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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 3ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. del S. 176

INFORME POSITIVO

12 de Marzo de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Agricultura de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, previo estudio y consideración de la Proyecto del Senado 176 tiene el honor de recomendar a este Honorable Cuerpo Legislativo su aprobación, sin enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 176 tiene como propósito fundamental enmendar el Artículo 8 de la Ley Núm. 26 de 12 de abril de 1941, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Tierras de Puerto Rico”. Esta pieza legislativa busca establecer con claridad que cualquier persona, ya sea natural o jurídica, que presente una propuesta de desarrollo viable y posea la capacidad económica necesaria, pueda optar por un contrato de arrendamiento de terrenos públicos. La medida enfatiza que no se impondrá un límite mínimo de cuerdas para el uso de estos terrenos, permitiendo así una mayor flexibilidad en el desarrollo de proyectos.

La intención detrás de esta enmienda es democratizar el acceso a la tierra para diversos fines, tanto agrícolas como compatibles con la política pública de desarrollo. Al eliminar cualquier ambigüedad sobre la cantidad mínima de terreno requerida, se abre la puerta a pequeños empresarios y agricultores que poseen modelos de negocio innovadores pero de escala reducida. Esto asegura que el potencial productivo de Puerto Rico no se vea limitado por criterios de tamaño que podrían excluir a sectores emergentes de la economía local.

Asimismo, la medida dispone que los criterios para la adjudicación de estos contratos serán establecidos por la Autoridad de Tierras mediante reglamentación interna. Esto garantiza que, aunque se eliminen las barreras de tamaño mínimo, se mantenga un rigor administrativo en la evaluación de la capacidad económica y la viabilidad técnica de los proponentes. El proyecto busca, en última instancia, que el inventario de tierras del Gobierno sea un recurso accesible para todo aquel que tenga la disposición y los medios para ponerlas a producir bajo términos y condiciones justas.

ANALISIS DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 176 propone enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 20 de 9 de abril de 1941, que regula la Junta Examinadora de Candidatos al Ejercicio de la Agronomía y del Colegio de Agrónomos de Puerto Rico. La enmienda busca añadir un nuevo inciso (5) al listado de requisitos para obtener la licencia de agrónomo en Puerto Rico. Este nuevo requisito reconoce como válida la obtención de un título de Bachillerato en Artes en Agricultura Sustentable, siempre que el mismo sea conferido por una institución acreditada por la Junta de Instituciones Postsecundarias (JIP) y se hayan aprobado al menos cuarenta (40) créditos en cursos formales relacionados a esta especialidad.

La exposición de motivos del proyecto subraya la importancia histórica y económica de la agricultura en Puerto Rico, destacando que enfrenta hoy serios retos debido al cambio climático, la degradación ambiental y la pérdida de biodiversidad. Ante esto, se enfatiza la urgencia de evolucionar hacia una agricultura sustentable, entendida como un modelo que armoniza la producción agrícola con la protección del ambiente y el bienestar social. La agricultura sustentable promueve el uso eficiente de recursos naturales, minimiza el uso de agroquímicos y fomenta prácticas responsables que aseguren la viabilidad agrícola a largo plazo.

El proyecto resalta que, para alcanzar esta transformación, se necesita un capital humano capacitado en técnicas agrícolas sostenibles. Se reconoce que los agrónomos juegan un rol clave en este proceso, ya que poseen conocimientos técnicos en manejo del suelo, plagas, conservación de recursos y otras áreas necesarias para diseñar estrategias adaptadas a las condiciones locales. De ahí que se proponga incluir en la ley a aquellos profesionales formados en Agricultura Sustentable como elegibles para licenciarse como agrónomos, ampliando así las oportunidades para quienes optan por esta nueva especialización.

Además de responder a los retos ambientales, la medida busca empoderar a comunidades rurales y fortalecer la seguridad alimentaria del país. La medida enfatiza que una formación académica adecuada permite a los agrónomos acceder a fondos y programas de apoyo, tanto gubernamentales como de entidades sin fines de lucro. Asimismo, se plantea que contar con más profesionales en esta área puede fomentar el emprendimiento local y contribuir al desarrollo económico sostenible.

