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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 2da Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. de la C. 288

INFORME POSITIVO

16 de septiembre de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo; previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. de la C. 288, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. de la C. 288, según redactado, tiene como propósito: “…para designar la Carretera PR-39 conocida como la calle Cerra en Santurce del Municipio de San Juan como “Centro Gastronómico y Cultural Metropolitano”; autorizar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico y al Instituto de Cultura Puertorriqueña al desarrollo conjunto de planes de mercadeo, promoción y apoyo de estos sectores; y para otros fines relacionados.

De entrada, es menester señalar la importancia que reviste al proyecto de autos. Estimamos que la Exposición de Motivos de la medida, explica por sí misma lo imperativo de aprobarse, al decirnos que

La calle Cerra tiene una historia rica en desarrollo, transformación y cultura. Esta legendaria calle de Santurce hace más de 3 décadas albergó algunas de las discográficas y oficinas más importantes de la salsa, incluida la famosa Fania Records. Sin embargo, cuando la tecnología y la internet transformaron la industria disquera fueron cerraron los sellos discográficos y las oficinas. Esto contribuyó que la calle fuera descuidada y se convirtió en un área peligrosa y deprimida económicamente. Afortunadamente, en los últimos años, un grupo de empresarios locales ha logrado revitalizar esta histórica calle, a través de la incorporación de nuevos restaurantes, bares y murales.

Además, la calle Cerra se ha convertido en uno de los lugares más emblemáticos y culturales de San Juan y de todo Puerto Rico, siendo representativo de nuestra diversidad y excelencia en gastronomía. La expansión del área con venta de productos locales, la construcción de nuevos locales y el establecimiento de restaurantes y barras, integrando elementos culinarios locales e internacionales en donde brindan una oferta gastronómica exquisita en el área. Parte de las actividades que se ofrecen en la calle es la celebración del Festival “Santurce es Ley” el cual expone a Puerto Rico a nivel mundial, donde se invita a muralistas locales e internacionales a usar la calle como lienzo en blanco para que puedan expresar y realizar su arte.

Su transformación ha sido de gran magnitud convirtiendo la calle Cerra en un lugar de referencia gastronómica y cultural. Su variedad gastronómica es reconocida local e internacionalmente y se perfila como una de las zonas de mayor crecimiento gastronómico, económico y cultural del área metropolitana.

Reconociendo el notable crecimiento gastronómico que ha despuntado en la Isla, junto con la preservación cultural que se encuentra inmersa en este sector de la Ciudad Capital, es meritorio de esta Asamblea Legislativa demarcar la Calle Cerra de Santurce como “Centro Gastronómico y Cultural Metropolitano”, con el fin de reconocer este sector como pilar gastronómico y cultural que a su vez redunde en beneficios económicos para este sector en Santurce.

De igual forma, se busca que se reconozca su aportación a nuestro crecimiento como pueblo para beneficio de estas y futuras generaciones. Con la presente Ley se pretende además realzar el valor turístico de este sector en Santurce con el fin de que la planificación y promoción que se den a los mismos, en virtud de esta Ley, propendan a aportar al crecimiento económico de la región y que se instituya e imparta un sello gastronómico y cultural a la calle Cerra.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para la debida evaluación del proyecto, la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo contó con los memoriales explicativos de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, el Municipio Autónomo de San Juan, el Instituto de Cultura Puertorriqueña y la Junta de Planificación de Puerto Rico.

Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR)

Comienza explicando en su memorial explicativo la Compañía de Turismo de Puerto Rico, que fue fundada con el fin de estimular, promover y regular el desarrollo del sector turístico en Puerto Rico, a la vez que crea y facilita la implementación de política pública para hacer de Puerto Rico un destino único y líder dentro de la industria turística a nivel mundial. En cuanto al P. de la C. 288, la compañía concurre con el autor de la medida en que “la calle Cerra tiene una larga historia de desarrollo, transformación y cultura”. Comentan que, luego del cierre de los sellos discográficos que ubicaban en la calle, han sido testigos de que la misma se ha transformado en un centro gastronómico y cultural. Entienden que la medida ayudaría además al desarrollo de la industria en lugares que no son típicamente reconocidos como turísticos. En vista de lo anterior, la CTPR está de acuerdo con el hecho de reconocer a la calle Cerra como “Centro Gastronómico y Cultural metropolitano”, lo cual sería un impacto positivo para el sector en que se encuentra localizada. Además, informaron que administrativamente, la compañía está reforzando las estructuras regionales atemperando las mismas a las necesidades de los municipios que las componen. Al evaluar la medida, concluyen que la misma tiene un fin loable y es consistente con su política pública. En consideración de lo antes expuesto, la CTPR no tiene objeciones que impidan la aprobación del P. de la C. 288.

