20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 285
INFORME NEGATIVO
18 de septiembre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, no recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación. del P. del S. 285.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El P. del S. 285 propone enmendar la Sección 6041.11 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011), con el propósito de reducir las penalidades impuestas por no rendir ciertas declaraciones informativas, planillas, estados de reconciliación, informes de transacciones y declaraciones de corredores o negociantes de valores; y para otros fines relacionados.
ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 285 propone enmendar la Sección 6041.11 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley Núm. 1-2011) con el propósito de reducir la penalidad impuesta por incumplimiento en la radicación de declaraciones informativas, planillas, informes de transacciones y otros documentos requeridos, de quinientos dólares ($500) a cincuenta dólares ($50).
Esta propuesta responde a un reclamo de sectores comerciales y profesionales que han identificado dicha penalidad como una carga onerosa, particularmente para las pequeñas y medianas empresas (PyMEs).
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, como parte del estudio y evaluación del P. del S. 285, solicitó memoriales explicativos al Departamento de Hacienda, la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, La Oficina de Gerencia y Presupuesto; y La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico.
El 15 de julio de 2025, entre las 10:11 a.m. y la 1:08 p.m., la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA, bajo la presidencia de la Hon. Migdalia Padilla Alvelo, llevó a cabo una vista pública en el Salón de audiencias Roberto “Bobby” Rexach Benítez para discutir varios Proyectos entre estos el P. del S. 285.
En la Vista Pública, la Sra. Johanna Rohena, expresó no avalar la pieza legislativa. La deponente informó que, como norma general, la imposición de penalidades en el Código tiene el fin de promover el cumplimiento y disuadir la no radicación, toda vez que la falta de cumplimiento tiene su efecto en los recaudos, así como afecta a los contribuyentes que dependen de esta información para cumplir con sus responsabilidades contributivas.
Por otra parte, el memorial del Departamento de Hacienda sostiene que, las penalidades fiscales cumplen una función esencial como mecanismo disuasivo para promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones contributivas, así como para asegurar la radicación electrónica, precisa y oportuna de los documentos requeridos. Una reducción generalizada de dichas penalidades podría menoscabar la capacidad del Gobierno de Puerto Rico para fiscalizar eficazmente y salvaguardar los ingresos del Fondo General.
Asimismo, la agencia advierte que la redacción actual de la medida podría dar lugar a una interpretación retroactiva, lo cual conllevaría la obligación de reembolsar penalidades previamente satisfechas. De igual forma estima que la aprobación de esta disposición tendría un efecto fiscal adverso ascendente a $22 millones anuales.
Finalmente, el Departamento de Hacienda subraya que cualquier enmienda al marco sancionador debe evaluarse en conformidad con los parámetros establecidos en el Plan Fiscal certificado, el cual impone el principio de neutralidad fiscal y requiere la identificación de medidas compensatorias ante cualquier merma en los ingresos del Gobierno de Puerto Rico.
La OPAL, concluye en su informe, que el P. del S. 285 no tendría un impacto fiscal directo en términos de aumento de gasto público, ya que la medida se limita a modificar penalidades por incumplimiento. Sin embargo, advierte que la reducción de dichas penalidades elimina un incentivo importante para el cumplimiento contributivo, lo que podría traducirse en una merma de ingresos al Fondo General. Aunque no se dispone de datos suficientemente detallados para cuantificar este efecto, OPAL señala que la experiencia legislativa demuestra que medidas que refuerzan la fiscalización, como la Ley Núm. 257-2018, han tenido un impacto positivo en el cumplimiento.
En ese caso, las declaraciones informativas aumentaron un 56% entre 2018 y 2019. Por tanto, OPAL sugiere que, aunque el impacto fiscal del P. del S. 285 no pueda estimarse con precisión, su aprobación podría debilitar los mecanismos actuales de cumplimiento y fiscalización, sin ofrecer una alternativa compensatoria clara.
De igual forma durante el cuatrienio anterior se consideró el Proyecto del Senado 735, presentado por el Honorable José L. Dalmau Santiago, el cual proponía una reducción similar en las penalidades contributivas. Aunque dicho proyecto fue aprobado por el Senado en marzo de 2023, no logró completar el trámite legislativo requerido para su aprobación final. Este precedente legislativo evidencia la existencia de reservas sustantivas en torno a este tipo de propuestas, particularmente en lo que respecta a su viabilidad fiscal y su alineación con los objetivos de cumplimiento contributivo.
En ese contexto, diversos organismos gubernamentales y sectores profesionales presentaron memoriales que siguen siendo pertinentes al presente análisis, por lo que esta Comisión los ha considerado como parte del expediente legislativo de referencia.
CONCLUSIÓN
En el proceso de evaluación del P. del S. 285, entidades gubernamentales presentaron ponencias para analizar el impacto y viabilidad de la medida. Las ponencias coincidieron en que, la reducción en las penalidades podría reducir los ingresos del Fondo General.
Ante la incertidumbre en el efecto fiscal y la evidencia previa de que las penalidades fomentan el cumplimiento, no resulta prudente reducirlas sin un análisis cuantitativo exhaustivo.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la no aprobación del P. del S. 285.
Respetuosamente sometido,
Hon. Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.