Para conocimiento general de las compañeras legisladoras y legisladores de ambos cuerpos, así como el público en general, hemos plasmado en este informe un resumen de de los memoriales recibidos.

Departamento de Agricultura de Puerto Rico

El memorial explicativo del Departamento de Agricultura de Puerto Rico expone que la medida legislativa propone enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 20 de 1941 para reconocer el Bachillerato en Artes en Agricultura Sustentable, conferido por una institución acreditada por la Junta de Instituciones Postsecundarias (JIP), como una cualificación válida para obtener la licencia de agrónomo en Puerto Rico, siempre que se hayan aprobado al menos 40 créditos en dicha especialidad.

El DA comienza el memorial destacando su función principal: establecer e implementar la política pública agrícola para promover el desarrollo del sector y asegurar la disponibilidad de alimentos en la Isla. En ese contexto, subraya que el personal que hace cumplir dicha política está compuesto en gran parte por agrónomos licenciados. Estos profesionales desempeñan una diversidad de tareas que requieren conocimiento técnico, científico y regulatorio, razón por la cual el DA se alinea con el criterio del Colegio de Agrónomos de Puerto Rico, afirmando que los agrónomos son científicos de la agricultura.

Entre las tareas que realizan los agrónomos del DA, se enumeran funciones como: análisis de calidad y composición de productos agrícolas, inspecciones de suelos, evaluación de prácticas agrícolas, control de plagas, decomisos, recopilación y análisis de datos estadísticos, así como evaluaciones tecnológicas de equipos e infraestructura. Todas estas labores requieren dominio del método científico, desde la observación y experimentación hasta el análisis objetivo de datos.

El DA enfatiza que es el mayor empleador de agrónomos en Puerto Rico y que necesita que esta profesión continúe creciendo para poder sostener sus funciones. Por ello, está a favor de que se amplíen las oportunidades académicas en esta disciplina, incluyendo la formación en agricultura sustentable. Sin embargo, aclara que esta expansión debe estar alineada con los estándares de calidad y requisitos establecidos por la Junta Examinadora de Candidatos al Ejercicio de la Agronomía, y que se debe asegurar una formación con énfasis científico.

En su recomendación final, el DA sugiere que, antes de continuar con la aprobación del proyecto, se consulte a instituciones con peritaje y jurisdicción en el área, incluyendo la Universidad de Puerto Rico, otras entidades educativas pertinentes, el Colegio de Agrónomos y la Junta Examinadora. El Departamento se muestra deferente a los criterios que emanen de estos organismos especializados, reconociendo que ellos son los más capacitados para determinar los requisitos curriculares y profesionales para ejercer la agronomía.

Dr. Luis A. Tapia Maldonado, Rector de la Universidad de Puerto Rico en Utuado (UPRU)

La ponencia presentada por el Dr. Luis A. Tapia Maldonado, Rector de la Universidad de Puerto Rico en Utuado (UPRU), constituye un sólido respaldo al Proyecto de la Cámara 361, el cual propone enmendar la Ley Núm. 20 de 1941 para permitir que los egresados del Bachillerato en Artes en Agricultura Sustentable —que además hayan completado al menos ocho créditos en biología y ocho créditos en química— puedan cualificar para licenciarse como agrónomos en Puerto Rico. La ponencia expone que esta enmienda no solo es justa, sino que resulta estratégica para fortalecer la soberanía alimentaria, el desarrollo económico rural y la preparación de profesionales agrícolas con una visión integral y sostenible.

La UPR-U expone que es una institución con una misión profundamente vinculada al desarrollo rural, agrícola y ambiental del país. Fundada en 1978 como el Colegio Universitario de la Montaña, UPR-Utuado ha evolucionado hasta convertirse en un centro educativo innovador que responde a las necesidades socioeconómicas de la región central montañosa. Se destaca que la universidad atiende a una población estudiantil en su mayoría de bajos recursos, siendo el 86% recipientes de ayuda económica y el 73% proveniente de hogares con ingresos menores a $30,000 anuales. Esta realidad refuerza el valor social del programa propuesto.

