PS0320-i.doc Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗
GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea							         3ra. Sesión 
          Legislativa								    Ordinaria 

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. del S. 320
INFORME POSITIVO

27 de febrero de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tiene el honor de recomendar a este Honorable Cuerpo la aprobación del P. del S. 320, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 320, según aprobado por el Senado de Puerto Rico tiene como propósito enmendar la Sección 1033.11 de la Ley 1-2011, según enmendada y conocida como el "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011", a los fines de aumentar la cantidad de meses que un patrono deberá emplear a una persona severamente impedida para poder beneficiarse de la deducción para patronos dispuesta en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico, así como para aumentar la cantidad máxima de personas que pueden contratar en virtud de esta Sección; y para otros fines relacionados. 

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Ley 1-2011, según enmendada y conocida como el "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011", contempla entre sus disposiciones un incentivo contributivo dirigido a patronos de la empresa privada que empleen personas severamente impedidas. Actualmente, la ley autoriza una deducción de cuatrocientos (400) dólares por cada empleado que cumpla con el requisito de laborar un mínimo de veinte (20) horas semanales durante al menos nueve (9) meses dentro del año contributivo.

La presente medida propone enmendar dicho marco normativo con el propósito de extender ese término mínimo de empleo a doce (12) meses, a fin de propiciar una mayor estabilidad laboral y fomentar una participación sostenida de las personas severamente impedidas en la fuerza trabajadora. De esta manera, los patronos que aspiren a beneficiarse de la deducción dispuesta en la Sección 1033.11 deberán garantizar una relación de empleo más prolongada que la requerida bajo la ley vigente.

Asimismo, se propone enmendar la Sección 1033.11 para aumentar de cinco (5) a diez (10) el número máximo de empleados por los cuales un patrono podrá reclamar la referida deducción. Esta modificación persigue incentivar la contratación de un mayor número de personas severamente impedidas, promoviendo así su integración plena a la fuerza laboral y reconociendo su aportación significativa al desarrollo económico y social del País.

Esta Comisión solicitó memorial explicativo al Departamento de Desarrollo Económico, al Departamento de Trabajo y Recursos Humanos, a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, al Departamento de Hacienda y a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, además del informe sobre el impacto fiscal a la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL).  Al momento de la redacción de este informe se habían recibido los memoriales explicativos, de parte del Departamento de Desarrollo Económico, del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos y de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal y el informe sometido por la OPAL. 

Departamento de Desarrollo Económico y Comercio

El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) reafirma su respaldo a iniciativas que fomenten la inclusión laboral de todas las personas, especialmente de aquellas con diversidad funcional.

El Proyecto del Senado 320 propone enmendar el Código de Rentas Internas para extender de nueve (9) a doce (12) meses el término mínimo de empleo requerido para que un patrono pueda reclamar la deducción por la contratación de personas severamente impedidas. Además, plantea aumentar de cinco (5) a diez (10) el número máximo de empleados por los cuales podrá solicitarse dicha deducción. Según la exposición de motivos, esta medida busca garantizar una mayor estabilidad laboral y participación continua de estas personas en la fuerza laboral.

En conclusión, el DDEC reconoce la intención loable e importante del Proyecto del Senado 320 para promover la inclusión y la integración laboral de las personas severamente impedidas.

Departamento de Trabajo y Recursos Humanos

El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), en cumplimiento de su misión de proteger los derechos de los trabajadores, fomentar la paz laboral y promover la capacitación de los recursos humanos, analiza el P. del S. 320 en el contexto de su competencia sobre el sector privado y corporaciones públicas que operan como entidades privadas. Este proyecto de ley propone enmendar la Sección 1033.11 del Código de Rentas Internas de 2011, introduciendo cambios significativos en los incentivos contributivos para patronos que empleen a personas severamente impedidas. Entre los principales ajustes se encuentran la extensión del período mínimo de empleo de nueve a doce meses y el incremento del número máximo de beneficiarios de la deducción, de cinco a diez personas.

