GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea Legislativa | 3ra Sesión Ordinaria |
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 276
INFORME POSITIVO
27 DE ABRIL DE 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 276, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación, con las enmiendas sometidas en el entirillado electrónico que acompaña a este Informe.
I. ALCANCE DE LA MEDIDA
El P. del S. 276, de la autoría del senador Hon. Thomas Rivera Schatz y coautores, propone enmendar el sub-inciso (i) del inciso 3 y los sub-incisos (g), (l) y (p) del inciso 4 del Artículo 1B, y añadir un nuevo Artículo 1-D a la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, a los fines de hacer disponible las facilidades del Hospital Industrial de Puerto Rico a todos los pacientes que requieran servicios médico-hospitalarios, actualizar la cita de disposiciones legales allí mencionadas, y para otros fines relacionados.
El sistema de salud pública en Puerto Rico enfrenta una situación crítica, agravada por la saturación del Centro Médico de Puerto Rico y del Hospital de Trauma de Río Piedras. Ante este escenario, la Asamblea Legislativa ha identificado como alternativa viable hacer disponible las facilidades del Hospital Industrial de Puerto Rico a toda la población, manteniendo en todo momento la prioridad en la atención a los trabajadores lesionados bajo la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE).
El Hospital Industrial, inaugurado el 6 de junio de 1967, fue la primera institución hospitalaria en Puerto Rico con un Departamento de Medicina Física y Rehabilitación integrado. Cuenta con una Unidad de Quemados reconocida a nivel nacional e internacional, cinco salas de operaciones y una Facultad Médica compuesta por 16 médicos regulares, 3 médicos asistentes y 49 especialistas y subespecialistas. Aunque opera con licencia para 271 camas, actualmente utiliza aproximadamente 125, representando una subutilización considerable de su capacidad instalada.
La medida también actualiza referencias legales obsoletas contenidas en la Ley 45-1935, sustituyendo la Ley 170-1988 por la Ley 38-2017 (Procedimiento Administrativo Uniforme), la Ley 5-1975 por la Ley 8-2017 (Recursos Humanos en el Gobierno) y la Ley 42-1989 por la Ley 14-2004 (Inversión en la Industria Puertorriqueña).
III. MEMORIALES RECIBIDOS Y ANÁLISIS
Esta Comisión consideró el memorial explicativo de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), presentado originalmente ante la Comisión de Salud del Senado el 9 de abril de 2025 y Departamento de Salud, la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES) y la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (ASEM).
Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE)
La CFSE endosó la medida con recomendaciones. Reconoció que el Hospital Industrial es un instrumento fundamental para alcanzar el objetivo legislativo y que ampliar sus servicios podría aportar significativamente a la descongestión del Centro Médico. No obstante, advirtió que la implementación debe ser escalonada, priorizando en una primera fase la Unidad de Quemados—única en su clase en Puerto Rico—y los Servicios de Rehabilitación Física. En cuanto a servicios quirúrgicos, contempla ampliar la oferta en ortopedia, descartando en esta etapa trauma o cirugía general. La Corporación estimó que el desarrollo completo del andamiaje necesario tomaría entre 3 y 4 años.
La CFSE identificó cuatro requerimientos esenciales: (1) adquisición de un sistema de expediente de salud electrónico (EHR) con cumplimiento de HIPAA; (2) procesos de facturación y cobro alineados con la reglamentación vigente; (3) reclutamiento de personal clínico y administrativo; y (4) cumplimiento con condiciones de participación y acreditación para contratar con planes médicos.
Departamento de Salud
El Departamento de Salud se expresó en contra señalando múltiples desafíos: complejidad en facturación, gestión de citas, posibles dilaciones en atención médica, incremento en empleomanía, y el riesgo de desvirtuar la misión principal de la CFSE. Esta Comisión considera que las enmiendas propuestas y la implementación gradual atienden adecuadamente estos riesgos.
Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES)
La ASES señaló que es indispensable que el Hospital Industrial cuente con la infraestructura de facturación y sistemas de información necesarios para establecer contratos con aseguradoras. Esbozó que la asignación de la supervisión de la implementación al Departamento de Salud podría estar en contravención con el mandato constitucional de la CFSE como corporación pública autónoma.
Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (ASEM)
La ASEM reveló que mantiene un acuerdo con la CFSE para el manejo de pacientes lesionados en el ámbito laboral, cuyo volumen ha ido en aumento debido a la pérdida de especialistas en el Hospital Industrial. Presentó alternativas que considera más viables y costo-efectivas. Esta Comisión tomó nota de estos señalamientos como insumo para la implementación por fases.
IV. IMPACTO FISCAL
La aprobación del P. del S. 276 no representa desembolso directo del Fondo General. El Hospital Industrial opera bajo la estructura financiera de la CFSE, nutrida por las primas de seguro obrero. La ampliación de servicios se financiará a través de cobros a planes médicos y aseguradoras. La implementación requerirá inversión en infraestructura tecnológica, sistemas de facturación y personal, cuya planificación corresponde a la CFSE en el marco de su presupuesto operacional.
V. CONCLUSIÓN
El P. del S. 276 representa una solución innovadora y viable que capitaliza la infraestructura especializada del Hospital Industrial—en particular su reconocida Unidad de Quemados y sus servicios de rehabilitación física—para beneficio de toda la población, sin menoscabar la misión primaria de la CFSE. El endoso de la propia Corporación, entidad que administra y opera el Hospital Industrial, otorga viabilidad operacional a la iniciativa. Las preocupaciones planteadas por las demás agencias son atendidas mediante las enmiendas propuestas, que garantizan una expansión ordenada, sostenible y financieramente responsable.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, esta Comisión tiene a bien someter a este Cuerpo Legislativo este Informe Positivo, recomendando la aprobación del Proyecto del Senado 276, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que acompaña a este Informe.
Respetuosamente sometido,
Hon. Gabriel Rodríguez Aguiló
Presidente
Comisión de Salud
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