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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 2 da. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 326

INFORME NEGATIVO

8 de octubre de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educacion, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 326, no recomienda a este Alto Cuerpo la aprobación de la medida.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 326 tiene el propósito de enmendar el Artículo 2 de la Ley 10-2022, conocida como “Ley Especial de Salario Base para los Maestros y Maestras del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico”, para establecer una escala salarial según el grado académico obtenido; establecer un aumento anual por años de servicio; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

La política pública en torno a la compensación del magisterio en Puerto Rico ha sido objeto de múltiples debates, ajustes y enmiendas legislativas en las pasadas décadas, particularmente a raíz de la implementación de la Ley 10-2022, conocida como la Ley Especial de Salario Base para los Maestros y Maestras del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico”. Dicha legislación surgió como respuesta a la necesidad de atemperar las escalas salariales del personal docente al costo de vida, así como a las exigencias de retención y reclutamiento en un contexto de constante emigración de profesionales hacia otras jurisdicciones.

El Proyecto del Senado 326 propone enmendar el Artículo 2 de la referida ley con el objetivo de establecer una nueva escala salarial diferenciada según el grado académico obtenido bachillerato, maestría o doctorado, así como disponer un aumento anual por años de servicio no menor de cincuenta dólares mensuales. De igual modo, la medida persigue uniformar las disparidades creadas por la coexistencia de diversos esquemas de compensación derivados de la carrera magisterial, órdenes ejecutivas, legislaciones pasadas y la más reciente reforma salarial establecida en el 2022.

No obstante, esta Comisión reconoce que, si bien el propósito del P. del S. 326 parte de la aspiración legítima de garantizar justicia salarial y condiciones competitivas para el magisterio, su alcance legislativo conlleva implicaciones fiscales, administrativas y legales que deben evaluarse con cautela. La exposición de motivos de la pieza legislativa reconoce la fragmentación actual del sistema salarial, pero la solución propuesta, una escala automática con aumentos escalonados, donde plantea serias interrogantes en cuanto a su viabilidad presupuestaria, sostenibilidad fiscal a largo plazo y armonización con los marcos normativos y convenios colectivos existentes.

La educación pública de Puerto Rico constituye un pilar esencial para el desarrollo económico y social del país; sin embargo, las medidas relacionadas con su financiamiento, particularmente aquellas que conllevan ajustes salariales recurrentes, deben sustentarse en estudios actuariales y fiscales confiables, acompañados de una proyección clara de ingresos y gastos. En ausencia de dicho análisis, existe el riesgo de aprobar una legislación que, aunque loable en sus fines, podría resultar insostenible y contraproducente para la estabilidad del propio sistema educativo.

En este marco, la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, tras el estudio y análisis de la medida, así como de los memoriales recibidos, presenta el presente Informe Negativo sobre el P. del S. 326, recomendando que no se apruebe la medida.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, en adelante, Comisión, como parte de la evaluación y análisis del P. del S. 326, solicitó memoriales explicativos al Departamento de Educación; Departamento de Hacienda, Asociación de Maestros de Puerto Rico, Federación de Maestros de Puerto Rico, Oficina de Gerencia y Presupuesto y Unión de Educadores y Trabajadores de la Educación.

No obstante, al momento de realizar este informe no recibimos el memorial de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP).

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

El Departamento de Educación de Puerto Rico, en delante DE, expresó en su memorial que el propósito del proyecto de establecer una escala salarial uniforme por grado académico y un aumento anual recurrente, responde a reclamos históricos de justicia salarial para los maestros del sistema. Sin embargo, aclaró que la viabilidad de la medida está directamente condicionada a la disponibilidad de fondos recurrentes, pues su aprobación tendría un efecto presupuestario significativo.

