GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 2 da Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 207
INFORME POSITIVO
13 DE NOVIEMBRE DE 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Educación, tras un exhaustivo análisis y evaluación, recomienda respetuosamente a este Honorable Cuerpo Legislativo la aprobación del Proyecto del Senado 207 (en adelante, P. del S. 207), mediante el presente Informe Positivo e incorporando las enmiendas sugeridas que se detallan en el entrillado electrónico que se acompaña.
El P. del S. 207 tiene como propósito crear la “Ley de Manejo de Estudiantes con Dermatitis Atópica en las Escuelas Públicas y Privadas”, a fin de establecer el procedimiento a seguir en las aulas para el manejo, acomodos y tratamiento adecuado de los estudiantes con dermatitis atópica; prohibir el discrimen por razón de su condición médica; y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
La Exposición de Motivos de la pieza legislativa expone que la dermatitis atópica es una enfermedad crónica de la piel inflamatoria y autoinmune. Afecta a personas de todas las edades, pero es más común en niños. Su diagnóstico está aumentando, con un 10% a 30% de los niños y entre el 2% y 10% de los adultos afectados a nivel mundial. En Puerto Rico, la prevalencia en niños de 6 a 7 años es del 24. 8%. Es una condición genética que afecta las células TH2, que al estar desreguladas provocan inflamación y eccema atópico.
La dermatitis atópica se considera un trastorno multisistémico, ya que también puede causar asma, sinusitis, rinitis alérgica y problemas de conducta. Las personas con esta enfermedad pueden heredar diferentes síntomas en grados variados. Factores ambientales como hongos, polen y polvo del desierto pueden desencadenar brotes en Puerto Rico. Generalmente, comienza en niños de dos meses y tiende a mejorar en la adolescencia, pero si persiste, puede ser más severa. El manejo requiere un equipo de médicos como dermatólogos y alergistas. Muchos pacientes en Puerto Rico no han sido diagnosticados, lo que muestra que es un problema de salud pública. La dermatitis resulta de una combinación de genética, disfunción de la piel, factores ambientales y problemas del sistema inmune. Durante los brotes, se experimenta picor intenso, sequedad y otros síntomas, que pueden afectar el sueño y el rendimiento escolar.
Los niños con dermatitis atópica necesitan atención especial en las escuelas para seguir sus tratamientos y evitar complicaciones de salud. Esta condición utiliza muchos recursos del sistema de salud, lo cual genera altos costos. Debido a la baja tasa de diagnóstico, es considerado un problema de salud pública en Puerto Rico, lo que ha llevado a la Asamblea Legislativa a proponer una Ley para establecer protocolos de manejo en escuelas.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
El P. del S. 207 fue radicado el 8 de enero de 2025 y referido a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico el 16 de enero de 2025. El 10 de abril de 2025, el Senado de Puerto Rico aprobó la medida legislativa y el 28 de abril de 2025 fue referida a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes. Para la evaluación y análisis de la referida medida fueron solicitados Memoriales Explicativos de: Asociación de Psicología de Puerto Rico, Alianza de Apoyo al Paciente con Dermatitis Atópica, Departamento de Educación de Puerto Rico y Departamento de Salud de Puerto Rico.
En cumplimiento con nuestra responsabilidad legislativa y con el propósito de obtener el aporte necesario, se evaluaron y analizaron los memoriales sobre la medida ante nuestra consideración.
A continuación, se presenta un resumen detallado de los comentarios proporcionados por las entidades gubernamentales antes mencionadas:
ASOCIACIÓN DE PSICOLOGÍA DE PUERTO RICO
La Asociación de Psicología de Puerto Rico (en adelante, APPR), representada por su co-cordinadora, la Dra. Kevia Calderón Jorge, presentó ante la Comisión de Educación su posición y recomendaciones sobre el P. del S. 207. Este proyecto propone garantizar el manejo y tratamiento adecuado de la dermatitis atópica en escuelas públicas y privadas, así como prevenir la discriminación relacionada. Los estudiantes con esta condición tendrán derecho a participar plenamente en todas las actividades escolares y recibir los acomodos necesarios para manejar su situación.
