GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 346
INFORME POSITIVO
25 de junio de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 346, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 346 propone “enmendar el Artículo 4 de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de disponer que todo establecimiento comercial, desde donde una persona, natural o jurídica, proveedora de bienes y servicios que, por sí misma o a través de un oficial, agente, empleado, vendedor o representante del vendedor, realiza transacciones comerciales y ofrece para la venta o arrendamiento bienes o servicios a consumidores en Puerto Rico, de aplicarle, tendrá la obligación de diseñar y colocar en un lugar visible, un letrero, mediante el cual anuncie todo tipo de privilegios, descuentos u ofertas especiales que, como política institucional del comercio, se le extienden a los veteranos; y para otros fines relacionados”.
INTRODUCCIÓN
Surge de la Exposición de Motivos de la medida que “[m]ediante la aprobación de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, se ha procurado reconocer y garantizar los
derechos de todo hombre y mujer, que, de forma valerosa y sacrificada, han formado parte de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y han defendido los postulados de la democracia y libertad que cobijan a nuestro sistema de gobierno.
Cónsono con el postulado anterior, la Ley 203, antes citada, reconoce a los veteranos puertorriqueños derechos en áreas tales como el trabajo, la educación, los sistemas de retiro del gobierno, exenciones contributivas sobre ingresos, y sobre la propiedad y adquisición de propiedades. De igual forma, los veteranos se han beneficiado considerablemente con la creación de la Oficina del Procurador del Veterano y el establecimiento de la figura del “Procurador del Veterano”, funcionario a un término fijo de diez (10) años, nombrado por el Gobernador de Puerto Rico, con el consejo y consentimiento del Senado, con poderes cuasi-legislativos y cuasi-judiciales, cuya encomienda principal es fiscalizar el cumplimiento por personas naturales y jurídicas, privadas y gubernamentales, de las disposiciones y derechos reconocidos a este principal sector poblacional. De hecho, cabe señalar que varias de las disposiciones estatales contenidas en la Ley 203, antes citada, resultan ser uniformes con las federales. Específicamente, con la Ley Federal conocida como “Uniformed Services Employment and Reemployment Rights Act of 1994” (USERRA).
Entre lo ordenado por USERRA se encuentran aquellas que señalan que los derechos reconocidos por el estatuto tendrán supremacía sobre cualquier otra disposición de ley estatal, contrato o acuerdo que pueda tener el efecto de reducir, limitar o eliminar, de cualquier manera, derecho o beneficio alguno reconocido por dicha legislación, o que tenga el efecto de imponer cualquier requisito adicional no contemplado por el estatuto federal, para el ejercicio de algún derecho reconocido al amparo del mismo.
Respecto a la presente legislación, cabe indicar que nuestros veteranos, al igual que cualquier otro consumidor, sale a diario a realizar un sinnúmero de compras, ya sea para adquirir artículos para sí mismo o para otros. A tono con esto, múltiples cadenas y establecimientos comerciales en Puerto Rico, les ofrecen a los militares activos y a los veteranos y sus familiares, distintos privilegios para que puedan comprar productos en sus tiendas con descuentos. Entre estas, podemos mencionar Aéropostale, American Eagle, Anna’s Linens, Applebee’s, Autozone, Banana Republic, Champ’s Sports, Crocs Stores, Denny’s, Foot Locker, Home Depot, Ihop, Macy’s, Marianne, Nautica, Nike, Old Navy, PacSun, Payless ShoeSource, Pepboys, Rainbow, Ralph Lauren, Sally Beauty, Shoe Carnival, Taco Bell, Tommy Hilfiger y 579.
Sin embargo, estas promociones especiales dirigidas a los militares activos, o a veteranos, reservistas y familiares, no son debidamente divulgadas. En ocasiones, se requiere que la persona pregunte, y de hasta la impresión de estar suplicando por algo, por lo cual la tienda entendió propio privilegiarlo, lo que crea un estigma en contra del beneficiario. De hecho, se nos ha informado que, en muchas de estas tiendas, ni los vendedores conocen de la política institucional del comercio y hacen esperar a los beneficiarios, en lo que indagan sobre el privilegio otorgado.
Así las cosas, y como una medida de justicia para todos estos héroes, entendemos prudente disponer que será obligación de todo establecimiento comercial, desde donde una persona, natural o jurídica, proveedora de bienes y servicios que, por sí misma o a través de un oficial, agente, empleado, vendedor o representante del vendedor, realiza transacciones comerciales y ofrece para la venta o arrendamiento bienes o servicios a consumidores en Puerto Rico, de aplicarle, diseñar y colocar en un lugar visible, un letrero, mediante el cual se anuncie los privilegios, descuentos u ofertas especiales que, como política institucional del comercio, se les extienden a los veteranos.
Como mencionáramos en los párrafos que anteceden, la “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, recopiló en una sola pieza legislativa los derechos reconocidos y beneficios otorgados a nuestros veteranos y sus familias, que se encontraban en múltiples leyes. Este estatuto es donde, primariamente, los veteranos acuden para conocer sus derechos reconocidos a nivel de Puerto Rico, por lo que establecemos que el beneficio aquí concedido se plasme en dicha Ley.