En su análisis, la agencia explicó que el P. del S. 326 busca corregir las disparidades salariales existentes entre docentes con la misma preparación académica, pero bajo diferentes esquemas de compensación, derivadas de la suspensión de la Carrera Magisterial y de la implementación de reformas previas. El Departamento reconoció que el diseño de una escala salarial clara, con incrementos por grado académico y aumentos anuales de $50 mensuales, atiende una preocupación legítima de los maestros y se alinea con el principio de equidad. No obstante, la agencia destacó que el impacto presupuestario estimado de la medida asciende a $9.1 millones recurrentes, los cuales no están contemplados en el presupuesto aprobado para el año fiscal 2025-2026.

El memorial detalla que la medida impactaría a 20,203 docentes regulares, con un costo aproximado de $8.5 millones; a 3,889 maestros transitorios, con un costo adicional de $334,007; a 1,892 docentes probatorios, con $165,444; y a 864 maestros transitorios elegibles, con un costo de $66,141. Estas cifras evidencian que el alcance de la propuesta tendría un efecto sustancial en el gasto público del Departamento de Educación, requiriendo asignaciones presupuestarias adicionales y recurrentes que no han sido identificadas. La agencia recalcó que aprobar una medida de este alcance sin un plan de financiamiento claro podría generar incumplimiento con las disposiciones fiscales vigentes, comprometer la estabilidad presupuestaria y dificultar la administración del sistema.

En su conclusión, el Departamento de Educación no favoreció la aprobación del P. del S. 326, señalando que la carencia de financiamiento identificado impide su implantación efectiva. No obstante, dejó constancia de que, de identificarse y asignarse los fondos necesarios por parte de la Asamblea Legislativa y las entidades fiscales pertinentes, el Departamento estaría en disposición de apoyar y ejecutar la medida, reconociendo la importancia de atender las necesidades salariales del magisterio. En todo momento, la agencia reiteró su disposición de colaborar con la Comisión en la evaluación de alternativas, proveyendo datos y análisis que permitan adoptar decisiones informadas en beneficio del sistema educativo y en armonía con la realidad fiscal de la Isla.

DEPARTAMENTO DE HACIENDA

El Departamento de Hacienda expuso que el P. del S. 326 no recae directamente en sus deberes ministeriales, ya que su función principal es la administración de las leyes contributivas, la política fiscal y la custodia de los fondos públicos. Sin embargo, advirtió que la medida podría tener implicaciones presupuestarias al establecer una escala salarial diferenciada y aumentos recurrentes para el magisterio, lo cual representaría un aumento en gastos para el Departamento de Educación.

Hacienda recordó que su deber es asesorar a la Rama Legislativa sobre proyectos que impacten el Fondo General, los recaudos e ingresos del gobierno, y que en este tipo de asuntos también intervienen la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), quienes tienen peritaje en la evaluación de impacto fiscal, particularmente en lo relacionado al Plan Fiscal certificado, la Ley PROMESA y los presupuestos vigentes.

El memorial aclara que, aunque Hacienda no se opone a la discusión legislativa, corresponde a OGP y AAFAF realizar un análisis detallado de los efectos presupuestarios del proyecto. En ese sentido, el Departamento enfatizó la necesidad de cautela, ya que una aprobación sin fuentes claras de financiamiento podría comprometer el cumplimiento con las disposiciones fiscales vigentes y la estabilidad presupuestaria del Gobierno.

Finalmente, Hacienda reiteró su disponibilidad para colaborar con la Comisión en el proceso investigativo y subrayó que cualquier medida con impacto fiscal debe estar debidamente sustentada para evitar que quede sin ejecución real.

ASOCIACIÓN DE MAESTROS DE PUERTO RICO

La Asociación de Maestros de Puerto Rico (AMPR) compareció ante la Comisión de Educación, Arte y Cultura para expresar su posición en torno al P. del S. 326. En su memorial, la AMPR reconoció la precariedad salarial que históricamente ha enfrentado el magisterio en Puerto Rico, la cual ha provocado un marcado éxodo de docentes hacia los Estados Unidos en busca de mejores condiciones económicas. Destacan que, aunque la Ley 9-2022 elevó el salario base a $2,750 mensuales, esta cantidad resulta insuficiente para equiparar a Puerto Rico con otras jurisdicciones, y no garantiza la retención de maestros cualificados en el sistema público.

