GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 31
13 DE ENERO DE 2025
Presentada por el representante Rodríguez Aguiló
Referida a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para ordenar al Departamento de Vivienda a transferir por el precio nominal de un dólar ($1.00) a la Junta de Residentes Preocupados por la Educación, Inc., el predio de terreno, así como la estructura ubicada en la Parcela Núm. 106 de la Comunidad Villa del Mar en el barrio Playa del Municipio de Santa Isabel, conocida como la Biblioteca Comunitaria Villa del Mar; sin sujeción a las disposiciones de la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como ‘’Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal’’; establecer restricciones a la variación de uso o enajenación de la propiedad sin el consentimiento expreso del Secretario del Departamento de Vivienda; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En el año 2000, un grupo de voluntarios en el Municipio de Santa Isabel, en la Parcela Núm. 106 de la Comunidad Villa del Mar en el barrio Playa, tomó la determinación de convertir un solar baldío que se utilizaba para el depósito clandestino de basura, en un espacio idóneo para ofrecer a los estudiantes un lugar para el desarrollo de actividades educativas. Así nació la Biblioteca Comunitaria Villa del Mar. Esta biblioteca surgió como un esfuerzo del Instituto de Servicios Comunitarios (INSEC), del sector público, privado y de la comunidad para ofrecer a los niños del área la oportunidad de tener un centro de estudios. El proyecto surgió de un consenso con la comunidad al analizar en un perfil socioeconómico las grandes necesidades que había en el área de educación.
Establecida hace más de veintitrés años, la Biblioteca Comunitaria Villa del Mar, a través de maestros retirados, estudiantes y personal voluntario de la misma comunidad, comenzaron a brindar servicios gratuitos de educación, tutorías para los estudiantes, charlas, cínicas y orientación sobre diversos temas para la comunidad en general, actividades educativas y reuniones de grupos tales como la Liga Atlética Policiaca y los Boys Scouts of America. También posee un espacio para el uso de computadoras, donde voluntarios ayudan a jóvenes y adultos a familiarizarse con estas. La Biblioteca Comunitaria Villa del Mar, más allá de una estructura, se convirtió en el mismo corazón latente de la comunidad.
La Biblioteca es dirigida por la Junta de Residentes Preocupados por la Educación, Inc. Esta Organización sin fines de lucro tiene como objetivo y misión, servir al mayor número de personas mediante la creación de un medio ambiente positivo que permita a todos los miembros de su comunidad crecer mental, física y espiritualmente saludables. Su objetivo es contribuir al desarrollo social, cultural y educativo de todos los residentes, de manera tal que se pueda desarrollar una responsabilidad ciudadana práctica y real para que la comunidad sea forjadora de su propio destino, desalentando la dependencia económica del gobierno, así como fomentar la educación.
Tomando en consideración las necesidades actuales y futuras de la comunidad, la Junta de Residentes Preocupados por la Educación, Inc., ha identificado que la actual estructura es insuficiente para continuar brindando los servicios gratuitos a la comunidad. Sin embargo, al no poseer la titularidad del terreno ni la estructura, se imposibilita realizar la inversión requerida para evitar el deterioro de la actual estructura, así como realizar mejoras a esta.
La actual manejadora de Preocupados por la Educación Inc., Jackyline Ortiz Vélez, sobreviviente de un ataque de bala a la cabeza, lleva al mando por los pasados doce años. En este periodo, ha desarrollado el proceso de digitalización de la Biblioteca Villa del Mar y llevado a cabo otros esfuerzos de integración social. Su labor es totalmente voluntaria, por lo que no recibe remuneración alguna. El pasado 2023, recibió el premio Dorothy Richardson de Liderazgo Comunitario por parte de la organización sin fines de lucro reconocida por el Congreso Federal, Neighborworks America, que trabaja asuntos de desarrollo y fortalecimiento comunitario en Estados Unidos y Puerto Rico.
