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(ENTIRILLADO ELECTRÓNICO)
GOBIERNODEPUERTO RICO
20ma.Asamblea   	1ra.Sesión
          Legislativa	Ordinaria

SENADODEPUERTORICO
P. delS. 163
2de enero de2025
Presentado por la señoraSoto Tolentino
Referido a la Comisión de Gobierno

LEY
Para crear la "Ley de Integración de Respeto a la Vida en Puerto Rico", a los fines de queun Comité Interagencial identifique los programas existentes en las agencias delGobierno de Puerto Rico, dirigidos a promover el respeto a la vida y la ética, con elpropósitodemaximizarsususosyquemayorcantidaddeciudadanos tenganaccesoa estos; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓNDEMOTIVOS
En Puerto Rico vivimos momentos en los que se hace patente la necesidad defomentar el respeto en nuestra sociedad.Diariamente somos testigos de la violenciarampante, tanto en las calles como en el núcleo de muchas familias.Recientementehemos visto una serie de crímenes horrendos en contra de mujeres, niños y mascotas. Esprecisamente la educación, la mejor herramienta contra la violencia y el maltrato. Siinculcamos alosniños,desdetemprana edad, éticayrespetoalavidatendremosadultos de bien.
Ante esta situación, es necesario que el Gobierno de Puerto Rico, en su interésapremiante de garantizar unamejorcalidaddevidapara el pueblo,propicie nuevas
alternativas que atiendan responsablemente la raíz de la problemática social que nosafecta.Resultaimprescindiblebrindaranuestrosciudadanoslasherramientasnecesariasparapoderproveerleaéstos,elrespetoyempatíaenasuntossocialesesenciales para lograr el desarrollo productivo de cada individuo y fomentar la sanaconvivenciaen comunidad.
Sabido es que, alaOficinadeÉtica Gubernamental, se lehadelegadopromover ypreservarlaintegridaddelosservidorespúblicosdelasinstitucionesgubernamentales.Paraasí,fortalecerydarcontinuidadalprocesodedesarrolloypromoción de laculturaéticay dela excelencia enel serviciopúblico.
De otra parte, la promulgación de la Ley Núm. 68 del 28 de agosto de 1990,conocidacomo"LeyOrgánicadelDepartamentodeEducacióndelEstadoLibreAsociadodePuertoRico" Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como"Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico" ,establecequeelpropósitoprincipaldela educaciónelementales iniciaraleducandoenelprocesodeformación, orientándolohaciaelautoconocimiento, el desarrollo del pensamiento crítico y el conocimiento formal delmundo quelo rodea.Comoparte deese propósito,se estableció"TusValores Cuentan"que es un programa de respeto y valores integrado, exclusivo y amplio para las escuelaspúblicas de PuertoRico.Elmismoincluye adiestramientoymaterialespara ayudara
lasescuelasacrearunambienteescolarpropicioparalograrelaprovechamientoacadémico,el desarrollo personaly la seguridad.
Esfuerzos similares, ha desarrollado el Departamento de la Familia, agencia quetienelaresponsabilidaddepromoverlauniónfamiliarmediantelacomprensión,tolerancia, respeto y amor en lugar de la violencia.Otro ejemplo de estos esfuerzos, loevidencia el Negociado de laPolicíadePuertoRico,medianteeldesarrollodel programa"Tu amigoelpolicía", donde se llevan charlas y conferencias a las comunidades.El Cuerpo Policiacotambién ha recibido los beneficios del Programa Tus Valores Cuentan, lo que ha servidopara ampliar la comunicación y crear proximidad, acceso, responsabilidad y efectividadentrelosagentesdel orden público ylas comunidades.
A manera de ejemplo, el Departamento de Recreación y Deportes, estableció elProgramaDeportePa'lBarrio,dondecomunidadesidentifican,capacitanydesarrollan talentosdeportivos,dandoparticipaciónatodoslosniñosyjóvenesporigualsinimportarlasclasessocialesycuidandolasaludintegraldecadaunode losparticipantes, donde se les provee el espacio para crecer como seres humanos, hastaconvertirse en ciudadanos aptos y capaces las de alcanzar mejores expectativas en suvidaenprovechopropio y de supaís.
