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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 280

INFORME NEGATIVO

29 de agosto de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 280, presenta a este Alto Cuerpo Legislativo el Informe Negativo de la presente medida.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 280, tiene como objetivo establecer la Ley de Protección a la Integridad Física y la Salud Mental de los atletas profesionales en Puerto Rico, a los fines de garantizar que todo atleta profesional en Puerto Rico tenga una póliza o cubierta de salud; definir el término de atleta profesional; establecer deberes y responsabilidades al gobierno central para el cumplimiento de la Ley; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

Los atletas profesionales son pilares de inspiración y orgullo para Puerto Rico. Su dedicación y esfuerzo no solo elevan el nombre de la isla en competencias internacionales, sino que también promueven valores como la disciplina y la superación personal. Sin embargo, detrás de cada hazaña deportiva hay historias de sacrificio físico y mental que, en muchas ocasiones, no reciben el apoyo necesario.

La salud integral de los atletas es un tema que no puede ignorarse. Lesiones físicas, desgaste emocional y la presión constante por el rendimiento son desafíos que enfrentan diariamente. Este proyecto surge como una respuesta a esas necesidades, reconociendo que el bienestar de nuestros deportistas es tan importante como sus logros en el campo de juego.

Puerto Rico ha sido cuna de atletas excepcionales que han llevado nuestra bandera a lo más alto. Sin embargo, muchos de ellos carecen de acceso a servicios médicos adecuados, especialmente después de su retiro. Esta medida no solo busca cubrir un vacío jurídico, sino también honrar el legado de aquellos que han dado todo por el deporte, asegurando que su salud no quede en el olvido.

La salud mental es otro aspecto critico que este proyecto aborda. La ansiedad, el estrés y la depresión son realidades que muchos atletas enfrentan en silencio. Al garantizar acceso a servicios psicológicos, la medida promueve una cultura deportiva más humana y comprensiva, donde el bienestar emocional se valora tanto como el físico.

Finalmente, esta iniciativa refleja un compromiso con el futuro del deporte en Puerto rico. Al proteger a nuestros atletas, no solo invertimos en su presente, sino también en las generaciones venideras, asegurando que el deporte siga siendo un motor de desarrollo social y unión para todos los puertorriqueños.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión evaluó los propósitos y la intención legislativa del P. del S. 280, considerando los memoriales explicativos la Administración de Seguros de Salud (ASES), el Departamento de Recreación y Deportes (DRD), la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción (ASSMCA) y el informe fiscal de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL). Este análisis integral asegura que la medida cumpla con los objetivos de protección a los atletas, viabilidad financiera y responsabilidad institucional.

ADMINISTRACIÓN DE SEGUROS DE SALUD (ASES)

La Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES) respalda el objetivo del Proyecto del Senado 280, el cual busca garantizar que todo atleta profesional en la isla cuente con una póliza o cubierta de salud, protegiendo así su integridad física y mental. La ASES reconoce la importancia de esta iniciativa para subsanar un vacío jurídico y promover el bienestar de los deportistas, quienes enfrentan altos riesgos de lesiones y presiones psicológicas debido a la naturaleza demandante de sus actividades.

El memorial destaca la relevancia de incluir servicios de salud mental en la cobertura, ya que los atletas enfrentan desafíos como estrés, ansiedad y transiciones post-retiro. ASES señala que, previamente, había analizado una medida similar, donde se evidenció la interconexión entre salud física y mental. Además, resalta que el acceso a estos servicios no solo beneficia a los atletas, sino que también reduce el estigma social asociado a buscar ayuda psicológica.

En cuanto a la viabilidad, la ASES explica que el plan de salud gubernamental (Medicaid) está sujeto a requisitos federales de elegibilidad basados en ingresos, lo que podría limitar la cobertura para algunos atletas profesionales. No obstante, la institución realizó estudios actuariales que estiman un costo entre 1 y 1.2 millones anuales para ofrecer cobertura a estos deportistas, ya sea mediante Medicaid o seguros comerciales costeados por el gobierno.

Finalmente, la ASES reitera su compromiso con la iniciativa y se ofrece a colaborar en análisis adicionales para asegurar una implementación efectiva, siempre dentro del marco regulatorio aplicable.

DEPARTAMENTO DE RECREACIÓN Y DEPORTES

El Departamento de Recreación y Deportes (DRD) expresa su apoyo al Proyecto del Senado 280, que busca establecer la “Ley de Protección a la Integridad Física y la Salud Mental de los Atletas Profesionales en Puerto Rico”. El DRD reconoce la importancia de garantizar el bienestar de los deportistas mediante acceso a coberturas se salud, pero destaca la necesidad de analizar en detalle la viabilidad y aplicabilidad de las disposiciones propuestas, especialmente en lo relativo al acceso al plan de salud gubernamental y las responsabilidades asignadas a las organizaciones deportivas.

En cuanto a la definición de “atleta profesional” (Artículo 3), el DRD señala que, aunque el proyecto establece tres criterios claros, se recomienda precisar aún más esta definición para evitar ambigüedades en su interpretación y aplicación. Esto es fundamental para delimitar correctamente a los beneficiarios de la Ley y asegurar que la legislación abarque a todos los atletas profesionales, sin importar su disciplina deportiva.

