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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 175

INFORME POSITIVO

2 de junio de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 175, presenta a este Alto Cuerpo Legislativo el Informe Positivo de la presente medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 175, tiene el propósito de enmendar los incisos (35) y (63) de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de establecer la obligación al Secretario de Educación de diseñar e implantar un protocolo dirigido al manejo de situaciones de violencia doméstica, incluyendo la violencia en el noviazgo.

INTRODUCCIÓN

La violencia doméstica y la violencia en el noviazgo son manifestaciones alarmantes de una crisis social profundamente arraigada, que afecta a individuos de todas las edades, pero con consecuencias particularmente devastadoras para los y las adolescentes en etapa formativa. Es de suma importancia que el sistema educativo asuma un rol proactivo en la prevención de estas formas de violencia desde los primeros niveles escolares. Por ello, el Proyecto del Senado 175 propone una reforma necesaria a la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, con el fin de establecer un protocolo institucional para el manejo de situaciones de violencia doméstica, incluyendo la violencia en el noviazgo, en el entorno escolar.

La realidad estadística pone en evidencia la gravedad del problema. Según el Consejo y Foro Nacional de Crímenes de Estados Unidos, uno de cada tres adolescentes ha sido víctima de violencia física, verbal o sexual por parte de su pareja. Asimismo, el Negociado Federal de Investigaciones (FBI) ha documentado que una mujer es agredida por su pareja cada quince segundos en los Estados Unidos. Estos datos reflejan una situación de emergencia social que no discrimina por edad ni contexto educativo, y que demanda una respuesta estructurada, informada y contundente desde nuestras instituciones educativas. Esta medida legislativa representa, por tanto, un paso trascendental en la dirección correcta, al establecer una política pública clara para identificar, manejar y prevenir la violencia relacional dentro y fuera del ámbito escolar.

El Departamento de Educación de Puerto Rico ya ha implementado mecanismos contra el acoso escolar y el "bullying", sin embargo, no existe un protocolo específico para atender los casos de violencia en el noviazgo. Esta laguna institucional deja a estudiantes, padres, educadores y directivos sin herramientas adecuadas para responder de manera efectiva a estas situaciones, que en muchos casos pueden escalar a niveles más graves si no se interviene a tiempo. El P. del S. 175 viene a llenar ese vacío, al establecer que el Secretario de Educación deberá diseñar e implantar, en coordinación con la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, un protocolo de prevención y manejo que incluya elementos como planes de seguridad, sanciones administrativas, referidos a las autoridades pertinentes y acceso a recursos de apoyo.

Además, la medida se alinea con la Política Pública Gubernamental de priorizar la prevención y atención de la violencia de género en todas sus manifestaciones. En ese contexto, el sistema educativo no puede mantenerse al margen, pues la prevención comienza en las aulas. Educar desde temprano sobre la igualdad, el respeto mutuo, la resolución no violenta de conflictos y la identificación de conductas abusivas es clave para formar una generación capaz de romper con los ciclos de violencia que tanto han afectado al tejido social puertorriqueño.

Dotar al sistema educativo de un marco normativo y operativo para atender la violencia doméstica y en el noviazgo es una medida de justicia, prevención y protección de los derechos fundamentales de nuestros niños, niñas y jóvenes. Esta legislación representa una inversión en el bienestar emocional y físico de las futuras generaciones, y refuerza el compromiso del Estado con la dignidad humana, la equidad y la seguridad de su ciudadanía.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, en adelante, Comisión, como parte de la evaluación y análisis del P. del S. 175, solicitó memoriales explicativos al Departamento de Educación de Puerto Rico; Departamento de la Familia; Departamento de Justicia; Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la Coalición Puertorriqueña contra la Violencia Doméstica y la Agresión Sexual (Coordinadora Paz para las Mujeres). Al momento de la redacción de este informe, no habíamos recibido el memorial explicativo del Departamento de Justicia.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO

El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR), expresó en su memorial, que la medida está alineada con la política pública de equidad y respeto del currículo oficial, así como con el deber del DEPR de garantizar un ambiente escolar seguro, conforme al Artículo 2.04 de la Ley[1]. A su vez, menciona que la medida también responde a la Ley 89-2015[2], según enmendada, que declara febrero como el Mes de Prevención de la Violencia en el Noviazgo, y reconoce la importancia de educar desde las escuelas, sobre patrones de maltrato, al fomentar relaciones saludables entre jóvenes. También fortalece la intervención institucional, al establecer un plan con componentes preventivos y correctivos, que promueve colaboración interagencial, particularmente, con la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.

