GOBIERNO DE PUERTO RICO 20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 5 INFORME POSITIVO 2 de junio de 2025 AL SENADO DE PUERTO RICO: La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 5, presenta a este Alto Cuerpo Legislativo el Informe Positivo de la presente medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña. ALCANCE DE LA MEDIDA El Proyecto del Senado 5, tiene el propósito de establecer la Ley de Admisión Automática a la Universidad de Puerto Rico, a fin de disponer de un proceso de admisión automática a la Universidad de Puerto Rico a todo estudiante de cuarto año de escuela superior que se encuentre en el 10% de su clase. INTRODUCCIÓN matrícula de la Universidad de Puerto Rico, pasó de 60,000 estudiantes en el año académico 2016-2017 a 40,000 en el año 2023, afectando tanto su sostenibilidad financiera como su misión educativa. Esta realidad, documentada en datos institucionales y citada por diversos sectores, pone en riesgo la estabilidad de recintos enteros y el acceso a una educación de calidad para miles de jóvenes puertorriqueños. En particular, recintos como Río Piedras y Utuado han sufrido una pérdida sustancial de estudiantes, aunque cabe destacar que el caso de Utuado es mucho más dramático, ya que para los años 2006-2007 contaban con una matrícula de 1,749 y para el año académico 2023-2024, esta cifra se redujo a 335 estudiantes, lo que muestra una pérdida de poco más de un 80% de su matrícula. Ante este escenario, el Proyecto del Senado Núm. 5, se presenta como una propuesta oportuna, innovadora y necesaria. Su objetivo principal es establecer un sistema de admisión automática para los estudiantes de escuela superior que se encuentren dentro del 10% superior de su clase, garantizando una vía directa de acceso a la UPR para jóvenes de alto rendimiento académico. Esta política no solo reconoce el mérito estudiantil, sino que también estimula a las futuras generaciones a esforzarse académicamente desde etapas tempranas de su formación. Los memoriales sometidos por el Departamento de Educación, la Universidad de Puerto Rico, el Instituto de Estadísticas y la Asociación de Educación Privada coinciden en respaldar la medida, reconociendo su potencial para detener la caída de matrícula, promover la equidad educativa y fortalecer el capital humano del país. Estas entidades también reconocen que la implementación del proyecto puede incentivar una mayor colaboración entre los sistemas educativos público y privado, promoviendo la diversidad académica y el respeto por la autonomía institucional. Ciertamente, el P. del S. 5 no es únicamente una respuesta a la crisis de matrícula, sino una afirmación de valores fundamentales como la equidad, el acceso al conocimiento y la promoción del talento local. Aprobar esta medida es dar un paso concreto hacia la protección de la universidad pública, la democratización del acceso a la educación superior y la retención de nuestros jóvenes más prometedores dentro del sistema académico puertorriqueño. ANÁLISIS DE LA MEDIDA La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, en adelante, Comisión, como parte de la evaluación y análisis del P. del S. 5, solicitó memoriales explicativos a las siguientes organizaciones y/o agencias: Universidad de Puerto Rico; Universidad de Puerto Rico, Recinto de Ciencias Médicas; Departamento de Educación; Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; Departamento de Estado; Asociación de Educación Privada de Puerto Rico y Puerto Rico Education Initiative. El Departamento de Estado envió un comunicado indicando no tener injerencia sobre este asunto. Por otro lado, al momento de la redacción de este informe, no habíamos recibido el memorial explicativo de Puerto Rico Education Initiative. UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO La Universidad de Puerto Rico, en adelante UPR, expresó en su memorial su respaldo general al proyecto, por entender que está alineado con su misión institucional de ampliar el acceso a la educación superior de calidad. Reconoce, además, que esta propuesta es cónsona con la nueva Política y Normas de Admisión establecida por la Junta de Gobierno de la UPR mediante la Certificación Núm. 50 (2024-2025), que ya considera rutas tradicionales y no tradicionales para captar estudiantes de diversos perfiles. Esta política incluye admisiones por mérito, talento, diversidad funcional, edad, recursos limitados y otros criterios inclusivos, lo que evidencia el esfuerzo institucional por atender de manera amplia y justa las necesidades del estudiantado. De igual