Municipio Autónomo de San Juan (MASJ o Municipio)

El Municipio Autónomo de San Juan expone en su memorial explicativo, que reconoce los esfuerzos comunitarios y empresariales que ya se desarrollan de forma orgánica en la Calle Cerra y que el Municipio apoya a través del Proyecto Prueba el Arte en San Juan cuyo objetivo es el de promover la oferta gastronómica de esta calle y otras cuatro zonas de Santurce. Detallaron en su escrito que, Santurce es una de las zonas de desarrollo incluida en el programa de Emprendimiento Capital Económico y contempladas en el Código de Desarrollo Económico del Municipio de San Juan, por lo que la medida propuesta es cónsona con su política de revitalizar zonas reprimidas, mejorar el entorno al rescatar propiedades deterioradas y potenciar su desarrollo al aumentar la actividad comercial y la creación de empleos. Acotaron que, la medida apoya la identidad de la zona fomentando el sentido de pertenencia de los residentes, artistas y comerciantes, e impulsa el turismo y la economía creativa al integrar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico y al Instituto de Cultura Puertorriqueña para promover la zona como destino turístico cultural y gastronómico, lo que ayudará a atraer más visitantes y una mayor inversión privada.

El Municipio cuenta también con el Programa Prueba San Juan y el desarrollo de la 3ra. ruta gastronómica de Prueba el Arte. En ese sentido recomiendan que se estudie la posibilidad de que la medida asigne algunos fondos o incluir disposiciones que contemplen incentivos fiscales y ayudas técnicas o fondos para infraestructura cultural a nivel estatal, que se sumen a los recursos del Departamento de Desarrollo Económico del MASJ. Y, destinar recursos para desarrollar el producto, tales como: señalización, infraestructura vial y de aceras, iluminación, seguridad, limpieza, recogidos de desperdicios y reciclaje, entre otros.

Además, sugieren el que se considere invitar a la comunidad de comerciantes de la zona a someter sus comentarios de manera que la medida responda lo mejor posible a sus necesidades. Igualmente, que se evalúe incluir en la medida parámetros que permitan que esta se convierta en un modelo replicable en el resto de las zonas de Santurce, e integrar la participación comunitaria a través de la Oficina de Planificación y Ordenación Territorial y el Departamento de Desarrollo Económico y Turismo del Municipio, que involucre a residentes, comerciantes y organizaciones locales para que las estrategias de desarrollo respondan a las necesidades de éstos.

De igual forma, sugieren incluir lenguaje que promueva el desarrollo inclusivo, protegiendo a los residentes de largo plazo y pequeños comerciantes de desplazamientos involuntarios debido al aumento de renta, entre otros aspectos. Este tema ha sido objeto de debates públicos en varias zonas de San Juan, entre éstas, la calle Cerra entre otros sectores de Santurce.

Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP)

El Instituto de Cultura Puertorriqueña, reconoce el propósito loable que persigue el P. de la C. 288, mediante la cual se busca promover el valor patrimonial, cultural y turístico de una zona que ha sido revitalizada gracias al esfuerzo comunitario y empresarial. Sin duda, en la actualidad la calle Cerra representa un modelo de la creatividad y del emprendimiento, así como un ejemplo del potencial cultural, económico y artístico de nuestras comunidades urbanas.

La designación de la calle Cerra como el “Centro Gastronómico y Cultural Metropolitano” constituiría un reconocimiento a un proceso de revitalización urbana que ha ocurrido de manera orgánica y que merece el respaldo gubernamental. Coinciden en que esta designación aportaría, no tan solo al desarrollo socioeconómico local, sino también al posicionamiento de Puerto Rico como destino cultural y turístico. No obstante, puntualizan que para lograr cabalmente los objetivos y cumplir con los deberes que pretende asignar esta pieza legislativa, lo que incluye la elaboración de un plan conjunto de desarrollo, promoción, mercadeo, adiestramientos y orientación a los comerciantes, resulta indispensable que se asignen los fondos y recursos para ello. De convertirse en ley, la implementación adecuada y efectiva de lo propuesto, requiere inexorablemente, no solo de voluntad institucional, sino de aquellos recursos humanos y fiscales suficientes para lograr su ejecución.

Debido a lo anterior, recomiendan la aprobación del P. de la C. 288, sujeto a que éste sea enmendado a los fines de asignar los fondos y recursos necesarios para la implementación y ejecución de las iniciativas que éste busca establecer.

Contándose con los recursos requeridos, el ICP consigna su disposición y deseo de aunar esfuerzos con la Compañía de Turismo y con el Municipio Autónomo de San Juan, con el fin de promover el desarrollo de la actividad cultural y socioeconómica en la calle Cerra. Sin duda, esto permitirá convertir esta área en un modelo y referente de desarrollo cultural, turístico, social y económico para otras comunidades de Puerto Rico.