Esta Asamblea Legislativa de Puerto Rico, en su compromiso de honrar a los veteranos puertorriqueños, considera necesaria la aprobación de esta Ley, la cual busca ahorrarles tiempo y dinero durante la realización de sus compras. Asimismo, es su intención, reconocer a todos nuestros veteranos, en atención a su servicio en la Fuerzas Armadas de los Estados Unidos”.
DISCISIÓN Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano, atendiendo su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación de medidas legislativas, solicitó comentarios sobre el P. del S. 346 a las siguientes agencias o entidades: Centro Unido de Detallistas (CUD), Asociación de Centros Comerciales Puertorriqueños (ACCP), Oficina del Procurador del Veterano (OPV) y al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO).
A continuación, presentamos de forma sintetizada las expresiones de las agencias que emitieron sus comentarios, señalando particularmente las recomendaciones de estas.
RESUMEN DE COMENTARIOS RECIBIDOS
Centro Unido de Detallistas (CUD)
Los comentarios emitidos por el Centro Unido de Detallistas (CUD) fueron presentados por su Presidente, Dr. Ramón Barquín. El CUD expresó su oposición al Proyecto del Senado 346, no por falta de solidaridad hacia los veteranos, sino por preocupaciones fundamentadas en las realidades operacionales y económicas del sector de pequeñas y medianas empresas (PYMES), a quienes la organización representa.
El CUD comienza reconociendo su compromiso con los veteranos puertorriqueños y destacando que muchos de sus miembros han servido con honor en las fuerzas armadas. También reconoce el valor de la Ley 203-2007 como un marco legal que garantiza una gama de derechos a los veteranos en áreas como empleo, educación, retiro, exenciones contributivas y servicios públicos. Sin embargo, subraya que, en el ámbito del sector privado, los descuentos u ofertas especiales que se ofrecen a los veteranos son gestos voluntarios, no obligaciones legales, y deben permanecer como tales para no interferir con las libertades económicas del comerciante.
El CUD argumenta que imponer a los comercios la obligación de colocar rótulos anunciando beneficios a veteranos puede tener un efecto contraproducente, desincentivando que se ofrezcan dichos beneficios por miedo a incurrir en sanciones o errores involuntarios de cumplimiento. Esto es particularmente preocupante para las PYMES, muchas de las cuales no tienen capacidad económica para sostener programas de descuentos, mucho menos asumir nuevas cargas regulatorias.
Asimismo, el CUD señala una tendencia en la legislación reciente a imponer múltiples requerimientos de rotulación en los comercios, lo que no solo representa una carga administrativa, sino que podría rayar en la inconstitucionalidad si no se justifica con un interés apremiante del Estado que no pueda lograrse por otros medios menos restrictivos.
Como alternativa, el CUD propone que, en lugar de un rótulo obligatorio, se permita a los comercios que ya tengan descuentos para veteranos informar sobre
ellos mediante folletos, hojas informativas o materiales accesibles en la entrada de sus establecimientos. Además, solicita que las PYMES sean expresamente excluidas del cumplimiento obligatorio de esta medida, considerando su limitada capacidad de operación.
Asociación de Centros Comerciales Puertorriqueños (ACCP)
Por su parte, la Asociación de Centros Comerciales Puertorriqueños (ACCP) también expresó su oposición al Proyecto del Senado 346 a través de su Presidente, Sra. Marnie Marquina; aunque dejó claro su respaldo al valor y sacrificio de los veteranos y el apoyo a cualquier esfuerzo que les reconozca. No obstante, como gremio que agrupa a centros comerciales y establecimientos grandes y medianos, la ACCP sostiene que el proyecto representa una intervención innecesaria y contraproducente en el quehacer del comercio privado.
El argumento central de la ACCP es que muchos comercios ya utilizan estrategias efectivas y diversas para notificar sus ofertas a los veteranos, incluyendo redes sociales, publicidad en medios masivos, listas de correo y mensajería directa. Por tanto, obligar exclusivamente a la colocación de un rótulo en el establecimiento limita innecesariamente las formas de comunicación comercial disponibles y puede resultar redundante.
Además, la ACCP advierte que este proyecto añadiría a la ya extensa carga regulatoria que enfrentan los comercios, tanto a nivel estatal como federal, lo que incrementa los costos operacionales. Igualmente, expresa que esta medida colocaría una carga adicional sobre el DACO, agencia que ya opera con recursos limitados y enfrenta dificultades para aplicar efectivamente las regulaciones existentes.
En resumen, la ACCP se opone al proyecto por considerarlo una forma de sobrerregulación, que podría terminar entorpeciendo más que ayudando los esfuerzos de reconocimiento hacia los veteranos. Recomiendan, en cambio, fomentar la libertad del comerciante de elegir el mejor método de comunicación con sus consumidores veteranos, sin imposiciones legales adicionales.
