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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

R. de la C. 123

INFORME FINAL

26 de enero de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad de atender los asuntos que inciden directamente en el desarrollo, la seguridad y la calidad de vida de los municipios bajo su jurisdicción, somete el presente Informe Final, el cual recoge los hallazgos, conclusiones y recomendaciones producto de la investigación realizada.

ALCANCE DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara 123 tiene el propósito de:

Para ordenar a la Comisión de la Región Metro de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación abarcadora en torno al proceso de otorgación de permisos, consulta de ubicación, procedimientos adjudicativos ante la Oficina de Gerencia y Permisos así como solicitudes y/o enmiendas de permisos, impacto social y ambiental correspondiente a la operación de la planta dosificadora de asfalto en el Barrio Guaraguao del Municipio de Guaynabo. El análisis aquí encomendado incluirá además cualquier actividad relacionada a una extracción en la Cantera Estrella que conlleve detonaciones controladas según propuesto por las compañías DB Asphalt & Recycling LLC, Arenero Estrella, Inc. y Empresas Ortiz Brunet; y para otros fines relacionados.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara 123 ordena a la Comisión de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación abarcadora en torno al proceso de otorgación de permisos, consultas de ubicación, procedimientos adjudicativos ante la Oficina de Gerencia y Permisos, así como el impacto social y ambiental relacionado con la operación de una planta dosificadora de asfalto y la reactivación de la Cantera Estrella en el Barrio Guaraguao del Municipio de Guaynabo.

Del análisis del expediente legislativo de la medida surge que la investigación encomendada a la Comisión atendía preocupaciones legítimas de residentes de las comunidades colindantes, relacionadas con la falta de información, la alegada ausencia de participación ciudadana en los procesos de permisos y los posibles efectos adversos en la salud, el ambiente, la seguridad y la calidad de vida de las personas residentes en los barrios Guaraguao, Mamey y Sonadora. Dichas preocupaciones se agravan ante el historial previo de operación de la Cantera Estrella y los impactos que, según la comunidad, se experimentaron durante décadas, incluyendo detonaciones, ruido excesivo, polvo contaminante, daños estructurales a residencias y afectaciones a recursos naturales de la zona.

Si bien el representante que somete el presente informe no ostentaba la presidencia de la Comisión de la Región Metro durante el trámite inicial de la Resolución ni al momento de la celebración de las vistas públicas, este Informe se redacta luego de un examen detallado y responsable del expediente oficial de la Comisión, que incluye documentos sometidos, memoriales, actas de vistas públicas, informes periciales y la información recopilada durante la vista ocular realizada como parte del proceso investigativo.

Del récord legislativo evaluado se desprende que la Comisión ejerció adecuadamente sus facultades investigativas conforme al mandato de la Resolución, citando a las partes concernidas y recopilando información relevante sobre los permisos solicitados, los endosos emitidos, los procesos administrativos seguidos y las evaluaciones ambientales y sociales asociadas a los proyectos propuestos por las entidades privadas involucradas. Asimismo, la información recopilada permitió examinar la interacción entre las agencias gubernamentales con jurisdicción en materia de permisos, ambiente y desarrollo económico, y el grado de cumplimiento con los principios de transparencia, participación ciudadana y debido proceso administrativo.

Este análisis confirma que la Resolución de la Cámara 123 se enmarca dentro de la facultad constitucional de la Cámara de Representantes para fiscalizar la actuación gubernamental y evaluar el uso de procesos administrativos que impactan directamente a comunidades bajo la jurisdicción de la Comisión de la Región Metro. La investigación ordenada resulta particularmente pertinente ante la magnitud del proyecto propuesto, su localización en zonas residenciales y la naturaleza de las actividades industriales y extractivas contempladas, las cuales conllevan riesgos potenciales que ameritan un escrutinio riguroso por parte del Poder Legislativo.

En consecuencia, el presente Informe se fundamenta en el análisis objetivo del expediente legislativo y la evidencia recopilada durante el proceso investigativo, con el propósito de identificar hallazgos, formular conclusiones y emitir recomendaciones dirigidas a garantizar la protección del interés público, el bienestar de las comunidades afectadas y el cumplimiento con la política pública ambiental y de permisos del Gobierno de Puerto Rico.

METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION

Para el cumplimiento del mandato contenido en la Resolución de la Cámara 123, la Comisión de la Región Metro adoptó una metodología de investigación integral, dirigida a recopilar, examinar y analizar información relevante de manera objetiva, transparente y participativa, conforme a las facultades investigativas conferidas a la Asamblea Legislativa.

Como parte de dicha metodología, la Comisión llevó a cabo dos (2) vistas públicas, celebradas el 28 de mayo de 2025 y el 23 de junio de 2025, respectivamente, con el propósito de recibir testimonio directo de residentes de las comunidades afectadas, representantes de entidades privadas y funcionarios de agencias con jurisdicción sobre los asuntos bajo investigación. Durante estas vistas, los deponentes presentaron ponencias orales y escritas que pasaron a formar parte del récord legislativo oficial, permitiendo documentar preocupaciones relacionadas con el impacto social, ambiental, de salud y de seguridad que podría generar la reactivación de la Cantera Estrella y la operación de instalaciones industriales en zonas residenciales.

