GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 84
27 DE ENERO DE 2025
Presentada por el representante Márquez Lebrón,
y las representantes Gutiérrez Colón y Lebrón Robles
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre el estado actual de la política pública con relación a la identificación de la población existente de personas diagnosticadas con algún tipo de demencia, el deber de monitorear y evaluar la accesibilidad, cantidad y calidad de los servicios públicos y privados disponibles, así como también, el cumplimiento de todas las leyes y reglamentos que cobijan a esta población; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La alta prevalencia de enfermedades crónicas no transmisibles como el Alzheimer y otras demencias relacionadas en adultos mayores representa uno de los mayores retos de salud pública que enfrenta Puerto Rico. La demencia no sólo afecta a la persona que la padece; también impacta a sus familiares y comunidad en la que viven. A pesar de que existen leyes que establecen políticas públicas y responsabilidades al Estado para atender a las personas afectadas por la demencia, la data recopilada sobre la prevalencia de esta enfermedad y el panorama de los servicios disponible reflejan un escenario alarmante y desconcertante que requieren de esta Asamblea Legislativa su atención inmediata.
Actualmente, existen leyes que establecen la política pública para la identificación y atención de personas con diagnóstico de Alzheimer y demencias relacionadas. Algunas de estas son, la ley 237-1999, “Ley para Establecer el Registro de Casos de la Enfermedad de Alzheimer, la Enfermedad de Huntington y otras Demencias en el Departamento de Salud”, según enmendada, y la Ley 13-1998, conocida como “Ley del Centro para la Coordinación de Servicios a Personas Afectadas con la Enfermedad de Alzheimer en Puerto Rico”.
No obstante, profesionales de la salud, investigadores y asociaciones defensoras de los derechos de las personas de la tercera edad y sus familiares han advertido sobre los desafíos que representa para el pueblo puertorriqueño el aumento sostenido en casos de demencia y la falta de servicios médicos y apoyos para este sector de la sociedad. De acuerdo con la data recopilada, algunos de los problemas identificados con relación a la cantidad, calidad y accesibilidad de servicios a las personas afectadas por la demencia, son:
Puerto Rico tiene una histórica, clara y firme política pública de reconocer como fundamental el derecho a la salud física y mental por ser este esencial para el disfrute de los demás derechos, en especial el derecho a la vida y a la dignidad humana. De aquí que se estableció “que la salud de nuestro pueblo merece y debe tener la más alta prioridad en las gestiones de su Gobierno.” En función de dicha política, se le impuso al Estado el deber de velar porque se provean servicios de salud de la más alta calidad y sin barreras de clase alguna que impida el acceso a dichos servicios a todas las personas, en especial a las que estén en situación de vulnerabilidad como es el caso de los adultos mayores. La data recopilada refleja que el Estado incumple con dicho mandato.
En el ejercicio de su deber en proteger los derechos básicos de todas las personas que habitan en nuestro archipiélago, esta Asamblea de Puerto Rico entiende necesario revisar la efectividad e implementación de las actuales políticas públicas relacionadas a la identificación y atención de las personas diagnosticadas con algún tipo de demencia. Nos urge obtener información actualizada y certera sobre la situación de las personas afectadas por esta condición para ejercer nuestra función de crear política pública a beneficio del pueblo puertorriqueño.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre el estado actual de la política pública con relación a la identificación de la población existente de personas diagnosticadas con algún tipo de demencia, el deber de monitorear y evaluar la accesibilidad, cantidad y calidad de los servicios públicos y privados disponibles, así como también, el cumplimiento de todas las leyes y reglamentos que cobijan a este sector de la a esta población; y para otros fines relacionados.
Sección 2.-La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un término no mayor de ciento ochenta (180) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 2.-La Comisión, conforme dispone el Reglamento de la Cámara de Representantes, puede citar a cualquier persona natural o jurídica, o entidad gubernamental, organizaciones con o sin fines de lucro, que haya tenido o tenga cualquier clase de relación o conexión en los asuntos en los asuntos especificados en la Sección 1 de esta Resolución.
Sección 3.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Sección 3.-La Comisión, estará autorizada a llevar a cabo estudios especializados, investigaciones detalladas, reuniones de trabajo y las audiencias públicas que sean necesarias para cumplir con el propósito de esta Resolución. Asimismo, estará facultada para emitir citaciones, solicitar la producción de documentos e información relevante, y emitir informes detallados. La Comisión podrá ampliar su investigación a cualquier otro asunto que considere pertinente para el cumplimiento efectivo de los objetivos planteados.
Sección 4.-La Comisión rendirá a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estime necesarios o convenientes en los que incluyan sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterá un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.
Sección 5.-Esta Resolución tendrá vigencia al momento de su aprobación.
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