Respecto al Artículo 4, que permite a los atletas sin cobertura médica acceder al plan de salud gubernamental hasta seis meses después de su retiro, el DRD valora positivamente esta disposición, pero subraya la importancia de evaluar su impacto fiscal. Recomienda realizar un estudio económico en colaboración con el Departamento de Salud para determinar los costos proyectados y establecer requisitos de elegibilidad claros que garanticen una implementación equitativa y efectiva.

Finalmente, el DRD aborda las responsabilidades de las organizaciones deportivas (Artículo 5), destacando que, aunque la obligación de proveer pólizas de salud es loable, muchas entidades podrían enfrentar limitaciones financieras. Por ello, sugiere crear programas de apoyo para organizaciones con insuficiencia de fondos y establecer mecanismos de supervisión para asegurar el cumplimiento de la ley. El DRD propone la formación de un grupo de trabajo con el Departamento de Salud y el Comité Olímpico de Puerto Rico para desarrollar estrategias de implementación y fiscalización, reafirmando su compromiso con el bienestar de los atletas profesionales.

ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD MENTAL Y CONTRA LA ADICCIÓN

ASSMCA reconoce la importancia de proteger la salud física y mental de los atletas, especialmente considerando que pueden sufrir lesiones temporales o permanentes durante su carrera. Sin embargo, la agencia expresa inquietudes sobre varios aspectos del proyecto, como la cobertura médica fuera de la temporada deportiva, el manejo de condiciones preexistentes, la participación en actividades de alto riesgo no relacionadas al deporte, y los límites de la cobertura, incluyendo copagos y pre-autorizaciones. También plantea interrogantes sobre situaciones específicas, como lesiones bajo influencia de alcohol o drogas, y la cobertura de tratamientos de salud mental.

Además, la agencia cuestiona cómo se manejarían lesiones ocurridas en otros contextos, como accidentes automovilísticos o laborales, ya que muchos atletas tienen empleos adicionales. También señala la necesidad de clarificar si los atletas debieran calificar según sus ingresos y si las obligaciones impuestas a las agencias gubernamentales son compatibles con sus Planes Fiscales Certificados. Otro punto crítico es el destino de los atletas con condiciones crónicas o inestables una vez que finaliza la cobertura a los seis meses de su retiro.

Aunque ASSMCA apoya medidas que garanticen servicios de salud mental y física para los atletas profesionales, no respalda el P. del S. 280 en su redacción actual debido a las preocupaciones no resueltas.

OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) evaluó el impacto fiscal del Proyecto del Senado 280, que busca establecer la “Ley de Protección a la Integridad Física y Salud Mental de los Atletas Profesionales”. El análisis estima un costo anual de $1.4 millones a partir del año fiscal 2026 para garantizar cobertura médica a los atletas profesionales en Puerto Rico, basándose en datos actualizados y metodologías previamente utilizadas en evaluaciones similares.

El informe detalla que, según datos del Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR), existen aproximadamente 13,141 atletas registrados. Considerando que el 5% de la población no tiene seguro médico, (similar al promedio general), se estima que 657 atletas podrían requerir cobertura. La OPAL señala que estos atletas generalmente no califican para Medicaid debido a que sus ingresos promedio ($29,111 anuales) superan los umbrales de elegibilidad, por lo que necesitarían seguros privados con un costo promedio de $2,173 anuales por persona.

La metodología utilizada incluyó proyecciones demográficas y ajustes por inflación, mostrando que el costo fluctuaría entre $1.3 y $1.4 millones anuales hasta 2030. El informe destaca que este cálculo es conservador, ya que la definición amplia de “atleta profesional” en el proyecto podría aumentar el número potencial de beneficiarios más allá de las estimaciones iniciales.

Finalmente, la OPAL enfatiza que estos estimados están sujetos a cambios según la disponibilidad de fondos y prioridades presupuestarias. El informe sirve como herramienta para que la Asamblea Legislativa tome decisiones informadas, considerando tanto el impacto fiscal como los beneficiarios sociales de proteger la salud de los atletas profesionales en Puerto Rico.

CONCLUSIÓN

El Proyecto del Senado 280 representa un reto en cuanto a los aspectos financieros, administrativos y operacionales relacionados con la propuesta de otorgar un plan médico a los atletas profesionales. Esta iniciativa no es viable debido a las limitaciones presupuestarias sustanciales.

El presupuesto actual no cuenta con la flexibilidad ni los recursos recurrentes necesarios para absorber los costos que implicaría la inclusión de este nuevo beneficio sin comprometer otras obligaciones esenciales del programa o entidad. Además, no se ha identificado una fuente de financiamiento que garantice la continuidad de estos beneficios.

Reconocemos plenamente el valor y el compromiso de los atletas profesionales como representantes del país y agentes de desarrollo deportivo y social. Sin embargo, la realidad fiscal impone restricciones que impiden atender favorablemente esta medida.

Reafirmamos nuestro compromiso con el bienestar de los atletas, y continuaremos buscando opciones que puedan atender sus necesidades de salud de nuestros atletas sin comprometer la estabilidad fiscal ni los servicios provistos.

Por todo lo anterior, la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes no recomienda aprobar el P. del S. 280.

Respetuosamente sometido,

Hon. Rafael “Rafy” Santos Ortiz

Presidente

Comisión Juventud, Recreación y Deportes

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