La ponencia detalla la oferta del Bachillerato en Artes en Agricultura Sustentable como una propuesta educativa interdisciplinaria centrada en integrar los pilares de la sostenibilidad: el componente ambiental, económico y social. Este programa permite al estudiante desarrollar competencias para manejar agroecosistemas complejos, diseñar prácticas agrícolas sostenibles, fomentar el emprendimiento y fortalecer la justicia social. El currículo incluye 121 créditos distribuidos en cursos teóricos y prácticos que abarcan agroecología, fitopatología, agronegocios, tecnología agrícola, ciencias del suelo, biología, química, mercadeo de productos agrícolas, entre otros.

La UPR-Utuado sustenta su respaldo en una infraestructura académica y física adecuada. Cuenta con modernos laboratorios, invernaderos, una planta piloto y proyectos de investigación financiados por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) y el Instituto Nacional de Agricultura y Alimentos (NIFA), con una inversión que asciende a más de un millón de dólares. Se destacan proyectos como “Génesis Agroempresarial”, los huertos escolares, programas de adiestramiento docente en agricultura, el programa “Bee Campus” para la conservación de polinizadores, y la iniciativa “UPRU Sostenible” para alcanzar una operación energética basada en fuentes renovables.

El memorial enfatiza que la formación recibida por los estudiantes del programa en Agricultura Sustentable los capacita para cumplir con las funciones de un agrónomo, según definidas por el Colegio de Agrónomos de Puerto Rico. Esto incluye el manejo racional de los recursos naturales, la planificación de sistemas agrícolas, el control de plagas, estudios ambientales y la asistencia técnica a agricultores. Por tanto, se sostiene que negarles el acceso a la licencia profesional sería desconocer la preparación académica y la relevancia social del programa.

En conclusión, el Rector Tapia Maldonado afirma que el Proyecto de la Cámara 361 representa una oportunidad para democratizar el acceso a la profesión de agrónomo, reconociendo nuevas rutas académicas que responden a las realidades del siglo XXI. A su juicio, esta medida no solo es justa para los estudiantes de UPR-Utuado, sino necesaria para fomentar una nueva generación de profesionales agrícolas comprometidos con la transformación del sector agropecuario puertorriqueño hacia un modelo más sostenible, justo y resiliente. La ponencia culmina reiterando el compromiso institucional con el desarrollo agrícola del país y solicitando el respaldo legislativo al proyecto.

Junta Examinadora de Candidatos al Ejercicio de la Agronomía y Agrónomos de Puerto Rico, presentada por su presidenta Luz Eneida Irizarry Mercado (en adelante “Junta”)

En el memorial, la Junta reitera que su función es velar por que quienes aspiren a ejercer como agrónomos tengan una formación académica rigurosa y una preparación científica adecuada. Destaca que las juntas examinadoras, conforme a la Ley Núm. 152 de 2008, están llamadas a establecer los requisitos mínimos de educación profesional, asegurando así que quienes obtienen licencias estén capacitados para cumplir con los estándares de calidad que la ciudadanía merece. Esta responsabilidad incluye garantizar la seguridad alimentaria y el desarrollo agrícola del país, objetivos que, según argumentan, se ven amenazados con el PC 361.

Uno de los puntos centrales de la oposición se basa en que el Bachillerato en Artes en Agricultura Sustentable, como el que ofrece la Universidad de Puerto Rico en Utuado, no cumple con los requisitos que impone el Artículo 5 de la Ley 20-1941. Según dicha ley, los títulos válidos deben ser en Ciencias Agrícolas o campos estrechamente relacionados que incluyan al menos cuarenta créditos en ciencias agrícolas y una sólida base en química, física, biología, matemáticas, entre otras disciplinas científicas. El programa propuesto, en cambio, no posee la misma profundidad científica ni cubre la gama completa de conocimientos requeridos para el ejercicio de la profesión.

En su análisis, la Junta propone una alternativa: que la UPR en Utuado transforme su programa de Agricultura Sustentable en un Bachillerato en Ciencias que cumpla con las disposiciones legales y académicas vigentes. Igualmente, recuerda que existen otras vías disponibles para estudiantes interesados en la agronomía, incluyendo el traslado al Recinto Universitario de Mayagüez o la matrícula en el programa acreditado de la Universidad Interamericana en Guayama.

