GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 1ra. Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 59 15 DE ENERO DE 2025 Presentada por el representante Pérez Ortiz Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales que lleve a cabo una investigación exhaustiva sobre las disposiciones del Artículo 7.148 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como el "Código Municipal de Puerto Rico", con el fin de analizar propuestas viables de enmiendas, evaluar el impacto financiero en los municipios y considerar alternativas para garantizar el equilibrio entre los ingresos municipales y el apoyo a los sectores comerciales; investigar todo asunto relacionado al impuesto al inventario; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En el ejercicio de las facultades inherentes a este cuerpo legislativo, y reconociendo la necesidad la importancia de implementar de promover un sistema contributivo que equilibre los intereses de los municipios, los comerciantes y el bienestar general, se presenta la siguiente Resolución con el objetivo de abordar los desafíos asociados la controversia en torno al impuesto sobre el inventario. El impuesto sobre el inventario se ha convertido en una de las principales preocupaciones del sector comercial de Puerto Rico. Esta contribución obliga a los comerciantes a pagar por mercancía almacenada que no ha sido vendida, generando costos adicionales que desincentivan la acumulación de inventarios necesarios, especialmente en situaciones de emergencia como desastres naturales. Aunque el impuesto representa una fuente significativa de ingresos municipales, aportando aproximadamente el 58% de los ingresos por propiedad mueble, su aplicación también afecta la disponibilidad de productos esenciales y limita la capacidad de respuesta en momentos críticos. En el año fiscal 2022-2023, este impuesto generó $281 millones, de los cuales $150 millones se destinaron a la amortización y redención de obligaciones generales. Esta Resolución se fundamenta en el Código Municipal de Puerto Rico, Ley Núm. 107-2020, Artículo 7.148, que regula la contribución sobre el inventario de fabricantes, comerciantes o negociantes. Dicha legislación otorga a los municipios facultades para la imposición de contribuciones sobre la propiedad mueble. La investigación y eventual modificación de este impuesto busca proteger a los comerciantes y consumidores, incentivar una mayor disponibilidad de inventarios y garantizar la sostenibilidad de los servicios municipales esenciales. Esto podría lograrse mediante alternativas que reduzcan la carga tributaria para los comerciantes sin comprometer los ingresos necesarios para los municipios. Desde el paso del Huracán María en el año 2017, las críticas al impuesto sobre el inventario se han intensificado debido a la dificultad de mantener abastos adecuados para atender emergencias. La Asamblea Legislativa ha evaluado varias medidas para modificar o eliminar este impuesto, sin embargo, estas iniciativas no han prosperado debido a la falta de consenso sobre una fuente de ingreso sustituta. El Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) ha propuesto un mecanismo temporero que establece la responsabilidad contributiva sobre la valorización del inventario por un periodo de seis años, permitiendo mayor flexibilidad para los comerciantes mientras se estudian alternativas permanentes. La Gobernadora de Puerto Rico, Honorable Jenniffer González Colón, ha reafirmado en múltiples ocasiones, el compromiso de su administración con atender la problemática relacionada con el impuesto sobre el inventario. Entre las propuestas se ha mencionado, la congelación del impuesto sobre el inventario por un periodo de cinco años. Este enfoque busca proporcionar el tiempo necesario para evaluar alternativas viables que puedan sustituir el impacto financiero de este impuesto en los municipios, mientras se asegura el apoyo al sector comercial y la disponibilidad de inventarios esenciales. Esta Cámara de Representantes, reconociendo que el impuesto nutre las finanzas municipales, entiende meritorio realizar la investigación propuesta e imperativo encontrar un balance que fomente la inversión y la competitividad de los negocios locales. La modificación del impuesto sobre el inventario es un paso necesario para balancear las necesidades fiscales de los municipios con los intereses de los comerciantes y consumidores. Este esfuerzo representa una oportunidad para fortalecer la infraestructura fiscal del país de la Isla y garantizar el bienestar general en un marco de justicia y equidad tributaria. RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Sección 1.-Se ordena a la Comisión de Asuntos Municipales que lleve a cabo una investigación exhaustiva sobre las disposiciones del Artículo 7.148 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como el "Código Municipal de Puerto Rico", con el fin de analizar propuestas viables de enmiendas, evaluar el impacto financiero en los municipios y considerar alternativas para garantizar el equilibrio entre los ingresos municipales y el apoyo a los sectores comerciales; investigar todo asunto relacionado al impuesto al inventario. Sección 2.- La Comisión de Asuntos Municipales podrá realizar todos los estudios, investigaciones, reuniones, citaciones, solicitudes de producción de documentos, solicitudes de información, requerimientos, e informes que entienda necesarios y podrá investigar cualquier asunto que entienda pertinente para cumplir con lo dispuesto en esta Resolución. Sección 3.- La Comisión de Asuntos Municipales, someterá a la Cámara de Representantes un informe final los informes parciales que estime necesarios o convenientes, conteniendo los hallazgos, conclusiones, y recomendaciones, que estime pertinentes, incluyendo las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse con relación al asunto objeto de este estudio, dentro del término de ciento ochenta (180) días contados a partir de la aprobación de la presente medida esta investigación, asimismo, someterá un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa. Sección 4 3.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.