La AMPR avala el propósito del P. del S. 326 de establecer una escala salarial diferenciada por grado académico y un aumento anual recurrente, al entender que esta propuesta representa un paso afirmativo en la reivindicación de un salario justo y meritorio para los docentes. No obstante, subraya la necesidad de que la medida defina con claridad la fuente de fondos que sostendrá este aumento, con el fin de evitar que la legislación quede sin efecto práctico debido a la intervención de la Junta de Supervisión Fiscal.

Asimismo, la Asociación advierte que la coexistencia de esta medida con leyes previas como la Ley 140-1969 y la Ley 158-1999 (Carrera Magisterial) podría generar confusión y disparidad, ya que, de aplicarse simultáneamente los distintos esquemas, los salarios de los maestros podrían superar los $5,000 mensuales. Aun así, reconocen que cada caso particular mantendría variaciones salariales según la trayectoria individual del docente, por lo que la uniformidad no estaría plenamente garantizada.

En conclusión, la AMPR respalda el P. del S. 326 como un esfuerzo legítimo de justicia salarial para el magisterio, pero insiste en que su aprobación debe ir acompañada de una fuente de financiamiento recurrente y clara que asegure la sostenibilidad fiscal de la medida.

FEDERACIÓN DE MAESTROS DE PUERTO RICO

La Federación de Maestros de Puerto Rico (FMPR) expresó su apoyo al Proyecto del Senado 326, al entender que responde a la histórica demanda de justicia salarial para el magisterio. La organización plantea que la Ley de Carrera Magisterial (Ley 158-1999), reactivada en 2022, no ha cumplido adecuadamente con este propósito, ya que su aplicación es limitada a docentes permanentes, condiciona los aumentos a evaluaciones y horas de educación continua, y ha generado múltiples escalas salariales desiguales para maestros con la misma preparación académica.

La FMPR respalda la creación de una escala salarial uniforme, que tome en cuenta criterios como la preparación académica, la experiencia docente y el costo de vida en Puerto Rico, señalando que el salario del magisterio local se mantiene muy por debajo del promedio en los Estados Unidos. Destacan que esta situación ha provocado un éxodo de maestros y serias dificultades económicas, recordando incluso casos de docentes obligados a trabajar múltiples empleos para subsistir.

Asimismo, la Federación recomienda enmendar el proyecto para garantizar ajustes automáticos por costo de vida, reactivar los pagos por años de experiencia suspendidos desde la Ley 66-2014, y disponer el pago retroactivo del diferencial adeudado por grados académicos obtenidos entre 2014 y 2022. A su juicio, estos cambios son necesarios para asegurar que la medida cumpla con su objetivo de dignificar la labor docente y reparar las inequidades acumuladas.

En conclusión, la FMPR favorece la aprobación del P. del S. 326, pero condiciona su apoyo a la incorporación de las enmiendas propuestas, entendiendo que la medida debe garantizar aumentos reales, justos y retroactivos que hagan justicia plena al magisterio puertorriqueño.

UNIÓN NACIONAL DE EDUCADORES Y TRABAJADORES

DE LA EDUCACIÓN (UNETE)

La Unión Nacional de Educadores y Trabajadores de la Educación (en adelante UNETE), expresó su respaldo firme al Proyecto del Senado 326, medida que entienden resulta esencial para atender las disparidades salariales que enfrentan los maestros del sistema público. La organización sostiene que las inequidades creadas por la suspensión de la Carrera Magisterial y los distintos esquemas de compensación han generado un sistema caótico, donde maestros con igual grado académico reciben remuneraciones distintas e injustas.

ÚNETE enfatiza que la propuesta de establecer una escala salarial uniforme según el nivel académico (bachillerato, maestría o doctorado) y un aumento anual mínimo de $50 permitirá corregir desigualdades, incentivar la formación académica continua, reconocer la experiencia docente y contribuir a la retención de maestros cualificados en el sistema. Además, destacan que la medida armoniza con principios de justicia social y con la necesidad de contrarrestar el incremento en el costo de vida y el éxodo de educadores hacia otras jurisdicciones con mejores salarios.