La Junta advierte que la aprobación del PC 361 podría sentar un precedente que abriría la puerta a egresados de otros programas no científicos (como estudios ambientales, ciencias sociales o educación) a reclamar elegibilidad para licencias profesionales. Esta flexibilización del estándar académico, argumenta la Junta, desnaturaliza la profesión y pone en riesgo la calidad de los servicios agronómicos prestados a la sociedad puertorriqueña.

Sebastián Andrés Segarra Maldonado, representante ante la Junta Universitaria de la Universidad de Puerto Rico en Utuado (UPRU)

La ponencia del estudiante Sebastián Andrés Segarra Maldonado, representante ante la Junta Universitaria de la Universidad de Puerto Rico en Utuado (UPRU), expone una firme defensa del Proyecto de la Cámara 361. Esta medida propone enmendar la Ley Núm. 20 de 1941 para permitir que egresados del Bachillerato en Artes en Agricultura Sustentable puedan obtener la licencia de agrónomo, siempre que cumplan con requisitos adicionales en ciencias básicas.

Desde sus inicios en 1979, el recinto de Utuado ha sido el principal centro docente de educación superior en la región montañosa del centro de Puerto Rico, con un enfoque claro en la agricultura. Sin embargo, por décadas no pudo ofrecer programas a nivel de bachillerato debido a conflictos internos dentro del sistema universitario. Fue en el año 2017 cuando finalmente se estableció el Bachillerato en Artes en Agricultura Sustentable, un programa académico único en la región caribeña, con un enfoque integral en sostenibilidad económica, ecológica y social. Este programa ha graduado a casi 200 estudiantes que hoy promueven la agroecología y la soberanía alimentaria del país.

A pesar de su preparación y compromiso con el desarrollo agrícola sustentable, estos egresados actualmente no pueden incorporarse al Colegio de Agrónomos ni ejercer como agrónomos licenciados, debido a que la Ley 20 exige un grado en ciencias. Esta exclusión ha generado un conflicto institucional, principalmente entre la UPRU y el Recinto Universitario de Mayagüez (RUM), así como con el Colegio de Agrónomos. En un intento por superar esta división, representantes de ambos recintos iniciaron un diálogo dentro de la Junta Universitaria con el fin de encontrar una solución consensuada que diera paso a este proyecto legislativo.

Expone que ete proyecto responde a una necesidad educativa y de equidad regional. Muchos jóvenes interesados en la agronomía no cuentan con los recursos o la posibilidad de trasladarse a Mayagüez o Guayama, las únicas unidades académicas que ofrecen programas actualmente reconocidos por la Junta Examinadora. Al permitir que estudiantes del recinto de Utuado puedan licenciarse cumpliendo con requisitos adicionales, se crea una nueva ruta accesible que no compromete los estándares científicos ni técnicos requeridos para ejercer como agrónomo.

La ponencia concluye resaltando que el PC 361 representa una oportunidad histórica para democratizar el acceso a la profesión de agrónomo, reconociendo los avances en la educación agrícola sustentable, y contribuyendo a la formación de una nueva generación de profesionales agrícolas comprometidos con el desarrollo sostenible de Puerto Rico.

Agrónomo Jorge L. González Ortiz

Con 47 años de experiencia profesional, incluyendo tres décadas en el Servicio de Extensión Agrícola del Recinto Universitario de Mayagüez (RUM), González Ortiz ofrece una perspectiva crítica basada en su conocimiento del sistema universitario, las regulaciones profesionales y los estándares internacionales de la agronomía.

El ponente comienza contextualizando el rol de las Juntas Examinadoras y el Colegio de Agrónomos como entes reguladores cuya función primordial es asegurar que los profesionales licenciados posean una preparación académica sólida, en especial en disciplinas científicas. Cita la Exposición de Motivos de la Ley Núm. 20 de 1941 y la Ley Núm. 152 de 2008, destacando la necesidad de mantener estándares estrictos que garanticen la competencia y el desarrollo profesional continuo de los agrónomos. En ese sentido, señala que la profesión exige no solo vocación, sino también una capacidad intelectual fundamentada en el conocimiento científico profundo adquirido durante estudios universitarios en ciencias agrícolas.

