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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma Asamblea 1 ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 369

INFORME POSITIVO

16 DE MAYO DE 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educación, tras el correspondiente análisis y evaluación, recomienda a este Honorable Cuerpo Legislativo la aprobación del Proyecto de la Cámara número 369 (en adelante, P. de la C. 369), incorporando las enmiendas sugeridas al título y al contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. de la C. 369 tiene como propósito, añadir un nuevo inciso (20) al Artículo 4 de la Ley Núm. 195-2012, según enmendada, conocida como “La Carta de Derechos del Estudiante”, para reconocer el derecho de los estudiantes a participar en programas y/o actividades cívico-militares de cadetes en la comunidad escolar; enmendar el inciso (n) del Artículo 9.01 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de reconocer el derecho de los estudiantes a no ser objeto de discrimen u hostigamiento por motivos de su participación en estos programas y/o actividades; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

Las actividades cívico-militares son programas educativos que combinan la formación en valores cívicos como el respeto, la responsabilidad y el compromiso social, con elementos de disciplina, liderazgo y organización. Estas iniciativas, ofrecen a los estudiantes experiencias estructuradas y voluntarias que fortalecen su carácter, promueven el sentido de ciudadanía y los preparan para enfrentar los retos de la vida académica, profesional y social. A través de estas actividades, los jóvenes desarrollan habilidades de liderazgo, autodisciplina, trabajo en equipo y comunicación efectiva, mientras mejoran su condición física y bienestar emocional.

El P. de la C. 369 propone una política pública sólida y visionaria que reconoce el valor educativo, formativo y social de las actividades cívico-militares en el desarrollo integral de los niños y jóvenes de Puerto Rico. Esta iniciativa legislativa responde a la responsabilidad del Estado de proveer al estudiantado las herramientas necesarias para su crecimiento académico, personal y profesional, incorporando mecanismos que fortalezcan su liderazgo, disciplina, civismo y compromiso social desde etapas tempranas de su formación.

La medida no solo busca institucionalizar y ampliar el acceso a estos programas dentro del sistema de educación pública y privada del país, sino también garantizar que los estudiantes puedan participar de manera libre y protegida en actividades cívico-militares, sin temor a discriminación, estigmatización u hostigamiento. Para ello, se incorporan enmiendas significativas a la Ley Núm. 195-2012, según enmendada, conocida como “La Carta de Derechos del Estudiante” (en adelante, Ley 195-2012), así como a la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” (en adelante, Ley 85-2018), con el objetivo de consagrar legalmente estos derechos y asegurar su cumplimiento en todos los niveles del sistema educativo.

El P. de la C. 369 representa un paso firme hacia la promoción de una educación integral que armoniza el desarrollo académico, emocional y social del estudiantado. Con esta medida, el Gobierno de Puerto Rico reitera su compromiso con la formación de ciudadanos solidarios, proactivos y preparados para asumir roles de liderazgo tanto en la vida civil como en el servicio público y militar.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

El P. de la C. 369, fue radicado el 27 de febrero de 2025 y referido a la Comisión de Educación, el 27 de febrero de 2025.

En cumplimiento de nuestra responsabilidad legislativa y con el propósito de obtener los insumos necesarios para la evaluación del referido proyecto, la Comisión de Educación analizó los memoriales explicativos enviados por: Departamento de Educación de Puerto Rico (en adelante, DEPR), Asociación de Maestros de Puerto Rico (en adelante, AMPR), Guardia Nacional de Puerto Rico (en adelante, GNPR) y Departamento de Seguridad Pública (en adelante, DSP).

A continuación, se presenta un resumen detallado de los comentarios proporcionados por el DEPR, así como la AMPR:

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO

El DEPR, por conducto de su secretario, Lcdo. Eliezer Ramos Parés, presentó en su memorial explicativo la postura de la agencia respecto al P. de la C. 369.