Junta de Planificación de Puerto Rico (JP)

Por su parte, la Junta de Planificación de Puerto Rico, nos trae a la atención el Plan de Ordenación Territorial (POT) del Municipio Autónomo de San Juan, adoptado por la Junta de Planificación el 9 de octubre de 2002, mediante la Resolución Núm. JP-PT-18-1, aprobado por el Gobernador mediante el Boletín Administrativo Núm. OE-2003-16 de 13 de marzo de 2003, el cual contempla los usos propuestos para el área de la calle Cerra en Santurce. No obstante, esta zona también se encuentra sujeta al Reglamento de Zonificación Especial de Santurce, según enmendado en 2003. De acuerdo con el mapa de calificación, el sector correspondiente a la Calle Cerra en Santurce presenta las siguientes zonificaciones:

La existencia de estas calificaciones en el área refiere a que la Calle Cerra cuenta con usos mixtos coexistentes, lo cual respalda su viabilidad como distrito gastronómico y cultural, aunque podría recomendarse su fortalecimiento mediante un Plan Especial o Sectorial con parámetros definidos.

En el proceso de implementación del Plan Sectorial para la calle Cerra se establecieron parámetros específicos relacionados con el desarrollo urbano, movilidad, diseño, control de ruido y manejo de actividades públicas. Por otro lado, nos informan que, el Municipio Autónomo de San Juan mantiene un Convenio de Transferencias de Facultades sobre Ordenación Territorial, donde administra la Jerarquía máxima (Jerarquía III) funciones delegadas de la Junta de Planificación y de la Oficina de Gerencia y Permisos (OGPe), vigente desde el 4 de agosto de 2021. En dicho Convenio se revistió de facultad al Municipio Autónomo de San Juan, para enmendar los Planes de Ordenación conforme a los establecido en el Reglamento Conjunto y los Planes de Área dentro de su jurisdicción, así como enmiendas a reglamentos, delimitaciones y calificaciones en los Reglamentos de Zonificación Especial de Santurce y Condado. Según mencionado anteriormente, la calle Cerra ubica dentro del Mapa de Zonificación Especial del Santurce.

La Junta de Planificación expone que el P. de la C. 288 representa una oportunidad para fortalecer el desarrollo cultural, económico y turístico de la calle Cerra. Entretanto, recomendaron la creación de una Ordenanza Municipal que institucionalice la creación del distrito turístico y cultural, establezca incentivos y promueva activamente la participación de residentes y comerciantes en el proceso. Su implementación requiere una integración efectiva a los instrumentos de planificación y regulaciones existentes. Expresaron que, el redesarrollo en esta zona de Santurce es vital, especialmente en fomentar usos mixtos tanto comerciales como residenciales. La propuesta debe realizarse de forma que garantice el uso y disfrute de ambos, sin el menoscabo del uso residencial y de la comunidad.

Finalmente, recomiendan la aprobación de la medida al reconocer que esta aporta al desarrollo integral de la zona de una manera ordenada, integral y con gran potencial.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

Del análisis realizado por esta Comisión, a tenor con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, no surge que la medida tenga impacto fiscal sobre las finanzas municipales. Las disposiciones que puedan establecerse por el P. de la C. 288, ya se encuentran dentro de los deberes ministeriales del Municipio. Tampoco surge del escrito enviado a esta Comisión, que el municipio señalara de impacto fiscal adicional, sobre el erario municipal. Cabe destacar que, el Municipio Autónomo de San Juan, ya destina recursos fiscales para propósitos similares a lo que busca la medida.

CONCLUSIÓN

Así las cosas, resulta meritorio y procedente darle paso al P. de la C. 288, con las enmiendas que se incluyen en el entirillado electrónico. Los señalamientos del ICP y del Municipio, sobre la asignación de fondos estatales, fueron atendidos incluyendo disponiendo sobre este asunto, en el articulado. Por otro lado, se provee para que el plan cumpla con la Ley 38, supra, lo que atiende el aspecto de participación ciudadana que trajo el Municipio Autónomo de San Juan. De igual manera, en el caso de lo informado por la JP sobre los planes de ordenación y Convenio de Transferencia de Facultades, fue a atendido en las enmiendas a la medida, para que sea cónsono con el ordenamiento jurídico, vigente.

Finalmente, todas las entidades consultadas coincidieron con lo loable de la medida e incluso destacaron las bondades de esta. Por lo tanto, siendo tarea de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico crear y aprobar política pública, la cual surge como respuesta a los cambios sociales que motivan la actualización del estado de derecho que rige el destino de todos los que aquí residimos, podemos concluir que el propósito que origina la presentación de la medida ante nuestra consideración es una acción cobijada dentro del amplio poder que tiene esta Rama, la cual fuera conferida por nuestros constituyentes.

Expuesto ello, y a base de los preceptos constitucionales antes descritos, es imperativo reconocer que la aprobación del P. de la C. 288 es un ejercicio válido de la facultad de esta Asamblea Legislativa, según es aquí fundamentado.

Siendo tarea de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico crear y aprobar política pública, la cual surge como respuesta a los cambios sociales que motivan la actualización del estado de derecho que rige el destino de todos los que aquí residimos, podemos concluir que el propósito que origina la presentación de la medida ante nuestra consideración, es una acción cobijada dentro del amplio poder que tiene esta Rama, la cual fuera conferida por nuestros constituyentes.

Por todo lo anterior, la comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico recomiendan la aprobación del Proyecto de la Cámara 288, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

Respetuosamente sometido,

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Hon. Nitza Moran Trinidad

Presidenta

Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios,

Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo

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