manera expresa, que el proyecto también apunta hacia una transformación positiva del reclutamiento universitario, especialmente en aquellas escuelas superiores que aún no han logrado integrar a sus estudiantes al sistema UPR. Actualmente, la Universidad admite estudiantes de 591 escuelas, pero existen 154 escuelas que no han logrado representación en la matrícula, por lo que esta medida podría servir como un instrumento para corregir esa disparidad. Asimismo, podría contribuir a reducir la deserción durante el primer semestre, al brindar certeza y acompañamiento temprano a los estudiantes admitidos. También presentan algunas recomendaciones claves para garantizar una implementación efectiva. En primer lugar, se subraya la necesidad de que la admisión automática se condicione al mantenimiento del desempeño académico durante el duodécimo grado, para evitar la desmotivación. En segundo lugar, se plantea la importancia de respetar el proceso de selección del programa académico por parte del estudiante, conforme a las normativas federales de admisión a programas específicos. También se señala que deben considerarse las limitaciones de cupo y los requerimientos particulares de ciertos programas académicos, en especial en campos STEM, que exigen mayor preparación y recursos. Por lo que indican que contar con una asignación presupuestaria adecuada le permitirá a la UPR fortalecer su infraestructura, servicios y personal académico para atender el posible aumento en la matrícula sin afectar la calidad educativa ni los estándares de acreditación. En cuanto a aspectos operacionales, estos indican que el proyecto debe permitir que los mecanismos internos de la Universidad, como su plataforma digital para calcular el Índice General de Solicitud (IGS) y las herramientas de orientación académica, continúen teniendo un rol determinante en la selección de programas y recintos. Así se asegura una admisión más transparente, adecuada y personalizada. El memorial también propone ajustes específicos al texto legislativo, como la eliminación de la sección de Admisión Automática Complementaria (Sección 5) y su incorporación como Admisión General, conforme a la política institucional. Cabe señalar que esta recomendación fue atendida por esta Comisión y se incluyó como parte del entirillado electrónico. Finalmente, se destaca la importancia de incluir en la definición de "estudiante elegible" a personas que completan su educación secundaria a través de alternativas como el GED, homeschooling, programas para adultos y escuelas virtuales. Esto asegura la equidad en el acceso a estudiantes que no transitan por el sistema tradicional, pero poseen el mérito académico necesario. Esta recomendación también fue incluida en el entirillado de la medida. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN El Departamento de Educación, en adelante DEPR, menciona en su memorial que uno de los principales méritos de este proyecto legislativo es que busca atender de forma directa y efectiva la dramática reducción en matrícula que ha enfrentado la Universidad de Puerto Rico. Según datos citados, la matrícula en el sistema UPR ha disminuido de unos 60,000 estudiantes en 2016-2017 a aproximadamente 40,000 para el año 2023. En recintos como Utuado, la baja es aún más alarmante, con una reducción de 1,749 a solo 335 estudiantes en el mismo periodo. En este contexto, el P. del S. 5 se presenta como una estrategia concreta para revitalizar y fortalecer la universidad pública mediante la captación de estudiantes talentosos desde las escuelas públicas y privadas del país. Por su parte indica que la medida fomenta la equidad en el acceso a la educación superior, pues beneficia a estudiantes destacados académicamente, muchos de los cuales provienen de comunidades de bajos recursos. Al garantizarles un acceso automático a la UPR, se reducen barreras económicas y de competencia desigual, permitiéndoles proseguir estudios universitarios sin la presión de otros procesos de admisión que podrían limitar sus oportunidades. Menciona que otro valor sustancial del proyecto es que alinea sus objetivos con los principios de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico), al promover políticas de acceso equitativo y garantizar el derecho a una educación de calidad. Asimismo, el proyecto puede fortalecer la continuidad del trayecto educativo de los estudiantes, motivando desde etapas escolares tempranas la aspiración a la universidad, y fomentando una cultura académica de alto rendimiento en las escuelas superiores del país. Expresa que aprobar esta