El DEPR entiende que la Secretaría Auxiliar de Asuntos Legales puede tomar el liderazgo en el cumplimiento de esta medida, aunque expresa que establecer los protocolos especializados para violencia doméstica y violencia en el noviazgo requerirá adiestramiento extensivo para docentes, consejeros escolares y personal administrativo que pudieran conllevar costos adicionales, para los que el DEPR no tiene presupuesto.

No obstante, concluye mencionando que la medida puede ser efectiva si se implementa como parte de un esfuerzo integral de educación socioemocional, que incorpore el tema transversal de “Equidad y respeto entre todos los seres humanos”. A su vez recomienda que para garantizar la efectividad el mismo se vincule este protocolo con los módulos existentes de orientación escolar, campañas de prevención en coordinación con otras agencias y procesos de monitoreo.

El Departamento reitera su disposición a colaborar en la implantación del protocolo propuesto, y en iniciativas educativas que atiendan esta problemática social, en coordinación con entidades especializadas como la Oficina de la Procuradora de las Mujeres. Esta colaboración busca garantizar que las medidas adoptadas sean efectivas, sensibles a la realidad escolar y respetuosas de los derechos de los estudiantes involucrados.

DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA

El Departamento de la Familia expresó su respaldo al Proyecto del Senado 175, reconociendo la importancia de la medida para promover la prevención de la violencia doméstica y de pareja desde las etapas más tempranas del desarrollo humano. La agencia destaca que la escuela constituye un espacio esencial para fomentar relaciones sanas y prevenir dinámicas de poder abusivas entre adolescentes.

El memorial resalta que, al integrarse este tipo de protocolos al currículo escolar y a las responsabilidades del Departamento de Educación, se fortalece el andamiaje de protección social del país. El Departamento de la Familia considera que la medida es coherente con la política pública de atención y prevención de la violencia de género y reconoce su valor educativo, social y preventivo.

Asimismo, la agencia subraya la relevancia de establecer canales formales de intervención ante situaciones de violencia entre estudiantes, lo cual permitirá al personal docente y administrativo actuar con mayor claridad y respaldo institucional. De igual forma, se entiende que esta medida podría integrarse con otros programas existentes del Departamento, tales como servicios de protección, trabajo social y apoyo familiar, fomentando así un enfoque interagencial e integral.

Finalmente, el Departamento de la Familia manifiesta su disponibilidad para colaborar en la elaboración y ejecución del protocolo propuesto, reconociendo que la coordinación entre agencias y sectores es clave para atender de forma efectiva las causas y consecuencias de la violencia en el noviazgo. Esta medida representa un paso afirmativo hacia una cultura de equidad, seguridad y respeto desde el entorno escolar.

COALICIÓN PUERTORRIQUEÑA CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA

Y LA AGRESIÓN SEXUAL

La Coordinadora Paz para las Mujeres (CPM), reconocida por el CDC como la coalición puertorriqueña contra la violencia doméstica y la agresión sexual, presentó su memorial explicativo en apoyo al Proyecto del Senado 175. La CPM, que agrupa 38 organizaciones y proyectos en todo Puerto Rico, resalta su trayectoria desde 1989 como entidad dedicada a la prevención de la violencia de género, la educación comunitaria y el desarrollo de iniciativas de apoyo a víctimas sobrevivientes. En su ponencia, la coalición afirma que la medida es pertinente, pues reconoce la violencia en el noviazgo como una manifestación temprana del ciclo de violencia de género, cada vez más frecuente en escuelas intermedias y superiores, así como en contextos académicos diversos.

La organización endosa las enmiendas al Artículo 2.04 de la Ley de Reforma Educativa, las cuales obligan al Secretario de Educación a establecer un protocolo específico con componentes de manejo de casos, plan de seguridad, sanciones administrativas, referidos y educación sobre las agencias pertinentes. No obstante, advierten sobre el lenguaje utilizado, particularmente el término “referidos criminales”, al considerar que la mayoría de los estudiantes involucrados en estas situaciones son menores de edad. Por tal razón, recomiendan ajustar el vocabulario legal al marco de la Ley de Menores y promover una intervención fundamentada en el bienestar, la protección y la rehabilitación.

