GOBIERNO DE PUERTO RICO 20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 227 INFORME NEGATIVO 18 de junio de 2025 AL SENADO DE PUERTO RICO: La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 227, no recomienda a este Alto Cuerpo la aprobación de la medida. ALCANCE DE LA MEDIDA El Proyecto del Senado 227, tiene el propósito de enmendar la Sección 1 de la Ley Núm. 170 de 4 de mayo de 1949, según enmendada, con el fin de disponer los requisitos de disponibilidad para la concesión del examen de equivalencia de Escuela Superior; y para decretar otras disposiciones complementarias. INTRODUCCIÓN ANÁLISIS DE LA MEDIDA La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, en adelante, Comisión, como parte de la evaluación y análisis del P. del S. 227, solicitó memoriales explicativos al Departamento de Educación; Instituto de Estadísticas; Instituto de Desarrollo de la Juventud; Universidad Interamericana; Universidad de Puerto Rico. Al momento de redactar el presente memorial, no habíamos recibido el memorial explicativo del Instituto de Estadísticas. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN El Departamento de Educación, en adelante DEPR, expresó en su memorial que este desempeña un papel crucial en la reducción de la deserción escolar. Por lo que tienen el compromiso de fomentar un sistema educativo más inclusivo y equitativo que permita a todos los estudiantes alcanzar su máximo potencial. Indica que, para ello, deben combatir esta problemática social mediante la implementación de políticas, programas y recursos útiles que aborden las causas subyacentes del problema. De igual manera menciona que loa deserción escolar en Puerto Rico es un problema complejo que requiere de un enfoque integral que aborde las causas económicas, sociales, educativas y emocionales. Indica que dado a que la deserción escolar limita las oportunidades de empleo y contribuye al ciclo de pobreza en la Isla, es fundamental continuar desarrollando e implementando estrategias efectivas para apoyar a los estudiantes y sus familias, con el fin de reducir las tasas de deserción y de promover run futuro más próspero para el país. Entiende, que aumentar la frecuencia para el ofrecimiento del examen de semestral a mensual abre las posibilidades a que mas estudiantes puedan obtener su diploma de cuarto año; no obstante señalan que el aumento a una frecuencia mensual, demanda mayores recursos económicos y humanos. Por ejemplo, la Unidad de Exámenes, Diplomas y Certificaciones (en adelante UEDC) está estructurada para tener tres funcionarios en cada Oficina Regional educativa (ORE); sin embargo, al momento solo cuenta con un (1) empleado para estos fines, lo que dificulta la operación efectiva de la administración de este examen en particular. A pesar de estos retos, la UED ofrece el examen de Equivalencia de Escuela Superior (EEES), mas de una vez al semestre en todas las ORE del DEPR. A su vez expresa que la divulgación de los exámenes es mucho mas extensiva que en el pasado y se utilizan los siguientes recursos: Divulgación mediante Comunicaciones Oficiales de los calendarios oficiales de los EEES de todas las ORE. Utilización de las redes sociales de las OREE y del Propio DEPR para divulgar las fechas disponibles e instrucciones y requisitos para completar el proceso. Además de la calendarización de estos exámenes con la ORE, el Programa de Educación para Adultos realiza memorandos de entendimiento (MOU) con diferentes centros de conexión laboral del país. El programa de Educación para Adultos ofrece, además, entre sus servicios, loas tutorías de Ley 217-2003, que prepara a los participanete4s para tomar el examen. La UEDC calendariza las fechas para que lo participantes, una vez terminen las horas complementarias, tomen el examen. Concluyen expresando que necesitarían una asignación de fondos recurrentes para la planificación, dirección y ejecución de este servicio a toda la ciudadanía. UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO La Universidad de Puerto Rico, en un memorial realizado por su Presidente Interino, expresó que reconoce el fin loable del P. del S. 227, y por consiguiente favorece la aprobación de la medida; no obstante dan deferencia a los comentarios y recomendaciones que emita el Departamento de Educación de Puerto Rico, como agencia a cargo de la implementación de la medida. UNIVERSIDAD INTERAMERICANA La Universidad Interamericana de Puerto Rico expresó en su memorial que, aunque de la exposición de motivos del proyecto se puede concluir que la intención legislativa es loable, en cuanto al dar publicidad y hacer más accesible a los jóvenes la posibilidad de tomar el examen de equivalencia de Escuela Superior; la medida no incluye una disposición para asignar los fondos que serán necesarios para cubrir los costos de esta iniciativa. INSTITUTO DE DESARROLLO DE LA JUVENTUD El Instituto del Desarrollo de la Juventud (en adelante IDJ) expresó en su memorial que la educación es ampliamente reconocida como un pilar fundamental para la movilidad económica y ha sido una herramienta clave en la lucha contra la pobreza. Diversos estudios a lo largo de los años han demostrado que existe un vínculo estrecho entre el nivel educativo alcanzado y la posición socioeconómica de una persona (Enchautegui 2007; Ladd y Rivera-Batiz 2006). De hecho, el nivel educativo es un factor determinante en la capacidad de una persona para salir de la pobreza y lograr autosuficiencia económica. Indica que según datos del Puerto Rico Family Data Center desarrollado por el IDJ, al menos 4,510 jóvenes en nuestra Isla entre 16 y 19 años, no están matriculados, ni graduados, ni empleados. Esta realidad representa un obstáculo significativo para lograr estabilidad económica y acceso al empleo formal. De igual manera menciona que en 2023, la diferencia salarial entre trabajadores sin diploma de escuela superior