En conclusión, ÚNETE considera que el P. del S. 326 representa un paso justo y equitativo para fortalecer la educación pública, dignificar la profesión docente y asegurar que todos los maestros reciban una compensación adecuada por su preparación y años de servicio.

CONCLUSIÓN

Luego de un examen minucioso del Proyecto del Senado 326 y de los memoriales sometidos por la Asociación de Maestros de Puerto Rico (AMPR), la Unión Nacional de Educadores y Trabajadores de la Educación (ÚNETE), la Federación de Maestros de Puerto Rico (FMPR), el Departamento de Hacienda y el Departamento de Educación de Puerto Rico, esta Comisión reconoce que la medida parte de una aspiración legítima y loable: establecer una escala salarial uniforme para el magisterio, diferenciada por grado académico, y proveer un aumento anual que dignifique la labor docente, atendiendo así reclamos históricos de justicia salarial y de equidad en la profesión.

En sus ponencias, las organizaciones magisteriales coincidieron en la necesidad urgente de atender las desigualdades que ha creado la coexistencia de múltiples esquemas salariales, particularmente tras la suspensión de la Carrera Magisterial y la aprobación de la Ley 10-2022. Tanto la AMPR como ÚNETE y la FMPR apoyaron la medida, resaltando que una escala clara y justa fomentaría la retención de maestros, incentivaría la formación académica, reconocería la experiencia docente y acercaría a Puerto Rico a los niveles salariales de otras jurisdicciones. Incluso, la FMPR propuso enmiendas adicionales para que los ajustes sean retroactivos a los años en que los docentes no recibieron compensación justa por sus grados académicos.

Sin embargo, tanto el Departamento de Hacienda como el Departamento de Educación señalaron que, aunque el proyecto es meritorio en sus propósitos, carece de un andamiaje fiscal que garantice su viabilidad e implantación. Hacienda fue clara en indicar que el proyecto incide en asuntos que tienen impacto directo sobre el Fondo General y que deben ser evaluados con rigor por la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF). Por su parte, el Departamento de Educación estimó que la aprobación del P. del S. 326 conllevaría un costo recurrente de aproximadamente $9.1 millones, sin que se haya identificado la fuente de fondos para sufragar dicho aumento. Señalaron que esta situación imposibilita su implementación inmediata, ya que podría comprometer la estabilidad presupuestaria del sistema educativo y el cumplimiento con las disposiciones fiscales vigentes.

En consecuencia, esta Comisión reconoce el valor social y moral del proyecto, así como su pertinencia para elevar la dignidad del magisterio y fortalecer la educación pública en Puerto Rico. No obstante, las consideraciones fiscales, presupuestarias y de sostenibilidad expuestas por las agencias obligan a concluir que, en su estado actual, la medida no puede ser favorecida. Una legislación de esta magnitud requiere no solo de un diseño justo y equitativo en términos salariales, sino también de un plan financiero claro, recurrente y avalado por las entidades fiscales pertinentes, a fin de garantizar su implantación efectiva sin menoscabar otras áreas esenciales del sistema educativo.

Por todo lo anterior, y tras ponderar los méritos y limitaciones del P. del S. 326, esta Comisión de Educación, Arte y Cultura entiende que el proyecto, aunque loable en sus propósitos, no debe ser aprobado en su forma actual. Se recomienda, sin embargo, que se continúe el diálogo multisectorial para identificar mecanismos legislativos y presupuestarios que permitan, en el futuro, alcanzar el objetivo de establecer una escala salarial justa, sostenible y alineada con las realidades fiscales del país, en beneficio de los maestros y de la niñez puertorriqueña.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, del Proyecto del Senado 326, no recomienda la aprobación de la medida.

Respetuosamente sometido,

Hon. Brenda Pérez Soto

Presidenta

Comisión de Educación, Arte y Cultura

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