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GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea								      1ra. Sesión
           Legislativa									 Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 369
INFORME POSITIVO
12 de mayo del 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Trabajo y Relaciones Laborales, previo estudio y consideración del P. del S 369, recomienda a esta Alto Cuerpo su aprobación sin enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Sendo 369 tiene como objetivo enmendar el Articulo 5B, derogar el inciso (e), enmendar el inciso (d) y renumerar el inciso (f) de la Ley Número 40 del 25 de mayo de 1972, según enmendada, a los fines de otorgar una licencia provisional a toda persona que haya satisfactoriamente completado su educación formal en el campo de la mecánica o técnico automotriz y que no haya tomado el examen que le faculta para obtener una licencia permanente; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCION
La Ley Número 40 del 25 de mayo de 1972 creó la Junta Examinadora de Técnicos y Mecánicos Automotrices de Puerto Rico, la cual se ha encargado desde sus inicios certificar decenas de mecánicos y técnicos automotrices en la isla.  Durante los pasados cuarenta y siete (47) años diversas medidas legislativas han ajustado los deberes de la Junta Examinadora para atemperarse a nuestra realidad social y así poder continuar cumpliendo con sus responsabilidades.  Entre estos están proveer mecánicos viables para lograr la certificación de Técnicos y Mecánicos Automotrices de Puerto Rico para aspirantes que buscan participar en el mundo laboral.

Cabe destacar que este proyecto no busca la desvalorización de la reválida que garantiza tener una Licencia de Técnico o Mecánico Automotriz; bajo el mismo se aspira impactar positivamente a todo aspirante a trabajar en este campo, proveyéndole la oportunidad de tener la experiencia de laborar como un aprendiz previo a haber tomado el examen que otorga la Junta Examinadora dos (2) veces al año.
Mediante la aprobación de esta Ley, se autoriza a las personas que han obtenido la educación debidamente acreditada y relacionada con el campo de estudio antes mencionado de forma satisfactoria, a desempeñarse en el campo laboral de forma provisional bajo la tutela de un Técnico Automotriz Licenciado o un Mecánico Automotriz Licenciado, sin haber tomado el examen que le faculta para obtener una licencia permanente.  

ANALISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Trabajo y Relaciones Laborales del Senado de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad en el estudio y evaluación del proyecto, solicitó memoriales explicativos al Automeca Technical College y al Liceo de Arte y Tecnología.  Sus comentarios se exponen brevemente, a continuación.

AUTOMECA TECHNICAL COLLEGE
Estamos a favor de esta medida, ya que creemos firmemente que se alinea con los principios pedagógicos que valoran la experiencia y el aprendizaje practico como elementos fundamentales en la formación de futuros profesionales en el campo de la mecánica automotriz…como educadores entendemos que las medidas recomendadas beneficiaran a todos los involucrados.  Las mismas no pretenden eximir ningún requisito ni graduar a estudiantes que no estén preparados para ejercer su profesión, sino todo lo contrario.  Esas medidas buscan aumentar las tasas de empleabilidad del país, las tasas de licencias y el cumplimiento con la Ley.

LICEO DE ARTE Y TECNOLOGIA
Desde el Liceo de Ate y Tecnología, expresamos nuestro respaldo a esta medida legislativa, ya que representa un paso afirmativo hacia la integración ágil y efectiva de nuestros egresados al mundo laboral. A su vez, aporta significativamente al fortalecimiento de la industria automotriz en Puerto Rico, un sector en crecimiento que demanda personal capacitado para su desarrollo continuo.  La aprobación de este proyecto contribuirá a cerrar la brecha entre la educación técnica la practica profesional, permitiendo que los talentos emergentes puedan insertarse con mayor rapidez y eficacia en la economía del país…avalamos el Proyecto del Senado 369 y reiteramos nuestra disposición a colaborar en cualquier aspecto que contribuya a su análisis y aprobación.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL 

En cumplimiento con el Articulo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Trabajo y Relaciones Laborales certifica que el P del S 369 no impone una obligación económica adicional en los presupuestos de los gobiernos municipales. 

CONCLUSION

La Comisión del Trabajo y Relaciones Laborales, reconociendo la importancia del Proyecto del Senado Numero 369, entiende que esa medida no solo es justa, sino que también necesaria para abordar las realidades económicas actuales y educativas en cuanto a los aspirantes a técnicos y mecánicos automotrices en Puerto Rico, ayuda a la empleomanía y baja la tasa de desempleo.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Trabajo y Relaciones Laborales del Senado de Puerto Rico, previo estudio consideración de este proyecto, tiene a bien presentarle a este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el P. del S. 369, recomendando su aprobación sin enmiendas.

Respetuosamente sometido,


Luis Daniel Colon La Santa
Presidente
Comisión del Trabajo y Relaciones Laborales

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