y aquellos con diploma era de $8,900 anuales en promedio, según la Encuesta de la Comunidad de Puerto Rico (Enchautegui, Rosa, & Arroyo, 2019). Además, un informe de la Universidad de Georgetown proyecta que para 2031, el 72% de los empleos en EE.UU. requerirán al menos un grado universitario o algún tipo de entrenamiento especializado (Carnevale, Smith, & Staisloff, 2024). Estas proyecciones evidencian que completar la escuela superior es el requisito mínimo para competir en el mercado laboral y acceder a oportunidades de empleo sostenibles. En 2023, el 67.3% de las familias con bajo pobreza en Puerto Rico eran lideradas por mujeres, representando más de 96,989 personas. El 26% de las mujeres mayores de 25 años bajo los niveles de pobreza no cuenta con diploma de escuela superior. Entre los hombres, la cifra asciende a 37%, o más de 139,000 individuos (Centro de Datos de Familia Puerto Rico, 2022). En cuanto a la deserción escolar, la Fundación Flamboyán informó que entre 2018 y 2022, 15.42% de los estudiantes desertaron, lo que equivale a 3,753 estudiantes que abandonaron la escuela, de un total de 24,332 que debían graduarse. Además, la tasa de ausentismo escolar fue consistentemente mayor entre estudiantes en pobreza, exacerbando las barreras para completar su educación. Según el reporte de deserción escolar de 2024 del Departamento de Educación, la tasa de deserción anual es de 4.55%. Este entiende que la medida representa un propuesta estratégica, para atender esta problemática, no obstante, señala que para que la medida pueda tener un impacto real y duradero, se deben: Identificar la partida de fondos que financiará la implementación del proyecto. Diseñar un plan promocional robusto que incluya pasos claros y específicos para que cualquier persona interesada pueda acceder al examen Asegurar una difusión efectiva del servicio en comunidades vulnerabilizadas. IMPACTO FISCAL MUNICIPAL En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico certifica que el P. del S. 227, no impone obligación económica alguna en los presupuestos de los gobiernos municipales. CONCLUSIÓN Tras un análisis detallado del Proyecto del Senado 227 y de los memoriales sometidos por las distintas entidades, esta Comisión concluye que, aunque el propósito del proyecto es meritorio y responde a una necesidad social apremiante, no es posible recomendar su aprobación en este momento. El Departamento de Educación de Puerto Rico ha expresado con claridad que comparte el objetivo del proyecto de ampliar el acceso al Examen de Equivalencia de Escuela Superior como herramienta para combatir la deserción escolar y promover la movilidad socioeconómica. De hecho, la agencia ya ha tomado pasos afirmativos en esa dirección, aumentando la frecuencia con que se administra el examen y ampliando los mecanismos de divulgación y preparación a través del Programa de Educación para Adultos y las Oficinas Regionales Educativas (ORE). No obstante, el aumento propuesto a una frecuencia mensual implicaría una carga considerable en términos de recursos humanos y económicos, para los cuales el Departamento actualmente no cuenta con la capacidad operativa ni presupuestaria suficiente. Se destacó además que la Unidad de Exámenes, Diplomas y Certificaciones (UEDC), encargada de la administración del examen, opera en condiciones limitadas, con apenas un funcionario asignado en cada región educativa, en vez de los tres que originalmente se contemplan. Esta situación complica aún más la posibilidad de ejecutar con efectividad una medida que requiere una coordinación mensual en toda la Isla. La agencia enfatizó que, para poder cumplir con lo dispuesto en el proyecto, necesitaría una asignación recurrente de fondos específicamente dirigida a esta función, la cual no ha sido considerada ni incluida en la medida. A esto se suma el hecho de que los recientes recortes presupuestarios al Departamento de Educación federal colocan a Puerto Rico en una posición de mayor vulnerabilidad. Ante ese escenario, el Departamento de Educación de Puerto Rico debe ser sumamente responsable y estratégico en la administración de los fondos federales que recibe, pues una utilización inadecuada podría implicar sanciones o la pérdida de acceso a fondos esenciales para su operación. Aprobar una medida sin garantizar los recursos necesarios para su implementación sería actuar de forma temeraria y podría comprometer el cumplimiento fiscal y programático de la agencia. Por su parte, tanto la Universidad de Puerto Rico como la Universidad Interamericana coincidieron en señalar el valor de la medida desde el punto de vista educativo y social. Sin embargo, ambas instituciones también reconocieron que su ejecución depende de la viabilidad fiscal y operativa del Departamento de Educación, y que la legislación propuesta no incluye una disposición que asigne los fondos necesarios. El Instituto de Desarrollo de la Juventud, por su parte, destacó la urgencia de atender la deserción escolar como factor determinante en la pobreza, y validó que esta medida representa una estrategia efectiva. No obstante, también subrayó la necesidad de identificar los recursos económicos que sustenten la política pública que se pretende implementar. En virtud de todo lo anterior, esta Comisión reconoce que el Proyecto del Senado 227 propone una política educativa valiosa y necesaria, que podría tener un impacto positivo real en poblaciones históricamente marginadas. Sin embargo, la ausencia de una fuente de financiamiento clara y adecuada imposibilita su ejecución inmediata. A TENOR CON LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico previo al estudio y consideración del Proyecto del Senado 227, no recomienda la aprobación de la medida. Respetuosamente sometido, Hon. Brenda Pérez Soto Presidenta Comisión de Educación, Arte y Cultura
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.