La CPM enfatiza la necesidad de que el protocolo contemple la participación de profesionales como trabajadores sociales, psicólogos y consejeros escolares, quienes puedan ofrecer respuestas adecuadas a la complejidad emocional y social de estos casos. Finalmente, la Coordinadora valora la iniciativa como un avance necesario, en la lucha por ambientes escolares seguros, inclusivos y libres de violencia, y se pone a la disposición del Senado para colaborar en su desarrollo e implementación.

LA OFICINA DE LA PROCURADORA DE LAS MUJERES

La Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) presentó su memorial explicativo en apoyo al Proyecto del Senado 175, destacando su importancia como medida de política pública para atender la violencia en el noviazgo entre adolescentes desde el sistema educativo. La OPM valida la necesidad de que el Departamento de Educación implemente un protocolo estructurado y específico para el manejo de estas situaciones, incluyendo componentes de prevención, intervención y educación.

En el documento, la OPM contextualiza la medida a partir de estadísticas del CDC y del National Institute of Justice, que evidencian la alta prevalencia de violencia física, emocional y sexual entre adolescentes en relaciones de pareja. Señalan que este tipo de violencia puede manifestarse tanto en persona como de forma digital, y que sus efectos negativos se extienden más allá de la adolescencia, provocando consecuencias graves como deserción escolar, trastornos emocionales, suicidio, embarazos no deseados e infecciones de transmisión sexual.

La OPM expresa que la violencia en el noviazgo no solo constituye un problema individual, sino también un fenómeno social con implicaciones culturales que reproduce patrones de abuso en la vida adulta. Por ello, consideran indispensable la implantación de programas educativos que promuevan relaciones saludables desde etapas escolares tempranas. Además, destaca que la prevención debe incluir estrategias como el fortalecimiento de la autoestima, la educación sobre el consentimiento, el manejo de emociones, la comunicación asertiva y la identificación de señales de alerta.

En cuanto a la aplicación de la medida, la OPM respalda que el protocolo incluya manejo de casos, planes de seguridad, sanciones administrativas y referidos apropiados. También recomienda que se adapten los programas de prevención según el nivel escolar (elemental, intermedio y superior) y que se integre a padres y madres en los procesos educativos, con énfasis en los aspectos sociales y emocionales de la violencia de pareja.

Finalmente, la Procuradora concluye, que el proyecto es fundamental para romper con patrones de violencia antes de que estos se consoliden en la adultez. Reafirma que la OPM avala la aprobación de la pieza legislativa y se pone a disposición de la Comisión para colaborar en su desarrollo e implantación efectiva.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico certifica que el P. del S. 175, no impone obligación económica alguna en los presupuestos de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

La aprobación de la presente medida constituye un acto de responsabilidad social, educativa y moral por parte del Estado, en respuesta a una de las problemáticas más persistentes y devastadoras de nuestra sociedad: la violencia doméstica y la violencia en el noviazgo. Esta medida no solo propone enmendar la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, sino que promueve un cambio estructural en la manera en que las escuelas abordan el bienestar emocional y la seguridad de su comunidad escolar.

Al establecer como obligación del Secretario de Educación el diseño e implementación de un protocolo para el manejo de estas situaciones, se crea un marco de acción concreto que puede marcar la diferencia en la vida de muchas personas jóvenes expuestas a conductas abusivas en sus relaciones. La relevancia de esta iniciativa legislativa se hace aún más evidente al considerar que las escuelas son entornos clave donde se forman actitudes, se modelan relaciones interpersonales y se forjan los valores de la ciudadanía del mañana.

La medida propuesta reconoce esta necesidad y ofrece una respuesta viable, realista y urgente. Incorporar un protocolo uniforme de prevención, manejo y acción frente a estos casos en las instituciones educativas no solo promueve entornos más seguros, sino que empodera a estudiantes, docentes y familias con las herramientas necesarias para actuar con claridad y firmeza ante situaciones de riesgo. Por último, aprobar este proyecto representa una reafirmación del compromiso del Gobierno con la equidad, la justicia y la protección de derechos humanos.

A TENOR CON LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico previo al estudio y consideración del Proyecto del Senado 175, recomienda la aprobación de la medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Brenda Pérez Soto

Presidenta

Comisión de Educación, Arte y Cultura

  1. Ley de Reforma educative de Puerto Rico, Ley 85-2018.

  2. Ley de Declaración del Mes de la Prevención y Alerta de la Violencia en el Noviazgo.

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