GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 320
INFORME POSITIVO
10 de abril de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 320, recomiendan a este Alto Cuerpo su aprobación con las enmiendas incluidas en el Entirillado Electrónico que le acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 320, (en adelante "P. del S. 320"), según radicado, tiene como propósito, Sección 1033.11 de la Ley 1-2011, según enmendada y conocida como el "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011" a los fines de aumentar la cantidad de meses que un patrono deberá emplear a una persona severamente impedida para poder beneficiarse de la deducción para patronos dispuesta en el Código de Rentas de Puerto Rico, así como para aumentar la cantidad máxima de personas que pueden contratar en virtud de esta Sección; y para otros fines relacionados.
ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LA MEDIDA
La propuesta para enmendar la Sección 1033.11 del Código de Rentas Internas constituye un avance significativo en el fortalecimiento de las políticas públicas orientadas a la inclusión laboral de personas severamente impedidas. Este cambio busca incentivar una mayor participación de esta población en el mercado laboral y fomentar la integración sostenida en los distintos sectores económicos del país.
El aumento en el número máximo de empleados por los cuales puede reclamarse la deducción contributiva, pasando de cinco (5) empleados a diez (10) empleados, amplía el alcance del incentivo y crea oportunidades para que más patronos puedan beneficiarse de esta medida. Esta extensión no solo es coherente con las metas de justicia social y equidad laboral, sino que también tiene el potencial de beneficiar empresas medianas y grandes que cuenten con estructuras operacionales capaces de incluir a más personas con impedimentos en sus plantillas laborales.
Por otra parte, el ajuste al período mínimo requerido para reclamar la deducción, de nueve (9) meses a doce (12) meses, refuerza el compromiso de promover vínculos laborales más duraderos. Este elemento es clave para desalentar prácticas transitorias y simbólicas en el empleo de personas con diversidad funcional alineándose con el principio de integración plena establecido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas. La ampliación del período de empleo fomenta relaciones laborales más estables y contribuye a una verdadera integración social.
Desde un punto de vista administrativo y fiscal, la medida se plantea como una acción estratégica. Mantener el monto fijo de la deducción en cuatrocientos dólares ($400) por persona permite proyectar con precisión su impacto económico, garantizando una implementación fiscal responsable. Adicionalmente, al no requerir la creación de un nuevo incentivo, el gobierno optimiza recursos existentes y facilita la adopción de la medida por parte de los patronos, sin generar complejidad adicional en la administración contributiva.
En síntesis, esta propuesta refleja un compromiso firme con la promoción de la inclusión y la integración laboral de personas con impedimentos severos. Los cambios propuestos son prácticos, estratégicos y coherentes con las normativas internacionales sobre derechos de las personas con discapacidad. Su implementación no solo beneficiará a la población directamente impactada, sino que también fortalecerá los principios de equidad y justicia social en Puerto Rico. Esta enmienda debe ser vista como un paso en la dirección correcta para alcanzar una sociedad más inclusiva y comprometida con el desarrollo integral de sus ciudadanos.
Para maximizar el impacto de esta enmienda, se recomienda complementar su implementación con estrategias de sensibilización y difusión que informen a los empresarios sobre los beneficios de contratar personas con diversidad funcional y la existencia de estas deducciones fiscales. Además, sería valioso considerar incentivos adicionales, como subsidios salariales o apoyo para adaptaciones en los lugares de trabajo, que refuercen la integración laboral de esta población. Asimismo, se propone establecer mecanismos de monitoreo y evaluación que permitan medir el impacto de la medida y asegurar que contribuye a la estabilidad y desarrollo profesional de los trabajadores con diversidad funcional. Por último, simplificar los procesos administrativos para solicitar y certificar la deducción minimizaría los trámites burocráticos, incentivando la participación de más patronos en este esfuerzo inclusivo.
MEMORIAL EXPLICATIVO
ELI FOUNDATION PUERTO RICO
Como parte del análisis legislativo, esta Comisión recibió el memorial explicativo sometido por Jonathan Álvarez y Elijadriel Álvarez, Director Ejecutivo y Fundador Principal, respectivamente, de la organización sin fines de lucro ELI Foundation Puerto Rico. Esta entidad está dedicada a promover el bienestar de personas con discapacidades, particularmente aquellas diagnosticadas con enfermedades raras como la Distrofia Muscular Congénita relacionada a la Laminopatía (L-CMD), condición poco frecuente y altamente incapacitante.
En su memorial, ELI Foundation manifiesta su apoyo a la medida legislativa, reconociendo que se trata de un paso afirmativo hacia una integración más sólida de las personas con impedimentos severos en la economía del país. Sin embargo, el respaldo está acompañado de recomendaciones concretas para garantizar que el impacto de la medida sea realmente inclusivo y no genere efectos discriminatorios indirectos.
Una de las preocupaciones destacadas por la organización es la tendencia identificada en algunos patronos a preferir la contratación de personas con discapacidades que requieren mínimos ajustes razonables -como las cognitivas- sobre aquellas con discapacidades físicas, que pueden implicar mayores inversiones en accesibilidad o acomodos físicos. Esta práctica, si bien no necesariamente deliberada, puede tener el efecto de marginar aún más a personas que ya enfrentan barreras estructurales significativas. En este contexto, la Fundación sugiere establecer un marco robusto de fiscalización que incluya auditorías, documentación obligatoria sobre ajustes razonables realizados, e incluso un sistema de créditos contributivos diferenciados según el tipo de discapacidad y las inversiones realizadas para garantizar la inclusión efectiva.
Asimismo, recomiendan la creación de programas de formación para patronos y gerentes de recursos humanos, campañas de sensibilización empresarial, y un sistema de certificación para empresas inclusivas, cuya obtención pueda aportar valor reputacional y legitimidad pública. Estas recomendaciones no solo responden a una preocupación legítima sobre el uso adecuado del incentivo, sino que ofrecen una hoja de ruta viable para el desarrollo de políticas públicas complementarias, sin necesidad de enmendar el texto propuesto.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, certifica que, el P. del S. 320 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
Cabe señalar que, la falta de objeción por parte de las otras entidades consultadas sugiere un respaldo sobrentendido al proyecto. En conjunto, el informe refleja un consenso favorable hacia la medida, con énfasis en la necesidad de garantizar su implementación dentro de un marco normativo estable y fiscalmente responsable.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 320, con las enmiendas incluidas en el Entirillado Electrónico que le acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESADocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.