GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 1ra Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 357
INFORME POSITIVO
23 de junio de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 357 con enmiendas.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 357 tiene como objetivo principal promover un enfoque incluyente en la política pública de desarrollo turístico en Puerto Rico pues propone enmendar la Ley 17-2017, conocida como “Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino”, y la Ley Núm. 10 del 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como la “Ley de la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio”.
La medida busca añadir el inciso (r) al Artículo 3 de la Ley 17 del 2017 y enmendar el inciso (o) del Artículo 4 de Ley 10 del 18 de Junio de 1970, con el propósito de establecer como parte integral de la estrategia turística del país el desarrollo de iniciativas que promuevan a Puerto Rico como un destino accesible e inclusivo, apto para personas con discapacidades físicas, sensoriales o cognitivas. De este modo, se reconoce que la inclusión no solo es un valor ético y social, sino también un componente esencial del turismo sostenible y moderno.
Esta propuesta responde a una necesidad concreta y documentada tanto en Puerto Rico como a nivel global. Según el Censo del 2022, aproximadamente un 22% de la población puertorriqueña tiene algún tipo de discapacidad. Esta cifra refleja una realidad demográfica que demanda ajustes en los espacios públicos y en los servicios, especialmente en la industria turística. Esta industria tiene el potencial de generar inclusión, movilidad económica y empoderamiento social. A nivel mundial, la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que 1.3 millones de personas, es decir el 16% de la población global, vive con una discapacidad significativa, y esta proporción aumenta en la población adulta mayor. El autor de la medida explica que casi el 50% de las personas mayores de 60 años tienen alguna limitación física, cognitiva o sensorial. Esto convierte al turismo accesible no solo en una necesidad moral, sino en una oportunidad estratégica para atender a un segmento del mercado turístico que está creciendo aceleradamente.
El proyecto también atiende el componente económico del turismo accesible. Según el Consejo Estatal sobre la Deficiencia en el Desarrollo, los viajeros con discapacidades de movilidad gastan alrededor de 58.2 mil millones de dólares al año en viajes, según el artículo “Portrait of Travelers with Disabilities: mobility and Accesibility” de MMGY Global. Esto demuestra que existe una demanda real y creciente de experiencias turísticas accesibles, lo cual representa una oportunidad concreta para el desarrollo. Puerto Rico tiene el potencial de capitalizar este mercado mediante la integración sistemática de prácticas inclusivas en su infraestructura turística, campañas de promoción, formación de personal y alianzas estratégicas con el tercer sector y la empresa privada. Existen iniciativas locales que ya reflejan avances en este campo. Algunas de las iniciativas mencionadas en la medida son el Proyecto Mar sin Barreras en el Balneario La Monserrate de Luquillo, el Bosque Estatal San Patricio o el Balneario El Escambrón. Estas acciones han sido puntuales y no forman parte aún de una política pública integrada que asegure continuidad, uniformidad y visibilidad. La medida legislativa busca precisamente institucionalizar esta visión dentro del marco legal vigente, de forma que tanto la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino como la Compañía de Turismo adopten de manera proactiva la accesibilidad y la inclusión como pilares estratégicos de su gestión.
La disposición también fomenta la colaboración entre el gobierno y diversas entidades de la sociedad civil. La enmienda al inciso (o) del Artículo 4 de la Ley Núm. 10 de 1970 establece la posibilidad de formalizar acuerdos colaborativos entre la Oficina de Turismo y organizaciones sin fines de lucro, propietarios de restaurantes, asociaciones deportivas, entidades culturales y médicas, entre otros sectores afines. Estas alianzas permitirían la creación de eventos y espacios turísticos pensados específicamente para la población con discapacidades, fortaleciendo así la oferta y garantizando su sustentabilidad en el tiempo.
El P. del S. 357 representa un paso importante hacia la construcción de un turismo más equitativo, competitivo y alineado con los principios del desarrollo sostenible. Al integrar la accesibilidad como un eje central de la política pública turística, Puerto Rico no solo responde a una necesidad real de su población, sino que se posiciona favorablemente en el escenario internacional como un destino sensible, moderno y preparado para recibir a todos los visitantes por igual. La aprobación de esta medida sentaría las bases para una transformación estructural que beneficiaría tanto a los residentes locales como a los turistas, ampliando el alcance del turismo como motor económico, social y cultural del país.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, como parte de la evaluación del P. del S. 357 solicitó memoriales explicativos a la Compañía de Turismo Gobierno de Puerto Rico, a Discover Puerto Rico y a la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa.