El Departamento de la Vivienda es el titular de la Parcela Núm. 106 de la Comunidad Villa del Mar en el barrio Playa, en el Municipio de Santa Isabel. Por tratarse de un bien inmueble en uso, las disposiciones de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como ‘’Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal’’, son inaplicables. La Resolución Conjunta Núm. 603-1996 y el Reglamento que regula la venta de solares a entidades sin fines de Pecuniarios, Reglamento 5794 de 6 de mayo de 1998 (“Reglamento 5794”), establecen las normas y procedimientos que deben seguirse en la venta de solares o en la entrega de títulos de propiedad a instituciones sin ánimo de lucro que ocupen una parcela o solar en comunidades desarrolladas y creadas por el Departamento de la Vivienda en calidad de arrendatarios u ocupantes. Conforme a las disposiciones legales antes citadas, para que las entidades puedan sin fines de lucro puedan acogerse a este tipo de transacción, deben ser una entidad legalmente constituida y organizada según las leyes de Puerto Rico, estar ocupando activamente el solar en comunidades creadas o desarrolladas por el Departamento de Vivienda, y estar participando en la prestación de servicios de carácter social, cívico, cultural o deportivo o actividades conducentes a valores morales y de readaptación social. Además de estos requisitos, la entidad que pretenda adquirir un solar del Departamento de la Vivienda debe estar al día con sus obligaciones económicas con el Gobierno de Puerto Rico.
Esta Asamblea Legislativa reconoce la gestión comunitaria realizada por la Biblioteca Villa del Mar en el Municipio de Santa Isabel, así como el impacto positivo que la misma ha tenido en todos los residentes de la Comunidad Villa del Mar. Hemos reconocido que la implantación de programas, actividades sociales, cívicas, culturales y deportivas, han evitado o rescatado a personas de los males que aquejan a nuestra sociedad. Esta labor tiene un valor incalculable y sólo estas instituciones sin fines de lucro pueden brindar esa ayuda eficientemente. Por tanto, es política pública del Gobierno de Puerto Rico, fomentar y respaldar este tipo de gestión que, sin lugar a duda, es en beneficio del bienestar común y ha producido resultados muy favorables para todos, en especial los residentes de la Comunidad Villa del Mar en el barrio Playa del Municipio de Santa Isabel.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena al Departamento de la Vivienda a transferir por el precio nominal de un dólar ($1.00) a la Junta de Residentes Preocupados por la Educación, Inc., el predio de terreno, así como la estructura ubicada en la Parcela Núm. 106 de la Comunidad Villa del Mar en el barrio Playa del Municipio de Santa Isabel, conocida como la Biblioteca Comunitaria Villa del Mar, sin sujeción a las disposiciones de la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como ‘’Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal’’ sobre la evaluación y disposición de propiedades inmuebles.
Sección 2.-Se ordena al Departamento de la Vivienda y a la Junta de Residentes Preocupados por la Educación, Inc., a suscribir y otorgar aquellos documentos públicos y privados que sean necesarios a estos fines, con el propósito de conceder el correspondiente título de propiedad, sujeto a que la entidad cumpla con la documentación requerida para dicha transacción.
Sección 3.-La transferencia ordenada en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta, estará condicionada a que la propiedad transferida, incluyendo las estructuras presentes y futuras que se construyan, se continúen utilizando para prestar servicios de carácter educativo, social, cívico, cultural, deportivo o realice, fomente o de algún modo patrocine eventos, actividades o programas cuyo propósito sea inculcar valores éticos, morales, caritativos, humanitarios o con fines de rehabilitación y readaptación social.
Sección 4.-Ninguna institución, entidad u organización sucesora de la Junta de Residentes Preocupados por la Educación, Inc., podrá variar el uso, o de algún modo, disponer o enajenar la propiedad sin el consentimiento expreso del Secretario del Departamento de la Vivienda, el cual tendrá derecho a retrotraer el título de propiedad, si la institución incumple o intenta variar los propósitos para los cuales se le cede la propiedad.
Sección 5.-El Departamento de la Vivienda deberá cumplir con lo ordenado en la Sección 1 de la presente Resolución Conjunta dentro de un término no mayor de sesenta (60) días laborables contados a partir de su aprobación.
Sección 6.-Si cualquier cláusula, párrafo, subpárrafo, oración, palabra, letra, disposición, sección, subsección, título, capítulo, subcapítulo, acápite o parte de esta Resolución Conjunta fuera anulada o declarada inconstitucional, la resolución, dictamen o sentencia a tal efecto no afectará, perjudicará, ni invalidará el remanente de esta Resolución Conjunta.
Sección 7.-Esta Resolución Conjunta ha sido promulgada conforme a, y de acuerdo con, la Constitución de Puerto Rico y en cumplimiento del poder de razón del Gobierno de Puerto Rico. En el caso de que las disposiciones de esta Resolución Conjunta estén en conflicto con las disposiciones de cualquier otra ley, prevalecerán las disposiciones de esta Resolución Conjunta.
Sección 8.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente luego de su aprobación.
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