El apoyo al P. del S. 207 podría extenderse a otras enfermedades como Psoriasis y Lupus, que también afectan el desempeño académico. Asimismo, la APPR señala potencial confusión o vacíos en el proyecto, como la falta de claridad sobre quién será responsable del monitoreo de los brotes de la Dermatitis Atópica o de la administración de medicamentos a estudiantes que no pueden autoadministrarse. APPR, resalta la importancia de que sólo personal capacitado en medicina asuma estas responsabilidades. También se sugiere que los padres deben mantener informados a Las instituciones educativas sobre la condición y necesidades de sus hijos.
Otras recomendaciones de la APPR incluyen asegurarse de que los estudiantes reciban atención médica adecuada y medicación para manejar su condición, así como educar al personal escolar sobre los problemas relacionados con estas enfermedades y sus efectos. Además, se debe garantizar el acceso a servicios de salud mental para aquellos estudiantes que lo necesiten, ya que el impacto en su salud mental es significativo.
La APPR agradece la atención ante estas preocupaciones y se ofrece para colaborar en el desarrollo de políticas que impacten positivamente a la disciplina de la psicología y a las personas que reciben sus servicios.
CROSS THE GOAL FOUNDATION
Cross the Goal Foundation, representado por la directora ejecutiva de la Alianza De Apoyo Al Paciente Con Dermatitis Atópica, Brenda Gerena, sometió su posición sobre el P. del S. 207, que busca asegurar que los estudiantes con dermatitis atópica reciban el tratamiento y apoyo necesarios en el entorno escolar, prohibiendo cualquier tipo de discriminación por su condición médica.
Cross the Goal Foundation resaltó un aspecto clave de la pieza legislativa en cuanto a que cada estudiante diagnosticado con esta condición debe tener un plan individualizado, elaborado por sus padres, según las indicaciones de su médico, y aprobado por el director de la escuela. Este plan debe incluir acomodaciones para el uniforme, actividades físicas y seguimiento de brotes.
Cross the Goal Foundation propone detallar derechos específicos para los estudiantes, obligaciones para las instituciones educativas y deberes para los padres. Las escuelas deben cumplir con el plan de manejo, y los padres tienen que notificar el diagnóstico y colaborar en la creación del plan. Además, los estudiantes podrán monitorear su condición y administrarse sus medicamentos en la escuela sin restricciones.
La implementación de esta ley beneficiará a los estudiantes al mejorar su calidad de vida, reducir la discriminación y promover la salud pública al gestionar adecuadamente la dermatitis atópica en el entorno escolar. En resumen, la aprobación de esta medida legislativa es un paso hacia una mayor inclusión y beneficio para los estudiantes con dermatitis atópica en Puerto Rico.
DEPARTAMENTO DE SALUD DE PUERTO RICO
El Departamento de Salud de Puerto Rico (en adelante, DSPR) representado por su secretario, el Dr. Víctor Manuel Ramos Otero, MD, MBA, también expresó su posición y recomendaciones sobre el P. del S. 207, que busca crear la Ley de Manejo de Estudiantes con Dermatitis Atópica en las escuelas públicas y privadas.
El DSPR sostiene que es necesario implementar acciones adecuadas para garantizar el bienestar de estos estudiantes en el entorno escolar. Se recomienda que se incluyan las condiciones de dermatitis atópica en el Reglamento del Departamento de Educación, que ya cubre otras condiciones de salud. También, sugiere que las escuelas privadas informen a los padres sobre los protocolos para apoyar a los estudiantes con dermatitis atópica, protegiendo así su rendimiento académico. Por ello, el DSPR apoya el proyecto con las recomendaciones incluidas en su memorial.
DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE PUERTO RICO
Por su parte, el Departamento de Educación de Puerto Rico (en adelante, DEPR), representado por su secretario, Lcdo. Eliezer Ramos Pares, expuso su posición sobre el P. del S. 207, basado en la dificultad que enfrentan los niños con dermatitis atópica, especialmente en las escuelas donde no tienen el cuidado adecuado. El proyecto establece políticas públicas que garantizan a estos estudiantes el manejo y tratamiento necesario en las escuelas, prohibiendo la discriminación por su condición.
El artículo 4 del proyecto prohíbe la discriminación contra estudiantes con dermatitis atópica y asegura su derecho a participar plenamente en actividades escolares. Una vez los padres informen sobre la condición del estudiante, la escuela debe implementar un Plan Escolar de Manejo de Dermatitis Atópica. Este plan se elaborará con la ayuda de los padres y la enfermería escolar, incluyendo un diagnóstico y recomendaciones sobre el autocuidado, síntomas y administración de medicamentos.
El proyecto de ley se centra en las necesidades reales de los estudiantes con dermatitis atópica y exige ajustes razonables en aspectos como uniformes, acceso a servicios sanitarios y la administración de medicamentos durante el horario escolar. También asegura la confidencialidad de la información de estos estudiantes y establece que no se les puede cobrar por los servicios requeridos por la ley. Cobrar por estos servicios se considerará una discriminación y puede resultar en acciones legales.
La Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, reconoce el derecho de todos los estudiantes a recibir una educación pública que promueva su desarrollo y respete sus derechos. La ley estipula que los estudiantes deben recibir los servicios necesarios de acuerdo con su condición y que se les debe garantizar un acomodo razonable. Por lo tanto, los estudiantes no deben ser perjudicados por la falta de orientación o atención adecuada a su salud. En el proceso de matrícula, se solicita información de salud del estudiante para que el personal de enfermería pueda atender sus necesidades. Este personal trabaja con los estudiantes y sus padres para establecer un plan de manejo médico cuando resulte necesario, incluyendo detalles sobre síntomas y medicamentos a usar durante la escuela.
El proyecto enfatiza la importancia de reconocer las necesidades de los estudiantes con Dermatitis Atópica y la necesidad de recursos presupuestarios para fortalecer el Programa de Enfermería Escolar. Este programa es esencial para la implementación de la ley y el éxito de otras iniciativas educativas. En conclusión, el DEPR reconoce que el P. del S. 207 responde a las necesidades de los estudiantes con dermatitis atópica y al deber de la agencia, según dispuesto por la Ley 85-2018. El DEPR entiende que no hay razones para oponerse a este proyecto, y manifestó estar dispuesto a colaborar en su implementación.
DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO
Conforme al análisis y los hallazgos de la medida, la Comisión de Educación considera que su aprobación no tendrá un impacto fiscal significativo en los presupuestos de las agencias, departamentos, organismos, instrumentalidades o corporaciones públicas que requiera certificación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
La Comisión de Educación ha llevado a cabo un análisis detallado de todas las comunicaciones recibidas. Las entidades consultadas han expresado su respaldo a la medida.
La creación de la "Ley de Manejo de Estudiantes con Dermatitis Atópica en las Escuelas Públicas y Privadas" es una medida necesaria y urgente para el desarrollo, cuidado y apoyo a los estudiantes con Dermatitis Atópicas del sistema educativo en Puerto Rico. Al fomentar la colaboración entre estas instituciones, se potenciará el cuidado de los estudiantes y se contribuirá a la construcción de un futuro más prometedor para la educación y protección de los estudiantes. Apoyar esta legislación beneficiará a los estudiantes al mejorar su calidad de vida, reducir la discriminación y educar sobre el tema en el entorno escolar.
POR LO ANTES EXPUESTO, recomendamos la aprobación del P. del S. 207, incorporando las enmiendas sugeridas al título y al contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Tatiana Pérez Ramírez
Presidenta
Comisión de Educación
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.