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GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. 	Asamblea                                                                                                    1ra.   Sesión
	Legislativa		                                                    Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 199
INFORME POSITIVO
2 de mayo de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 199, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. del S. 199 tiene como propósito "…enmendar inciso (r) del Artículo 3 de la Ley Núm. 22 de 24 de julio de 1985, según enmendada, conocida como "Ley del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico", a los fines de ampliar y fortalecer los servicios brindados por la antes mencionada institución financiera a los microempresarios, y a los pequeños y medianos comerciantes, mediante el denominado "Programa de Orientación y Capacitación"; derogar el Artículo 2, y reenumerar el Artículo 3, como 2, en la Ley 57-2015; hacer correcciones técnicas en la Ley 22, antes citada; y para otros fines relacionados".

De entrada, es menester señalar la importancia que reviste al proyecto de autos. Estimamos que la Exposición de Motivos de la medida, explica por sí misma lo imperativo de aprobarse, al señalarnos que

[e]l Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico se originó con el objetivo de promover el crecimiento de la economía del sector privado, así como para ofrecer a los empresarios una fuente de crédito comprometida con su florecimiento económico.  Para desempeñar dicha encomienda, se dispuso que este organismo fuere un cuerpo corporativo y político con existencia y personalidad jurídica propia, constituyendo así una instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico. 
Mediante la aprobación de la Ley Núm. 22 de 24 de julio de 1985, según enmendada, se delegó la autoridad al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico para hacer disponibles préstamos directos, garantías de préstamos y fondos para la inversión de las empresas dedicadas a la manufactura, comercio, agricultura, turismo y otras empresas de servicio, entre otras, dándole preferencia a los pequeños y medianos comerciantes puertorriqueños. 

Ahora bien, la Ley 22 fue enmendada con el propósito de crear un denominado "Programa de Orientación y Capacitación", en el Banco de Desarrollo Económico, con el propósito de potenciar el desempeño de esta entidad gubernamental, debido a la situación económica, fiscal y laboral que atraviesa Puerto Rico. Se entendió necesario elaborar legislación que brindara oportunidades para la capacitación y orientación para la población de la Isla, que está contemplando incursionar en el mundo comercial o que ya es un pequeño o mediano comerciante.  

Por tanto, y a los fines de propiciar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Núm. 22, supra, se facultó al Banco, a establecer un Programa de Orientación y Capacitación dirigido a los pequeños y medianos comerciantes, para que reciban adiestramientos sobre asuntos tecnológicos, ambientales y energéticos, entre otros. 
Sin embargo, y tomando en cuenta la reconfiguración económica y comercial que experimenta Puerto Rico, tras el paso de los huracanes Irma y María, entendemos apropiado reconceptualizar las funciones del aludido Programa. No se puede perder de perspectiva que las microempresas, el pequeño y mediano comerciante son la espina dorsal de la economía puertorriqueña. Su capacidad y potencial para generar empleos bien remunerados, es una de las razones por las cuales las economías mundiales apuestan por el otorgamiento de innumerables incentivos a este sector. 

Ciertamente, al día de hoy, el panorama y clima de hacer negocios para el sector de las microempresas, los pequeños y medianos comerciantes se ha tornado cada vez más difícil, colocando a muchos empresarios de dicho sector en la disyuntiva de cerrar o quebrar. Por tanto, considerando la capacidad de este sector para generar empleos bien remunerados, en Puerto Rico se estableció que el plan de desarrollo económico de la isla tendrá como punto focal al pequeño y mediano comerciante.  

En síntesis, el Gobierno de Puerto Rico tiene el firme compromiso de que todo incentivo para crear empleos, o mantener los existentes, así como toda la ayuda disponible para los empresarios y que los apoye a afrontar sus costos operacionales, debe tener como prioridad, en primera instancia, las microempresas, al pequeño y mediano comerciante.  

Lamentablemente, aun a pesar de existir la política pública antes descrita, entendemos que todavía existe espacio para fortalecer la autogestión empresarial en la Isla, brindando la capacitación necesaria para la creación de negocios sustentables que generen nuevos empleos. A tales efectos, nos parece adecuado ampliar y fortalecer los servicios brindados por el Banco de Desarrollo Económico a los microempresarios, y a los pequeños y medianos comerciantes, mediante el denominado "Programa de Orientación y Capacitación". Asimismo, disponemos para que el Banco pueda dar el servicio de asesoramiento y suscribir acuerdos con los programas de Comercio y Exportación; y de Política Pública Energética del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, la Compañía de Fomento Industrial, el Departamento de Agricultura, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y la Oficina del Principal Ejecutivo de Innovación e Información del Gobierno de Puerto Rico, y contratar con terceros dedicados y especializados en consejería y guía empresarial para externalizar los servicios a brindarse.

