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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma Asamblea 1 ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 122

3 DE ENERO DE 2025

Presentada por los representantes Méndez Núñez y Pérez Ramírez

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la orientación, objetivos y métodos del sistema público de enseñanza; la reglamentación, supervisión y acreditación de los servicios educativos de escuelas e instituciones privadas; la educación, orientación y rehabilitación vocacional; la difusión de la educación y la cultura; los servicios, becas y ayudas a estudiantes; la reglamentación, acreditación y creación de condiciones que inspiren y mejoren al maestro y el desarrollo de servicios complementarios a la instrucción para su mayor efectividad; la dirección, administración, investigación y enseñanza universitaria incluyendo facilidades y equipo; y las organizaciones sin fines de lucro, incluyendo las que manejan el conocimiento tales como las universidades, instituciones que viabilizan las contribuciones del sector privado; así como sobre todos los asuntos relacionadas a los programas educativos y servicios para la población de educación especial y con diversidad funcional; y la implantación de la política pública que garantice la prestación de servicios, educación especializada, terapias, rehabilitación vocacional y todo esfuerzo para que esta población pueda encaminarse a una vida independiente.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La misión del Estado en la sociedad moderna es garantizar a sus constituyentes el más alto grado de calidad de vida posible. La salud, la educación, la seguridad, la economía, entre otras tantas áreas son fundamentales para el desarrollo de todos los ciudadanos.

La Ley 85-2018, según enmendada, conocida como Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, reformó el sistema de educación en Puerto Rico dando un paso en la dirección correcta para mejorar el sistema. introduciendo cambios significativos con el propósito de mejorar su funcionamiento. El objetivo de la reforma es “poner los mejores intereses de los estudiantes por encima de todo, para que puedan recibir una educación de calidad que les permita desarrollar al máximo sus capacidades y convertirse en adultos plenos contribuyendo al bienestar de nuestra sociedad desde todos los ámbitos.”

El andamiaje educativo aún atraviesa retos importantes que requiere pronta atención, de manera que verdaderamente se pueda proveer una educación de excelencia a tono con los tiempos modernos, acabar con la burocracia en el Departamento de Educación y poner a los estudiantes primero, dándole las herramientas necesarias para triunfar y ser agentes de cambios positivos para Puerto Rico.

Estamos en un momento crucial en el que es imprescindible darle un giro en la dirección correcta a la forma en que el Estado responsablemente debe responder a sus constituyentes. redefinir las estrategias mediante las cuales el Estado atiende las necesidades educativas de la ciudadanía. Por tal motivo, la Cámara de Representantes de Puerto Rico entiende que es menester impostergable que esta Comisión lleve a cabo los estudios e investigaciones que se ordenan en esta Resolución, de tal forma que se puedan hacer las recomendaciones pertinentes a todos los organismos que componen las tres ramas de gobierno.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Ordenar a la Comisión de Educación realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la orientación, objetivos y métodos del sistema público de enseñanza; la reglamentación, supervisión y acreditación de los servicios educativos de escuelas e instituciones privadas; la educación, orientación y rehabilitación vocacional; la difusión de la educación y la cultura; los servicios, becas y ayudas a estudiantes; la reglamentación, acreditación y creación de condiciones que inspiren y mejoren al maestro y el desarrollo de servicios complementarios a la instrucción para su mayor efectividad; la dirección, administración, investigación y enseñanza universitaria incluyendo facilidades y equipo; y las organizaciones sin fines de lucro, incluyendo las que manejan el conocimiento tales como las universidades, instituciones que viabilizan las contribuciones del sector privado; así como sobre todos los asuntos relacionados a los programas educativos y servicios para la población de educación especial y con diversidad funcional; y la implantación de la política pública que garantice la prestación de servicios, educación especializada, terapias, rehabilitación vocacional y todo esfuerzo para que esta población pueda encaminarse a una vida independiente.

Sección 2.-La Comisión, conforme dispone el Reglamento de la Cámara de Representantes, puede citar a cualquier persona natural o jurídica, o entidad gubernamental, organizaciones con o sin fines de lucro, que haya tenido o tenga cualquier clase de relación o conexión en los asuntos especificados en la Sección 1 de esta Resolución.

Sección 3.-La Comisión, además, podrá realizar todos los estudios, investigaciones, reuniones, citaciones, solicitudes de producción de documentos, solicitudes de información, requerimientos, e informes que entienda necesarios y podrá investigar cualquier asunto que entienda pertinente para cumplir con lo dispuesto en esta Resolución.

Sección 4.- La Comisión rendirá a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estime necesarios o convenientes en los que incluyan sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterá un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.

Sección 5.-Esta Resolución tendrá vigencia al momento de su aprobación.

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