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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea								           1ra.  Sesión
         Legislativa 	          Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. Conc. de la C. 10

20 DE FEBRERO DE 2025

Presentada por los representantes Ferrer Santiago, Torres García, Feliciano Sánchez, Figueroa Acevedo, Fourquet Cordero; las representantes Hau, Higgins Cuadrado, Martínez Soto; el representante Rivera Ruiz de Porras; la representante Rosas Vargas; los representantes Torres Cruz, Varela Fernández y la representante Vargas Laureano

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN CONCURRENTE

Para expresar el más enérgico rechazo de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a la dispensa provista por la Oficina de Ética Gubernamental al Ingeniero Francisco Berríos Portela, permitiéndole asumir un puesto de trabajo con Quanta Services, empresa matriz de LUMA Energy,  LLC., luego de haber ocupado la posición del Zar de Energía en Puerto Rico y haber tenido la responsabilidad de fiscalizar directamente a LUMA Energy, LLC.; obviando la indignante apariencia de impropiedad o influencias indebidas, conflicto de interés o apariencia del mismo, abonando así a la desconfianza del pueblo en sus funcionarios y sus instituciones. 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El ingeniero Francisco Berríos Portela se desempeñó como el Zar de Energía en Puerto Rico, cargo desde el cual tenía la responsabilidad de fiscalizar y evaluar las operaciones de LUMA Energy, LLC.; empresa contratada por el Gobierno de Puerto Rico para la operación y mantenimiento del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica en la isla. Como parte de sus funciones, el ingeniero Berríos Portela supervisó el cumplimiento de los términos contractuales, la eficiencia operativa y la transparencia de los procesos administrativos de LUMA Energy, LLC.
Posteriormente, el ingeniero Berríos Portela recibió el aval de la Oficina de Ética Gubernamental que le permitió ser contratado por Quanta Services, empresa matriz de LUMA Energy, LLC. en un rol ejecutivo. Dicha autorización ha generado serias preocupaciones sobre la posible existencia de un conflicto de intereses y sobre si la misma se otorgó conforme a lo dispuesto en la Ley 1-2012, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico".

La Ley 1-2012 establece en su Código de Ética las restricciones aplicables a los ex servidores públicos. Específicamente, el Artículo 4.6 (c) de la Ley dispone: "Un ex servidor público no puede, durante el año siguiente a la fecha de terminación de su empleo gubernamental, ocupar un cargo, tener interés pecuniario o contratar, directa o indirectamente, con una agencia, persona privada o negocio, sobre el que haya ejercido una acción oficial durante el año anterior a la terminación de su empleo. Se excluye de esta prohibición los contratos intergubernamentales." Esta disposición legal tiene como propósito evitar la corrupción gubernamental y promover la transparencia, pero sobre todo, asegurar que los intereses públicos prevalezcan sobre los intereses privados.

En este caso, es inevitable levantar cuestionamientos sobre si la dispensa o el aval otorgado al ingeniero Berríos Portela cumple con los criterios establecidos en la Ley 1-2012, supra, si se evaluaron adecuadamente los riesgos de un posible conflicto de intereses y si se protegieron los principios de integridad y transparencia que debe observar todo servidor público, tanto en funciones como después de su salida del cargo.

Durante su desempeño como Zar de Energía, el ingeniero Berríos Portela tenía la responsabilidad de supervisar y fiscalizar las operaciones de LUMA Energy, LLC. Sin embargo, a lo largo del pasado cuatrienio, LUMA Energy, LLC., demostró un desempeño deficiente en la administración del sistema de energía eléctrica de Puerto Rico. Informes públicos y métricas oficiales señalaron que la duración promedio de las interrupciones del servicio alcanzó los 1,414 minutos anuales, superando los 1,243 minutos establecidos como desempeño mínimo por el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR). 

Asimismo, el sistema experimentó un aumento del 35% en las quejas de los consumidores por fallos eléctricos prolongados y recurrentes. Además, la falta de una fiscalización efectiva por parte del ingeniero Berríos Portela y las agencias gubernamentales permitieron que LUMA Energy, LLC, operara sin ser debidamente sancionada por sus incumplimientos contractuales, generando un clima de desconfianza y frustración en la ciudadanía. Resulta preocupante que quien tuvo en sus manos la fiscalización de LUMA Energy, LLC, durante su cuestionable desempeño, ahora se beneficie directamente de su relación con Quanta Services, la empresa matriz de LUMA Energy, LLC, levantando serias dudas sobre la existencia de conflicto de intereses, y ocasionando la erosión de la confianza pública en la imparcialidad y rectitud de las decisiones gubernamentales.
 Ante este panorama, esta Asamblea Legislativa rechaza la concesión de dicha autorización por parte de la Oficina de Ética Gubernamental y levanta una preocupación sobre la posibilidad de que exista un patrón de otorgar dispensas o autorizaciones que puedan poner en riesgo la imagen del servicio público en Puerto Rico.  Por tal, exigimos que la Oficina de Ética Gubernamental se asegure de que sus acciones se alinean con las disposiciones legales y éticas, pero sobre todo con el interés público.

Resulta fundamental asegurarnos de que situaciones como esta no se repliquen en el futuro, ya que permiten la peligrosa puerta giratoria entre la función pública y el beneficio privado, abriendo camino a la corrupción gubernamental y socavando la confianza ciudadana en las instituciones del Estado. 

Es nuestro deber restaurar la confianza del pueblo en las instituciones gubernamentales y garantizar que los intereses públicos prevalezcan sobre cualquier interés privado o particular. Por tal razón, rechazamos la aplicación de la ley con excesiva flexibilidad que permita que las dispensas o autorizaciones se utilicen como un mecanismo para encubrir o legalizar conflictos de intereses.
 
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:


Sección 1.- Se expresa el más enérgico rechazo de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el aval o la dispensa provista por la Oficina de Ética Gubernamental al Ingeniero Francisco Berríos Portela, permitiéndole asumir un puesto de trabajo con Quanta Services, empresa matriz de LUMA Energy, LLC, luego de haber ocupado la posición del Zar de Energía en Puerto Rico y haber tenido la responsabilidad de fiscalizar directamente a LUMA Energy, LLC; obviando la indignante apariencia de impropiedad o influencias indebidas, conflicto de interés o apariencia del mismo, abonando así a la  desconfianza del pueblo en sus funcionarios y sus instituciones. 
Sección 2.- Copia de esta resolución será enviada al director ejecutivo de la Oficina de Ética Gubernamental, Luis Pérez Vargas; al Departamento de Justicia de Puerto Rico; y a la Gobernadora de Puerto Rico; así como como a los medios de comunicación para su efectiva divulgación.Sección 3.- Esta Resolución Concurrente comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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