GOBIERNO DE PUERTO RICO
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 85
27 DE ENERO DE 2025
Presentada por el representante Hernández Concepción
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las prácticas ilegales de conducción temeraria ocurridas durante las corridas ilegales de motoras incluyendo las acrobacias y maniobras de alto riesgo corridas de motoras y las maniobras peligrosas que estos conductores realizan en las carreteras públicas de Puerto Rico, con el fin de evaluar los peligros asociados, las estadísticas de accidentes, la efectividad de las sanciones actuales y la viabilidad de nuevas los factores que contribuyen a este fenómeno, y proponer medidas legislativas para mejorar fortalecer la seguridad vial; la fiscalización de estas conductas; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La seguridad vial es un derecho fundamental de todos los ciudadanos y constituye una de las principales preocupaciones de las autoridades encargadas de velar por el bienestar público en Puerto Rico. En los últimos años, hemos sido testigos de un aumento alarmante en la cantidad de accidentes de tránsito relacionados con las corridas ilegales de motoras en diversas autopistas y carreteras de la isla, lo que ha generado un grave riesgo para la seguridad de los conductores, peatones y otros usuarios de las vías públicas.
Por ejemplo, el pasado domingo, 26 de enero del presente año, sucedió un trágico accidente ocurrido en la autopista PR-22, en Vega Baja, en donde resultó resultaron heridas varias personas, presuntamente debido a la participación de motoristas en una corrida ilegal en plena vía pública. Este hecho ha puesto de manifiesto una vez más la urgencia de tomar medidas efectivas para erradicar esta problemática. Casos como este resaltan la urgencia de fortalecer la legislación y la fiscalización para prevenir este tipo de incidentes. Estas corridas ilegales de motoras no solo infringen las leyes de tránsito, sino que exponen a los involucrados y a la comunidad a situaciones de alto riesgo, tales como la alta velocidad, maniobras peligrosas, alteración del orden público, y la falta de control sobre los vehículos, lo cual aumenta significativamente las probabilidades de accidentes graves. Diversos estudios y datos de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito (CST) reflejan un preocupante incremento en las fatalidades de motociclistas en los últimos años. Según el sitio web de CST, hasta el 30 de septiembre de 2024[1], se registraron 74 fatalidades de motociclistas en las vías públicas, lo que representa un aumento de 20 muertes en comparación con el mismo periodo en el año 2023. Este incremento destaca la necesidad de implementar medidas más efectivas para promover la seguridad vial y reducir los accidentes relacionados con motocicletas en la Isla.
Llevamos años en Puerto Rico haciendo llamados a las personas que son dueños de vehículos conocidos como “four track” y motoras “scrambler” cuyo uso en carreteras no esta está autorizado por el Departamento de Transportación y Obras Publicas Públicas (DTOP) a que respeten la ley y no salgan a transitar por carreteras en corridas en estos vehículos. El DTOP ha reiterado que estas prácticas representan un peligro latente para la seguridad vial, recomendando que se explore la posibilidad de exigir adiestramientos obligatorios para los infractores y fortalecer las sanciones existentes en la Ley 22-2000, equiparándolas a las impuestas por el regateo ilegal.
Estas corridas crean problemas de seguridad tanto para los que están a bordo de estos vehículos violando la ley, como para los ciudadanos que están conduciendo en ley por las vías públicas. Dichas corridas no solo entorpecen el flujo del tránsito, sino que creas provocan tapones de larga duración de forma innecesaria. La situación con estos vehículos es un viejo dolor de cabeza para las autoridades, y constantemente se reportan accidentes, en algunos casos fatales o graves, asociados a su uso prohibido por ley. Es de mucha preocupación que dichos actos en motoras estén ocasionando crasos problemas en el transito tránsito vehicular, entre otros inconvenientes que alteran la paz de los ciudadanos.
A pesar de los esfuerzos de las autoridades locales para patrullar y regular el tráfico en las principales vías del país, los participantes en estas corridas ilegales emplean tácticas evasivas y operan con impunidad, lo que agrava la situación. estas prácticas ilegales continúan proliferando debido a la falta de una estrategia integral que incluya fiscalización efectiva, educación vial y campañas de concienciación.
La prevención de estos incidentes no solo requiere de la implementación de medidas punitivas, sino también de una estrategia integral que involucre educación, sensibilización y el fortalecimiento de los mecanismos de vigilancia en las principales autopistas y carreteras de Puerto Rico. Es imperativo evaluar la eficacia de las sanciones vigentes, la necesidad de enmiendas legislativas y la viabilidad de campañas de prevención dirigidas a la población joven, que representa el mayor porcentaje de infractores.
Por lo tanto, se hace necesario que la Cámara de Representantes, en su rol de velar por el bienestar de la ciudadanía, lleve a cabo una investigación sobre las corridas ilegales de motoras y las maniobras peligrosas que estos conductores realizan en las carreteras públicas de Puerto Rico, con el fin de evaluar los peligros asociados, los factores que contribuyen a este fenómeno, y proponer medidas legislativas para mejorar la seguridad vial.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las prácticas ilegales de conducción temeraria ocurridas durante las corridas ilegales de motoras incluyendo las acrobacias y maniobras de alto riesgo corridas de motoras y las maniobras peligrosas que estos conductores realizan en las carreteras públicas de Puerto Rico, con el fin de evaluar los peligros asociados, las estadísticas de accidentes, la efectividad de las sanciones actuales y la viabilidad de nuevas los factores que contribuyen a este fenómeno, y proponer medidas legislativas para mejorar fortalecer la seguridad vial. y la fiscalización de estas conductas.
Sección 2.-La Comisión, a los efectos de cumplir con lo dispuesto en esta Resolución, podrá realizar requerimientos de información, citaciones, reuniones, vistas oculares, así como podrá realizar cualquier otra gestión que entienda pertinente y se encuentre bajo el alcance de la investigación de esta Resolución.
Sección 3.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, no más tarde de ciento ochenta (180) días siguientes a la aprobación de esta Resolución.
Sección 3.-La Comisión, estará autorizada a llevar a cabo estudios especializados, investigaciones detalladas, reuniones de trabajo y las audiencias públicas que sean necesarias para cumplir con el propósito de esta Resolución. Asimismo, estará facultada para emitir citaciones, solicitar la producción de documentos e información relevante, y emitir informes detallados. La Comisión podrá ampliar su investigación a cualquier otro asunto que considere pertinente para el cumplimiento efectivo de los objetivos planteados.
Sección 4.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Sección 4.-La Comisión rendirá a la Cámara de Representantes de Puerto Rico los informes parciales que estime necesarios o convenientes en los que incluyan sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, someterá un informe final, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.
Sección 5.-Esta Resolución tendrá vigencia al momento de su aprobación.
https://www.cst.pr.gov/estadisticas ↑
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