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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. del C. 246

INFORME POSITIVO

25 de septiembre de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:

Las Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 246, recomienda su aprobación con las enmiendas contenidas en el Entirillado Electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara 246 (P. de la C. 246) propone establecer formalmente la "Plataforma Digital 'Cuéntamelo' para la Protección de Poblaciones Vulnerables". La medida busca autorizar al Gobierno de Puerto Rico, por conducto del Puerto Rico Innovation & Technology Service (PRITS), a desarrollar una aplicación. La función operativa de esta aplicación sería la de servir como un sistema para denunciar confidencialmente una situación de maltrato y solicitar asistencia a la Policía de Puerto Rico y/o agencias pertinentes.

AnÁlisis de la Medida

La Exposición de Motivos de la medida establece que la tecnología es una herramienta de utilidad que permite una pronta respuesta e interacción entre las partes, acercando los servicios gubernamentales a la ciudadanía. Se destaca que, históricamente, los casos de maltrato infantil y abuso sexual en Puerto Rico han sido un problema grave, con miles de incidentes reportados. Se reconoce que las víctimas, especialmente menores y personas vulnerables, enfrentan obstáculos como el miedo o la culpa que dificultan el acceso presencial a las autoridades para solicitar ayuda.

La intención legislativa es aprovechar la tecnología para desarrollar una herramienta que permita una respuesta rápida en situaciones de emergencia, salvando potencialmente vidas.

La aplicación buscaría habilitar un canal de comunicación y expresión ciudadana bajo estrictos parámetros de confidencialidad, garantizando que la identidad del constituyente esté salvaguardada. El desarrollo de la aplicación móvil "Cuéntamelo" recaerá en PRITS, con la colaboración de la Policía de Puerto Rico, el Departamento de la Familia (DF), y el Departamento de Educación (DE), y el acceso a la aplicación será gratuito para los ciudadanos.

El proyecto dispone que la denuncia recibida a través del sistema debe ser referida a la Policía de Puerto Rico y al Departamento de la Familia para su investigación, salvaguardando la confidencialidad del proceso.

ALCANCE DEL INFORME

Para el estudio y evaluación del P. de la C. 246, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes solicitó comentarios y ponencias a los siguientes:

  1. Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF)
  2. Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI)
  3. Departamento de Seguridad Pública (DSP)
  4. Departamento de Educación (DE)
  5. Departamento de la Familia (DF)
  6. Departamento de Justicia (DJ)
  7. Negociado de la Policía de Puerto Rico (NPPR)
  8. Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS)
  9. Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA)
  10. Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM)
  11. Oficina de Gerencia y Presupuesto
  12. Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (OPAL)

Se recibieron y consideraron los siguientes:

Negociado de Negociado de Sistemas de Emergencias 9-1-1 (NSE-911)

El Negociado de Sistemas de Emergencias 9-1-1 (NSE-911) avala la aprobación del Proyecto de la Cámara 246. El Negociado indica que promueve todas las iniciativas dirigidas a facilitar una respuesta rápida en situaciones de emergencia. El Comisionado José A. Reyes Cañada reiteró el compromiso de fortalecer las operaciones del Negociado para incrementar la agilidad y eficiencia del sistema 9-1-1 y garantizar la atención por las Agencias de seguridad pública.

El NSE-911 considera que el recibo de notificaciones como las que trata el proyecto es de suma importancia, ya que ofrece la confidencialidad necesaria para que las personas reporten incidentes. No obstante, el Negociado considera imperativo establecer la salvedad de que la aplicación propuesta no debe sustituir la llamada o mensaje de texto al sistema 9-1-1 durante una emergencia de maltrato.

Esta salvedad es importante para que el servicio propuesto no sustituya la respuesta a incidentes que ya están en proceso a través del canal de emergencias principal. El NSE-911, que administra la prestación de servicios de atención de llamadas al 9-1-1 y su distribución a los negociados del DSP y otras agencias, se alinea con la medida siempre y cuando se respete su rol en las emergencias en curso.

Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS)

PRITS respalda la intención del proyecto, pues promueve el uso estratégico de la tecnología para atender necesidades sociales urgentes y fomenta la modernización del Gobierno de Puerto Rico. PRITS tiene el peritaje técnico y el respaldo legal necesario, según varias leyes (incluyendo la Ley 40-2024 de Ciberseguridad), para desarrollar e implementar plataformas digitales seguras y accesibles, y reafirma su disposición para colaborar en el diseño y desarrollo de esta solución tecnológica.