El DTRH respalda la intención de la medida, reconociendo su potencial para incentivar la integración sostenida de personas con diversidad funcional en la fuerza laboral. Asimismo, la enmienda actualiza referencias legales obsoletas, sustituyendo al "Programa de Rehabilitación Vocacional del Departamento de Servicios Sociales" por la "Administración de Rehabilitación Vocacional (ARV) del DTRH" y reemplazando al "Secretario de Servicios Sociales" por el "Secretario del DTRH" como autoridad certificante. La ARV, bajo el DTRH, posee la pericia técnica y administrativa para determinar la condición de persona severamente impedida y garantizar la coordinación con la legislación federal de rehabilitación, específicamente la Workforce Innovation and Opportunity Act (WIOA). Por ello, el DTRH recomienda que la certificación pueda ser expedida por la Administradora de la ARV, asegurando una implementación ágil y efectiva de la ley.

En conclusión, el DTRH respalda plenamente el P. del S. 320, considerando que fortalece la inclusión laboral de personas severamente impedidas, fomenta la participación de todos los sectores de la población en el desarrollo económico y social de Puerto Rico.

Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal

El PS 320 constituye una medida legislativa altamente positiva para Puerto Rico, al incentivar la inclusión laboral de personas severamente impedidas. A través de los incentivos contributivos propuestos, los patronos se ven motivados a contratar y mantener en empleo a esta población, lo que fortalece la equidad y la diversidad en la fuerza laboral. La medida promueve una integración sostenible de personas con diversidad funcional al mercado laboral, contribuyendo a su desarrollo personal, independencia económica y participación en la sociedad.

Además, al fomentar la contratación de un mayor número de empleados con impedimentos y prolongar la permanencia mínima necesaria para acceder a los incentivos, el proyecto potencia la estabilidad laboral y genera un impacto positivo en la actividad económica local. También refuerza la coordinación con la Administración de Rehabilitación Vocacional, asegurando que las certificaciones y definiciones estén alineadas con la experiencia técnica en el área y facilitando la implementación efectiva de la política pública.

En síntesis, el PS 320 promueve la inclusión, la equidad y la diversidad laboral, genera oportunidades de empleo sostenibles, fortalece la autonomía de las personas con impedimentos y contribuye al desarrollo económico y social de Puerto Rico, consolidándose como un proyecto de alto valor social y laboral.

				IMPACTO FISCAL

Según el informe 2026-210-PS 320 de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), la aprobación de este proyecto no se anticipa que genere un efecto fiscal relacionado con la extensión a 12 meses del período mínimo de empleo que un patrono debe cumplir para poder reclamar la deducción contributiva por contratar a una persona severamente impedida. En cambio, el incremento del límite a 10 empleados elegibles sí podría tener un efecto fiscal, aunque en este momento no es posible cuantificarlo con precisión. Sin embargo, la baja utilización de la deducción vigente por parte de las corporaciones sugiere que su impacto probablemente no sería significativo. Desde la perspectiva económica, se considera que las empresas buscan minimizar costos; así, los cambios administrativos necesarios para cumplir con los requisitos de la deducción podrían desincentivar su uso.

CONCLUSIÓN

El Proyecto del Senado 320 constituye una iniciativa altamente beneficiosa para Puerto Rico, al promover la inclusión laboral y la integración plena de personas severamente impedidas en la fuerza laboral. La medida fortalece la equidad, la diversidad y la estabilidad en el empleo, incentivando a los patronos a contratar y mantener a este grupo de trabajadores. Asimismo, contribuye al desarrollo económico y social del País, generando oportunidades de empleo sostenibles y fomentando la participación de todos los sectores de la población en el progreso de Puerto Rico.

Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Hacienda, somete el presente Informe Positivo en el que recomendamos a este Honorable Cuerpo la aprobación del P. del S. 320 con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,




Eddie Charbonier Chinea 					
Presidente							
Comisión de Hacienda

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.