Así pues, se propone ampliar y fortalecer los servicios brindados por el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, a los microempresarios, y a los pequeños y medianos comerciantes, mediante el denominado "Programa de Orientación y Capacitación".

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para la debida evaluación del proyecto de marras, la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico contó con los comentarios del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, el Centro Unido de Detallistas y el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico. Nadie mostró reparos con la aprobación de la medida objeto de análisis.

En su escrito, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio dijo no tener "…reparos con la aprobación del P. del S. 199". Plantearon que "…en cumplimiento con su política pública y como entidad responsable de implantar y supervisar la ejecución de la política pública sobre el desarrollo económico de Puerto Rico, siempre estará disponible para colaborar con otras agencias y entidades gubernamentales con el fin de impulsar y ayudar al pequeño y mediano comerciante que según se dispone en la exposición de motivos del P. del S. 199 "son la espina dorsal de la economía puertorriqueña"." (Énfasis nuestro).

Finalmente, propusieron enmendar el proyecto, a los efectos de "…uniformar los incentivos y ayudas que provee el gobierno a los pequeños y medianos comerciantes, recomendamos que las definiciones que se incluyan se atemperen a las definiciones de otras leyes como lo es la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como el "Código de Incentivos de Puerto Rico" que en su Capítulo 2 sección 1020.01(61) define a las PYMES como (…)". Así las cosas, sugirieron en lugar de definir Microempresa; Pequeño Comerciante; y Mediano Comerciante, como aparece en el P. del S. 199, que sea como se establece en el Código de Incentivos de Puerto Rico, a saber:

(61) Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES). - son Negocios Exentos, según definido en este Código, que generan un volumen de negocio promedio de tres millones de dólares ($3,000,000.00) o menos durante los tres (3) años contributivos anteriores que preceden al Año Contributivo corriente. Para estos propósitos, y a tenor con la Sección 1061.15 del Código de Rentas Internas, el volumen de negocio será el total generado de las ventas de bienes, productos y servicios sin considerar el costo de los bienes o productos vendidos, por el Negocio Elegible e incluirá el volumen de negocio del grupo controlado, según dicho término lo define la Sección 1010.04 del Código de Rentas Internas, o del grupo de entidades relacionadas, según se define dicho término bajo la Sección 1010.05 del Código de Rentas Internas. Para propósitos de este Código, el término PYMES no incluye a Individuos Residentes Inversionistas, Profesionales de Difícil Reclutamiento, ni los términos Servicios Médicos Profesionales e Investigaciones Científicas Elegibles. El término microempresas se entenderá como aquellas PYMES que generan un ingreso bruto menor de quinientos mil dólares anuales ($500,000.00), y posee siete (7) empleados o menos.

La enmienda fue acogida por la Comisión.

Por su parte, el Centro Unido de Detallistas acotó, en cuanto al ya existente "Programa de Orientación y Capacitación", el cual busca ser fortalecido con este proyecto, que "[b]ajo este Programa, el BDE puede llevar a cabo y activar programas de gestoría de manera que sirva de facilitador en la solicitud y adquisición de licencias, permisos y certificaciones de todo tipo. Esta faceta del Programa constituye la herramienta más significativa, puesto que uno de os mayores retos del sector Pymes encara en el proceso de permisos y obtención y renovación de licencias. Al presente desconocemos cuan funcional y operante ha sido esta herramienta dentro del BDE y a cuantos empresarios ha servido. Sería muy positivo tomar el reto de la agencia sobre este particular, de modo de poder viabilizar y fortalecer esta gesta". En adición, esgrimieron que "[b]ajo el tema de energía, sería muy positivo trabajar programas especiales de orientación y financiamiento de energía renovable y plantas eléctricas, ya que, ante el reto del servicio energético en la Isla, la adquisición de plantas y placas solares constituyen una necesidad en todo negocio".

En fin, reconocieron 

…la presente iniciativa como una necesaria y loable. La propuesta contendida en esta medida es cónsona con la plataforma de gobierno de la Honorable Gobernadora, dirigido a la simplificación, la reducción de costos y fomentar el desarrollo de las empresas PyMES como prioridad en los esfuerzos de desarrollo económico.

Ante lo expuesto, el Centro Unido de Detallistas presenta su endoso al proyecto ante consideración. (Énfasis nuestro)

Finalmente, desde el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico se nos dijo que han "…tomado medidas concretas dirigidas a orientar y capacitar a los microempresarios. El Banco, no tendría inconveniente en continuar fomentando los acuerdos entre las diferentes entidades, tantos públicos como privados, para cumplir con la misión del Proyecto y con su ley habilitadora. Ahora bien, preferimos tener la flexibilidad de orientar y capacitar a los microempresarios u otros participantes ya sea a través del Centro o buscando otras alternativas, que no sean a través del pago obligatorio de cursos".

