GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 71
21 DE ENERO DE 2025
Presentada por el representante Torres Cruz
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCION
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos de las agencias, departamentos y dependencias del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para implantar los Planes de Reorganización ordenados mediante la Ley Núm. 122-2017.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley Núm. 122-2017, conocida como la "Ley del Nuevo Gobierno de Puerto Rico", fue creada y facultó al Gobernador(a) del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a reestructurar el Gobierno argumentando que los recursos y personal de la Rama Ejecutiva requerían la transferencia, consolidación, reorganización, externalización y creación de nuevas estructuras gubernamentales y agencias mediante un proceso con Planes de Reorganización. Conforme a dicha Ley 122, supra, estos planes serían aprobados por la Asamblea Legislativa mediante Resolución Concurrente en un término de treinta (30) días desde su presentación, término que podría extenderse por quince (15) días adicionales, si se notificaba al Gobernador(a).
Es importante señalar, que el Gobernador(a) presentara ante la Asamblea Legislativa, con el Plan de Reorganización o quince (15) días luego de aprobado el mismo, los proyectos para derogar aquellas leyes pertinentes. Estos proyectos, en específico dispondrán las nuevas leyes habilitadoras, si alguna, la nueva política pública de la agencia objeto de la reorganización, así como aquellas enmiendas necesarias para la ejecución del plan correspondiente.
Según el Artículo 1.04 de dicha Ley 122, ante, los objetivos de los Planes de Reorganización, incluían:
"1) Se promueva la mejor ejecución de las leyes y la más eficaz administración pública;
2) Se reduzca, visto el Gobierno como un todo, el gasto público mientras se crea un gobierno más ágil, eficiente y manteniendo la prestación de servicios públicos a los sectores que las leyes vigentes protegen;
3) Se revise el número de agencias, creando, reorganizando, consolidando o externalizando sus programas y servicios;
4) Se elimine la duplicidad y/o redundancia de entidades, servicios y programas;
5) Se garantice la continuidad en el acceso a los fondos federales;
6) Se cumpla con el Plan Fiscal;
7) No se consolide ninguna de las agencias gubernamentales enumeradas en la Constitución de Puerto Rico ni las enumeradas en esta Ley; y
8) Se protejan los derechos de los empleados regulares de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente y conforme a la Ley 8-2017, según enmendada."
Sin embargo, han sido múltiples los reclamos de que dichos planes trastocaron la funcionabilidad y la prestación de servicios públicos a la ciudadanía. Señalamientos, que particularmente también se plantean de manera constante en la reestructuración del componente de seguridad por la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como "Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico", mediante negociados con diferentes funciones y responsabilidades a descargar que se argumenta son confusas en la práctica que afectan la independencia de criterio y acción de estos.
Así, esta Resolución de la Cámara de Representantes de Puerto Rico provee el instrumento adecuado para constatar si han sido efectivos esos planes y si las agencias han reducido el gasto en la estructura gubernamental, se han consolidado funciones, se ha facilitado la transferencia de empleados, se han fusionado dependencias, y se han descentralizado servicios como se planteó. Además, el conocer si se ha utilizado la tecnología para simplificar procesos e interconectar todas las agencias y corporaciones públicas mediante estas reorganizaciones y más importante; cómo ha quedado la plantilla de empleados públicos y sus derechos adquiridos.
A tales efectos, esta Cámara de Representantes ejerce su prerrogativa de fiscalización y examen de estas nuevas estructuras. Todo esto, con el fin de procurar que todo componente gubernamental cumpla su responsabilidad y función acorde a las necesidades de nuestra sociedad en este Siglo XXI.
RESUÉLVESE POR LA CAMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre como las agencias, departamentos y dependencias del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico han implementado los Planes de Reorganización ordenados mediante la Ley Núm. 122-2017.
Sección 2.-La Comisión podrá rendir informes parciales y tendrá ciento ochenta (180) días a partir de la aprobación de esta Resolución para rendir un informe final con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Sección 3.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.