Oficina del Procurador del Veterano (OPV)
La Oficina del Procurador del Veterano (OPV), endosa de manera categórica y entusiasta el Proyecto del Senado 346, destacando su potencial para promover un reconocimiento justo y visible hacia la población veterana de Puerto Rico.
La OPV identifica que actualmente muchas tiendas, incluyendo cadenas multinacionales, ya ofrecen beneficios especiales a los veteranos. Sin embargo, la falta de divulgación visible de esos beneficios genera incomodidad, incertidumbre y, en algunos casos, experiencias humillantes para los beneficiarios, quienes se ven obligados a preguntar o justificar su elegibilidad frente al personal del comercio. Incluso, muchos empleados desconocen la existencia de tales políticas, lo que prolonga los procesos y crea fricción en la experiencia del consumidor veterano.
Por ello, la OPV argumenta que esta medida aumentará la transparencia, la dignidad y el acceso a los beneficios existentes, promoviendo además una mayor cultura de respeto hacia quienes han servido al país. Consideran que la rotulación obligatoria representa una herramienta sencilla pero poderosa para asegurar ese acceso.
No obstante, la OPV también realizó varias recomendaciones técnicas para fortalecer la medida:
La OPV concluye que esta legislación no solo es viable, sino necesaria, ya que beneficiará tanto a los veteranos como a los comercios que deseen atraer a este sector poblacional. Insiste en que un veterano agradecido es un consumidor leal, y que reconocer su servicio de forma clara y visible es una manifestación de justicia y gratitud social.
Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO)
El DACO envió sus comentarios suscritos por su Secretaria, Lcda. Valerie Rodríguez Erazo. Expresó que “[c]omo agencia cuyo deber es velar por la transparencia, equidad y veracidad en las prácticas comerciales, el DACO endosa esta medida. La misma se alinea con nuestra política pública de asegurar que los consumidores—en este caso, nuestros veteranos—puedan tomar decisiones informadas y accedan sin ambigüedades a los beneficios que les corresponden”.
Señaló que, “[o]bligar a los comercios a divulgar visiblemente estos beneficios evita confusión, reduce el trato desigual y fomenta la uniformidad. Al delegarse los parámetros de esa divulgación en el Reglamento de Prácticas Comerciales del DACO, se garantiza su implantación efectiva sin requerir enmiendas regulatorias adicionales. Este diseño normativo respeta la autonomía de la agencia, evita duplicidad y permite fiscalizar de forma coherente y estructurada.
El P. del S. 346 se acoge armónicamente a los preceptos ya contenidos en nuestro Reglamento de Prácticas Comerciales, especialmente en sus Reglas 4, 9, 10, 13 y 14, las cuales rigen la divulgación de promociones, condiciones, veracidad de información, y responsabilidad institucional del comerciante. En ese sentido, la medida no representa una carga onerosa para el sector comercial y, al contrario, facilita el cumplimiento y la autogestión, al tiempo que fortalece la protección al consumidor veterano.
Este proyecto también responde al deber colectivo de reconocer el sacrificio y servicio de la población veterana, mediante herramientas que les permitan ejercer sus derechos con dignidad, sin depender de información fragmentada o del conocimiento discrecional de empleados del comercio”.
Finalmente, expresó “firmemente la aprobación del Proyecto del Senado 346 y se pone a la disposición para colaborar en su efectiva implantación. Reiteramos nuestro compromiso con la protección de los consumidores y con la promoción de un entorno comercial justo, transparente y sensible a las necesidades de quienes han servido con honor a Puerto Rico y a los Estados Unidos”.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, certifica que el P. del S. 346 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
El análisis de los memoriales presentados por las cuatro (4) entidades o agencias permite concluir que existe un amplio consenso sobre la importancia de reconocer y facilitar el acceso a beneficios para los veteranos puertorriqueños. Sin embargo, también se evidencia una diferencia de criterio sobre el mecanismo más adecuado para lograrlo, especialmente en lo relativo a la rotulación obligatoria y su impacto sobre el sector privado.
Mientras la OPV y el DACO argumentan convincentemente que esta medida es un paso afirmativo hacia la dignificación del veterano y un acto de justicia social, el CUD y la ACCP plantean preocupaciones legítimas sobre la carga regulatoria que la medida impone, especialmente a los comercios pequeños, y los posibles efectos contraproducentes que podría tener si no se implementa cuidadosamente.
No obstante, todos los sectores coinciden en que los beneficios a veteranos deben divulgarse con claridad y accesibilidad, por lo que la Comisión estima que el
Proyecto del Senado 346 es una iniciativa valiosa, pero que puede ser perfeccionada mediante enmiendas específicas. Estas son:
Esta Comisión aceptó las enmiendas sugeridas por las agencias o entidades y las incorporó en el entirillado electrónico de la medida respondiendo al esfuerzo legislativo del poder de formulación de política de la Asamblea Legislativa.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Seguridad Púbica y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el P. del S. 346, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Gregorio Matías Rosario
Presidente
Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano
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