Asimismo, la Comisión celebró una vista ocular en la Urbanización Montecarlo, el 23 de junio de 2025, la cual permitió a los miembros presentes observar directamente las condiciones del área, la proximidad de las operaciones propuestas a zonas residenciales, centros comunitarios y facilidades de cuidado de adultos mayores, así como la infraestructura vial y de servicios existente. Esta herramienta investigativa resultó esencial para contextualizar la información recibida en las vistas públicas y evaluar de manera más precisa el posible impacto de las actividades objeto de investigación.

Adicionalmente, la Comisión examinó el expediente legislativo completo de la medida, incluyendo las actas oficiales de las vistas públicas y de la vista ocular, memoriales explicativos, documentos sometidos por ciudadanos y organizaciones comunitarias, así como solicitudes de excusa de comparecencia presentadas por partes interesadas. Este análisis documental permitió identificar patrones, inconsistencias y áreas de preocupación recurrentes, así como corroborar la información vertida en los testimonios.

Cabe señalar que, aunque el representante que suscribe el presente Informe no ostentaba la presidencia de la Comisión de la Región Metro al momento de la celebración de las vistas públicas ni de la vista ocular, la redacción de este Informe se fundamenta en una evaluación exhaustiva del récord oficial, incluyendo documentos, actas certificadas y evidencia recopilada durante el proceso investigativo, garantizando así la continuidad institucional y la fidelidad al mandato legislativo original.

En virtud de esta metodología, la Comisión contó con un récord investigativo amplio y sustantivo que sirvió de base para la formulación de los hallazgos, conclusiones y recomendaciones contenidas en el presente Informe Final, dirigidas a proteger el interés público y el bienestar de las comunidades bajo la jurisdicción de la Comisión de la Región Metro.

RESUMEN DE LA PONENCIA

Empresas Ortiz Brunet, Inc.,

Empresas Ortiz Brunet, Inc., en representación de Arenero Estrella, sometió memorial explicativo ante la Comisión de la Región Metro en relación con la Resolución de la Cámara 123, con el propósito de documentar el estatus legal, ambiental y operacional de la cantera ubicada en el Barrio Guaraguao del Municipio de Guaynabo.

Según expuesto, Arenero Estrella inició operaciones de extracción de materiales de la corteza terrestre en el año 1988, cesando dichas operaciones en el 2015. No obstante, la empresa indicó que la cantera cuenta actualmente con todas las aprobaciones gubernamentales necesarias para reiniciar operaciones de extracción y procesamiento de agregados, conforme a los permisos y endosos vigentes expedidos por las agencias con jurisdicción. En particular, se informó que la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) expidió en septiembre de 2022 un permiso formal de extracción con vigencia de cinco (5) años, el cual autoriza una extracción diaria de hasta 3,000 metros cúbicos y reconoce una reserva sustancial de material disponible.

La ponencia detalla que la actividad de extracción cuenta con una recertificación de cumplimiento ambiental vigente, expedida en agosto de 2022, y que el uso de explosivos como método de quebrantamiento de roca está autorizado, siempre que se cumpla estrictamente con la Ley de Explosivos de Puerto Rico, la reglamentación aplicable y los requisitos de agencias estatales y federales, incluyendo OSHA y MSHA. Se describieron, además, múltiples medidas de seguridad, notificación previa, supervisión técnica y mitigación de impactos dirigidas a proteger la salud, la seguridad y las propiedades colindantes.

Asimismo, Empresas Ortiz Brunet informó que, como medida preventiva y de transparencia, contrató a la firma Sauls Seismic, LLC para realizar inspecciones estructurales a residencias ubicadas dentro de un radio aproximado de 1,500 pies del área de extracción, con el fin de documentar condiciones preexistentes antes del reinicio de las operaciones. Según la empresa, estas acciones responden a su obligación estatutaria de minimizar riesgos y evitar impactos adversos sobre las comunidades cercanas.

En cuanto a la instalación de una planta dosificadora de asfalto, la ponencia aclara que dicha propuesta fue formalmente desistida. Se indicó que la solicitud de consulta de ubicación presentada originalmente ante la OGPe fue retirada y que, en febrero de 2025, se archivó la resolución administrativa correspondiente, por lo que no existe al presente intención de instalar ni operar una planta de asfalto en Arenero Estrella. El curso de acción actual de la empresa se limita exclusivamente a la reactivación de la cantera para fines de extracción y procesamiento de agregados.

Finalmente, la empresa resaltó su trayectoria de más de seis (6) décadas en la industria de extracción y procesamiento de agregados y sostuvo que la reactivación de Arenero Estrella responde a la alta demanda de materiales de construcción asociada a proyectos de infraestructura financiados con fondos federales de recuperación tras los huracanes Irma y María, reiterando que cuenta con los permisos y endosos requeridos para operar conforme al marco legal y ambiental vigente.

