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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea	 1ra Sesión 
       Legislativa                                                                                                          Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 165

INFORME POSITIVO

27 de febrero de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 165, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

	Reza la Exposición de Motivos de esta pieza legislativa que mediante la aprobación de la Ley 293-2004, según enmendada, conocida como "Ley del Fondo Permanente para la Preservación Ambiental de Culebra", se creó un fondo especial, que se nutre de una tarifa adicional de dos (2) dólares pagados por los visitantes que llegan por vía de mar y aérea a la isla de Culebra, cuyo fin es lograr la preservación y hacer posible el manejo óptimo de dicho municipio.

	La referida Ley, establece que el fondo permanente se utilizará para financiar operaciones de planificación y preservación de Culebra; cubrir gastos de contratación del personal técnico que asesore el municipio en materia de preservación ambiental; financiar proyectos u obra pública asociados a la preservación ambiental; promoción de programas de reciclaje; ruidos innecesarios y preservación de áreas ecológicamente sensitivas; y manejo de desperdicios u otros contaminantes en las áreas ecológicamente sensitivas.

	Al igual el municipio de Culebra, Vieques confronta la misma problemática relacionada a la disposición de desperdicios sólidos, el reciclaje, así como la mitigación de daños ambientales y la protección de los ecosistemas marítimos y terrestres, que requieren de considerables inversiones económicas.

	En reconocimiento de los desafíos que enfrentan estas islas hermanas, recientemente se aprobó la Ley 149-2024, a los fines de incluir al Municipio de Vieques como parte del Fondo Permanente.  No obstante, se ha identificado la necesidad de realizar enmiendas técnicas, y así evitar confusión con relación a cómo se nutrirá y será utilizado el fondo permanente, sin afectar las aportaciones que actualmente se hacen, ahora con dos municipios participando del mismo. 

	Con lo anterior en mente, la medida propone realizar varias correcciones técnicas a la Ley 293-2004, a los fines que aclarar que el fondo permanente será independiente entre sí, con la creación de dos cuentas separadas, para que cada municipio pueda usar lo recaudado en su jurisdicción. De esta manera va a quedar claro que los recursos recaudados en la isla de Culebra se usan para dicho municipio y los recaudos percibidos en la Isla Nena se usarán para el Municipio de Vieques.



ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, como parte de la evaluación del P. del S. 165 solicitó memoriales explicativos al Municipio de Culebra, el Municipio de Vieques y la Autoridad de Transporte Integrado ("ATI"). 

El Municipio de Culebra endosó la aprobación del P. del S. 165 por encontrar que las enmiendas técnicas que introduce a la Ley 293-2004 "atinadas y ser necesarias". 

Por su parte, el Municipio de Vieques endosó la aprobación del proyecto por entender que su implantación es "indispensable, ya que necesitamos estos fondos para garantizar la protección de nuestros recursos naturales, el desarrollo de iniciativas ecológicas y turísticas sostenibles, así como la generación de empleos y la mejora de la calidad de vida de nuestros ciudadanos." 

En su ponencia, el Municipio de Vieques resalta que la Isla Nena "posee sobradas razones para que su integridad ecológica sea conservada y protegida, tal como lo establece el andamiaje jurídico de la Ley 293 para la isla de Culebra. Por ello, tanto Vieques como Culebra, incluyendo sus cayos y aguas circundantes, requieren de una fuente recurrente de recursos económicos que permita solventar anualmente los estudios, trabajos, personal experto y peritaje necesarios para garantizar la conservación ecológica de nuestros recursos naturales. En respuesta a esta necesidad, se creó el Fondo Permanente, el cual, mediante la enmienda de la Ley149-2024 ahora incluye Vieques."

Ahora bien, plantea este Municipio que, a pesar de esta inclusión, se han identificado deficiencias en la implementación de esta. Precisamente, esto fue lo que motivó la presentación del P. del S. 165 para corregir y clarificar la estructura de administración de los fondos. En concreto, la medida propone enmendar los Artículos 3 y 5 de la Ley Núm. 293-2004 para reafirmar la inclusión del Municipio de Vieques como beneficiario del Fondo Permanente y establecer con precisión que los fondos recaudados por los viajes a cada municipio se administrarán de manera separada por el municipio correspondiente, garantizando que los ingresos generados en Vieques sean utilizados exclusivamente para la conservación en esta isla. 

Finalmente, la ATI endosó la medida bajo la condición a que se modifique el texto del P. del S. 165 para especificar que los costos operacionales asociados a establecer los sistemas requeridos para transferir los fondos a las islas municipio. 

Impacto Fiscal a los Municipios 

Del análisis realizado por esta Comisión a tenor con el Artículo 1.007 del Código Municipal de Puerto Rico, Ley 107-2020, según enmendada, no surge que la medida no tiene impacto fiscal sobre las finanzas municipales.


CONCLUSIÓN

La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico considera meritorio las enmiendas propuestas en el P. del S. 165. Una vez aprobadas estas enmiendas, queda claro cuáles serán los fondos que deberán transferirse a cada municipio, lo que redundará en obras de conservación de estas islas municipio. 

	Finalmente, resaltamos que con la adopción de las enmiendas propuestas por la ATI se garantiza que esta entidad cuente con los recursos para implantar los mecanismos que permitan la transferencia efectiva de los fondos que por ley le corresponden a los Municipios de Culebra y Vieques.

Por todo lo antes expuesto, la Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 165, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,
	


Hon. Marissa Jiménez Santoni
Presidenta
Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales

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