Compañía de Turismo de Puerto Rico
En su memorial explicativo, la Compañía de Turismo de Puerto Rico (en adelante “CTPR”), expresó estar de acuerdo con las expresiones del autor de la medida en cuanto a la importancia de promover el turismo accesible en la Isla, reconociendo que este se ha convertido en un tema de creciente relevancia tanto a nivel local como internacional. La agencia recalcó que promover a la Isla como un lugar accesible para personas con diversidad funcional podría tener un impacto positivo en la industria turística. Además, coincidieron con el propósito de la medida de enmendar tanto la Ley 17-2017 como la Ley Núm. 10 de 1970 para facilitar el desarrollo de iniciativas dirigidas a proyectar ba Puerto Rico como un destino accesible e incluyente.
No obstante, la CTPR recomendó que se revise el lenguaje del proyecto para que este refleje con mayor precisión el rol que actualmente tiene asignado la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino, particularmente en cuanto a su función limitada a la promoción del turismo interno. Esto a raíz de que una vez fue aprobada la Ley 17-2017, esa función se delimitó a la CTPR mientras que otras gestiones promocionales recayeron en Discover Puerto Rico.
La Compañía de Turismo expresó no tener objeción a la aprobación del P. del S. 357 apoyando el espíritu de la medida.
Discover Puerto Rico
Discover Puerto Rico expresó que la medida coincide con su objetivo de proyectar a Puerto Rico como un destino accesible e inclusivo para todos los viajeros. En su memorial, destacaron que esta visión forma parte de sus valores institucionales y de sus esfuerzos actuales de promoción turística. Como parte de su compromiso con la inclusión, informaron que se encuentran realizando una auditoría sobre productos y facilidades turísticas accesibles, la cual les permitirá identificar brechas y oportunidades para mejorar la experiencia de viaje de personas con diversidad funcional. Este estudio, que aún está en curso, se enfocará en evaluar hoteles, atracciones y servicios, y servirá como herramienta para actualizar su inventario de recursos accesibles y fortalecer futuras campañas promocionales.
Discover Puerto Rico indicó que esperan presentar formalmente los resultados de esta auditoría una vez completada, con la intención de aportar a la formulación de política pública y apoyar iniciativas legislativas como el P. del S. 357. Sin embargo, aprovechó para indicar que un informe preliminar del estudio “resalta oportunidades promocionales en el tema de accesibilidad resaltando facilidades o productos turísticos con grandes adelantos en este caso como las Villas del Mar Hau en Isabela, Isla Caribe Tours en Ponce, Casa Bacardí en Cataño, Mar Sin Barreras en Luquillo y Puerto Rico Access Tours en San Juan y Fajardo, entre otros”.
Finalmente, Discover Puerto Rico manifestó su apoyo al P. del S. 357 y reiteraron su disposición a colaborar con la Comisión y demás agencias concernidas para robustecer la capacidad del sector turístico de atender a esta población de manera efectiva y sostenible.
IMPACTO FISCAL
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa señaló que el P. del S. 357 no tiene impacto fiscal significativo sobre la Compañía de Turismo de Puerto Rico y Discover of Puerto Rico dado que los planes de mercadeo de Puerto Rico son parte de los deberes ministeriales de las entidades.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales certifica que el P. del S. 357 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico considera meritorio aprobar el P. del S. 357. A tono con los cambios demográficos y sociales en la Isla, así como las tendencias globales en turismo accesible, resulta apremiante fortalecer el marco legal que impulse estrategias inclusivas en la promoción de Puerto Rico como destino. Según se desprende de los memoriales recibidos, tanto las agencias gubernamentales como los entes encargados de mercadear la Isla reconocen la necesidad de atender a una población diversa en sus capacidades funcionales y posicionar a Puerto Rico como un destino abierto y preparado para recibir a todo visitante por igual.
En consideración a lo antes expuesto, esta Comisión recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 357.
Respetuosamente sometido,
Hon. Marissa Jiménez Santoni
Presidenta
Comisión de Turismo
Recursos Naturales y Ambientales
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