Sin embargo, PRITS señaló que no es una agencia de ley y orden ni posee facultades para recibir, investigar o gestionar denuncias de maltrato o abuso. Por lo tanto, es indispensable que la medida en su parte dispositiva reconozca el rol institucional de la Administración de Familias y Niños (ADFAN), adscrita al Departamento de la Familia (DF), como la entidad con competencia ministerial para recibir y atender denuncias de maltrato. La implementación efectiva de la política pública dependerá de que el diseño de la aplicación se fundamente en los procesos reales de atención y respuesta de las entidades con competencia legal y operacional.

PRITS sugirió que la Comisión evalúe la viabilidad de la herramienta tecnológica en coordinación con la ADFAN, para determinar si resulta adecuada desde el punto de vista operacional y si se alinea con los protocolos de intervención existentes. Adicionalmente, PRITS recomendó auscultar la posición del Negociado del Sistema de Emergencias 9-1-1 para evitar una posible duplicidad de esfuerzos. Finalmente, sugirieron consultar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) para evaluar el potencial impacto fiscal de la medida.

Departamento de Seguridad Pública (DSP)

El Departamento de Seguridad Pública (DSP), a través de su Secretario Arthur J. Garffer, favorece la aprobación del P. de la C. 246. El DSP reconoce que el objetivo de la medida es loable, ya que la aplicación "Cuéntamelo" tiene el potencial de convertirse en una herramienta útil para alertar a las autoridades sobre situaciones de maltrato, reduciendo el tiempo de respuesta y mitigando las circunstancias en que las víctimas desisten de denunciar a sus agresores por temor. El Negociado de la Policía de Puerto Rico (NPPR), adscrito al DSP, ya cuenta con normativa, guías y protocolos necesarios para intervenir en casos de maltrato, sea a menores de edad o a adultos mayores.

El DSP hizo hincapié en la necesidad de garantizar la confidencialidad y seguridad de la información. Recomiendan que, en el desarrollo e implementación, se garanticen principios como el anonimato de los denunciantes, el uso de cifrado seguro para proteger la información transmitida, el acceso restringido solo al personal autorizado y la capacitación del personal sobre la confidencialidad.

El DSP recomendó encarecidamente que se ausculte la opinión de la Oficina del Procurador de Personas de Edad Avanzada (OPPEA), la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI) y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, por ser poblaciones beneficiadas. Dado que la aplicación será gratuita y requerirá la erogación de fondos públicos, también se debe consultar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), el Departamento de Hacienda, y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF). Finalmente, sugirieron establecer las penas correspondientes para quienes quebranten la prohibición de efectuar denuncias falsas.

Departamento de la Familia (DF)

El Departamento de la Familia (DF) reitera su disposición para colaborar en la búsqueda de alternativas tecnológicas que fortalezcan el desarrollo e implementación de herramientas que faciliten la denuncia de casos de maltrato. El DF reconoce que esta herramienta digital, denominada "Cuéntamelo", proporcionaría un canal tecnológico accesible y confidencial que facilitaría la denuncia inmediata de situaciones de maltrato o abuso a menores y otras poblaciones vulnerables, permitiendo respuestas rápidas y efectivas por parte de las autoridades.

El DF es la agencia central responsable de la prevención y protección de menores (Ley 57-2023). La Administración de Familias y Niños (ADFAN) actualmente recibe referidos de maltrato a través de su Línea Directa (disponible 24/7 y confidencial), lo que es análogo al servicio pretendido. Por ello, el DF recomienda que, si se opta por el desarrollo de esta herramienta, no sustituya el rol primordial del Departamento en la prevención, intervención temprana y atención directa, sino que sirva como mecanismo adicional.

El DF sugiere la importancia de realizar una evaluación actualizada de los recursos humanos y fiscales necesarios para atender las denuncias y que se incluya una asignación presupuestaria específica en la medida para garantizar la sostenibilidad y retención del personal. Además, advierten que una falta de interconexión efectiva entre la nueva plataforma y los sistemas existentes (como la Línea Directa) podría generar retrasos y duplicidad de esfuerzos. Finalmente, el DF recomienda que la medida incluya lenguaje específico sobre el protocolo y las situaciones particulares que se podrán reportar, para asegurar una intervención efectiva.

Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF)

La Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) reconoce el mérito de la presente medida, que busca crear una herramienta nueva para atajar las instancias de maltrato infantil y abuso sexual, utilizando la tecnología para mejorar los mecanismos de comunicación en situaciones críticas. Sin embargo, la AAFAF enfoca su análisis en el impacto fiscal de la medida.

La AAFAF coincide con el DSP en que, dado que el Artículo 1 dispone que el acceso a la aplicación será gratuito, el desarrollo y mantenimiento de "Cuéntamelo” debe contar con el análisis de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL). Por ello, la AAFAF tiene interrogantes fiscales y programáticas que deben ser aclaradas, y su aprobación requiere un ejercicio minucioso para escrutar estrictamente su impacto fiscal.

Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI)

La Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI) endosa el mandato de política pública contenido en la medida para la creación de una aplicación electrónica destinada a la prevención de maltrato y emergencias sociales. La agencia coincide con la Exposición de Motivos al señalar que las herramientas digitales pueden facilitar la detección temprana de situaciones de riesgo y proporcionar una alternativa discreta y segura para solicitar ayuda a menores y a la población con impedimentos.

La DPI realizó una sugerencia clave en cuanto a la terminología, solicitando que se sustituya la palabra "incapacitado" utilizada en la Exposición de Motivos por el término "persona con impedimento". La agencia argumenta que el término "incapacitado" ha sido eliminado por ser considerado peyorativo e insultante, y el término preferido está definido jurídicamente en la Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos (Ley 238-2004).

El endoso de la DPI está condicionado a que se contemple el igual acceso a las personas con impedimentos. Esto incluye asegurar la implementación de las guías de accesibilidad creadas por PRITS, conforme a la Ley 229-2003 (Ley para Garantizar el Acceso de Información a las Personas con Impedimentos). Finalmente, la DPI sugiere que se identifiquen y asignen los fondos y/o presupuesto pertinente en la propia medida para lograr su ejecución e implantación.

Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA)

La Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) avala la aprobación del P. de la C. 246. La agencia considera que la aplicación propuesta será altamente conveniente y efectiva para la atención e intervención en favor de los adultos mayores que puedan ser víctimas de maltrato en todas sus modalidades, facilitando así la atención de las querellas y denuncias. La Ley 121-2019 (Carta de Derechos y Política Pública a favor de los Adultos Mayores) ya establece la política pública para la atención e intervención del maltrato a esta población.

La OPPEA enfatizó la necesidad de establecer controles y salvaguardas que garanticen la confidencialidad de la información que provea el denunciante. Además, solicitan que se establezcan las sanciones y penalidades que acarree el incumplimiento del manejo de datos, privacidad o confidencialidad.

En cuanto a su sugerencia operacional, la OPPEA requiere que la aplicación, además de notificar al Negociado de la Policía, notifique automáticamente la denuncia al Departamento de la Familia (DF). Esta notificación al DF es fundamental porque el Departamento es la agencia a la que le corresponde investigar la denuncia en el aspecto civil y social. También solicitan que la aplicación notifique a la propia Procuraduría, para que puedan ejecutar su responsabilidad fiscalizadora de forma oportuna.

Departamento de Educación (DE)

El Departamento de Educación (DE) avala la aprobación del P. de la C. 246, ya que la medida resultará beneficiosa para la población estudiantil y las personas vulnerables que el proyecto busca proteger. El DE, que opera en cumplimiento con la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018), busca garantizar que los estudiantes desarrollen capacidades y talentos para ser ciudadanos productivos y respetuosos de la ley. La Oficina de Sistemas de Información del DE se mostró dispuesta a colaborar con PRITS en el desarrollo de la herramienta.

El DE, sin embargo, identifica preocupaciones técnicas en cuanto a los plazos propuestos. Consideran que el plazo de 180 días es muy limitado para el desarrollo de un prototipo. Este límite de tiempo podría verse afectado por la dificultad en la disponibilidad de recursos especializados y el largo proceso burocrático (hasta cuatro meses) para la preparación y trámite de contratos gubernamentales necesarios para la contratación de recursos privados.

Por tal motivo, el DE sugiere que se otorgue un plazo mayor, al menos unos 90 días adicionales. Este tiempo adicional es crucial para la puesta en producción de una herramienta que no solo tenga la funcionalidad requerida, sino que también cuente con los controles y medidas de seguridad necesarios para la protección de los usuarios y su información.

