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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 209
INFORME POSITIVO

10 de abril de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 209, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. del S. 209 tiene como propósito “…enmendar el Capítulo III, los artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18, 25 y 28 de la Ley 171-2014, según enmendada, comúnmente llamada “Ley para Establecer el Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica, el Programa de Desarrollo de la Juventud, y el Programa de Desarrollo y Adiestramiento de la Fuerza Laboral de Puerto Rico dentro del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio”, con el propósito de renombrar el “Programa de Desarrollo Laboral”, como “Conexión Laboral”; actualizar las disposiciones relativas a la normativa federal sobre el manejo y asignación de los fondos otorgados para los servicios y actividades a jóvenes, adultos y trabajadores desplazados; reconfigurar los componentes de la “Junta Estatal de Inversión en la Fuerza” y, a su vez, renombrarla como “Junta Estatal de Desarrollo Laboral”; enmendar el inciso (u) del Artículo 4 del Plan de Reorganización 4-1994, según enmendado, comúnmente llamada como “Plan de Reorganización del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de 1994”, a fin de atemperar dicho Plan, con la presente Ley; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.

De entrada, es menester señalar la importancia que reviste al proyecto de autos. Estimamos que la Exposición de Motivos de la medida, explica por sí misma lo imperativo de aprobarse, al señalarnos que

[c]omo parte del esfuerzo para transformar y reconfigurar la estructura gubernamental, la Ley 171-2014, según enmendada, eliminó a la Administración de Desarrollo Laboral, (ADL), la cual fue creada, originalmente, en virtud de la Ley Núm. 97 de 18 de diciembre de 1991, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Desarrollo y Adiestramiento de la Fuerza Laboral de Puerto Rico”. La ADL se encargaba, entre otras cosas, de alentar y desarrollar el talento de la fuerza laboral, promover la flexibilidad y diversificación de los ofrecimientos de adiestramientos ocupacionales para atemperarlos a los cambios de la economía, las ocupaciones en demanda, los avances del conocimiento y la tecnología, los intereses de la población de grupos y de clientelas específicas, y administrar los fondos federales que se recibían en virtud de la Ley Pública Núm. 105-220 del 7 de agosto de 1998, conocida como la “Ley Federal de Inversión de la Fuerza Trabajadora” (WIA por sus siglas en inglés).

Tomando en cuenta que la ADL promovía el adiestramiento en la fuerza laboral, con una visión de desarrollo socioeconómico, fueron transferidas sus funciones al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), por esta ser, la agencia a cargo de la promoción e impulso de la actividad y el desarrollo económico de Puerto Rico.

La Ley 171-2014, según enmendada, creó en el DDEC, el Programa de Desarrollo Laboral (PDL), a la que se le delegó ejecutar las funciones de la extinta ADL y administrar los fondos federales que recibía de la Ley WIA. De otra parte, el 22 de julio de 2014, la Ley WIA fue derogada por la aprobación de la Ley Pública Federal Núm. 113-128, conocida como la “Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral”, (Workforce Innovation and Opportunity Act, WIOA, por sus siglas en inglés).

Esta, continúa con algunos de los objetivos medulares de la Ley WIA, pero varía en cuanto a la ejecución e implementación de sus propósitos. Actualmente, y a pesar de haber sido derogada, el texto de la Ley 171-2014 hace referencia e incluye disposiciones de la Ley WIA, en lugar de la Ley WIOA, por lo que resulta necesario enmendarla para corregir su contenido.

A su vez, desde que el PDL asumió las funciones de la ADL, el programa ha evolucionado y ha adoptado como nueva imagen la marca de “Conexión Laboral”. Esta única identidad reconocible, facilita al público distinguir de forma visual los recursos disponibles de la Ley WIOA y elimina la disparidad de nombres entre las áreas locales y los centros de gestión única que, a través de todo Puerto Rico, también, implantan las disposiciones de la Ley WIOA. (…).

Expuesto lo anterior, se propone enmendar la Ley 171-2014, según enmendada, para actualizar el nombre por el cual será reconocido el Programa de Desarrollo Laboral, a saber, “Conexión Laboral”, a partir de la aprobación de esta legislación.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para la debida evaluación del proyecto de marras, la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico contó con los comentarios del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) y con los de la Oficina de Servicios Legislativos (OSL). Ambas entidades se expresaron a favor del proyecto. Valga mencionar que, también, se le solicitó memorial explicativo a la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL), pero al momento de la redacción de este informe, aun no habíamos recibido sus comentarios.

En la ponencia sometida por el DDEC, estos esbozaron que “[l]a presente medida es producto de una recomendación del Programa de Desarrollo Laboral con la intención de que se reconozca mediante ley la nueva imagen y marca del programa, ya que Conexión Laboral se ha convertido en una identidad reconocible del programa y facilita al público a distinguir de forma visual el programa para una efectiva comunicación y promoción de la Ley WIOA y servicios del programa”.

Cónsono con ello, endosaron el P. de la S. 209. Específicamente, manifestaron que [a]poyamos la iniciativa de la medida para adoptar como nuevo nombre de “Conexión Laboral” y para armonizar la Ley 171-2014 con las disposiciones vigentes de la Ley Pública Federal Núm.113-128, conocida como la “Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral”, (WIOA, por sus siglas en inglés) en cuanto a la composición y función de la Junta Estatal”. (Énfasis nuestro).

Por su parte, la OSL expresó no tener reparos con el proyecto. Argumentaron que, la facultad de “…revisión, modificaciones o enmiendas a las leyes constituye un ejercicio constitucional fundamental de la Asamblea Legislativa. Por lo que, al amparo de las legislaciones como la que nos ocupa, se establecen sistemas uniformes como parte de la política pública del Gobierno en relación con los procesos y servicios brindados por las distintas agendas públicas. Por lo cual, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico goza de autoridad para aprobar el P. del S. 208 (sic). (Énfasis nuestro).

Así pues, finalizaron entendiendo que “…esta pieza legislativa redunda en un esfuerzo de proveer a la ciudadanía un sistema uniformado y eficiente de gobierno. Por ende, concluimos que no existe impedimento legal para su aprobación…”. (Énfasis nuestro).

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

Del análisis realizado por esta Comisión, a tenor con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, no surge que la medida tenga impacto fiscal sobre las finanzas municipales.

CONCLUSIÓN

Analizado el proyecto en sus méritos, entendemos que el mismo amerita ser aprobado con prontitud. Hoy día, y como parte de política pública de promover e impulsar la actividad económica en Puerto Rico, el Departamento de Desarrollo Económico de Puerto Rico adoptó el término “Conexión Laboral” como marca para ser distinguido en sus gestiones. En ese aspecto, incluir este término en el texto de su ley habilitadora, reflejará un título coherente, conforme a la política del mencionado Departamento.

Por todo lo anterior, la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 209, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

Respetuosamente sometido,

_________________________

Hon. Nitza Moran Trinidad

Presidenta

Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo

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