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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 242

14 DE ENERO DE 2025

Presentado por la representante Burgos Muñiz

Referido a la Comisión de Educación

LEY

Para derogar la Ley 62-2017, conocida como “Ley para disponer el desarrollo de un proyecto piloto de escuelas coeducativas dirigido a promover la equidad de género”.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 62-2017, conocida como “Ley para disponer el desarrollo de un proyecto piloto de escuelas coeducativas dirigido a promover la equidad de género”, ordenó al Secretario de Educación y a la Procuradora de la Mujer crear un grupo compuesto por diversos miembros de la comunidad escolar, a los fines de diseñar las estrategias a llevarse a cabo en las escuelas, para evitar el discrimen por razón de género. Entre las estrategias a ser utilizadas por dicho grupo, se encontraban las siguientes: educación a la ciudadanía, red de escuelas, actividades escolares, materiales educativos, desarrollo de una asignatura sobre equidad de género, y campañas de divulgación ciudadana. De los esfuerzos realizados por el grupo, debía surgir un Proyecto Piloto a ser implementado en diez (10) escuelas elementales del Sistema de Educación Pública, desde enero de 2018, con la finalidad de promover la equidad de género. El número de escuelas participantes del Proyecto podía ser aumentado a discreción del Departamento de Educación. Según dispone el Artículo 6 de la citada Ley, el Proyecto Piloto tendría una duración de dos (2) años. Durante su implementación, el Secretario de Educación venía obligado a radicar, ante la Secretaría de ambos Cuerpos de la Asamblea Legislativa, informes semestrales sobre el progreso e implantación del Proyecto y sobre los resultados que se fueran generando. Culminado el periodo de dos (2) años, el Secretario de Educación radicaría, ante esta Asamblea Legislativa, una evaluación final de la efectividad del Proyecto Piloto.

Hoy, el Departamento de Educación solo ha radicado un informe, con fecha del 12 de abril de 2018. El mismo fue suscrito por la entonces Secretaria de Educación, Julia B. Keleher. Según revela el referido documento, a la fecha del informe se había constituido la junta que estaría diseñando las estrategias del Proyecto Piloto. Dicha junta determinó que el Proyecto Piloto constaría de tres fases iniciales antes de dar paso a la implementación, a saber: una convocatoria abierta para escuelas interesadas en participar del Proyecto, la preselección de escuelas que participarían en el Proyecto y la orientación a directores, facultad y padres. A la fecha del informe, se habían implementado las fases de convocatoria abierta y selección de escuelas. Sin embargo, tanto el Secretario de Educación como la Procuradora de la Mujer, han incumplido con su deber de presentar informes semestrales posteriores a ambos cuerpos de la Asamblea Legislativa.

Pasados varios años desde el comienzo del Proyecto Piloto ordenado por la Ley 62-2017, se hace necesaria la derogación expresa de la referida Ley. Esto con la finalidad de evitar que el la Rama Ejecutiva continúe con la implementación de un Proyecto que, por disposición de Ley, solo tenía un término de duración de dos (2) años. Con la presente medida, buscamos salvaguardar las facultades constitucionales de esta Asamblea Legislativa.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.-Se deroga la Ley 62-2017.

Artículo 2.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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