GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 219
25 DE MARZO DE 2025
Presentada por el representante Carlo Acosta
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIón
Para ordenar al Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico Eliezer Ramos Parés la presentación de un informe sobre los vales educativos otorgados en los municipios de Cabo Rojo, San Germán y Hormigueros y la reevaluación de los requisitos para su asignación, y para otros fines.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los vales educativos constituyen un mecanismo implementado por el Departamento de Educación con el propósito de brindar alternativas a estudiantes y sus familias para acceder a instituciones educativas que mejor satisfagan sus necesidades académicas y personales. Este programa busca promover la equidad y mejorar la calidad de la educación en Puerto Rico, especialmente para aquellos estudiantes provenientes de comunidades marginadas o con necesidades particulares.
Sin embargo, han surgido inquietudes sobre el proceso de asignación de estos vales, incluyendo la transparencia en su otorgación, la suficiencia de los fondos asignados y la efectividad de los criterios utilizados para determinar la elegibilidad. Además, es crucial garantizar que los vales educativos cumplan con su objetivo principal de mejorar las oportunidades educativas y que los requisitos para su asignación reflejen las necesidades actuales de los estudiantes y sus familias.
Por estas razones, se hace necesario ordenar al Departamento de Educación que presente un informe detallado sobre la situación actual del programa de vales educativos, incluyendo datos sobre la cantidad de beneficiarios, el uso de los fondos, los criterios de elegibilidad y recomendaciones para posibles ajustes que aseguren una distribución justa y efectiva de estos recursos.
ResuélvEse POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena al Departamento de Educación que prepare y presente un informe detallado sobre el programa de otorgación de vales educativos. Dicho informe deberá incluir, sin limitarse a:
(a) La cantidad de vales otorgados durante los últimos cinco (5) años.
(b) Un desglose de los fondos utilizados y asignados para este programa.
(c) Los criterios de elegibilidad actuales para la asignación de los vales.
(d) Una evaluación de la efectividad del programa en alcanzar sus objetivos.
(e) Recomendaciones para la mejora del programa, incluyendo posibles cambios a los requisitos de elegibilidad.
Sección 2.-El Departamento de Educación deberá presentar el informe a la Cámara de Representantes en un plazo no mayor de noventa (90) días desde la aprobación de esta Resolución Conjunta.
Sección 3.-Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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