medida que redundaría en un costo al erario. 

Reconocen que la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA, tiene el deber de evaluar cada uno de los proyectos que se presentan. Consideran que la medida ha sido elaborada con un objetivo particular loable como norte, el pretender atender un asunto de nuestra sociedad mediante la concesión de cierto beneficio contributivo. 

Adicional, puntualizaron que la Gobernadora ha conformado un comité para evaluar las tasas contributivas existentes y proponen soluciones para simplificar y crear un sistema contributivo más equitativo.  

OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (OPAL)

La OPAL, estimó el efecto fiscal del Proyecto del Senado 147 (P. del S. 147) cuyo propósito es añadir como deducción a la planilla de contribución sobre ingresos los intereses sobre préstamos de automóviles en que incurran los estudiantes universitarios en Puerto Rico.

Para obtener la cantidad de potenciales contribuyentes que pudieran reclamar se utilizó la población entre 21-24 años según los datos extraídos del Quaterly Workforce Indicators de la Oficina del Censo de EE. UU.  Se optó por utilizar la población 



empleada y no el grupo universitario toda vez que la población empleada son potenciales contribuyentes que pudieran reclamar deducción.  

De ser aprobada el P. del S. 147, se estimó que la medida tendría una pérdida fiscal proyectada de carácter millonario, con impacto sostenido hasta el año 2030. Estos ingresos dejados de recibir por el fisco afectarían directamente el Fondo General, reduciendo la disponibilidad de recursos para programas y servicios esenciales.  

En los resultados y proyecciones, la OPAL informó que el efecto fiscal del P. del S. 147 para el año fiscal sería de $5.3 millones para el Fondo General.  En la tabla 1 se presenta el estimado de efecto fiscal para los periodos 2026-2030.  Este impacto representa ingresos dejados de recibir por el fisco.

                                                          Tabla 1. Efecto fiscal
(En millones)

Año	2026	2027	2028	2029	2030		Costo	$5.3	$5.5	$5.5	$4.7	$3.7	
Fuente: elaborado por la OPAL
Cifras redondeadas

AUTORIDAD DE ASESORIA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL DE PUERTO RICO (AAFAF)

En su opinión la AAFAF, entiende que la medida esta dirigida a un enfoque integral orientado a entender ciertos desafíos del sistema y las necesidades de los estudiantes. Sin embargo, no se han presentado documentos complementarios, opiniones de agencias concernientes ni un análisis fiscal que sustente su viabilidad.  Como es una propuesta con impacto directo sobre los recaudos del Estado y potencial incremento en gasto público, no es posible recomendar su aprobación sin una evaluación fiscal completa y evidencia técnica que respalde su implantación.

Por todo lo anterior la AAFAF recomienda que toda medida legislativa como la aquí presentada debe estar acompañada de un análisis fiscal, presupuestario y económico, 



previo su aprobación y envió para la consideración de la Gobernadora.  Dicho análisis debe establecer la fuente de financiamiento para satisfacer el nuevo gasto o la reprogramación de fondos para que su efecto sea neutro en términos de gastos e ingresos, y/o que no tenga un impacto significativamente inconsistente con el Plan Fiscal y presupuesto certificado. Recomendó, que la medida debe estar acompaña de un informe de la OPAL.   

A la redacción de este informe la OPAL, rindió su informe sobre el efecto fiscal del P. del S. 147.  Presentó que la medida tiene impacto millonario para el Fondo General, desde el año 2026-2030.

ASOCIACION DE COLEGIOS Y UNIVERSIDADES PRIVADAS DE PUERTO RICO (ACUP)

El Proyecto del senado propone establecer una deducción contributiva en la planilla para estudiantes universitarios a tiempo completo, aplicable a los intereses pagados en préstamos obtenidos para la compra de un automóvil.

La Asociación de Colegios y Universidades Privadas de Puerto Rico (ACUP), entiende que la intención del legislador es loable y, es necesaria.  Sin embargo, opinan que la medida podía ofrecer mayor efectividad y ayuda al estudiante si se considera en las siguientes recomendaciones: 

Cambiar la deducción en un crédito contributivo.
Ampliar los gastos elegibles si se mantiene la deducción.
Aumentar el límite de préstamo elegible.
Revisar el requisito de uso vinculado al área de estudio.
Incluir la exención de arbitrios como incentivo complementario

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL


En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico señala que, al no recomendar la aprobación del P del S. 147, no corresponde emitir una certificación afirmativa sobre la ausencia de impacto fiscal en los gobiernos municipales.


CONCLUSIÓN

En consideración de lo anterior, no se recomienda la aprobación de esta medida en su forma actual, ya que el impacto fiscal adverso supera los beneficios potenciales y no se justifica el contexto de las prioridades presupuestarias vigentes. 

Esta determinación se fundamenta en los informes provistos por las agencias pertinentes, cuyos análisis presupuestarios concluyen que la propuesta no es fiscalmente viable en el marco actual de prioridades fiscales y responsabilidad presupuestaria.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, no recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 147.  

Respetuosamente sometido,
 

Hon. Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA

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