Ponencias en Vista Pública

Durante el trámite de la Resolución de la Cámara 123, la Comisión de la Región Metro recibió ponencias escritas y testimonios de residentes y representantes comunitarios de los barrios Guaraguao, Mamey, Sonadora y sectores aledaños del Municipio de Guaynabo, quienes expresaron su oposición a la reactivación de la Cantera Estrella, propiedad de Empresas Ortiz Brunet, Inc.

Entre los deponentes se destacó el Rev. José M. Matos Hernández, pastor de la Iglesia Cristiana (Discípulos de Cristo) en Sonadora Alta, quien compareció en representación de comunidades de Guaynabo Campo. En su ponencia, el deponente manifestó que la ubicación de la cantera resulta incompatible con el bienestar comunitario, al encontrarse rodeada de zonas residenciales habitadas por familias, niños, adultos mayores y personas con condiciones de salud. Señaló que, si bien reconocen la importancia de la infraestructura para el desarrollo del País, el llamado “progreso” no debe imponerse a costa de la salud, la seguridad, la dignidad humana ni del ambiente.

Asimismo, el deponente relató experiencias pasadas asociadas a la operación previa de la cantera, incluyendo explosiones, emisiones de polvo, ruido excesivo, tránsito constante de camiones pesados y daños estructurales a residencias, los cuales —según indicó— han dejado una huella de temor y ansiedad persistente en la comunidad. Se expresó preocupación por los posibles impactos en la salud respiratoria de residentes, particularmente de adultos mayores y personas con padecimientos crónicos, así como por el riesgo ambiental a cuencas hidrográficas y especies endémicas de la zona.

De igual forma, la Coalición Pro Casa Común Guaynabo Campo, representada por varios residentes, presentó memorial explicativo en el que denunció alegadas deficiencias en los procesos de permisos, falta de consulta comunitaria efectiva y ausencia de respuestas claras por parte de agencias estatales y municipales. Los deponentes manifestaron inquietudes relacionadas con el uso de explosivos, el deterioro de carreteras estatales y vecinales, el aumento del tránsito pesado, la contaminación del aire y el agua, y la posible devaluación de propiedades residenciales adquiridas por familias de escasos recursos.

Varias personas residentes —incluyendo adultos mayores con décadas de residencia en la zona— ofrecieron testimonios personales sobre los efectos adversos que, según su experiencia, produjo la operación previa de la cantera, tales como daños estructurales persistentes en viviendas, agravamiento de condiciones respiratorias y afectaciones emocionales asociadas al miedo y la incertidumbre generados por las detonaciones. También se señaló la cercanía de facilidades de cuido de adultos mayores y otras poblaciones vulnerables al área de operaciones propuestas.

Finalmente, los deponentes exhortaron a la Comisión a ejercer su facultad fiscalizadora con rigor, a evaluar de manera integral el impacto acumulativo de la reactivación de la cantera, y a garantizar que cualquier determinación administrativa o gubernamental responda a los principios de justicia ambiental, participación ciudadana, transparencia y protección del bienestar comunitario, reiterando su oposición a la reanudación de las operaciones de la Cantera Estrella.

HALLAZGOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Del análisis del expediente legislativo, las vistas públicas celebradas, la vista ocular y las ponencias recibidas, la Comisión de la Región Metro constató que el proceso de otorgación de permisos y endosos relacionados con la reactivación de la Cantera Estrella ha generado preocupación significativa entre las comunidades colindantes, particularmente por posibles impactos a la salud, el ambiente, la seguridad y la calidad de vida de sus residentes, incluyendo adultos mayores. Asimismo, surgieron señalamientos relacionados con la percepción de falta de información accesible y de participación ciudadana efectiva durante los procesos administrativos.

La Comisión concluye que, si bien las entidades privadas involucradas alegan contar con permisos y endosos vigentes conforme al marco legal aplicable, persiste una brecha de confianza entre las comunidades afectadas y las agencias gubernamentales responsables de los procesos de permisos y fiscalización. Dicha situación justifica la intervención legislativa como mecanismo de fiscalización y rendición de cuentas, particularmente ante la magnitud de las operaciones propuestas y su localización en zonas residenciales.

En atención a lo anterior, la Comisión recomienda fortalecer los mecanismos de transparencia, participación ciudadana y comunicación interagencial en los procesos de otorgación y fiscalización de permisos; requerir evaluaciones continuas de impacto ambiental y de salud en comunidades cercanas a operaciones extractivas; y exhortar a las agencias concernidas a atender de forma diligente las preocupaciones comunitarias, garantizando la protección del bienestar, la seguridad y la calidad de vida de las personas residentes en la región.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien someter el Informe Final de la R. de la C. 123 con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.

RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,

Hon. Ricardo R. Ocasio Ramos

Presidente

Comisión de Región Metro

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