GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 52
6 DE FEBRERO DE 2025
Presentada por la representante Hau
Referida a la Comisión de Agricultura
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para ordenar al Secretario del Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a crear un plan decenal de acuerdo con su responsabilidad para establecer y aumentar la seguridad alimentaria de los puertorriqueños y puertorriqueñas mediante la disponibilidad de productos agrícolas; y para que lleve a cabo todos los acuerdos colaborativos que sean necesarios para lograr cumplir con los objetivos de esta pieza legislativa.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Departamento de Agricultura, como parte de sus deberes inherentes, tiene la responsabilidad de promover y lograr que se desarrollen todas aquellas actividades que generen un beneficio al sector agrícola de Puerto Rico, incluyendo fomentar que el país pueda lograr una seguridad alimentaria con productos propios. En ese sentido, y en una jurisdicción en donde tenemos suelos y tierras hábiles para el cultivo, así como una zona marítima evidentemente accesible, no promover que el sector agrícola utilice dichos recursos para su beneficio es inentendible.
Sin embargo, lamentablemente, ese no es el caso en Puerto Rico. Existe una cantidad importante de tierras que no son aprovechadas al máximo y tenemos una industria de la pesca que aporta una mínima cantidad de lo que consumimos anualmente. Ello no encuentra ninguna explicación posible.
Mientras que consistentemente apostamos a industrias que no necesariamente son capaces de solventar nuestro ingreso bruto nacional, dejamos de un lado una posibilidad que poco necesita para que logre generar ganancias. Teniendo suelos fértiles y estar rodeados de agua son, sin duda, elementos que pocos países en el mundo poseen y no utilizarlos de manera pragmática e inteligente produce una insatisfacción colectiva que se refleja en la poca producción de productos locales y en la falta de mano de obra de los cultivos existentes a lo largo y ancho de todo Puerto Rico.
Teniendo en mente lo anterior, resulta indispensable requerirle del Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que, de hecho, tiene rango constitucional, que lleve a cabo todas aquellas investigaciones, análisis y proyecciones que nos permitan como País reenfocar nuestros esfuerzos y nuestros recursos para apostar con mayor énfasis a nuestro sector agrícola. Ello, no solo nos servirá para satisfacer nuestras propias necesidades de consumo, sino que nos permitiría insertarnos en el mercado global y promover que nuestros números de exportaciones suban de una manera sustentable y sostenible.
Esta Asamblea Legislativa, teniendo como norte encontrar alternativas que nos permitan desarrollarnos como País de cara a los retos que nos presenta nuestro sistema económico y social, entiende necesario aprobar esta pieza legislativa para promover que miremos a la agricultura e identifiquemos las alternativas viables de acuerdo con los recursos existentes y disponibles.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena al Secretario(a) del Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a crear un plan decenal de acuerdo con su responsabilidad para establecer y aumentar la seguridad alimentaria de los puertorriqueños y puertorriqueñas mediante la disponibilidad de productos agrícolas.
Sección 2.-Para cumplir con los propósitos de esta Resolución Conjunta, el Secretario(a) del Departamento de Agricultura quedará facultado para suscribir aquellos acuerdos que sean necesarios, ya sea con instrumentalidades públicas o privadas, tanto a nivel local y federal.
De igual forma, se le faculta a identificar aquellos fondos estatales, así como aquellos programas federales que autoricen fondos dirigidos a llevar a cabo los fines que persiguen las disposiciones de esta Resolución Conjunta.
Sección 3.-El Departamento de Agricultura preparará un plan de trabajo en un periodo no mayor de ciento ochenta (180) días consecutivos a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta y lo presentará ante la Asamblea Legislativa.
Dicho plan de trabajo abarcará un periodo de 10 años en donde se coordinarán estudios, análisis, pruebas y trabajos de acuerdo con las estrategias delineadas en el mismo.
Sección 4.-Sin que se entienda como una limitación, el Departamento de Agricultura deberá contemplar en su plan de trabajo todas las alternativas que permitan que todos los sectores que componen el sector agrícola del País, así como nuevos posibles espacios para desarrollarse de manera que podamos tener una economía sustentable a base de los recursos disponibles sin que ello signifique destruirlos o dañarlos, sino que pueda hacerse de manera sostenida y responsable que asegure la conservación de todos nuestros recursos naturales.
Sección 5.-Prospectivamente, el Departamento de Agricultura deberá presentar ante la Asamblea Legislativa, un informe anual con el resultado de las gestiones hechas y con un plan de trabajo que incluya las estrategias a ejecutarse durante el año subsiguiente.
Dicho informe se presentará en o antes del 31 de diciembre de cada año mientras duren los trabajos contemplados en el plan de trabajo encomendado en la Sección 3.
Sección 6.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.