Comopartedeltrabajointegradoqueproponemos,agenciascomolaAdministración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) mediantecuerdo con el Departamento de Educación (DE), implantaron el proyecto educativoValoresalAlcanceconLogros,OportunidadesyRetos(VALOR)enlasescuelaselementalesdelpaís.Medianteelmismosebuscabapromoveryfortalecerentrenuestros estudiantes valores tan fundamentales como el respeto, la confiabilidad, lajusticia, la bondad, la responsabilidad, el civismo y el respeto.Adicionalmente, secontinuaron los esfuerzos para prevenir el uso de alcohol, tabaco y otras drogas, asícomoviolencia yotrasconductasde riesgo.
Basado en los preceptos antes esbozados, demostramos los beneficios de integrarlos programas ya establecidos en las respectivas agencias gubernamentales, donde setrabaja en conjunto para que los servicios que actualmente se brindan, puedan impactarlamayorcantidad de ciudadanosposible.
Ciertamente,esnuestrocompromisomejorarlacalidaddevidaylograrelenriquecimiento del respeto entre nuestros ciudadanos.Tal iniciativa beneficia a losestudiantes, sus comunidades y a la ciudadanía en general.A través de las diversasiniciativasquegenereestadesignación,lascomunidadespodránparticiparde actividadesy dinámicas quefomentenlasanaconvivencia.Es fundamentalquelos
organismos antes detallados,busquen las estrategiasnecesarias paraformar parte delatransformación socialycultural, fomentando así unprocesointegrado.
Sinlugaradudas,fomentarelrespetoennuestrosciudadanos,plantealaposibilidaddeunmejorfuturo,lograndosudesarrollointegral.Deotraparte, alrealizarunesfuerzoentrelasagenciassepromueveelusoadecuadoderecursoseconómicos,que actualmenteson limitadosantelacrisisqueenfrentaPuertoRico.
El Gobierno de Puerto Rico ha resaltado la importancia de la ética y el respetocomponentes indispensables en el ser humano.A esos efectos, se ha fomentado unapolítica pública enfocada en la educación y reforzando valores como la honestidad,dignidad,compromiso,responsabilidad,respeto,empatía,sensibilidad,solidaridad,igualdad, justicia y bondad hacia las mascotas.   Siendo así, entendemos pertinente queelComitéInteragencialestécompuestoporlaOficinadeÉticaGubernamental,elDepartamentodeEducación,elDepartamentodeRecreaciónyDeportes,elDepartamento de la Familia, el Departamento de la Vivienda, el Negociado de la Policía de Puerto Rico y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.
Atenorconloantesexpuesto,estaAsambleaLegislativa,entiendemeritoriopromover la ética y el respeto; así como también se reconoce la importancia de que lasagencias ofrezcan tales servicios de manera conjunta. Maximizando sus recursos con elpropósito de establecer un mensaje abarcador en contra de la violencia y resaltando elrespetoa la vida.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo1.-EstaLey seconocerácomo"Ley deIntegración deRespeto a la Vidaen Puerto Rico."
	Artículo2.-Declaraciónde Política Pública.
Será política públicadel Gobierno dePuerto Ricolaintegraciónde laenseñanza de respeto yética en lascomunidades, mediantela unión de losprogramasxistentes enlasagenciasgubernamentales quefomenten losprincipios éticos incluyendoelamor, la paciencia,latolerancia, laresponsabilidad,la lealtad,lahonestidad, lagratitud,el perdón,elrespeto alavida,bondad hacialas mascotasy lasana convivencia.
	Artículo 3.-Reglamento
ElDepartamento de Educaciónadoptará unreglamento para darcumplimiento a lasdisposicionesdeestaLeydentro delos noventadías(90)apartirsu aprobación.
	Artículo4.-Integrantesdel Comité Interagencial
	Se crea el Comité Interagencial para la Integración del Respeto a la Vida.  El Comité tendrá la encomienda de:
Identificar todos los programas existentes que promuevan el respeto a la vida y los valores éticos.
Coordinar acciones conjuntas para maximizar la cobertura de dichos programas.
 Proveer apoyo técnico y logístico entre agencias.
Establecer un plan de trabajo anual.
Promover campañas de orientación en las comunidades.
Establecer indicadores de impacto y evaluación de resultados.