El DEPR expresa su respaldo al P. de la C. 369, cuyo objetivo principal es reconocer como un derecho la participación de los estudiantes en programas y actividades cívico-militares, al entender que estas iniciativas constituyen una herramienta clave para el desarrollo integral, el fortalecimiento del liderazgo y la formación en valores cívicos de los jóvenes del país. Esta postura es coherente con la política pública que el Departamento promueve, orientada a garantizar el acceso equitativo a la educación, la salud y la seguridad, elementos esenciales para el crecimiento académico, personal y social del estudiantado. En consonancia con su Plan de Trabajo de Recuperación Académica 2021–2026, el DEPR ha integrado como eje fundamental la promoción de actividades que impulsen el liderazgo estudiantil, reconociendo que este tipo de experiencias permite a los alumnos identificar sus fortalezas, explorar sus intereses, y mejorar su desempeño académico, dentro de una filosofía educativa basada en la equidad, el pluralismo, el emprendimiento y la autonomía. A través del Programa de Consejería Profesional en el Escenario Escolar (PCPEE) y el Equipo Interdisciplinario Socioemocional (EIS), se facilita el desarrollo de experiencias que abarcan las dimensiones académica, vocacional y emocional, preparándolos para una transición efectiva al mundo postsecundario y laboral, conforme a las exigencias de un entorno globalizado y tecnológico. Adicionalmente, el DEPR se adhiere a lo dispuesto por las leyes federales aplicables, como la Sección 544 del National Defense Authorization Act y la Sección 9528 de la Elementary and Secondary Education Act, asegurando el cumplimiento de los procedimientos para la divulgación de información estudiantil a las autoridades militares, y respetando en todo momento el derecho de exclusión mediante consentimiento informado. Para ello, se han establecido protocolos institucionales, estructuras organizativas claras y mecanismos de orientación, documentación y seguimiento, en los cuales se garantiza la participación voluntaria y en igualdad de condiciones. En consecuencia, el DEPR reafirma su compromiso con una educación que forme ciudadanos responsables, solidarios y preparados para los retos del presente y del futuro, y concluye que el P. de la C. 369 constituye una medida alineada con sus funciones y visión educativa, razón por la cual no presenta objeción a su aprobación y se mantiene disponible para colaborar en su implementación conforme a las disposiciones legales vigentes.

ASOCIACIÓN DE MAESTROS DE PUERTO RICO

La Asociación de Maestros de Puerto Rico y su Local Sindical (en adelante, AMPR y AMPR-LS), por conducto de su presidente, el profesor Víctor M. Bonilla Sánchez, presentó su memorial explicativo. En este, tras resumir su composición como organización, así como sus funciones y facultades, expresaron que como organización han asumido la vanguardia en la defensa al magisterio y de la educación pública de los estudiantes de Puerto Rico.

Esta medida propone enmendar la Ley 195-2012 y la Ley 85-2018, para disponer que los estudiantes podrán integrarse libremente a organizaciones como el Junior Reserve Officer Training Corps (JROTC), Civil Air Patrol o ROTC, entre otras, como parte de su formación académica y cívica.

La AMPR se expresó a favor de la aprobación del P. de la C. 369, por considerar que este reconoce y protege un derecho fundamental de los estudiantes, el de participar voluntariamente en programas y actividades cívico-militares en sus comunidades escolares, sin ser objeto de discrimen o represalias por dicha participación.

Como parte de su respaldo a esta medida, la AMPR reconoce que estos programas han demostrado ser herramientas valiosas en el desarrollo de liderato, disciplina, compromiso social y vocación de servicio entre la juventud puertorriqueña, además de facilitar la preparación para carreras exitosas tanto en el ámbito militar como en el civil. Asimismo, la Asociación sostiene que quienes optan por involucrarse en estas actividades deben gozar de la misma protección de sus derechos civiles que cualquier otro ciudadano, por lo que su derecho a participar debe ser reconocido y protegido, al igual que el derecho de otros estudiantes a no participar, sin que ello implique exclusión o discriminación alguna.

En ese sentido, la AMPR apoya la medida bajo la condición expresa de que la participación en dichos programas no sea compulsoria en ningún caso, y reafirma su compromiso con la equidad, la inclusión y el respeto por la diversidad de intereses, convicciones y trayectorias de todos los estudiantes. Considera que el P. de la C. 369 representa una afirmación de los principios democráticos y formativos que deben guiar el sistema educativo del país, al fomentar la participación libre, el respeto mutuo y la formación de ciudadanos íntegros, responsables y comprometidos con el bienestar de su comunidad y de Puerto Rico.

Finalmente, la Asociación de Maestros reiteró su apoyo a la medida y la oportunidad brindada para expresarse.

GUARDIA NACIONAL DE PUERTO RICO

La GNPR apoya la aprobación del P. de la C. 369, al considerar que fomenta la participación de los jóvenes en programas educativos que redundan en un beneficio directo para la juventud puertorriqueña. Esta participación fortalece el desarrollo personal, académico y cívico de los estudiantes, y promueve valores fundamentales como la responsabilidad, el liderazgo y el compromiso ciudadano.

Entre los programas destacados se encuentran el Junior ROTC (en adelante, JROTC) y la Patrulla Aérea Civil (en adelante, Civil Air Patrol o CAP), los cuales ofrecen experiencias educativas complementarias. El JROTC se enfoca en cultivar la disciplina y el liderazgo dentro del entorno escolar, mientras que el CAP proporciona oportunidades más amplias relacionadas con la aviación, los servicios de emergencia y la colaboración intergeneracional. Ambos programas permiten que los participantes desarrollen destrezas útiles, sirvan a sus comunidades y fortalezcan su crecimiento personal.