medida legislativa reviste un valor estratégico nacional, ya que no solo atiende una necesidad urgente del sistema universitario, sino que también promueve una política pública afirmativa y efectiva para reducir la fuga de talento y fomentar la retención de estudiantes en instituciones locales. En lugar de perder a los mejores estudiantes ante universidades privadas o extranjeras, la Universidad de Puerto Rico se posicionaría como su primera opción, fortaleciendo su matrícula, diversidad y calidad académica. El DEPR también reconoce que esta medida tiene un potencial transformador sobre el sistema educativo en su conjunto, ya que podría estimular una mayor preparación y rendimiento académico entre los estudiantes de escuela superior. Este efecto en cascada beneficiaría también al Departamento, al alinear las metas curriculares con resultados universitarios concretos y deseables. Si bien el Departamento de Educación plantea algunas recomendaciones (como considerar extender la política a otras instituciones postsecundarias del DEPR para mayor inclusividad), están a favor de la aprobación del proyecto. Concluye reconociendo que el P. del S. 5 promueve la misión educativa del Estado, y reitera su compromiso de colaboración para viabilizar su implementación conforme a derecho. De aprobarse, esta medida legislativa representaría un paso firme hacia una universidad pública más fuerte, inclusiva y competitiva, al servicio de una juventud con aspiraciones y capacidades comprobadas. INSTITUTO DE ESTADÍSTICAS DE PUERTO RICO El Instituto de Estadísticas menciona en su memorial que la medida tiene un fin muy positivo, ya que busca contrarrestar la reducción alarmante en la matrícula universitaria observada en los últimos años y ofrece una vía directa a los estudiantes con alto rendimiento académico para continuar estudios superiores. Desde una perspectiva estadística y educativa, este tipo de política pública representa una herramienta efectiva para fomentar la equidad educativa y la movilidad social, asegurando que el talento local se quede en el país y se canalice hacia la institución universitaria principal del sistema público. El Instituto de Estadísticas valora el proyecto por su potencial de fortalecer la base estudiantil de la UPR, lo cual puede contribuir no solo a su viabilidad financiera a largo plazo, sino también a mejorar su capacidad de planificación estratégica. La medida contempla una implementación uniforme para escuelas públicas y privadas, promoviendo así un marco de equidad en el acceso. Además, al prever notificaciones anticipadas y orientación académica, se aumenta la probabilidad de retención y éxito académico entre los estudiantes admitidos. El Instituto destaca que políticas como esta deben estar acompañadas de mecanismos de consentimiento informado y protección de datos, lo cual se puede lograr sin comprometer los beneficios principales de la medida. Por último, expresa que aprobar el P. del S. 5 es importante porque responde a retos demográficos y educativos reales que enfrenta Puerto Rico. La disminución de la población joven, el descenso en las tasas de retención universitaria y la competencia con universidades privadas hacen urgente una política que fortalezca el sistema público de educación superior. Por lo que entiende que este proyecto representa una inversión en capital humano y un reconocimiento del mérito académico como criterio de acceso a oportunidades. Si se implementa con la debida protección legal y operativa, puede convertirse en un modelo de política pública que articule excelencia educativa con justicia social y eficiencia administrativa. UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO, RECINTO DE CIENCIAS MÉDICAS La Universidad de Puerto Rico, Recinto de Ciencias Médicas (RCM), entiende que no todos sus programas podrían implementar admisión automática, ya que algunos requieren cursos universitarios previos. Sugieren que se especifique en la ley que ciertos programas quedarán excluidos del mecanismo automático. Igualmente, recomiendan precisar la definición de "estudiante" e incluir un procedimiento de solicitud formal. Proponen facultar a la Junta de Gobierno de la UPR a emitir certificaciones reglamentarias y solicitan una cláusula robusta de separabilidad legal. No obstante, avalan el espíritu del proyecto. ASOCIACIÓN DE EDUCACION PRIVADA DE PUERTO RICO La Asociación de Educación Privada de Puerto Rico (AEP), expresó su respaldo a la aprobación de la medida. Este Proyecto de Ley, según indica la Asociación, responde acertadamente a una realidad preocupante: el descenso significativo en la matrícula de la UPR en los últimos años, lo cual pone en riesgo la sostenibilidad de la principal institución de educación superior pública del país. Desde la perspectiva de la AEP, el proyecto representa una herramienta útil y necesaria para retener a los estudiantes más talentosos dentro del sistema público universitario, ofreciendo un incentivo claro para que el estudiantado destacado opte por permanecer en Puerto Rico. La medida también abre la puerta para que la Junta de Gobierno de la UPR extienda el beneficio a estudiantes dentro del 25% superior de su clase, ampliando así las posibilidades de captar más talento local. Esta estrategia puede revitalizar recintos que han sufrido caídas dramáticas en matrícula, como los de Río Piedras y Utuado. Además, la AEP subraya la consonancia entre este proyecto y la política pública vigente, especialmente la Ley 212-2018, que reconoce la diversidad educativa y la importancia de respetar la autonomía de las instituciones educativas privadas. Al permitir que estudiantes provenientes de escuelas privadas acreditadas también puedan beneficiarse del programa de admisión automática, el proyecto respeta la pluralidad del sistema educativo puertorriqueño. Sin embargo, la AEP sugiere enmendar el término "acreditada" por "certificada", ya que la acreditación no es obligatoria en el sector privado. También recomienda que el cálculo del 10% superior se realice por grupo académico en lugar de por clase total, para garantizar equidad entre estudiantes de programas regulares y avanzados. En conclusión, la AEP considera que el P. del S. 5 es una propuesta valiosa que merece ser aprobada, ya que atiende una necesidad real y urgente del sistema universitario del país y promueve el acceso justo a la educación superior. Su aprobación, con las debidas consideraciones, representaría un paso importante hacia el fortalecimiento del sistema educativo puertorriqueño y la retención de talento joven en la Isla. IMPACTO FISCAL MUNICIPAL En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico certifica que el P. del S. 5, no impone obligación económica alguna en los presupuestos de los gobiernos municipales. CONCLUSIÓN El Proyecto del Senado 5 es una herramienta de gran valor que promueve el aumento de admisión de estudiantes en el principal centro docente de la Isla. El aumento de la matrícula de la UPR es fundamental para el desarrollo educativo y sostenibilidad económica de la Institución. Una mayor cantidad de estudiantes matriculados garantiza la sostenibilidad financiera de la Institución, permitiendo que continue ofreciendo educación accesible de alta calidad. Aprobar el Proyecto del Senado Núm. 5 representa una decisión estratégica con efectos trascendentales para el futuro de la educación superior en Puerto Rico. Con esta legislación, se impulsa un modelo inclusivo que reconoce el mérito académico como vehículo de acceso a la universidad, generando oportunidades concretas para jóvenes de todos los sectores sociales. Además, el proyecto brinda una respuesta directa a la crisis de matrícula que amenaza la viabilidad de la Universidad de Puerto Rico y sus recintos. Más allá de sus beneficios administrativos y financieros, esta medida es una manifestación de justicia educativa. Al permitir el ingreso automático de estudiantes sobresalientes, se igualan las oportunidades para quienes han demostrado compromiso académico, independientemente de la institución de la que provengan. Esta política puede contribuir a reducir la fuga de talentos hacia universidades privadas o del extranjero, ayudando a reconstruir una universidad más diversa, robusta y competitiva. Los memoriales presentados coinciden en que la iniciativa tiene un valor incalculable, y que el aprobar la medida es afirmar el compromiso del Estado con la educación como instrumento de desarrollo individual y colectivo. Esta ley fortalecerá a la universidad pública, incentivará el rendimiento académico, y contribuirá al desarrollo económico y social de la Isla. Es, en esencia, una inversión en el presente y en el futuro de Puerto Rico, y debe ser respaldada con visión, responsabilidad y determinación. A tenor con lo antes expuesto, la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico previo al estudio y consideración del Proyecto del Senado 5, recomienda la aprobación de la medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña. Respetuosamente sometido, Hon. Brenda Pérez Soto Presidenta Comisión de Educación, Arte y Cultura
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.