El agrónomo recalca que la Ley 20 establece con claridad que los títulos requeridos para obtener la licencia deben ser Bachilleratos en Ciencias (B.S.), específicamente en áreas como agronomía, suelos, horticultura, zootecnia, entre otras. Enfatiza que un Bachillerato en Artes no posee la misma estructura curricular ni profundidad científica requerida, y que el currículo del programa en Agricultura Sustentable de la UPR-Utuado no cubre áreas esenciales como edafología, fitopatología, entomología, física agrícola, ni economía agraria con enfoque técnico. Por tanto, considera que esta propuesta rebajaría el estándar profesional exigido por la ley y socavaría el prestigio de los agrónomos puertorriqueños, tanto a nivel local como internacional.

González Ortiz advierte que de aprobarse el proyecto, Puerto Rico podría enfrentar consecuencias serias como la pérdida de reconocimiento internacional para los profesionales de la isla, además de crear una división entre agrónomos licenciados con preparación científica rigurosa y otros con títulos en artes, lo cual generaría inequidad en la profesión.

Vista Públicas

La Comisión celebró dos vistas públicas: 18 de marzo de 2025 y 2 de mayo de 2025. Una revisión integral de los documentos sometidos en torno al Proyecto de la Cámara 361 y lo discutido en las vistas públicas revela una tensión legítima entre el deseo de ampliar el acceso a la profesión de agrónomo —especialmente desde la Universidad de Puerto Rico en Utuado— y la necesidad de mantener un estándar científico riguroso que garantice la calidad de los profesionales en este campo. A raíz de ello, surge una solución conciliadora y de avanzada: establecer como requisito obligatorio que todos los aspirantes a obtener la licencia de agrónomo, sin importar el programa de bachillerato cursado, deban aprobar una reválida profesional administrada por la Junta Examinadora de Candidatos al Ejercicio de la Agronomía. Esta medida permitiría armonizar los principios de acceso equitativo con el deber del Estado de garantizar la competencia técnica y científica de los licenciados.

En primer lugar, el propio proyecto reconoce que los egresados del Bachillerato en Artes en Agricultura Sustentable no necesariamente cubren todos los componentes de formación científica incluidos en los programas tradicionales de Ciencias Agrícolas. Por esa razón, el PC 361 establece que los estudiantes de UPR-Utuado deberán haber aprobado cursos de biología y química con laboratorios. Esta incorporación académica es un paso afirmativo, pero no resuelve completamente la preocupación de la Junta Examinadora ni del Colegio de Agrónomos, quienes insisten en que la profundidad científica debe ser evaluada de manera objetiva. La inclusión de una reválida, uniforme para todos los candidatos, garantizaría que ese estándar se cumpla de manera equitativa y rigurosa.

Desde el punto de vista institucional, la Junta Examinadora (según consta en su ponencia) considera esencial que los agrónomos licenciados posean un conocimiento técnico robusto en áreas como edafología, entomología, fitopatología, economía agrícola, manejo de cultivos y sistemas de riego. A su juicio, programas como el de UPR-Utuado no garantizan dicha formación integral. Sin embargo, una reválida que incluya estas áreas como parte de su contenido proveería una evaluación objetiva, validada y estructurada del conocimiento del aspirante, sin importar el título conferido. En lugar de excluir de antemano a quienes provienen de un programa con orientación distinta, se establecería una vara común que todos deben superar para demostrar su idoneidad profesional.

Además, esto resolvería otro de los principales temores planteados por los agrónomos licenciados y por la Junta: la creación de una “doble categoría” de profesionales, con distintos niveles de preparación académica, pero iguales prerrogativas legales. Una reválida uniforme no solo eleva el prestigio de la profesión, sino que también elimina el estigma o desconfianza que pudiera existir hacia egresados de programas no tradicionales. Se trata de una herramienta de validación que permite evaluar competencias reales en lugar de juzgar exclusivamente por el origen académico del título.

CONCLUSIÓN

Por todo lo antes expuesto, la Comisión de Agricultura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien someter su Informe con relación al Proyecto del Senado 176, recomendando su aprobación, sin enmiendas.

Hon. Joe “Joito” Colón Rodríguez

Presidente

Comisión de Agricultura

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