La GNPR considera que tanto el JROTC como el CAP ofrecen una educación integral que empodera a los estudiantes a destacarse académica, social y profesionalmente. Por esta razón, respalda iniciativas legislativas como el P. de la C. 369, que protege el derecho de los estudiantes a participar libremente en estos programas. Al hacerlo, se fomenta la formación de una juventud disciplinada, saludable y comprometida con el servicio a su comunidad.

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD PÚBLICA

El DSP de Puerto Rico fue creado mediante la Ley 20-2017, según enmendada. El DSP consolida diversas agencias de seguridad como la Policía, Bomberos, Emergencias Médicas, Manejo de Emergencias, el sistema 9-1-1 y el Negociado de Investigaciones Especiales, bajo un solo organismo con el objetivo de modernizar, fortalecer y coordinar los servicios de seguridad pública de Puerto Rico. Esta estructura permite un uso más eficiente de los recursos fiscales y humanos, y facilita la colaboración tanto interna como con agencias federales de seguridad.

El DSP expresa su apoyo a la aprobación del P. de la C. 369, destacando que esta medida está alineada con su misión de promover el civismo, la disciplina y los valores en la juventud, elementos fundamentales para prevenir la delincuencia y fomentar el bienestar social. El DSP resalta varias iniciativas preventivas y educativas, entre ellas la Liga Atlética Policíaca, charlas comunitarias, participación en los “Drug Courts” y el “Programa Experience”, que promueve el reclutamiento juvenil con un enfoque preventivo. Estas acciones han tenido un impacto positivo al acercar a los jóvenes a modelos positivos y alejarlos de conductas delictivas.

Finalmente, el DSP recomienda tomar en cuenta el análisis del Departamento de Educación sobre la medida, dado su rol esencial en la implementación de programas en las escuelas. No obstante, el DSP se compromete a colaborar activamente con el Departamento de Educación y otras entidades educativas para apoyar la ejecución efectiva del P. de la C. 369.

DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO

Conforme al análisis y los hallazgos de la medida, la Comisión de Educación considera que su aprobación no tendrá un impacto fiscal significativo en los presupuestos de las agencias, departamentos, organismos, instrumentalidades o corporaciones públicas que requiera certificación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

La aprobación del Proyecto de la Cámara 369 representa mucho más que una enmienda legislativa: es un paso firme hacia una visión educativa más inclusiva, diversa y conectada con la realidad de nuestros jóvenes. Esta medida reconoce algo que, en el terreno, ya es evidente para muchos educadores, padres y estudiantes: que las actividades cívico-militares no solo tienen valor formativo, sino que ofrecen una oportunidad concreta para que nuestros jóvenes descubran su liderazgo, fortalezcan su carácter y se comprometan con su comunidad.

Desde hace años, vemos cómo programas como JROTC han impactado positivamente a miles de estudiantes en las escuelas. Hemos escuchado testimonios de jóvenes que, gracias a estas experiencias, encontraron una vocación, mejoraron su disciplina o simplemente aprendieron a creer en sí mismos. Este proyecto les da respaldo legal y protección para que puedan continuar creciendo en estos espacios sin miedo a ser discriminados o estigmatizados.

Integrar formalmente estas iniciativas al sistema educativo no es obligar a nadie, sino ofrecer más opciones. Se trata de ampliar el abanico de oportunidades y de reconocer que no todos los caminos de formación son iguales, ni deben serlo. En un momento donde tantos jóvenes buscan un propósito, herramientas para manejar la presión social o una ruta vocacional clara, iniciativas como esta pueden marcar una gran diferencia.

El apoyo que recibió esta medida de agencias como de organizaciones profesionales, reafirma que vamos por el camino correcto. Más aún, al incluir protecciones claras dentro de la Carta de Derechos del Estudiante y la Ley de Reforma Educativa, enviamos un mensaje claro: queremos un sistema educativo donde cada estudiante se sienta respetado, valorado y seguro, sin importar la iniciativa en la que decida participar.

En resumen, el Proyecto de la Cámara 369 es una inversión en el presente y el futuro de la juventud. Más que una Ley, es un compromiso con una educación que forma no solo buenos estudiantes, sino también buenos ciudadanos. Apostamos a una juventud con sentido de propósito, que mire el futuro con confianza y que sepa que en Puerto Rico hay espacio para crecer, servir y liderar.

Por lo antes expuesto, recomendamos la aprobación del P. de la C. 369, incorporando las enmiendas sugeridas al título y al contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Tatiana Pérez Ramírez

Presidenta

Comisión de Educación

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