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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma Asamblea 1 ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 300

INFORME POSITIVO

16 DE MAYO DE 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tras el correspondiente análisis y evaluación, recomienda respetuosamente a este Honorable Cuerpo Legislativo la aprobación del Proyecto de la Cámara número 300 (en adelante, P. de la C. 300), incorporando las enmiendas sugeridas que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. de la C. 300 dispone para establecer la “Ley de Justicia Laboral para los Directores Escolares”; enmendar el inciso b. del Artículo 4.01 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; ordenar se atemperen los reglamentos que así sea pertinente; a los fines de reconocer y premiar la labor tan neurálgica que desempeñan nuestros Directores de Escuela en el Sistema de Educación Pública, disponiendo para que éstos puedan advenir a ostentar una posición de carrera como tales y para otros fines.

INTRODUCCIÓN

La Ley Núm. 85-2018, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” (en adelante, Ley 85-2018), establece la estructura operativa del Departamento de Educación y reconoce la relevancia del Director Escolar en la administración y liderazgo de los planteles. Con el objetivo de garantizar estabilidad laboral para estos profesionales, la Asamblea Legislativa propone la creación de la “Ley de Justicia Laboral para Nuestros Directores Escolares”. Esta medida dispone que los nuevos directores sean nombrados por el Superintendente Regional por un período inicial de un año, con la posibilidad de renovación por hasta tres años adicionales, sujeto a evaluaciones de desempeño. Si cumplen con los requisitos y superan las evaluaciones correspondientes, podrán acceder a una posición de carrera en el sistema educativo.

Asimismo, la ley establece los criterios de cualificación requeridos para ocupar el cargo de Director Escolar, incluyendo experiencia pedagógica y administrativa, y ordena al Departamento de Educación revisar y ajustar sus reglamentos en un plazo de seis meses para dar cumplimiento a esta nueva disposición.

Este análisis legislativo en torno al P. de la C. 300 responde a la necesidad urgente de profesionalizar y brindar estabilidad al rol de director escolar, una figura esencial para el desarrollo y la eficacia del sistema educativo público de Puerto Rico. Como parte del proceso de evaluación de la medida, esta Comisión ha recibido memoriales explicativos y ponencias de diversas entidades del sector educativo, cuyas opiniones y recomendaciones fueron cuidadosamente consideradas y analizadas para emitir una conclusión fundamentada y una recomendación responsable sobre el curso legislativo de esta propuesta.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

El P. de la C. 300 fue radicado el 3 de febrero de 2025 y referido a la Comisión de Educación el 29 de abril de 2025.

Para la evaluación y análisis de la referida medida fue celebrada una (1) Vista Pública, así como presentado Memoriales Explicativos de: Asociación de Maestros de Puerto Rico, Educadores Puertorriqueños en Acción, Inc., y el Departamento de Educación. En cumplimiento con nuestra responsabilidad legislativa y con el propósito de obtener el aporte necesario dichos memoriales fueron evaluados y analizados para propósitos de la redacción de este informe bajo nuestra consideración.

A continuación, se presenta un resumen detallado de los comentarios proporcionados por las asociaciones y entidades gubernamentales antes mencionadas.

ASOCIACIÓN DE MAESTROS DE PUERTO RICO

La Asociación de Maestros de Puerto Rico (AMPR), (en adelante, “la asociación” o “AMPR”), a través de su presidente, Prof. Víctor M. Bonilla Sánchez, presentó su memorial explicativo para presentar sus comentarios sobre el P. de la C. 300.

La Asociación es una organización sin fines de lucro dedicada a promover y defender el derecho de toda persona a una educación pública gratuita. Su enfoque principal es la defensa de la educación pública, el magisterio y los estudiantes de Puerto Rico. La AMPR es una entidad centenaria formada por miles de miembros, que, entre otros, laboran como maestros, personal docente para el Departamento de Educación. Su misión es agrupar a los trabajadores de la educación para garantizar y promover sus mejores intereses. La AMPR y su Local Sindical son el Representante Exclusivo de la Unidad Apropiada Magisterial y por ende no representa personal en puestos de supervisión, según definido en la Ley 45-1998, según enmendada, como lo son los directores escolares.

