GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 101
31 DE ENERO DE 2025
Presentada por los representantes Méndez Núñez y Ocasio Ramos
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con el desarrollo del funcionamiento y la supervisión de servicios de bienestar social a individuos, familias y comunidades, específicamente de poblaciones especiales tales como los adultos mayores y comunidades marginadas, con el propósito de implantar la política pública que garantice los servicios que requieren estas poblaciones; los beneficios de asistencia económica, rehabilitación física, económica y emocional; la asistencia nutricional y provisión de alimentos; las facilidades de amas de llaves; los centros de cuidado; las instituciones para la atención y rehabilitación de niños con problemas sociales; para combatir el maltrato infantil así como los sistemas de seguridad social; y los servicios enfocados a una mejor calidad de vida.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La misión del Estado en la sociedad moderna es garantizar a sus constituyentes el más alto grado de calidad de vida posible. La salud, la educación, la seguridad, la economía, entre otras tantas áreas son fundamentales para el desarrollo de todos los ciudadanos.
Puerto Rico, en el 2019, se posicionó como la segunda jurisdicción americana con mayor porcentaje de personas mayores de 60 años, con 27.61%. Se estima que, para el 2030, más de 965,000 personas en Puerto Rico tengan más de 60 años. Según datos del mismo año, casi el 40% de nuestros adultos mayores vivían bajo el nivel de pobreza.
En este escenario, el Gobierno tiene la obligación de fomentar la integración y participación efectiva de los adultos mayores en la vida social, económica y comunitaria; así como de ofrecer servicios que se basen en los principios del respeto, autonomía y participación, justicia, equidad, seguridad y protección hacia el adulto mayor. Sin duda, resulta necesario mejorar la calidad de vida de los adultos mayores en Puerto Rico a través de un enfoque holístico y participativo, que promueva la inclusión de estos en todos los aspectos de nuestra sociedad garantizando su bienestar integral.
Asimismo, el Gobierno tiene la responsabilidad de garantizar y promover el bienestar integral de los niños y niñas en Puerto Rico, invertir en programas de cuidado infantil y educación temprana que apoye el desarrollo de estos, así como luchar contra la pobreza infantil y la violencia intrafamiliar.
Además, es necesario proporcionar a los individuos, familias y comunidades más vulnerables las herramientas y el apoyo necesario para superar las barreras económicas y sociales, promover un entorno seguro y fomentar su desarrollo y el de su entorno.
Estamos en un momento crucial en el que es imprescindible darle un giro en la dirección correcta a la forma en que el Estado responsablemente debe responder a sus constituyentes. Por tal motivo, la Cámara de Representantes de Puerto Rico entiende que es menester impostergable que esta Comisión lleve a cabo los estudios e investigaciones que se ordenan en esta Resolución, de tal forma que se puedan hacer las recomendaciones pertinentes a todos los organismos que componen las tres ramas de gobierno.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con el desarrollo del funcionamiento y la supervisión de servicios de bienestar social a individuos, familias y comunidades, específicamente de poblaciones especiales tales como los adultos mayores y comunidades marginadas, con el propósito de implantar la política pública que garantice los servicios que requieren estas poblaciones; los beneficios de asistencia económica, rehabilitación física, económica y emocional; la asistencia nutricional y provisión de alimentos; las facilidades de amas de llaves; los centros de cuidado; las instituciones para la atención y rehabilitación de niños con problemas sociales; para combatir el maltrato infantil así como los sistemas de seguridad social; y los servicios enfocados a una mejor calidad de vida.
Sección 2.-La Comisión, conforme dispone el Reglamento de la Cámara de Representantes, puede citar a cualquier persona natural o jurídica, o entidad gubernamental, organizaciones con o sin fines de lucro, que haya tenido o tenga cualquier clase de relación o conexión en los asuntos especificados en la Sección 1 de esta Resolución.
Sección 3.-La Comisión, además, podrá realizar todos los estudios, investigaciones, reuniones, citaciones, solicitudes de producción de documentos, solicitudes de información, requerimientos, e informes que entienda necesarios y podrá investigar cualquier asunto que entienda pertinente para cumplir con lo dispuesto en esta Resolución.
Sección 4.- La Comisión rendirá a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estime necesarios o convenientes en los que incluyan sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterá un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.
Sección 5.-Esta Resolución tendrá vigencia al momento de su aprobación.
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