Departamento de Justicia (DJ)

El Departamento de Justicia (DJ) respalda la intención legislativa del P. de la C. 246, la cual está acorde con la política pública de prevención y protección de las víctimas del delito de maltrato. El DJ reafirma su compromiso de apoyar el desarrollo e implementación de medidas que contribuyan a un Puerto Rico más seguro.

En su análisis jurídico, el DJ recomendó que se defina con especificidad qué constituye una "Población Vulnerable" y cuáles sectores de la población están incluidos en el concepto. Además, en cuanto a la disposición de que las denuncias sean referidas al DSP, el DJ sugiere que se modifique el lenguaje para referirse directamente al "Negociado de la Policía de Puerto Rico", ya que la Policía de Puerto Rico es un Negociado adscrito al DSP.

Respecto al Artículo 2, que prohíbe las denuncias falsas, el DJ sugiere que se reformule la enmienda para delimitar con claridad los actos que constituirían delito, conforme al principio de legalidad. El DJ resalta que la conducta de realizar una denuncia falsa a sabiendas ya se encuentra tipificada como delito grave en el Código Penal (Artículo 239). Finalmente, el DJ recomienda que se ausculte la opinión de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) para validar la viabilidad fiscal.

Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM)

La Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) presenta un análisis favorable al Proyecto de la Cámara 246, que propone establecer una Plataforma Digital llamada "Cuéntamelo" para la protección de poblaciones vulnerables en Puerto Rico. Esta plataforma permitiría denunciar confidencialmente situaciones de maltrato y solicitar asistencia inmediata a la Policía y otras agencias pertinentes. La OPM destaca la importancia de esta herramienta tecnológica para facilitar el acceso seguro y rápido a la ayuda, especialmente para víctimas que, por miedo, se inhiben de denunciar en otras condiciones.

La Procuradora enfatiza que el proyecto se alinea con la política pública establecida en la Ley 20-2001, que protege los derechos humanos de las mujeres y promueve la equidad de género y la participación social. Reconoce que la aplicación debe garantizar la seguridad, confidencialidad y anonimato de las denuncias, así como proteger la información recolectada para evitar accesos no autorizados. Además, sugiere educar al público sobre el uso correcto de la plataforma, sus garantías y las consecuencias de un mal uso, asegurando que la aplicación no solo sea útil sino segura y confiable para las víctimas.

La OPM respalda firmemente la aprobación del proyecto, considerando que provee un mecanismo efectivo para denunciar maltrato de manera segura, contribuyendo a proteger la vida y seguridad de las víctimas. En resumen, la Oficina ve este proyecto como una medida justa y necesaria que complementa las iniciativas gubernamentales para la protección de mujeres y poblaciones vulnerables en Puerto Rico.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico ha revisado detalladamente los planteamientos presentados por las diversas agencias en relación con el Proyecto de la Cámara 246. La medida, que busca crear un canal digital seguro y confidencial para la denuncia de maltrato a poblaciones vulnerables, ha recibido un respaldo significativo de las entidades consultadas, incluyendo el DSP, el DF, el DE, PRITS, NSE-911, DPI, OPPEA y DJ.

Si bien existe consenso sobre la intención legislativa, varias agencias (PRITS, DF, DSP, DJ, DE) ofrecieron recomendaciones técnicas y enmiendas puntuales relacionadas con la delimitación de funciones interagenciales (especialmente reconociendo el rol primordial de ADFAN/DF), la ciberseguridad y confidencialidad, la terminología jurídica (DPI), y los plazos de implementación (DE).

En relación al posible impacto fiscal del Proyecto de la Cámara 246, se incluyó una enmienda para ordenar que la aplicación sea desarrollada con los recursos disponibles de cada agencia.

El objetivo del Proyecto de la Cámara 246 es cónsono con la política pública del Estado de proteger a sus poblaciones más vulnerables (menores, adultos mayores y personas con impedimentos) y de utilizar la tecnología para mejorar la seguridad ciudadana y la respuesta a emergencias. Cónsono con lo anterior esta Comisión recogió las enmiendas técnicas y sobre terminología para perfeccionar el Proyecto de la Cámara 246.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, presenta ante este Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto de la Cámara 246, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el Entirillado Electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Víctor L. Parés-Otero

Presidente

Comisión de Gobierno

Cámara de Representantes de Puerto Rico

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