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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea	 	  2da. Sesión
         Legislativa		       Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 314
  INFORME NEGATIVO
7 de octubre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
	La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 314, no recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 314, (en adelante "P. del S. 314"), según radicado, tiene como propósito enmendar la Sección 1052.01 (h) de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011", a los fines de realizar una enmienda técnica para establecer la edad mínima para cualificar para el Crédito por Trabajo en la Planilla de Contribución sobre Ingresos en dieciocho (18) años; y para otros fines relacionados.

ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 314 propone enmendar el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 con el propósito de establecer la edad mínima para cualificar para el Crédito por Trabajo en la Planilla de Contribución sobre Ingresos en dieciocho (18) años. La medida surge como respuesta a la Ley 41-2021, la cual incorporó el Crédito por Trabajo basado en el modelo federal, extendiendo sus beneficios a residentes de Puerto Rico y generando un impacto económico positivo. Sin embargo, se identificó que jóvenes de 18 años quedan excluidos de este beneficio debido a un error técnico en la legislación actual.
 	El 29 de agosto de 2021, se firmó la Ley 41-2021, la cual enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, a los fines de incorporar las disposiciones del crédito por trabajo establecidas en el Código de Rentas Internas Federal de 1986. 

Actualmente, los jóvenes de 18 años no pueden recibir el beneficio, ya que no cualifican como dependientes a nivel estatal o federal, lo que limita sus oportunidades fiscales y el acceso de sus familias a otros créditos contributivos. El propósito principal de la enmienda es corregir esta situación, ampliando el acceso al Crédito por Trabajo para incluir a todos los contribuyentes desde los 18 años. De esta manera, se busca incentivar la participación laboral juvenil y fortalecer la economía local.

Durante el proceso de evaluación legislativa del P. del S. 314, esta Comisión solicitó ponencias a la oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), el Departamento de Hacienda y la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL). Solo fueron recibidas las ponencias del Departamento de Hacienda y de la OPAL.


DEPARTAMENTO DE HACIENDA

En vista pública celebrada el 22 de julio de 2025 el Departamento de Hacienda representado por Alberto Rosario Rivera, Subsecretario Auxiliar del Área de Rentas Internas y Johanna Rohena Quiñonez, Asesora en Asuntos Contributivos hicieron sus comentarios y presentaron la opinión del Departamento de Hacienda referente a esta medida.

El Departamento de Hacienda indicó que, según el informe de la OPAL la medida, tendría un impacto fiscal significativo de 3.7 millones de dólares representando un costo al erario. El Departamento de Hacienda recordó lo dispuesto en la Sección 15 del Presupuesto vigente certificado, que requiere una certificación previa de cumplimiento con el Plan Fiscal por parte de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) para cualquier legislación que modifique el uso de fondos presupuestados.

El Plan Fiscal certificado del 6 de junio de 2025, en su Sección 3.2.4.1, reafirma el principio de neutralidad fiscal como requisito para toda legislación contributiva con impacto al erario. Por tanto, cualquier exención debe estar acompañada de una fuente de repago identificada y validada.

Finalmente, el Departamento de Hacienda reiteró que la gobernadora ha conformado un comité para evaluar las tasas contributivas existentes y proponer soluciones para simplificar y crear un sistema contributivo más equitativo. 
 
OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (OPAL)
	
	La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL) estimó que el efecto fiscal del P. del S. 314 sería de $3.7 millones para el año contributivo 2025 y ascendería a $4.2 millones en el año 2030. El estimado presentado en el Informe es una aproximación del costo real de extender el crédito a la población de 18 años.
 
Efecto Fiscal (En millones $)	2025	2026	2027	2028	2029	2030	
	$3.7	$3.7	$3.8	$3.9	$4.1	$4.2	

(Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa. (2025). Informe OPAL 2025-203: Proyecto del Senado 314 https://www.opal.pr.gov/informes/informe-2025-203-ps-314


CONCLUSIÓN 

Esta Comisión reconoce el propósito loable de la medida de reducir la edad mínima para cualificar al Crédito por Trabajo en la Planilla de Contribución sobre Ingresos a 18 años. Con el propósito de beneficiar a jóvenes que recién se integran al mercado laboral y garantizar una aplicación más justa y efectiva de este incentivo económico. 
No obstante, tras evaluar el P. del S. 314 en el contexto legislativo y administrativo vigente, la comisión analizó las ponencias del Departamento de Hacienda y la OPAL que refieren un impacto fiscal de $3.7 millones de dólares al erario sin una fuente de repago identificada y validada. La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico ha determinado que la implementación de la medida no sería viable bajo los parámetros establecidos en el Plan Fiscal certificado, donde el Gobierno de Puerto Rico está obligado a garantizar que toda iniciativa legislativa o propuesta de política pública sea evaluada bajo el principio de neutralidad fiscal. 


POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, no recomienda la aprobación del P. del S. 314.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                    

Respetuosamente sometido,
 
Hon. Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA

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