De hecho, manifestaron que 

…el Banco siempre ha tenido claro que su misión es ayudar a los empresarios en la creación y retención de empleos para el mejoramiento de la economía puertorriqueña. 

Es importante destacar que, entre los programas de financiamiento que ofrece el Banco, se encuentra el préstamo a microempresarios, el cual está dirigido para personas naturales o jurídicas que interesen desarrollar el autoempleo en empresas de cinco empleados o menos. Cónsono con lo propuesto en el Proyecto, el Banco ha identificado el vacío financiero que actualmente existe para los microempresarios. De igual forma, conoce que muchos de los microempresarios, en ocasiones, no tienen el conocimiento necesario para desarrollar el potencial de su negocio al máximo, o carecen de los recursos para poder contratar a expertos en el área de finanzas o negocios. Ejemplo de ello es el acuerdo que se firmó con el Colegio de Contadores Públicos Autorizados (en adelante, "el Colegio"), donde el Banco identifica empresarios para que recursos referidos por el Colegio le sirvan de mentores para desarrollar su negocio. De igual forma, se firmó un acuerdo con el Boys & Girls Club, en miras de ir dándole las herramientas financieras a futuros empresarios.

Otras acciones que el BDE ha tomado en beneficio de los empresarios fue con la apertura del Centro para el Desarrollo Empresarial (el Centro), inaugurado en septiembre del 2024, diseñado con el propósito de ofrecer servicios gratuitos para fomentar la creación y el crecimiento de pequeñas y medianas empresas. El Centro busca aumentar el número de start-ups, proporcionar recursos y capacitación gratuitas, y apoyar en solicitudes de financiamiento de los emprendedores a través del BDE o sus socios financieros, utilizando programas como los establecidos bajo su programa Impulso a Tu Negocio el cual goza del respaldo de los fondos del State Small Business Credit Initiative ("SSBCI"). El Centro surgió tras escuchar a los empresarios que asistieron a los Juntes de Empresarios realizados regionalmente por el BDE, donde expresaron su necesidad de asesoramiento y capacitación gratuita para establecer o ampliar sus negocios. Esta iniciativa forma parte del compromiso continuo del BDE con el desarrollo económico, la innovación y la creación de empleos en Puerto Rico.

De igual forma, el Banco tiene disponible alrededor de $3.8MM en fondos otorgados por el Departamento del Tesoro federal a través del programa SSBCI para technical assitance (SSBCITA). Dichos fondos son utilizados para proveerles asistencia técnica en temas financieros, legales o contables de manera gratuita en la preparación de las solicitudes de financiamiento cuando están en proceso de solicitar un préstamo.

Obsérvese que, nada de lo propuesto en el P. del S. 199 conflige con lo que ya el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico realiza para las PYMES. 

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL  

Del análisis realizado por esta Comisión, a tenor con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", no surge que la medida tenga impacto fiscal sobre las finanzas municipales.

CONCLUSIÓN

Analizado el proyecto en sus méritos, entendemos que el mismo requiere ser aprobado con prontitud. Que no se pierda de perspectiva que es la "…política pública del Gobierno de Puerto Rico el desarrollo del comercio, con énfasis en las pequeñas y medianas empresas, donde intervienen todos los sectores productivos de la Isla, incluyendo el de las organizaciones sin fines de lucro, para que sean competitivas tanto localmente como en el mercado internacional, con el propósito de fortalecer la economía de la Isla y propiciar la creación y retención de empleos". Sin duda, los propósitos que promueven la presentación del P. del S. 199 se encuentran perfectamente alineados con la política pública existente en Puerto Rico, en favor de las PYMES.

Para finalizar, es preciso indicar que la Sección 1 del Artículo III de la Constitución de Puerto Rico, delega a la Rama Legislativa la potestad de aprobar leyes. Por su parte, la Sección 17 del referido Artículo III, delinea el proceso legislativo a observarse para que una legislación presentada se convierta en ley. Asimismo, la Sección 19 del mismo Artículo, establece los requisitos constitucionales relativos a la aprobación de proyectos de ley, por los Cuerpos Legislativos y el Gobernador de Puerto Rico.  
De conformidad con los preceptos constitucionales antes descritos, es imperativo reconocer que la aprobación del P. del S. 199 es un ejercicio válido de la facultad de esta Asamblea Legislativa, según es aquí fundamentado.

Es tarea de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico crear y aprobar política pública, la cual surge como respuesta a los cambios sociales que motivan la actualización del estado de derecho que rige el destino de todos los que aquí residimos. Por ello, podemos concluir que el propósito que origina la presentación de la medida ante nuestra consideración, es una acción cobijada dentro del amplio poder que tiene esta Rama, la cual fuera conferida por nuestros constituyentes.

Por todo lo anterior, la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 199, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

Respetuosamente sometido,



_________________________
Hon. Nitza Moran Trinidad
Presidenta
Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo

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