	ElComité   Interagencial   estará  compuesto   por   las   siguientes   agencias   o instrumentalidadespúblicas o sus representantes autorizados designados por su
Secretario, Director Ejecutivoo elprincipaloficialejecutivo, segúnsea elcaso:
a) DepartamentodeEducación
b) Departamento delaFamilia
c) Oficina deÉticaGubernamental
d)DepartamentodeRecreación y Deportes
e)Departamentodela Vivienda
f)  OficinadelaProcuradora delasMujeres
g) Superintendencia de la Policía Negociado de la Policía de Puerto Rico
	Artículo 5. - Comité Interagencial -Presidente
ElComitéInteragencialserá presidido por elSecretariodelDepartamentode Educaciónosurepresentante.Las agenciasyoficinas,antesmencionadas,designarán
un funcionario para lacoordinacióndelos servicios deapoyo yfacilitarán la prestación
de servicios desus respectivas agenciasen cuantoalosProgramasexistentes.
	Artículo 6.- Funciones y Responsabilidades del Comité Interagencial
		El Comité Interagencial para la Integración del Respeto a la Vida tendrá, sin que se entienda como una limitación, las siguientes funciones y responsabilidades:
Identificar, compilar y evaluar todos los programas existentes en las agencias públicas que promuevan la ética, los valores y el respeto a la vida.
Diseñar un plan de integración y articulación de dichos programas, con el objetivo de evitar duplicidad de esfuerzos y maximizar su alcance y efectividad.
Establecer protocolos de coordinación interagencial, que incluyan mecanismos para compartir datos, materiales educativos y recursos humanos.
Recomendar mejoras o actualizaciones a los programas existentes, basándose en evidencia empírica, mejores prácticas y retroalimentación comunitaria.
Elaborar campañas educativas y de orientación pública, que refuercen los valores y principios promovidos por esta Ley.
Coordinar actividades comunitarias y escolares donde se promuevan los valores del respeto, la empatía y la sana convivencia.
Crear y mantener un inventario público en línea, accesible al ciudadano, de los programas vigentes por agencia, su ubicación y requisitos de participación.
Medir el impacto de las iniciativas implementadas bajo esta Ley mediante el uso de indicadores específicos de rendimiento y resultados.
Ofrecer recomendaciones legislativas y administrativas al Gobernador y a la Asamblea Legislativa para ampliar o mejorar la política pública sobre el respeto a la vida.
	Artículo 6 7.- Comité Interagencial-Alianzas
Se facultaal ComitéInteragencial aestablecer alianzasconinstitucionesprivadas
oentidades sin fines delucro,paralaconsecución delos objetivos deestaLey.
	Artículo7 8.- Informes
ElComitéInteragencial, por medio del Secretariode Educación, remitirá
informesanuales al Gobernador y a laAsambleaLegislativa de PuertoRico sobrelas
gestionesrealizadasal amparode lo aquí dispuesto.A partirde la aprobaciónde esta
Ley,se rendiráunprimer informe dentrodeuntérmino nomayor de noventa (90) días,
dondese detallen los Programasidentificados al momento ysu plan de trabajo
proyectado. Posterior a lapresentación del primerinforme,rendirá elmismo al 31 de
diciembre de cadaaño.
	Artículo8 9.-Presupuesto
ElDepartamento deEducación separaráfondosdesu presupuesto y proveeráel espacio físico,losmaterialesy los recursosnecesarios paraviabilizar loaquí dispuesto. Además, seautorizarecibiroparearfondos federales, estatales,municipales y privadas, lascuales se mantendránenunacuentaseparada enelDepartamentodeEducación.
Artículo 9 10.-Separabilidad
Sicualquiercláusula, párrafo, subpárrafo, artículo, disposición,secciónoparte deestaLeyfuereanulada odeclarada inconstitucional,la sentenciaatal efecto dictada noafectará,perjudicará,niinvalidaráel resto de estaLey.El efecto de dichasentencia quedarálimitado a lacláusula, párrafo, subpárrafo, artículo, disposición,seccióno parte de lamisma que así hubiere sidoanulada odeclarada inconstitucional.
	Artículo 10 11.- EstaLey entraráen vigor inmediatamentedespuésdesuaprobación.

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