La AMPR, agradece la oportunidad de expresar su posición respecto al P. de la C. 300. Estos reconocen la importancia de la justicia laboral y de mejorar las condiciones de todos los empleados públicos del sistema educativo, no obstante, no expresan un respaldo directo a la aprobación del proyecto, ya que manifiestan que su representación legal excluye al personal con funciones de supervisión (como los directores escolares), por lo cual, prefieren dejar en manos de las agencias y oficinas pertinentes cualquier decisión sobre el impacto de este proyecto. En conclusión, se abstienen de apoyar la medida directamente.

EDUCADORES PUERTORRIQUERÑOS EN ACCIÓN, INC

La organización Educadores Puertorriqueños en Acción, Inc. (en adelante, EPA), representada por su presidente, Dr. Luis Orengo Morales y su Director Ejecutivo Profesor Domingo Madera Ruiz, presentó propuestas en torno al P. de la C. 300. Esta organización sin fines de lucro, fundada en 1978, agrupa a unos 2,500 miembros del sistema educativo, incluyendo aproximadamente 400 directores escolares. EPA expresó preocupación por los efectos de la Ley Núm. 85 de 2018, que impide que los directores nombrados tras su promulgación adquieran estatus regular, lo que ha generado inestabilidad laboral y desmotivación. Por ello, respaldan la propuesta de la “Ley de Justicia Laboral para los Directores Escolares” y sugieren enmiendas como: reducir el período de prueba de tres (3) a dos (2) años, añadir una evaluación al concluir ese tiempo, conceder estatus regular a quienes ya han cumplido cuatro (4) años con evaluaciones positivas, y establecer una carrera gerencial para directores. Consideran que estas medidas promoverán justicia laboral, mejorarán la retención y motivación del liderato escolar, y fortalecerán la administración educativa. Parte de sus recomendaciones fueron acogidas por la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, como parte del entirillado que se acompaña.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

El Departamento de Educación, representado por su secretario, Lcdo. Eliezer Ramos Parés, presentó su memorial explicativo en apoyo al P. de la C. 300, el cual busca fortalecer el sistema educativo mediante la profesionalización y estabilización del rol de los directores escolares. Esta medida es necesaria debido a la importancia del director como figura clave en la gestión escolar, su liderazgo en la administración de recursos, evaluación docente y vinculación con la comunidad. Además, propone brindar estabilidad laboral tras un período probatorio exitoso, con el fin de fomentar el compromiso y reducir la incertidumbre que actualmente afecta a muchos directores. El proyecto también responde al déficit de directores permanentes en el sistema, al establecer mejores condiciones laborales para atraer y retener talento. Asimismo, contempla un sistema de evaluación rigurosa del desempeño, promoviendo la rendición de cuentas y la mejora continua. El Departamento apoya la iniciativa con la condición de que los nombramientos permanentes se realicen solo si existen plazas disponibles, reafirmando su compromiso con esta política pública que busca garantizar un liderazgo escolar sólido y sostenido.

DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO

Conforme el análisis y los hallazgos de la medida, la Comisión de Educación entiende que la aprobación de esta medida no tendrá impacto fiscal sobre los presupuestos de las agencias, departamentos, organismos, instrumentalidades, o corporaciones públicas, que amerite certificación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.

No obstante, la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (en adelante, OPAL), rindió el Informe 2025-50, sobre el impacto económico de esta medida, en marzo 2025. La OPAL concluye en su informe que esta medida no representa un impacto fiscal.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

La Comisión de Educación ha realizado un análisis de todas las comunicaciones recibidas en torno al P. de la C. 300, por lo cual concluye, que esta medida representa un paso firme y necesario hacia la justicia laboral y el fortalecimiento del liderato escolar en el sistema de educación pública de Puerto Rico. El reconocimiento del rol crucial que desempeñan los directores escolares, junto con la posibilidad de acceder a una posición de carrera sujeta a evaluación, promoverá la estabilidad, el compromiso y la efectividad en la administración educativa.

La medida ha recibido el respaldo del Departamento de Educación y organizaciones como Educadores Puertorriqueños en Acción, quienes coinciden en que esta legislación corregirá deficiencias previas, retendrá talento capacitado y mejorará el funcionamiento de nuestras escuelas. Además, esta medida no representa un impacto fiscal.

Por lo tanto, la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, recomienda la aprobación del P. de la C. 300, con las enmiendas sugeridas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Tatiana Pérez Ramírez

Presidenta

Comisión de Educación

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