ps0248-25.doc Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗
GOBIERNO DE PUERTO RICO

 20ma	Asamblea	1ra	Sesión
	Legislativa		Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 248
  13 de enero de 2025
Presentado por la señora Padilla Alvelo
Referido a la Comisión de Educación, Arte y Cultura
LEY

Para establecer la "Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados"; con el propósito de mantener una asignación anual de trescientos mil dólares ($300,000.00) para la educación especializada de estudiantes dotados y dar continuidad al trabajo del Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED); y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Esta ley tiene como objetivo hacer permanente la asignación anual de trescientos mil dólares ($300,000.00) para la educación especializada de estudiantes dotados, cumpliendo con lo establecido mediante la enmienda que realizase la Ley 144-2018 a la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", que estableció una asignación recurrente al Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED) para los años fiscales 2018-2019, 2019-2020 y 2020-2021.
Es sabido que los estudiantes dotados tienen necesidades educativas especiales que, si no se satisfacen, pueden llevar a la frustración, al estancamiento académico, a la subutilización de su potencial, a la deserción escolar, incluso a la depresión y sus conocidas consecuencias. Los estudiantes dotados son una población diversa, cuyos talentos se manifiestan de diferentes maneras y en diferentes áreas. Por tanto, es imperativo proporcionar recursos educativos apropiados para apoyar y nutrir estos talentos.
Los servicios que ofrece el IIDED han logrado que no tengan casos de deserción escolar entre los estudiantes atendidos. Se han evaluado miles de estudiantes e identificado y registrado a más de 1,100 estudiantes dotados, desde que se aprobaron las leyes en el 2012 y 2018; y han trabajado sobre 150 casos de aceleración académica con 100% por ciento de éxito. Esto incluye a estudiantes dotados que han adelantado cursos universitarios mientras permanecen en sus escuelas.  De los estudiantes acelerados que han llegado a la universidad, el 100% por ciento de ellos han estado en los cuadros de honor de sus respectivas universidades.
Si analizamos la cantidad asignada en esta medida, podemos ver que la misma apenas representa el .07 de un 1% uno por ciento del presupuesto de Educación Especial que es de $405 millones. 
Si consideramos lo que ocurre en otros países como por ejemplo en España: "Faltan por identificar 126.559, un 76% de los alumnos superdotados a nivel nacional que pueden terminar con fracaso escolar y graves problemas de adaptación. -2022". 
De un informe del 1991, citamos de la oficina del Departamento de Justicia de los Estados Unidos: "Experts estimate that 25 percent of all students drop out of school by age 16; between 18 and 25 percent of gifted and talented students, who comprise about 10 percent of the total student population, also drop out."                                                                                               
En sus más de 20 años de servicios, el IIDED ha demostrado la importancia de los servicios continuos para esta población. Son muchas las historias de éxito que pueden presentar a través de los años. Debemos pensar, que, si ayudamos a aquellas personas con necesidades especiales, si apoyamos y desarrollamos talentos artísticos y deportivos, es de suma importancia para el país poder apoyar y desarrollar el alto potencial de nuestros estudiantes.
La asignación de fondos que se propone en este proyecto de ley proporcionaría recursos financieros consistentes y previsibles para el IIDED, lo que permitiría a la institución planificar y ejecutar eficazmente programas y servicios a largo plazo. Este apoyo permitirá al IIDED continuar su importante trabajo de colaboración con el Departamento de Educación de Puerto Rico en áreas como la actualización del Registro de Estudiantes Dotados, la realización de evaluaciones psicológicas y educativas gratuitas, la orientación y apoyo a las familias, y la capacitación de recursos educativos.
Además, este proyecto de ley permitiría al IIDED mantener una oficina permanente para identificar y servir a la población de estudiantes dotados, sus familias y escuelas en la isla. Esto fortalece el alcance del IIDED y permitiría una mayor inclusión y equidad en la prestación de servicios a los estudiantes dotados en todo el país.
Esta ley es una inversión en el futuro de Puerto Rico. Los estudiantes dotados de hoy son los líderes, innovadores y creadores del mañana. Al garantizar una financiación constante y adecuada para la educación especializada de estos estudiantes, estamos invirtiendo en el futuro de nuestra isla y asegurando que todos nuestros jóvenes tengan la oportunidad de alcanzar su máximo potencial.
Por lo tanto, esta Asamblea Legislativa apoya hacer permanente la asignación anual trescientos mil dólares ($300,000.00) para la educación especializada de los estudiantes dotados. De este modo, garantizamos que nuestros jóvenes más talentosos reciban los recursos que necesitan para prosperar y que Puerto Rico siga siendo un líder en la educación de los estudiantes dotados.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Título. 
Esta Ley se conocerá como "Ley para la Permanencia de Fondos para la Educación Especializada de Estudiantes Dotados".
Sección 2.- Asignación Permanente y Uso.
Se asignará anualmente al Instituto de Investigación y Desarrollo para Estudiantes Dotados, Inc. (IIDED) la cantidad de trescientos mil dólares ($300,000.00) de manera permanente, provenientes del presupuesto del Departamento de Educación. Estos fondos deberán ser otorgados antes del comienzo del año escolar.
Los fondos asignados serán utilizados por el IIDED para los siguientes propósitos:
a. Colaborar con el Departamento de Educación de Puerto Rico en la actualización del Registro de Estudiantes Dotados;
b. Continuar ofreciendo servicios gratuitos de evaluaciones psicológicas y educativas de los casos referidos por el Departamento de Educación, para la identificación de los estudiantes dotados;
c. Ofrecer servicios de orientación y apoyo a las familias de estudiantes dotados;
d. Realizar visitas a las escuelas para coordinar esfuerzos en la prestación de servicios para estudiantes dotados;
e. Capacitar a los maestros, orientadores, trabajadores sociales y directores del Departamento de Educación;
f. Colaborar con la Universidad de Puerto Rico, y sus programas de educación y psicología, en la preparación de nuevos recursos para el país;
g. Llevar a cabo talleres especializados para los estudiantes dotados identificados por el IIDED.
El IIDED mantendrá una oficina para identificar y servir a la población de estudiantes dotados, sus familias y escuelas en la isla.
Sección 3.- Reglamentación y Fiscalización.
El Departamento de Educación regulará y fiscalizará los fondos asignados al IIDED, garantizando que se utilicen de manera eficiente y efectiva para el propósito establecido en esta Ley. 
Sección 4.- Vigencia.
Esta Ley entrará en vigor al inicio del año fiscal siguiente a su aprobación.

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.